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Circular 2928
Seguro laboral (Ley 16.744)
Lo que resuelve
Complementa Circular N° 2582; Complementada por Circular N° 3146
Destinatario
Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN); Comisiones Evaluadoras de Incapacidades de las Mutualidades de Empleadores; Instituto de Seguridad Laboral; Mutualidades de Empleadores Ley N° 16.744; Empresas con Administración Delegada; Copia Informativa a: Ministra del Trabajo y Previsión Social; Subsecretario de Previsión Social; Ministro de Salud; Subsecretario de Salud Pública; Subsecretario de Redes Asistenciales; Directora del Trabajo; Secretarías Regionales; Ministeriales de Salud; Servicios de Salud; Comisión Médica de Reclamos (COMERE)
Normas citadas
- D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
- D.S. N° 109, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
- Ley N° 16395
- Ley N° 16744
Texto
Superintendencia de Seguridad
Social
AU08-2013-01852
Gobierno de Chile
CIRCULAR N° 2928
SANTIAGO,
-9 MAYO 2013
IMPARTE INSTRUCCIONES ACERCA DEL NUEVO FORMULARIO DE
RESOLUCION DE INCAPACIDAD PERMANENTE DE LA LEY N°16.744.
COMPLEMENTA CIRCULAR N° 2.582, DE 18 DE NOVIEMBRE DE 2009.
Esta Superintendencia, en uso de las facultades que le confieren las leyes N°s 16.395 y
16.744, y lo dispuesto en el artículo76 del D.S. N° 101, de 1968, del Ministeriodel
Trabajo y Previsión Social, ha determinado necesario instruir la utilización de un
formulario único para la declaración, evaluación, reevaluación o revisión de las
incapacidades permanentes, el que deberá ser utilizado por las Comisiones de Medicina
Preventiva e Invalidez (COMPIN) y las Comisiones Evaluadoras de Incapacidades de
las Mutualidades de Empleadores.
De acuerdo a lo establecido en la letra f), del artículo 76 del citado D.S. N° 101, las
resoluciones que emitan las COMPINy las Mutualidades de Empleadores deberán
contener los antecedentes, y ajustarse al formato, que determine esta Superintendencia.
El formulario de Resolución de Incapacidad Permanente de la Ley N°16.744se
definió considerando la opinión de profesionales de distintas entidades, entre ellas, la
de las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN), la de los
Organismos Administradores del Seguro de la Ley N°16.744y la de la Comisión
Médica de Reclamos de Accidentes del Trabajo y de Enfermedades Profesionales
(COMERE).
1.Contenido de la Resolución de Incapacidad Permanente de la LeyN° 16.744
La estructura del formulario consta de las siguientes áreas o zonas:
Encabezamiento que corresponde a la identificación del documento; A.
Identificación del caso, indicar si la incapacidad que seevalúa seoriginó en un
accidente o una enfermedad laboral y la fecha del accidente laboral o del
diagnósticode la enfermedadprofesional; B. Identificación del Trabajador/a,
datos del trabajador/a accidentado/a o enfermo/a, según corresponda; C.
Identificación de la última entidad empleadora, datos del último empleador del
trabajador/a accidentado o enfermo/a, según corresponda y nombre del organismo
administrador al que dicho empleador se encontraba adherido o afiliado; D. Datos
de la evaluación de la incapacidad permanente actual, registro de la fecha de
solicitud de la evaluación, tipo de evaluación, diagnósticos, secuelas, entre otros, y,
E. Identificación del Calificador, datos del Ministrodefe y Presidente de la
Comisión.
Los datos que contiene el nuevo formulario en cada zona son los siguientes:
i) Encabezamiento
- Número de la Resolución: Número asignado por laCOMPINola Comisión
Evaluadora de Incapacidades de las Mutualidades de Empleadores, según
corresponda.
- Fecha de la resolución: Día, mes y año en que fue emitida la resolución (ddmm-aaaa).
ii) Zona A. Identificación del Caso
- Indicar si la incapacidad que se evalúa es producto de una Enfermedad
Profesional, un Accidente del Trabajo o un Accidente de Trayecto.
- Fecha del accidente o del diagnóstico de la enfermedad: Día, mes y año (ddmm-aaaa) en que ocurrió el accidente o se diagnosticó la enfermedad.
iii) Zona B. Identificación del Trabajador/a
- Nombres, Apellido Paterno y Apellido Materno del trabajador/a o extrabajador/a.
- RUN o RUT del trabajador/a o ex-trabajador/a.
- Dirección del trabajador/a: Datos del domicilio del trabajador/a o extrabajador/a (Calle, N°, Depto., Población, Villa, Ciudad).
- Comuna: Comuna que corresponde a la dirección del trabajador/a o extrabajador/a.
- Número de teléfono: Número telefónico del trabajador/a o ex-trabajador/a.
- Sexo: Sexo del trabajador/a o ex-trabajador/a.
- Edad: Edad del trabajador/a o ex-trabajador/a, en años y meses cumplidos a la
fecha de la evaluación de la incapacidad.
- Profesión u Oficio: Profesión u oficio del trabajador/a o ex-trabajador/a.
iv) Zona C. Identificación de la última Entidad Empleadora
- Nombre o Razón Social: Datos de la última entidad empleadora en que estuvo
contratado el trabajador/a o ex-trabajador/a accidentado o enfermo.
- RUT: RUT de la última entidad empleadora.
- Nombre del Administrador del Seguro Ley N°16.744: Nombre del Organismo
Administradordel Seguro Ley N° 16.744 al cual está afiliada o adherida la
última entidad empleadora o nombre de la Empresa con Administración
Delegada, según corresponda.
v) Zona D. Datos de la Evaluación de Incapacidad Permanente actual
- Fecha Solicitud de la Evaluación: Día, mes y año en que se solicitó la
evaluación (dd-mm-aaaa).
- Evaluación Solicitada por: Entidad o persona que solicita la evaluación.
- Tipo de evaluación. Las alternativas de tipos de evaluación son:
Primera Evaluación: Cuando la incapacidad laboral presumiblemente
permanente que presenta la persona se evalúa por primera vez, no habiendo
sido ésta evaluada previamente por alguna incapacidad de la LeyN°16.744.
Revisión: Nueva evaluación de la incapacidad permanente que se realiza por
agravación, mejoría o error en el diagnóstico (art 63 Ley 16.744).
Reevaluación: Evaluación que se realiza a una persona que tiene una invalidez
profesional que ya fue evaluada y que sufrió un nuevo accidente o enfermedad,
también de origen profesional (art 61 Ley16.744), o cuando a la primitiva
invalidez le suceda otra u otras de origen no profesional (art 62 Ley 16.744).
Resolución COMERE: Resolución de la Comisión Médica de Reclamos de la
LeyN° 16.744 (COMERE) que modificalo resuelto por la Comisión
evaluadora que corresponda.
Dictamen SUSESO: Dictamen de la Superintendencia de Seguridad Social
(SUSESO) que modifica lo resuelto por la Comisión evaluadora que
corresponda.
- Informarsi el accidente o la enfermedad se produjo u originó o no en la última
entidad empleadora.
En el caso que el accidente o la enfermedad no se haya producido en la última
entidad empleadora, se debe informar el Nombre o Razón Social de la entidad
empleadora en que ocurrió el accidente y, en caso de enfermedad donde estuvo
expuesto al riesgo.
En caso de enfermedad, de existir distintas entidades empleadoras donde estuvo
expuesto al riesgo, se debe indicar el Nombre o Razón Social de las entidades
empleadoras anteriores, el RUT y el período de exposición al riesgo en cada
una de ellas, en el formato dd-mm-aaaa (por ejemplo: 01-10-2005al 31-09-
2011).
En caso de ser éstas más de dos entidades empleadoras, se debe agregar un
anexo al formulario con la información de las otras entidades empleadoras en
que estuvo expuesto al riesgo.
- Evaluación de invalideces múltiples: Informar si se trata o no de la evaluación
de invalideces múltiples (art.26, D.S. N°109).
- Diagnósticos: Se deben señalar el o los diagnósticos médicos. En caso de
accidente, se deben señalar las secuelas asociadas. Asimismo, se debe señalar el
grado de incapacidad determinado para cada invalidez.
En caso de existir más de tres diagnósticos que generan incapacidad
permanente, se debe agregar un anexo al formulario con la información de los
otros diagnósticos.
- Ponderaciones: Se debe indicar si para la evaluación se consideraron
ponderaciones por Sexo, Edad, Profesión habitual, y Otro, registrando los
porcentajes correspondientes.
- Resolución: Señalar el Grado Total de la Incapacidad evaluada, la fecha de
inicio de la incapacidad permanente y, si el invalido presenta o no Gran
Invalidez.
- Observaciones: en este campo se debe indicar si existen posibilidades de
cambios en el estado de invalidez, ya sea por mejoría o agravación; el número y
la fecha de la(s) Resolución(es) de incapacidad(es) previa(s), en caso de existir,
así como las observaciones que se estime necesarias, como por ejemplo, si el
trabajador se encuentra pensionado por otro sistema previsional.
vii) Zona E. Identificación del Calificador
- Ministro de fe o Secretario de la Comisión: Se debe consignar el nombre, RUN
y firma.
- Presidente de la Comisión: Se debe consignar el nombre, RUN y firma.
2. Plazo
El nuevo formulario de Resolución de Incapacidad Permanente de la Ley N° 16.744
deberá ser utilizado por las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez
(COMPIN) y las Comisiones Evaluadoras de Incapacidades de las Mutualidades de
Empleadores, a contar del 1° de julio de 2013.
Se adjunta a la presente Circular, el formulario de la Resolución de Incapacidad
Permanente de la Ley N°16.744.
3. Notificación de la Resolución de Incapacidad Permanente
Las resoluciones de incapacidad permanente de la Ley N° 16.744 que emitan las
Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) deberán ser notificadas
a los Organismos Administradores del Seguro de la Ley N°16.744 que corresponda
y al interesado, a más tardar dentro del plazo de 5 días hábiles desde su emisión, de
acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 76 del ya citado D.S. N°
101.
Asimismo, las resoluciones de incapacidad permanente que emitan las Comisiones
Evaluadoras de Incapacidades de las Mutualidades de Empleadores deberán ser
notificadas a la respectiva entidad y al interesado en el mismo plazo.
Cabe hacer presente que serán los Organismos Administradores quienes deberán
remitir al Sistema Nacional de Información de Seguridad y Salud enel Trabajo
(SISESAT), un documento electrónico con la información asociada a las Resoluciones
de Incapacidad Permanente de la LeyN°16.744 que les seannotificadas por las
respectivas Comisiones, de acuerdo a las instrucciones que esta Superintendencia
imparta al efecto.
Se deberá dar la más amplia difusión a la presente Circular, especialmente, entre el
personal encargado de su aplicación.
Saluda atentamente a Ud.,
MARÍA JOSÉ ZALDÍVAR LARRAÍN
SUPERINTENDENTA
DISTRIBUCIÓN
(Se adjunta Formulario Resolución de Incapacidad Permanente Ley N°16.744)
Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN)
Comisiones Evaluadoras de Incapacidades de las Mutualidades de Empleadores
Instituto de Seguridad Laboral
Mutualidades de Empleadores Ley N°16.744
- Empresas con Administración Delegada
Copia Informativa a:
- Ministra del Trabajo y Previsión Social
Subsecretario de Previsión Social
Ministro de Salud
Subsecretario de Salud Pública
Subsecretario de Redes Asistenciales
Directora del Trabajo
Secretarías Regionales Ministeriales de Salud
Servicios de Salud
Comisión Médica de Reclamos (COMERE)
- Fiscalía
- Subdirector
Secretaría General
Departamento Jurídico
- Departamento Actuarial
- Departamento Médico
- Departamento Inspección
- Unidad de Seguridad y Salud en el Trabajo
Unidad de Planificación y Desarrollo
Oficina de Partes
- Archivo Central
Logo Nombre Comisión Evaluadora
Institucional Dirección y Teléfono de la Comisión Evaluadora
RESOLUCIÓN DE INCAPACIDAD PERMANENTE LEY N°16.744
Número de la Resolución Fecha de la Resolución
A. Identificación del Caso Accidente del Trabajo Enfermedad Profesional
Accidente de Trayecto Fecha del Accidente o
del diagnóstico de la Enfermedad
B. Identificación del Trabajador/a
Nombres - Apellido Paterno - Apellido Materno RUN
Dirección (Calle, N°, Depto., Población, Villa, Ciudad) Comuna Número de Teléfono
Hombre □Mujer Edad
Sexo Años Meses Profesión u Oficio
C. Identificación de la última Entidad Empleadora
Nombre o Razón Social RUT
Nombre del Administrador del Seguro Ley N° 16.744
D. Evaluación de la Incapacidad Permanente Actual
Fecha de Solicitud de la Evaluación: Tipo de Evaluación:
Evaluación solicitada por: Primera Evaluación Reevaluación
Organismo Administrador Ex-Trabajador/a Revisión Dictamen SUSESO
Trabajador/a Entidad Empleadora Otro Resolución COMERE
El accidente o la enfermedad se produjo Si No Si es No, en caso de Accidente indique en cuál(es) entidad(es) ocurrió y en caso de Enfermedad donde estuvo expuesto al riesgo:
en la última entidad empleadora:
(1)Nombre o Razón Social Entidad Empleadora anterior (2) Nombre o Razón Social Entidad Empleadora anterior
RUT Periodo de Exposición al Riesgo RUT Periodo de Exposición al Riesgo
(sólo en caso de enfermedad) (sólo en caso de enfermedad)
Evaluación de Invalideces Múltiples(art. 26, D. S. N° 109) □Si No
Diagnósticos Secuelas Grado de Incapacidad
1.
%
2.
%
3.
%
Ponderaciones: Sexo .......% Edad. Profesión habitual. Otro..%
Se Resuelve que: Observaciones:
Grado Total de Incapacidad: %
Fecha de inicio Incapacidad Permanente:
Gran Invalidez: Si No
En caso de no estar de acuerdo con esta resolución, se puede reclamar ante la COMERE, dentro de los 90 dias hábiles siguientes a la notificación de la
resolución, y de lo resuelto por la COMERE se puede reclamar ante la SUSESO, dentro de los 30 dias hábiles siguientes a la notificación de la resolución.
E. Identificación del Calificador
Ministro de Fe o Secretario de la Comisión Presidente Comisión
Nombre RUN Nombre RUN
Firma Firma
Se debe entregar copia de este documento: al trabajador, al Organismo Administrador al que se encontraba adherida la última entidad empleadora y/o al Organismo
Administrador donde estuvo expuesto al riesgo de enfermedad o se produjo el accidente.
INSTRUCCIONES PARA LLENAR EL FORMULARIO REIP
ENCABEZAMIENTO
- Número de la Resolución: Número asignado por la COMPIN o la Comisión Evaluadora de Incapacidades de las Mutualidades de Empleadores,
según corresponda.
- Fecha de la resolución: Anote el día, mes y año de esta resolución (dd-mm-aaaa).
A. IDENTIFICACIÓN DEL CASO
- Indicar si la incapacidad que se evalúa es producto de una Enfermedad Profesional un Accidente del Trabajo o un Accidente de Trayecto.
- Fecha del Accidente o del diagnostico de la Enfermedad: Anote el día, mes y año (dd-mm-aaaa), en que ocurrió el Accidente o se diagnóstico
la Enfermedad.
B. IDENTIFICACIÓN DEL TRABAJADOR/A
- Nombres, Apellido Paterno y Apellido Materno del trabajador/a o ex-trabajador/a: Anote los datos del Trabajador/a o ex-trabajador/a según
el orden solicitado.
- RUN o RUT del trabajador/a o ex-trabajador/a.
- Dirección del Trabajador/a: Anote los datos del domicilio del trabajador/a o ex-trabajador/a (Calle, N°, Depto., Población, Villa, Ciudad)
Comuna: Anote en el casillero en blanco la comuna que corresponde a la dirección del trabajador/a o ex-trabajador/a.
- Número de teléfono: Anote el número telefónico del trabajador/a o ex-trabajador/a, anteponga el código de la ciudad o celular, según corresponda.
Sexo: Marque con una X el casillero que corresponda al sexo del trabajador/a o ex-trabajador/a.
- Edad: Anote en el casillero en blanco la edad del trabajador/a o ex-trabajador/a, en años y meses cumplidos a la fecha de la evaluación de
la incapacidad.
- Profesión u Oficio: Anote en el casillero en blanco la profesión u oficio del trabajador/a o ex-trabajador/a.
C. IDENTIFICACIÓN DE LA ÚLTIMA ENTIDAD EMPLEADORA
- Nombre o Razón Social: Anote los datos de la última entidad empleadora en que estuvo contratado el trabajador/a o ex-trabajador accidentado
o enfermo.
- RUT: Anote el RUT de la última entidad empleadora.
- Nombre del Administrador del Seguro Ley N° 16.744: Anote el Nombre del Organismo Administrador del Seguro Ley N° 16.744 al cual está
afiliada o adherida la última entidad empleadora o nombre de la Empresa con Administración Delegada, según corresponda.
D. EVALUACIÓN DE INCAPACIDAD PERMANENTE ACTUAL
- Fecha Solicitud de la Evaluación: Anote el día, mes y año en que se solicitó la evaluación (dd-mm-aaaa).
- Evaluación Solicitada por: Marque con una X el casillero que corresponda a la entidad o persona que solicita la evaluación.
- Tipo de evaluación. Marque con una X el casillero que corresponda a la alternativa del tipo de evaluación:
Primera Evaluación: Cuando la incapacidad laboral presumiblemente permanente que presenta la persona se evalúa por primera vez, no
habiendo sido ésta evaluada previamente por alguna incapacidad de la Ley N° 16.744.
Revisión: Nueva evaluación de la incapacidad permanente que se realiza por agravación, mejoría o error en el diagnóstico (art. 63 Ley 16.744).
Reevaluación: Evaluación que se realiza a una persona que tiene una invalidez profesional que ya fue evaluada y que sufrió un nuevo accidente
o enfermedad, también de origen profesional (art. 61 Ley 16.744), o cuando a la primitiva invalidez le suceda otra u otras de origen no profesional
(art. 62 Ley 16.744).
Resolución COMERE: Resolución de la Comisión Médica de Reclamos de la Ley N° 16.744 (COMERE) que modifica lo resuelto por la Comisión
evaluadora que corresponda.
Dictamen SUSESO: Dictamen de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) que modifica lo resuelto por la Comisión evaluadora que
corresponda.
- Informar si el accidente o la enfermedad se produjo u originó o no en la última entidad empleadora.
En el caso que el accidente o la enfermedad no se haya producido en la ultima entidad empleadora, se debe informar el Nombre o Razón Social
de la Entidad Empleadora en que ocurrió el accidente y, en caso de enfermedad donde estuvo expuesto al riesgo.
En caso de enfermedad, de existir distintas entidades empleadoras donde estuvo expuesto al riesgo, se debe indicar el Nombre o Razón Social
de las entidades empleadoras anteriores, el RUT y el periodo de exposición al riesgo en cada una de ellas, en el formato dd-mm-aaaa (por ejemplo:
01-10-2005 al 31-09-2011).
En caso de ser éstas más de dos entidades empleadoras, se debe agregar un anexo, al formulario con la información de las otras entidades
empleadoras en que estuvo expuesto al riesgo.
- Evaluación de invalideces múltiples: Marque con una X en el casillero si se trata o no de la evaluación de invalideces múltiples (art.26, D.S.
N° 109)
- Diagnósticos: Se deben señalar el o los diagnósticos médicos. En caso de accidente, se deben señalar las secuelas asociadas. Asimismo, se
debe señalar el grado de incapacidad para cada invalidez.
En caso de existir más de tres diagnósticos que generen incapacidad permanente, se debe agregar un anexo al formulario con la información
de los otros diagnósticos.
- Ponderaciones: Se debe indicar si para la evaluación se consideraron ponderaciones por Sexo, Edad, Profesión habitual, y Otro, registrando
los porcentajes correspondientes.
- Resolución: Señalar el Grado Total de la Incapacidad evaluada, la fecha de inicio de la incapacidad permanente y, si el inválido presenta o no
Gran Invalidez.
- Observaciones: en este campo se debe indicar si existen posibilidades de cambios en el estado de invalidez, ya sea por mejoría o agravación;
el número y la fecha de la(s) Resolución(es) de incapacidad(es) previa(s), en caso de existir, así como las observaciones que se estime necesarias,
como por ejemplo, si el trabajador se encuentra pensionado por otro sistema previsional.
E.-IDENTIFICACIÓN DEL CALIFICADOR
- Ministro de fe o Secretario de la Comisión: Se debe consignar el nombre, RUN y firma.
- Presidente de la Comisión: Se debe consignar el nombre, RUN y firma.
Social
AU08-2013-01852
Gobierno de Chile
CIRCULAR N° 2928
SANTIAGO,
-9 MAYO 2013
IMPARTE INSTRUCCIONES ACERCA DEL NUEVO FORMULARIO DE
RESOLUCION DE INCAPACIDAD PERMANENTE DE LA LEY N°16.744.
COMPLEMENTA CIRCULAR N° 2.582, DE 18 DE NOVIEMBRE DE 2009.
Esta Superintendencia, en uso de las facultades que le confieren las leyes N°s 16.395 y
16.744, y lo dispuesto en el artículo76 del D.S. N° 101, de 1968, del Ministeriodel
Trabajo y Previsión Social, ha determinado necesario instruir la utilización de un
formulario único para la declaración, evaluación, reevaluación o revisión de las
incapacidades permanentes, el que deberá ser utilizado por las Comisiones de Medicina
Preventiva e Invalidez (COMPIN) y las Comisiones Evaluadoras de Incapacidades de
las Mutualidades de Empleadores.
De acuerdo a lo establecido en la letra f), del artículo 76 del citado D.S. N° 101, las
resoluciones que emitan las COMPINy las Mutualidades de Empleadores deberán
contener los antecedentes, y ajustarse al formato, que determine esta Superintendencia.
El formulario de Resolución de Incapacidad Permanente de la Ley N°16.744se
definió considerando la opinión de profesionales de distintas entidades, entre ellas, la
de las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN), la de los
Organismos Administradores del Seguro de la Ley N°16.744y la de la Comisión
Médica de Reclamos de Accidentes del Trabajo y de Enfermedades Profesionales
(COMERE).
1.Contenido de la Resolución de Incapacidad Permanente de la LeyN° 16.744
La estructura del formulario consta de las siguientes áreas o zonas:
Encabezamiento que corresponde a la identificación del documento; A.
Identificación del caso, indicar si la incapacidad que seevalúa seoriginó en un
accidente o una enfermedad laboral y la fecha del accidente laboral o del
diagnósticode la enfermedadprofesional; B. Identificación del Trabajador/a,
datos del trabajador/a accidentado/a o enfermo/a, según corresponda; C.
Identificación de la última entidad empleadora, datos del último empleador del
trabajador/a accidentado o enfermo/a, según corresponda y nombre del organismo
administrador al que dicho empleador se encontraba adherido o afiliado; D. Datos
de la evaluación de la incapacidad permanente actual, registro de la fecha de
solicitud de la evaluación, tipo de evaluación, diagnósticos, secuelas, entre otros, y,
E. Identificación del Calificador, datos del Ministrodefe y Presidente de la
Comisión.
Los datos que contiene el nuevo formulario en cada zona son los siguientes:
i) Encabezamiento
- Número de la Resolución: Número asignado por laCOMPINola Comisión
Evaluadora de Incapacidades de las Mutualidades de Empleadores, según
corresponda.
- Fecha de la resolución: Día, mes y año en que fue emitida la resolución (ddmm-aaaa).
ii) Zona A. Identificación del Caso
- Indicar si la incapacidad que se evalúa es producto de una Enfermedad
Profesional, un Accidente del Trabajo o un Accidente de Trayecto.
- Fecha del accidente o del diagnóstico de la enfermedad: Día, mes y año (ddmm-aaaa) en que ocurrió el accidente o se diagnosticó la enfermedad.
iii) Zona B. Identificación del Trabajador/a
- Nombres, Apellido Paterno y Apellido Materno del trabajador/a o extrabajador/a.
- RUN o RUT del trabajador/a o ex-trabajador/a.
- Dirección del trabajador/a: Datos del domicilio del trabajador/a o extrabajador/a (Calle, N°, Depto., Población, Villa, Ciudad).
- Comuna: Comuna que corresponde a la dirección del trabajador/a o extrabajador/a.
- Número de teléfono: Número telefónico del trabajador/a o ex-trabajador/a.
- Sexo: Sexo del trabajador/a o ex-trabajador/a.
- Edad: Edad del trabajador/a o ex-trabajador/a, en años y meses cumplidos a la
fecha de la evaluación de la incapacidad.
- Profesión u Oficio: Profesión u oficio del trabajador/a o ex-trabajador/a.
iv) Zona C. Identificación de la última Entidad Empleadora
- Nombre o Razón Social: Datos de la última entidad empleadora en que estuvo
contratado el trabajador/a o ex-trabajador/a accidentado o enfermo.
- RUT: RUT de la última entidad empleadora.
- Nombre del Administrador del Seguro Ley N°16.744: Nombre del Organismo
Administradordel Seguro Ley N° 16.744 al cual está afiliada o adherida la
última entidad empleadora o nombre de la Empresa con Administración
Delegada, según corresponda.
v) Zona D. Datos de la Evaluación de Incapacidad Permanente actual
- Fecha Solicitud de la Evaluación: Día, mes y año en que se solicitó la
evaluación (dd-mm-aaaa).
- Evaluación Solicitada por: Entidad o persona que solicita la evaluación.
- Tipo de evaluación. Las alternativas de tipos de evaluación son:
Primera Evaluación: Cuando la incapacidad laboral presumiblemente
permanente que presenta la persona se evalúa por primera vez, no habiendo
sido ésta evaluada previamente por alguna incapacidad de la LeyN°16.744.
Revisión: Nueva evaluación de la incapacidad permanente que se realiza por
agravación, mejoría o error en el diagnóstico (art 63 Ley 16.744).
Reevaluación: Evaluación que se realiza a una persona que tiene una invalidez
profesional que ya fue evaluada y que sufrió un nuevo accidente o enfermedad,
también de origen profesional (art 61 Ley16.744), o cuando a la primitiva
invalidez le suceda otra u otras de origen no profesional (art 62 Ley 16.744).
Resolución COMERE: Resolución de la Comisión Médica de Reclamos de la
LeyN° 16.744 (COMERE) que modificalo resuelto por la Comisión
evaluadora que corresponda.
Dictamen SUSESO: Dictamen de la Superintendencia de Seguridad Social
(SUSESO) que modifica lo resuelto por la Comisión evaluadora que
corresponda.
- Informarsi el accidente o la enfermedad se produjo u originó o no en la última
entidad empleadora.
En el caso que el accidente o la enfermedad no se haya producido en la última
entidad empleadora, se debe informar el Nombre o Razón Social de la entidad
empleadora en que ocurrió el accidente y, en caso de enfermedad donde estuvo
expuesto al riesgo.
En caso de enfermedad, de existir distintas entidades empleadoras donde estuvo
expuesto al riesgo, se debe indicar el Nombre o Razón Social de las entidades
empleadoras anteriores, el RUT y el período de exposición al riesgo en cada
una de ellas, en el formato dd-mm-aaaa (por ejemplo: 01-10-2005al 31-09-
2011).
En caso de ser éstas más de dos entidades empleadoras, se debe agregar un
anexo al formulario con la información de las otras entidades empleadoras en
que estuvo expuesto al riesgo.
- Evaluación de invalideces múltiples: Informar si se trata o no de la evaluación
de invalideces múltiples (art.26, D.S. N°109).
- Diagnósticos: Se deben señalar el o los diagnósticos médicos. En caso de
accidente, se deben señalar las secuelas asociadas. Asimismo, se debe señalar el
grado de incapacidad determinado para cada invalidez.
En caso de existir más de tres diagnósticos que generan incapacidad
permanente, se debe agregar un anexo al formulario con la información de los
otros diagnósticos.
- Ponderaciones: Se debe indicar si para la evaluación se consideraron
ponderaciones por Sexo, Edad, Profesión habitual, y Otro, registrando los
porcentajes correspondientes.
- Resolución: Señalar el Grado Total de la Incapacidad evaluada, la fecha de
inicio de la incapacidad permanente y, si el invalido presenta o no Gran
Invalidez.
- Observaciones: en este campo se debe indicar si existen posibilidades de
cambios en el estado de invalidez, ya sea por mejoría o agravación; el número y
la fecha de la(s) Resolución(es) de incapacidad(es) previa(s), en caso de existir,
así como las observaciones que se estime necesarias, como por ejemplo, si el
trabajador se encuentra pensionado por otro sistema previsional.
vii) Zona E. Identificación del Calificador
- Ministro de fe o Secretario de la Comisión: Se debe consignar el nombre, RUN
y firma.
- Presidente de la Comisión: Se debe consignar el nombre, RUN y firma.
2. Plazo
El nuevo formulario de Resolución de Incapacidad Permanente de la Ley N° 16.744
deberá ser utilizado por las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez
(COMPIN) y las Comisiones Evaluadoras de Incapacidades de las Mutualidades de
Empleadores, a contar del 1° de julio de 2013.
Se adjunta a la presente Circular, el formulario de la Resolución de Incapacidad
Permanente de la Ley N°16.744.
3. Notificación de la Resolución de Incapacidad Permanente
Las resoluciones de incapacidad permanente de la Ley N° 16.744 que emitan las
Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) deberán ser notificadas
a los Organismos Administradores del Seguro de la Ley N°16.744 que corresponda
y al interesado, a más tardar dentro del plazo de 5 días hábiles desde su emisión, de
acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 76 del ya citado D.S. N°
101.
Asimismo, las resoluciones de incapacidad permanente que emitan las Comisiones
Evaluadoras de Incapacidades de las Mutualidades de Empleadores deberán ser
notificadas a la respectiva entidad y al interesado en el mismo plazo.
Cabe hacer presente que serán los Organismos Administradores quienes deberán
remitir al Sistema Nacional de Información de Seguridad y Salud enel Trabajo
(SISESAT), un documento electrónico con la información asociada a las Resoluciones
de Incapacidad Permanente de la LeyN°16.744 que les seannotificadas por las
respectivas Comisiones, de acuerdo a las instrucciones que esta Superintendencia
imparta al efecto.
Se deberá dar la más amplia difusión a la presente Circular, especialmente, entre el
personal encargado de su aplicación.
Saluda atentamente a Ud.,
MARÍA JOSÉ ZALDÍVAR LARRAÍN
SUPERINTENDENTA
DISTRIBUCIÓN
(Se adjunta Formulario Resolución de Incapacidad Permanente Ley N°16.744)
Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN)
Comisiones Evaluadoras de Incapacidades de las Mutualidades de Empleadores
Instituto de Seguridad Laboral
Mutualidades de Empleadores Ley N°16.744
- Empresas con Administración Delegada
Copia Informativa a:
- Ministra del Trabajo y Previsión Social
Subsecretario de Previsión Social
Ministro de Salud
Subsecretario de Salud Pública
Subsecretario de Redes Asistenciales
Directora del Trabajo
Secretarías Regionales Ministeriales de Salud
Servicios de Salud
Comisión Médica de Reclamos (COMERE)
- Fiscalía
- Subdirector
Secretaría General
Departamento Jurídico
- Departamento Actuarial
- Departamento Médico
- Departamento Inspección
- Unidad de Seguridad y Salud en el Trabajo
Unidad de Planificación y Desarrollo
Oficina de Partes
- Archivo Central
Logo Nombre Comisión Evaluadora
Institucional Dirección y Teléfono de la Comisión Evaluadora
RESOLUCIÓN DE INCAPACIDAD PERMANENTE LEY N°16.744
Número de la Resolución Fecha de la Resolución
A. Identificación del Caso Accidente del Trabajo Enfermedad Profesional
Accidente de Trayecto Fecha del Accidente o
del diagnóstico de la Enfermedad
B. Identificación del Trabajador/a
Nombres - Apellido Paterno - Apellido Materno RUN
Dirección (Calle, N°, Depto., Población, Villa, Ciudad) Comuna Número de Teléfono
Hombre □Mujer Edad
Sexo Años Meses Profesión u Oficio
C. Identificación de la última Entidad Empleadora
Nombre o Razón Social RUT
Nombre del Administrador del Seguro Ley N° 16.744
D. Evaluación de la Incapacidad Permanente Actual
Fecha de Solicitud de la Evaluación: Tipo de Evaluación:
Evaluación solicitada por: Primera Evaluación Reevaluación
Organismo Administrador Ex-Trabajador/a Revisión Dictamen SUSESO
Trabajador/a Entidad Empleadora Otro Resolución COMERE
El accidente o la enfermedad se produjo Si No Si es No, en caso de Accidente indique en cuál(es) entidad(es) ocurrió y en caso de Enfermedad donde estuvo expuesto al riesgo:
en la última entidad empleadora:
(1)Nombre o Razón Social Entidad Empleadora anterior (2) Nombre o Razón Social Entidad Empleadora anterior
RUT Periodo de Exposición al Riesgo RUT Periodo de Exposición al Riesgo
(sólo en caso de enfermedad) (sólo en caso de enfermedad)
Evaluación de Invalideces Múltiples(art. 26, D. S. N° 109) □Si No
Diagnósticos Secuelas Grado de Incapacidad
1.
%
2.
%
3.
%
Ponderaciones: Sexo .......% Edad. Profesión habitual. Otro..%
Se Resuelve que: Observaciones:
Grado Total de Incapacidad: %
Fecha de inicio Incapacidad Permanente:
Gran Invalidez: Si No
En caso de no estar de acuerdo con esta resolución, se puede reclamar ante la COMERE, dentro de los 90 dias hábiles siguientes a la notificación de la
resolución, y de lo resuelto por la COMERE se puede reclamar ante la SUSESO, dentro de los 30 dias hábiles siguientes a la notificación de la resolución.
E. Identificación del Calificador
Ministro de Fe o Secretario de la Comisión Presidente Comisión
Nombre RUN Nombre RUN
Firma Firma
Se debe entregar copia de este documento: al trabajador, al Organismo Administrador al que se encontraba adherida la última entidad empleadora y/o al Organismo
Administrador donde estuvo expuesto al riesgo de enfermedad o se produjo el accidente.
INSTRUCCIONES PARA LLENAR EL FORMULARIO REIP
ENCABEZAMIENTO
- Número de la Resolución: Número asignado por la COMPIN o la Comisión Evaluadora de Incapacidades de las Mutualidades de Empleadores,
según corresponda.
- Fecha de la resolución: Anote el día, mes y año de esta resolución (dd-mm-aaaa).
A. IDENTIFICACIÓN DEL CASO
- Indicar si la incapacidad que se evalúa es producto de una Enfermedad Profesional un Accidente del Trabajo o un Accidente de Trayecto.
- Fecha del Accidente o del diagnostico de la Enfermedad: Anote el día, mes y año (dd-mm-aaaa), en que ocurrió el Accidente o se diagnóstico
la Enfermedad.
B. IDENTIFICACIÓN DEL TRABAJADOR/A
- Nombres, Apellido Paterno y Apellido Materno del trabajador/a o ex-trabajador/a: Anote los datos del Trabajador/a o ex-trabajador/a según
el orden solicitado.
- RUN o RUT del trabajador/a o ex-trabajador/a.
- Dirección del Trabajador/a: Anote los datos del domicilio del trabajador/a o ex-trabajador/a (Calle, N°, Depto., Población, Villa, Ciudad)
Comuna: Anote en el casillero en blanco la comuna que corresponde a la dirección del trabajador/a o ex-trabajador/a.
- Número de teléfono: Anote el número telefónico del trabajador/a o ex-trabajador/a, anteponga el código de la ciudad o celular, según corresponda.
Sexo: Marque con una X el casillero que corresponda al sexo del trabajador/a o ex-trabajador/a.
- Edad: Anote en el casillero en blanco la edad del trabajador/a o ex-trabajador/a, en años y meses cumplidos a la fecha de la evaluación de
la incapacidad.
- Profesión u Oficio: Anote en el casillero en blanco la profesión u oficio del trabajador/a o ex-trabajador/a.
C. IDENTIFICACIÓN DE LA ÚLTIMA ENTIDAD EMPLEADORA
- Nombre o Razón Social: Anote los datos de la última entidad empleadora en que estuvo contratado el trabajador/a o ex-trabajador accidentado
o enfermo.
- RUT: Anote el RUT de la última entidad empleadora.
- Nombre del Administrador del Seguro Ley N° 16.744: Anote el Nombre del Organismo Administrador del Seguro Ley N° 16.744 al cual está
afiliada o adherida la última entidad empleadora o nombre de la Empresa con Administración Delegada, según corresponda.
D. EVALUACIÓN DE INCAPACIDAD PERMANENTE ACTUAL
- Fecha Solicitud de la Evaluación: Anote el día, mes y año en que se solicitó la evaluación (dd-mm-aaaa).
- Evaluación Solicitada por: Marque con una X el casillero que corresponda a la entidad o persona que solicita la evaluación.
- Tipo de evaluación. Marque con una X el casillero que corresponda a la alternativa del tipo de evaluación:
Primera Evaluación: Cuando la incapacidad laboral presumiblemente permanente que presenta la persona se evalúa por primera vez, no
habiendo sido ésta evaluada previamente por alguna incapacidad de la Ley N° 16.744.
Revisión: Nueva evaluación de la incapacidad permanente que se realiza por agravación, mejoría o error en el diagnóstico (art. 63 Ley 16.744).
Reevaluación: Evaluación que se realiza a una persona que tiene una invalidez profesional que ya fue evaluada y que sufrió un nuevo accidente
o enfermedad, también de origen profesional (art. 61 Ley 16.744), o cuando a la primitiva invalidez le suceda otra u otras de origen no profesional
(art. 62 Ley 16.744).
Resolución COMERE: Resolución de la Comisión Médica de Reclamos de la Ley N° 16.744 (COMERE) que modifica lo resuelto por la Comisión
evaluadora que corresponda.
Dictamen SUSESO: Dictamen de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) que modifica lo resuelto por la Comisión evaluadora que
corresponda.
- Informar si el accidente o la enfermedad se produjo u originó o no en la última entidad empleadora.
En el caso que el accidente o la enfermedad no se haya producido en la ultima entidad empleadora, se debe informar el Nombre o Razón Social
de la Entidad Empleadora en que ocurrió el accidente y, en caso de enfermedad donde estuvo expuesto al riesgo.
En caso de enfermedad, de existir distintas entidades empleadoras donde estuvo expuesto al riesgo, se debe indicar el Nombre o Razón Social
de las entidades empleadoras anteriores, el RUT y el periodo de exposición al riesgo en cada una de ellas, en el formato dd-mm-aaaa (por ejemplo:
01-10-2005 al 31-09-2011).
En caso de ser éstas más de dos entidades empleadoras, se debe agregar un anexo, al formulario con la información de las otras entidades
empleadoras en que estuvo expuesto al riesgo.
- Evaluación de invalideces múltiples: Marque con una X en el casillero si se trata o no de la evaluación de invalideces múltiples (art.26, D.S.
N° 109)
- Diagnósticos: Se deben señalar el o los diagnósticos médicos. En caso de accidente, se deben señalar las secuelas asociadas. Asimismo, se
debe señalar el grado de incapacidad para cada invalidez.
En caso de existir más de tres diagnósticos que generen incapacidad permanente, se debe agregar un anexo al formulario con la información
de los otros diagnósticos.
- Ponderaciones: Se debe indicar si para la evaluación se consideraron ponderaciones por Sexo, Edad, Profesión habitual, y Otro, registrando
los porcentajes correspondientes.
- Resolución: Señalar el Grado Total de la Incapacidad evaluada, la fecha de inicio de la incapacidad permanente y, si el inválido presenta o no
Gran Invalidez.
- Observaciones: en este campo se debe indicar si existen posibilidades de cambios en el estado de invalidez, ya sea por mejoría o agravación;
el número y la fecha de la(s) Resolución(es) de incapacidad(es) previa(s), en caso de existir, así como las observaciones que se estime necesarias,
como por ejemplo, si el trabajador se encuentra pensionado por otro sistema previsional.
E.-IDENTIFICACIÓN DEL CALIFICADOR
- Ministro de fe o Secretario de la Comisión: Se debe consignar el nombre, RUN y firma.
- Presidente de la Comisión: Se debe consignar el nombre, RUN y firma.