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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

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Circular · SUSESO

N° 3167 de 2015

27 oct 2015

Calificación de origen

Lo que resuelve

a) Derogada por Circular N° 3241; b) Deroga Circular N° 2838.

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Destinatario

Mutualidades de Empleadores de la Ley N° 16744; Instituto de Seguridad Laboral; Empresas con Administración Delegada del Seguro de la Ley N° 16744; Secretarías Regionales Ministeriales de Salud; Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez: Servicios de Salud; ISAPRES.

Texto completo

de Seguridad Superintendencia

Social AU08-2015-05362 3167 27 OCT 2015

Gobterno de Chile

INSTRUYE A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES DEL SEGURO DE LA LEY N° 16.744, SOBRE EL PROTOCOLO DE NORMAS MÍNIMAS DE EVALUACIÓN QUE DEBEN

CUMPLIR EN EL PROCESO DE CALIFICACIÓN DEL ORIGEN DE LAS ENFERMEDADES

DENUNCIADAS COMO PROFESIONALES

INTRODUCCIÓN N°16.395; y las disposiciones contenidas en la Ley N° 16.744; el D.S. N° 101 y el N° D.S. 109, de Esta Superintendencia en virtud de las facultades que le confieren los artículos 2° y 30 de la Ley protocolo de normas minimas de evaluación que los organismos administradores del Seguro de la 1968, ambos del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, ha estimado necesario establecer un denunciadas como profesionales, con miras a dotarlo de elementos que aseguren una mayor Ley N° 16.744, deben cumplir en el proceso de calificación del origen de las enfermedades uniformidad, especificidad, objetividad y transparencia. (SISESAT), se ha advertido que del total de las enfermedades denunciadas como de origen Del análisis de la información contenida en el Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo profesional, un porcentaje menor es calificado como laboral. administradores para la evaluación y calificación de las enfermedades profesionales y dentro de Por otra parte, existen diferencias en los procesos e instrumentos utilizados por los organismos consistentes. los mismos organismos, a nivel de sus ageneiás regionales, generando resultados diversos y no herramientas de evaluación de puesto de trabajo para riesgos músculo-esqueléticos del sector Sobre la materia, esta Superintendencia ha impartido instrucciones en lo relativo a la revisión de 2012. calificación de patologias de salud mental, contenidos estos últimos, en la Circular N° 2.838, de salmonero y a los elementos mínimos a considerar en las evaluaciones de puesto de trabajo para la patologías, cualquiera sea su naturaleza, denunciadas como de origen presuntamente profesional. En el título Il de esta circular, se regula un Protocolo General aplicable a la calificación de Posteriormente, en los títulos III y IV se regulan protocolos específicos para las patologías músculo esqueléticas y de salud mental, respectivamente. 3G/40 de 1983 del Ministerio de Salud, se aplicarán supletoriamente las normas establecidas en el En lo no previsto en los protocolos específicos de esta circular y en los regulados por la Circular Protocolo General.

II. PROTOCOLO GENERAL deben cumplir para determinar el origen laboral o común de las enfermedades presuntamente de El proceso de calificación comprende diversas actividades que los organismos administradores origen profesional. Sus etapas se esquematizan en el Anexo PGE1 de esta circular. contados desde la presentación de la Denuncia Individual en Enfermedad Profesional (DIEP), Dicho proceso deberá coneluir íntegramente dentro de un plazo máximo de 30 dias corridos salvo que se acrediten situaciones de caso fortuito o fuerza mayor.

Al inicio del proceso, el organismo administrador deberá entregar al trabajador información sobre los objetivos, plazos y posibles resultados del proceso de calificación. médicas necesarias para el tratamiento de sus síntomas, evitando procedimientos invasivos, a Durante el proceso de calificación se deberá otorgar al trabajador evaluado las prestaciones menos que la gravedad y urgencía del caso lo requiera.

A. Inicio del proceso 1. El proceso de calificación se iniciará con la presentación de una Denuncia Individual de Enfermedad Profesional (DIEP), por parte del empleador, del trabajador, sus derecho habientes, el médico tratante, el Comité Paritario de Higiene y Seguridad o cualquier persona que hubiese tenido conocimiento de los hechos. Si la DIEP no es presentada por el empleador, el organismo administrador deberá informarle sobre el ingreso de la denuncia. En el caso de pesquisar en un trabajador, mediante exámenes o evaluaciones médicas que forman parte de los programas de vigilancia establecidos por el organismo administrador, alteraciones que hagan sospechar la presencia de una enfermedad profesional, el organismo administrador deberá notificar de ello al empleador, quien deberá realizar la respectiva DIEP para iniciar el proceso calificación. En caso que el empleador no presente la DIEP en un plazo de 72 horas, el organismo administrador deberá someter al trabajador a los exámenes que correspondan para estudiar la eventual existencia de una enfermedad profesional, conforme a lo establecido en el Artículo 72 letra A del D.S 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. El organismo administrador deberá someter al trabajador a una evaluación clínica, dentro del plazo máximo de 7 días, contado desde la presentación de la DIEP.

4. Aun cuando el trabajador se presente cursando una Denuncia Individual de Accidente del Trabajo (DIAT), el organismo administrador deberá someterlo al protocolo de calificación de origen de enfermedades presuntamente de origen laboral, en caso de existir elementos de juicio que permitan presumir que su dolencia es produeto de una enfermedad y no de un accidente. B. Atención de emergencia o urgencia 1. Si la condición de salud del trabajador constituye una situación de emergencia o urgencia, el organismo administrador o el centro médico con el que éste tenga convenio, deberán otorgar al paciente las atenciones médicas necesarias hasta su estabilización, sin perjuicio de solicitar al organismo administrador del régimen de salud común los reembolsos pertinentes.

2. Una vez que el paciente se encuentre estabilizado, el organismo administrador deberá proceder a su evaluación dentro del referido plazo de 7 días. En el contexto de la atención de emergencia o urgencia no podrá calificarse el origen, común o laboral, de una enfermedad. Excepeionalmente, cuando la condición de emergencia o urgencia derive de una patología común, la calificación podrá efectuarse en el contexto de la atención de urgencia, dejando constancia en la ficha médica de los antecedentes y fundamentos que sustentan la calificación no laboral.

5. Para efecto de lo establecido en los numerales precedentes, los términos “atención médica de emergencia o urgencia", "emergencia o urgencia" y "paciente estabilizado", deberán Prestaciones de Salud, aprobado por el D.S. N° 369, de 1985, del Ministerio de Salud. interpretarse de acuerdo al sentido o alcance que les confiere el Reglamento del Régimen de C. Evaluación clínica por sospecha de enfermedad profesional 1. Corresponde a la atención otorgada por un profesional médico, quien mediante la atención elínica y exámenes, define un diagnóstico clínico y solicita evaluación de las condiciones de trabajo que correspondan, con la finalidad de definir adecuadamente el origen común o laboral de la afección. El médico que realice dichas evaluaciones deberá contar con un curso de al menos 40 horas sobre aspectos generales del seguro de la Ley N°16.744 y conceptos de salud ocupacional. Adicionalmente dicho profesional deberá cumplir los requisitos de capacitación establecidos en los protocolos de calificación específicos.

4. Todo el proceso de evaluación elínica de la enfermedad, incluyendo los resultados de los exámenes y conclusiones de la evaluación de condiciones de trabajo, deberán ser registrados en la ficha médica del trabajador, la que será remitida al Comité de Calificación de Enfermedades Profesionales. D. Evaluación de condiciones de trabajo 1. Las evaluaciones de condiciones de trabajo tienen por objetivo determinar si existe exposición a agentes de riesgo en el lugar de trabajo. Dentro de éstas se encuentran el estudio de puesto de trabajo, las evaluaciones de riesgos fisicos, químicos, biológicos, ergonómicos y psicosociales puntuales o en el contexto de protocolos de vigilancia elaborados por el Ministerio de Salud, la historia ocupacional y los demás antecedentes que sirvan como fuente de información para la calificación. La deberán ser realizadas por profesionales con competencias específicas en las mismas. aplicación de las evaluaciones, de la historia ocupacional y de los demás antecedentes, a) Estudio de puesto de trabajo (EPT): Consiste en el análisis detallado, mediante la observación en terreno, de las características y condiciones ambientales en que un trabajador en particular se desempeña y de las actividades, tareas u operaciones que realiza. Este instrumento tiene por objetivo identificar la presencia de factores de riesgo específicos condicionantes de la patología en estudio. En conjunto con otros elementos de juicio, el EPT permitirá al comité de calificación, establecer o descartar la existencia de una relación de causalidad directa entre la patologia y la actividad laboral del trabajador evaluado.

b) Evaluaciones de riesgos: Corresponde a la realización de mediciones representativas y confiables, cualitativas o cuantitativas, de la presencia de agentes de riesgo químico, trabajo donde se desempeña el trabajador evaluado. fisico, biológico, condiciones ergonómicas o psicosociales existentes en el ambiente de c) Historia ocupacional: Es el registro cronológico de los cargos desempeñados por el trabajador, con precisión del o los empleadores, fechas, presencia o no del riesgo específico, evaluación de riesgo, uso de elementos de protección personal y breve descripción de las principales tareas. Dicho instrumento, contiene información sobre antecedentes, establecer el origen de una patología. Para estos efectos, se adjunta el Anexo exposición ocupacional remota a agentes de riesgo y permite, en conjunto con otros PGE2 de esta circular, donde se precisa la información minima que debe contener.

E. Comité de calificación de enfermedades profesionales 1. La calificación del origen de las enfermedades, deberá ser realizada por un comité conformado por, al menos, tres profesionales, dos de ellos médicos. médicos no podrá ser inferior a dos tercios. Si el número de profesionales que integran el comité es superior a tres, la proporción de los Uno de los médicos deberá poseer la calidad de Médico del Trabajo.

Para efeetos de esta circular, se considerará Médico del Trabajo, el profesional que cumpla alguno de los siguientes requisitos:

a) Haber aprobado un diplomado en Salud Ocupacional o Medieina del Trabajo de 290 horas como mínimo y contar con una experiencia laboral de, al menos, 5 años en un Servicio de Salud Ocupacional o de Medicina del Trabajo;

b) Contar con experiencia laboral demostrada en un Servicio de Salud Ocupacional o de Medicina del Trabajo, de al menos diez años;

c) Haber aprobado un programa en Salud Ocupacional/Medicina del Trabajo a nivel de doctorado, magister, master o fellow y contar con experiencia laboral minima de 3 años, en un Servicio de Salud Ocupacional o de Medicina del Trabajo, o d) Acreditar experiencia académica, docente y/o de investigación de al menos 5 años en una Institución de Educación Superior en el área de medicina del trabajo y salud ocupacional y del Trabajo. experiencia laboral mínima de 5 años en un Servicio de Salud Ocupacional o de Medicina 3. Todo profesional que integre el comité, deberá contar con un curso minimo de 40 horas sobre aspectos generales del seguro de la Ley N°16.744 y conceptos de salud ocupacional. Dicho materias, a nivel de diplomado o magister. requisito no será exigible respecto de los profesionales que acrediten formación en tales 4. El comité deberá ser presidido por el Médico del Trabajo y en caso de empate decidirá su voto.

5. Por cada sesión se deberá levantar un acta y dejar constancia en ella de la identidad de los participantes, de los casos tratados y de los votos emitidos para la calificación de las patologías en estudio. Cada organismo administrador deberá definir el número de comités, su competencia territorial (nacional, regional o zonal), la periodicidad de sus reuniones, las áreas de con excepción de las reguladas en esta circular. especialidad que traten y las demás materias necesarias para su adecuado funcionamiento, 7. Asimismo, el organismo administrador deberá designar un responsable de la coordinación o supervisión técnica del o los comités, cuya identidad y datos de contacto, deberán ser informados a esta Superintendencia, dentro de los 10 días hábiles posteriores a su nombramiento y cada vez que este sea reemplazado. Para todos los efectos, el responsable designado será la contraparte técnica del proceso de calificación ante este Organismo Fisealizador. Para una correcta calificación, el comité deberá contar con todos los antecedentes reunidos en la evaluación clinica, los exámenes de laboratorio, imágenes y los informes de evaluación de las condiciones de trabajo, y analizar la suficiencia de éstos.

9. Para mejor resolver, el comité podrá solicitar cualquier antecedente adicional; la repetición de directa. alguno de los estudios o evaluaciones realizadas y/o citar al trabajador para su evaluación 10. En casos estrictamente excepcionales, la calificación podrá efectuarse prescindiendo de algunos de los elementos señalados, lo que deberá ser debidamente fundamentado por el se refiere el Anexo PGE3 de esta circular. comité, dejando constancia de las razones que se tuvo en consideración, en el informe a que F. Resolución de calificación o recalificación 1. El pronunciamiento que el comité emita deberá formalizarse mediante la emisión de una Resolución de calificación del origen de los accidentes y enfermedades Ley N° 16.744 (RECA), la cual podrá ser suserita por cualquiera de los médicos que lo integran.

Dicha resolución, en su versión impresa según lo establecido en la circular N°2806 de esta Superintendencia, deberá ser notificada al trabajador evaluado y a su entidad empleadora. Para dicha notificación se establece un plazo de 3 días hábiles siguientes a su emisión.

3. Si el trabajador no se presenta a la evaluación clínica, después de haber sido citado hasta en dos oportunidades o si rechaza someterse a ésta, la patología deberá ser calificada como tipo 12: "No se detecta enfermedad” y en el campo "diagnóstico" se deberá consignar:

“Abandono o rechazo de la atención” y registrarse el código CIE -10 “Z03.9" 4. Si con posterioridad al diagnóstico y antes que el comité disponga de los elementos de juicio suficientes para calificar el origen de la enfermedad, el trabajador rechaza continuar con el proceso de evaluación, el caso será calificado con los antecedentes disponibles, consignando el diagnóstico y su correspondiente código CIE-10. A su vez, en el campo “indicaciones" se de calificación". deberá señalar: “Calificación realizada con antecedentes parciales por abandono del proceso 5. De igual modo, si con posterioridad al establecimiento de un diagnóstico y previo a su calificación, el empleador, después de haber sido requerido hasta en dos oportunidades, mediante carta certificada, correo electrónico u otro medio escrito, se opone a la realización de la evaluación de las condiciones de trabajo o no acusa recibo de las citaciones, el caso deberá ser resuelto con los antecedentes disponibles, consignando el diagnóstico y su correspondiente código CIE-10. En el campo “indicaciones" se deberá consignar: realización de la evaluación de las condiciones de trabajo”, “Calificación realizada con antecedentes parciales por obstaculización del empleador a la 6. Sin perjuicio de lo anterior, el organismo administrador deberá informar sobre la negativa del empleador, a la Inspección del Trabajo y/o a la Autoridad Sanitaria competente, mediante el formulario "A”, contenido en el Anexo PGE4, de esta circular. Cuando la sintomatología del trabajador no pueda atribuirse a una enfermedad específica, la dolencia deberá ser calificada como tipo 12: "No se detecta enfermedad" y en el campo evaluación" y registrarse con el código CIE-10 "Z71.1." diagnóstico deberá consignarse: "Sin diagnóstico establecido luego de proceso de 8. No obstante, no podrá utilizarse la calificación tipo 12: “No se detecta enfermedad", cuando se hubiere preserito reposo laboral.

9. El comité deberá generar un informe sobre los fundamentos de la calificación de la patología, cuyo contenido mínimo se establece en el Anexo PGE3, de esta circular.

10. El comité podrá recalificar el origen de la patologia, de oficio o a petición del trabajador y/o del empleador, si existen nuevos antecedentes que permitan modificar lo resuelto. En este caso, junto con registrar los nuevos antecedentes y generar un nuevo informe que fundamenta la recalificación, deberá emitir una nueva resolución y consignar en el campo “indicaciones”: “Resolución de calificación vigente que reemplaza la resolución N° (indicar número de anterior RECA)". Cuando la recalificación obedezca a un dictamen emitido por esta

Superintendencia, en ejercicio de sus facultades fiscalizadoras, se deberá agregar, la expresión: "Por instrucción de SUSESO impartida mediante el oficio N°nnnn de dd/mm/aa”. G. Derivación a régimen de salud común

Si el comité de calificación determina que el origen de la enfermedad es común, el trabajador evaluado deberá ser citado para ser notificado personalmente que debe continuar su tratamiento en su régimen previsional de salud común (FONASA o ISAPRE). Si el trabajador no se presenta a dicha citación, deberá ser notificado por carta certificada.

2. Además, se deberá entregar al trabajador los siguientes documentos:

a) Resolución de calificación del origen de los accidentes y enfermedades Ley N° 16.744 versión impresa, regulada en las Circulares N°s. 2.717 y 2.806, de esta Superintendencia;

b) Informe sobre los fundamentos de la calificación de la patología (Anexo PGE3);

c) Epierisis que indique las atenciones recibidas, diagnósticos realizados y la orientación de dónde continuar sus tratamientos, según corresponda, y d) Copia de los informes y exámenes clínicos practicados.

3. En el evento que la patología calificada como de origen común, corresponda a alguna de las comprendidas en las Garantías Explícitas de Salud (GES), dicha circunstancia deberá ser informada al trabajador por un médico del organismo administrador o del prestador médico con el que éste mantiene convenio, mediante el “Formulario de Constancia de Información al Paciente GES"

Todos los documentos individualizados en el N° 1 precedente son de carácter confidencial, salvo la resolución de calificación que, conforme a lo dispuesto en el articulo 72 letra e) del D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, debe ser notificada al empleador, en su versión impresa, mediante carta certificada u otro medio idóneo. H. Cambio de puesto de trabajo y/o readecuación de las condiciones de trabajo 1. En caso que la patología sea calificada como de origen laboral, en el campo “indicaciones”, se deberá señalar la obligación del empleador de cambiar al trabajador de puesto de trabajo o la enfermedad profesional. que dicho puesto sea readecuado con la finalidad de cesar la exposición al agente causante de Para la correcta implementación del cambio de puesto de trabajo o de su readecuación, en el trabajo, que causa la enfermedad profesional. campo “indicaciones” se deberá precisar cuál es el riesgo o agente presente en el puesto de Adicionalmente, cuando el trabajador se desempeñe en empresas de menos de 50 trabajadores, el organismo administrador deberá, mediante un informe, preseribir además medidas específicas, acorde a la naturaleza y actividad económica de la empresa, con el objeto de eliminar, controlar o mitigar el riesgo. El organismo administrador deberá indicar o preseribir las medidas dentro del plazo máximo de 10 dias hábiles contado desde la data de la calificación. Conjuntamente, deberá fijar a la entidad empleadora un plazo para el cumplimiento de las medidas preseritas, el que no podrá ser superior a 90 días corridos.

5. En todo caso, si antes de transcurrir este plazo, se produjera la reincorporación del trabajador ésta deberá efectuarse en un puesto de trabajo en que no se encuentre expuesto al riesgo que dio origen a su enfermedad. Una vez vencido el plazo para la implementación de las medidas, el organismo administrador deberá verificar si el empleador dio cumplimiento y en caso negativo, informar a la Inspección del Trabajo y/o a la Autoridad Sanitaria competente. Para dicho efecto, deberá utilizarse el formulario “B", contenido en el Anexo PGE4, de esta circular. L. Incorporación a programas de vigilancia epidemiológica 1. Siempre que se diagnostique a un trabajador una enfermedad profesional, el organismo administrador deberá incorporar a la entidad empleadora a sus programas de vigilancia epidemiológica. Se deberá tomar especial atención a los trabajadores que forman parte del grupo de exposición similar, sea este por el nivel de riesgo al que están expuestos, las tareas que desempeñan o la unidad organizacional a la que pertenecen. Para dicho efecto, se deberán aplicar los protocolos de programas de vigilancia establecidos por el Ministerio de Salud para el o los agentes de que se trate.

4. En caso de no existir un protocolo establecido, el organismo administrador deberá elaborar un programa de vigilancia para el agente en cuestión y remitir, para conocimiento de esta contado desde la calificación de la enfermedad. Superíntendencia, su protocolo interno, dentro de un plazo no superior a 45 días corridos, 5. El organismo administrador deberá informar a esta Superintendencia toda modificación a sus protocolos internos definidos conforme a lo dispuesto en el numeral precedente, en un plazo no superior a 45 días corridos.

PROTOCOLO PARA LA CALIFICACIÓN DE PATOLOGÍAS MÚSCULO-

ESQUELÉTICAS

Conforme a lo establecido en el Decreto Supremo N° 109, de 1968, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, se consideran como enfermedad profesional, las lesiones de los órganos del movimiento, incluyendo trastornos de la circulación y sensibilidad, asi como lesiones del sistema nervioso periférico, causadas de manera directa por agentes de riesgo específicos tales como movimiento, vibración, fricción y compresión continuos, a los que se ve expuestos el trabajador en el desempeño de su quehacer laboral. Dicho decreto establece además que estas enfermedades pueden causar incapacidad temporal o incapacidad permanente.

A. Definiciones operacionales

Patología músculo esquelética como consecuencia de exposición a agentes de riesgo. Corresponde a una alteración de las unidades músculo-tendinosas, de los nervios periféricos o del sistema vascular, generada directamente por la exposición a un riesgo específico que exista o haya existido en el lugar de trabajo. Independientemente de la presencia de patologías preexistentes, dicha alteración podrá ser considerada como una enfermedad profesional.

Dicha alteración también podrá ser considerada como enfermedad profesional, si el trabajador tiene una historia ocupacional que demuestra exposición previa suficiente, aun cuando en la entidad empleadora en la que actualmente se desempeña, no se encuentre expuesto.

Patología músculo esquelética como secuela de un accidente del trabajo

Corresponde a la sintomatología o afección músculo esquelética aguda secundaria a un evento puntual de sobrecarga biomecánica en el trabajo.

B. Patologías a las que aplica este protocolo

Este protocolo regula la calificación de las patologías músculo esquelética de extremidad superior (MEES), que comprometan los siguientes segmentos:

Segmento Glosa de diagnóstico Código CIE-10

Dedos Dedo en Gatillo M65.3

Tendinitis de extensores de muñeca

Tendinitis de flexores de muñeca M65.8

Muñeca

Tendinitis de De Quervain M65.4

Sindrome Túnel Carpiano G56.0

Codo Epitrocleitis M77.0

Epicondilitis M77.1

Tendinopatía de manguito rotador (MR) M75.1

Hombro Tendinitis bicipital (TB) M75.2

Bursitis Subacromial M75.5

En caso de diagnosticar alguno de las enfermedades señaladas en la tabla precedente, éstos deberán ser consignados como diagnóstico principal, al menos con las glosas descritas, sin perjuicio de complementarse con especificaciones o diagnósticos secundarios. Para fines de análisis, los organismos administradores deberán ser rigurosos en el establecimiento de estos diagnósticos y su posterior codificación.

C. Aspectos particulares del proceso de calificación

Evaluación médica por sospecha de patología músculo esquelético de extremidad superior (MEES) de origen laboral.

Esta evaluación deberá ser realizada por un médico que, además de la capacitación exigida en el N° 2, letra C, del Titulo I1 de esta circular, deberá contar con un curso de 40 horas sobre trastornos músculo esqueléticos -incluidos los descritos en la letra B precedente- que entre otras materias contemple, diagnósticos diferenciales, evaluación de origen y generalidades de su tratamiento.

El registro de la evaluación médica deberá contener los elementos mínimos establecidos en el Anexo PMEl "Ficha de Evaluación Clinica y Calificación de Origen de Patología MEES”, entre ellos, la anamnesis próxima, remota y laboral, así como el examen fisico general y segmentario.

El equipo evaluador deberá solicitar los antecedentes de la vigilancia de la salud, si corresponde, según lo definido en el Protocolo de Vigilancia para Trabajadores Expuestos a Factores de Riesgo TMERT del MINSAL y solicitar a la empresa los antecedentes de la vigilancia de los factores de riesgos de TMERT identificados con la aplicación de la Norma Técnica referida en el citado protocolo.

Si la empresa no ha realizado la identificación y evaluación del riesgo de TMERT el organismo administrador le instruirá realizarla.

Aun cuando se encuentre pendiente el cumplimiento de esta instrucción, el proceso de calificación deberá continuar y concluir dentro del plazo establecido en el Título II de esta circular.

2. Exámenes obligatorios para el estudio de patología MEES

Para un adecuado estudio se deberá disponer de exámenes obligatorios, cuyo propósito es determinar la presencia de elementos objetivos que respalden la hipótesis diagnóstica. Los exámenes obligatorios a realizar, según el tipo de dolencia o segmento corporal comprometido, se establecen en el Anexo PME2 “Exámenes obligatorios para el estudio de patologias MEES".

Los principales hallazgos y conclusión de los exámenes deberán documentarse en el Anexo PME1, en la sección correspondiente.

Evaluaciones de condiciones de trabajo propias de patologias MEES

En la presente circular se adjuntan los formatos específicos de estudios de puestos de trabajo (EPT), debiéndose utilizar uno o más de ellos, según la sospecha clinica o segmento corporal comprometido. Los elementos mínimos que debe contener el EPT, corresponden a los indicados en el Anexo PME3 "Formato de estudio de puesto de trabajo por sospecha de patologia MEES”.

El estudio del puesto de trabajo deberá ser realizado por un terapeuta ocupacional, kinesiólogo u otro profesional, este último con formación en ergonomía, siempre que se encuentren capacitados en el uso especifico de estos formatos.Se considerará capacitado en el uso específico del EPT, quienes hayan realizado un curso de 32 o más horas, de las cuales, al menos 16, deben corresponder a la aplicación supervisada de este instrumento.

Se entenderá por profesional con formación en ergonomia, al que cuente con un magister y/o diplomado en esa disciplina.

4. Comité de calificación de patologia MEES

El comité de calificación de patología MEES deberá conformarse por tres o más profesionales, dos de ellos médicos, el primero Médico del Trabajo y el segundo, fisiatra o traumatólogo. Se recomienda también la participación de terapeutas ocupacionales, kinesiólogos u otros profesionales con formación en ergonomía, entendiéndose por tal, la precisada en el numeral precedente.

Asimismo, los integrantes deberán contar con el curso a que se refiere el N° 3 de la Letra E, del Título II de esta circular.

Para calificar el origen de una patologia MEES, el comité deberá contar con todos los elementos, esto es, los correspondientes a la evaluación clínica; los exámenes obligatorios, según la sospecha diagnóstica o segmento corporal comprometido, las evaluaciones de las condiciones de trabajo (EPT e historia ocupacional), y los antecedentes de la vigilancia epidemiológica definida en el Protocolo de Vigilancia para Trabajadores Expuestos a Factores de Riesgo TMERT del MINSAL, cuando corresponda.

En casos estrictamente excepcionales, podrá efectuarse la calificación prescindiendo de algunos de los elementos señalados, lo que deberá ser debidamente fundamentado por el comité.

5. Cambio de puesto de trabajo y/o readecuación de condiciones de trabajo

Con la finalidad de determinar la ausencia de riesgo en el nuevo puesto de trabajo donde será reubicado el trabajador, sea éste transitorio o definitivo, el organismo administrador deberá evaluar dicho puesto mediante la Norma Técnica de Identificación y Evaluación de Factores de Riesgo Asociados a Trastornos músculo-esqueléticos relacionados con el trabajo (TMERT), del Ministerio de Salud, el cual considera libre de riesgo, los puestos de trabajo evaluados con un riesgo nivel 1 (verde).

6. Incorporación a programas de vigilancia epidemiológica

Todo trabajador diagnosticado con una enfermedad profesional por patología MEES, deberá ser considerado un "caso centinela" para los fines del "Protocolo de Vigilancia para trabajadores expuestos a factores de riesgo de trastornos músculo-esqueléticos de extremidades superiores relacionados con el trabajo", del Ministerio de Salud.

IV. PROTOCOLO PARA LA CALIFICACIÓN DE PATOLOGÍAS DE SALUD MENTAL

Los factores psicosociales en el trabajo consisten en interacciones entre el trabajo, su medio ambiente, la satisfacción en el trabajo y las condiciones de su organización, y las capacidades del trabajador, sus necesidades, su cultura y su situación personal fuera del trabajo que, a través de percepciones y experiencias, pueden influir en la salud y en el rendimiento y la satisfacción en el trabajo.

Cuando la influencia de estos factores psicosociales es negativa, pueden generar el desarrollo de una enfermedad de salud mental e incluso somática, constituyendo factores de riesgo psicosocial.

Para la correcta determinación del origen, común o laboral, de una patología de salud mental, el proceso de calificación requiere la evaluación, con distintos métodos, de la presencia de condiciones laborales específicas y la correlación de temporalidad, frecuencia e intensidad de dicha exposición con el diagnostico establecido, para validar o refutar una hipótesis causal coherente entre la patología y la exposición a riesgos observada.

Definiciones operacionales

Patología de salud mental causada por factores de riesgo psicosocial laboral

Se calificará como enfermedad profesional la patologia de salud mental producida directamente por los factores de riesgo psicosocial presentes en el ambiente de trabajo, en los cuales la exposición laboral es causa suficiente, independiente de factores de personalidad, biográficos o familiares personales del trabajador.

2. Patología de salud mental secuela de un accidente del trabajo

Corresponde a toda patología de salud mental que tiene relación de causalidad directa con un accidente del trabajo o de trayecto.

B. Patologías a las que aplica este Protocolo

Este protocolo regula la calificación de las siguientes patologias de salud mental: Glosa del diagnóstico Código CIE-10

Trastornos de adaptación F43.2

Reacciones al estrés F43.0, F43.8, F43.9

Trastorno de estrés postraumático F43.1

Trastorno mixto de ansiedad y depresión F41.2, F41.3

Trastonos de ansiedad F41.9

Episodio depresivo F32.0, F32.1, F32.2, F32.3, F32.8, F32.9

Trastorno de somatización F45.0

El diagnóstico de una enfermedad de salud mental debe ser preciso y cumplir con los criterios de la Clasificación Internacional de Enfermedades, versión 10 (CIE -10), lo que será válido tanto para las patologías consideradas como de origen laboral, como para aquéllas de origen común. En caso de diagnosticar alguno de las enfermedades señaladas en la tabla precedente, éstos deberán ser consignados como diagnóstico principal, al menos con las glosas descritas, sin perjuicio de complementarse con especificaciones o diagnósticos secundarios.

C. Aspectos particulares del proceso de calificación 1. Evaluación clinica por sospecha de patología de salud mental de origen laboral. La evaluación clínica para las patologias de salud mental deberá comprender, obligatoriamente, la realización de evaluaciones médicas y psicológicas.

La utilización de pruebas psicodiagnósticas es optativa y su uso dependerá de la sospecha diagnóstica que guie la evaluación.

a) Evaluación médica

Esta evaluación deberá ser realizada por un médico que, además de contar con la capacitación exigida en el N° 2, letra C, del Titulo II de esta circular, deberá haber aprobado un curso de 40 horas sobre patologías de salud mental –ineluidas las descritas en la letra B, precedente – que, entre otras materias, considere diagnósticos diferenciales, evaluación de origen y generalidades de su tratamiento.

Se debe tomar especial atención a que la consulta del paciente puede obedecer a síntomas de carácter psíquico, como desánimo, angustia o desconcentración y también de carácter fisiológico, como trastornos del sueño, de la función digestiva o dolores inexplicables. Los elementos mínimos que debe contener la evaluación por sospecha de patologia de salud mental laboral, corresponden a los establecidos en el Anexo PSM1 "Ficha de evaluación clínica por sospecha de patología mental laboral".

El equipo evaluador deberá solicitar a la entidad empleadora del trabajador, los resultados de la evaluación de riesgos psicosociales SUSESO-ISTAS 21 del centro de trabajo o empresa del trabajador, según lo establecido en el protocolo de vigilancia de riesgos Psicosociales Laborales del MINSAL.

Si la empresa no cuenta con este documento, el Organismo Administrador le instruirá implementar dicha evaluación.

Aun cuando se encuentre pendiente el cumplimiento de esta instrucción, el proceso de circular. calificación deberá continuar y concluir dentro del plazo establecido en el Título II de esta b) Evaluación psicológica

Esta evaluación deberá ser realizada por un psicólogo clínico que además de experiencia en atención clínica, no inferior a un año, deberá contar con el curso sobre patologías de salud mental, a que se refiere la letra a) precedente.

El objetivo de la evaluación psicológica es explorar diversos aspectos de la dinámica cognitiva, afectiva y conductual, así como elementos ambientales del lugar de trabajo del paciente, los cuales deben servir de base para la elaboración de una hipótesis que les de coherencia. Se deberá dar especial énfasis a aquellos elementos, tanto personales, como del ambiente de trabajo, que contribuyan a determinar el origen de la patología.

La evaluación psicológica puede incluir pruebas psicodiagnósticas específicas (proyectivas y/o psicométricas), cuyos resultados deben presentarse de acuerdo a lo establecido en los protocolos correspondientes.

Los elementos mínimos que debe contener esta evaluación, corresponden a los indicados en el Anexo PSM2 "Ficha de evaluación psicológica por sospecha de patología mental laboral". Evaluaciones de condiciones de trabajo

La evaluación de las condiciones de trabajo deberá ser solicitada por el médico al término de la evaluación clínica por sospecha de patologia mental de origen laboral, orientando los aspectos principales a evaluar. Las evaluaciones de condiciones de trabajo comprenden:

a) Información de condiciones generales de trabajo y empleo

Esta solicitud busca recoger elementos que permitan comprobar razonablemente la o las hipótesis sobre el origen de la patologia. Estos elementos deben ser solicitados a la empresa donde el trabajador prestó servicios durante la época en que surgieron los sintomas o aquélla donde ocurrieron los hechos que pudieron dar origen a la sintomatología.

La información solicitada deberá contener los elementos mínimos establecidos en el Anexo PSM3 “Condiciones generales de trabajo y empleo para estudio de patología mental laboral”, la cual debe ser adecuadamente respaldada por la empresa.

La referida información podrá ser complementada por el trabajador, debiendo ésta también incluirse en el Anexo PSM3.

En caso de existir discordancia en la información recabada de ambas fuentes, se deberá requerir antecedentes adicionales para establecer fundadamente cuál será considerada como válida, para fines de la calificación.

b) Estudio de puesto de trabajo para patología de salud mental (EPT-PM)

El EPT-PM deberá ser realizado por un psicólogo capacitado en el uso específico del instrumento. Se entenderá capacitado cuando haya realizado un curso de 32 o más horas, donde al menos 16 de estas correspondan a la aplicación supervisada de este estudio. El EPT-PM deberá considerar en forma relevante la queja o motivo de consulta del trabajador, por lo que ésta determinará las áreas a explorar.

El EPT-PM es un proceso de recopilación y análisis de elementos tanto de la organización y gestión del trabajo, como de las relaciones personales involucradas en éste, que permita verificar o descartar la presencia de factores de riesgo psicosocial asociados al puesto de trabajo. Estos factores de riesgo pueden tener diversos grados de intensidad, frecuencia, tiempo de exposición y situaciones que deberán ser exploradas en el EPT-PM. Las áreas a explorar serán las siguientes: i. Dinámica del trabajo: Corresponde a demandas del trabajo potencialmente peligrosas, comprendiendo como riesgo el desempeñarse en tareas o puestos de trabajo disfuncionales en su diseño. ii. Contexto del trabajo: Corresponde a las condiciones en que se desarrolla el trabajo, considerando como riesgo el desempeñarse en organizaciones con características disfuncionales, bajo un liderazgo disfuncional o ser sujeto de menoscabo produeto de conductas de acoso laboral o sexual.

El EPT-PM se deberá realizar exclusivamente mediante entrevistas semi-estructuradas y confidenciales a una cantidad razonable de informantes aportados tanto por la empresa, como por el trabajador, con la finalidad de efectuar una evaluación equilibrada y carente de sesgo de los factores de riesgo psicosocial presentes en el trabajo, lo que incluye las posibles conductas de acoso. Si no fuera posible entrevistar a los informantes referidos por el trabajador, se deberá dejar constancia de las razones que impidieron hacerlo.

En caso de acoso, deberán consignarse en el informe, las acciones de mitigación que haya realizado el empleador, con fines de contribuir al diseño de la intervención en evento que la patología sea calificada como de origen laboral. Además, se deberá constancia de si la empresa cuenta con un protocolo para manejar estas situaciones.

El EPT-PM deberá contar con los elementos mínimos establecidos en el formato de estudio de puesto de trabajo por sospecha de patología mental y ser realizado acorde al formato contenido en el Anexo PSM4 “Evaluación de puesto de trabajo por sospecha de patología mental laboral".

Comité de calificación para patologia mental

El comité de calificación de patología de salud mental, deberá conformarse por tres o más profesionales, dos de ellos médicos, el primero Médico del Trabajo y el segundo, psiquiatra. Se recomienda también la participación de psicólogos clínicos, psicólogos laborales, terapeutas ocupacionales u otros profesionales vinculados a la salud mental.

Además, los integrantes del comité deberán contar con el curso a que se refiere el N° 3 de la Letra E, del Título Il de esta circular.

En los casos de acoso laboral o sexual, se deberá consultar sobre la existencia de denuncias en la Dirección del Trabajo. Sin perjuicio de lo anterior, si no hubiese pronunciamiento, de igual modo continuará el proceso de calificación. Para calificar el origen, común o laboral, de una patología de salud mental, el comité debe contar con todos los elementos de la evaluación clinica (médica y psicológica), las evaluaciones de condiciones de trabajo (información de empresa y EPT-PM) y los antecedentes de la vigilancia de factores de riesgo psicosocial en el trabajo del MINSAL, cuando corresponda. En casos estrictamente excepcionales podrá efectuarse la calificación prescindiendo de comité. algunos de los elementos señalados, lo que deberá ser debidamente fundamentado por el Cambio de puesto de trabajo y/o readecuación de condiciones de trabajo

Se deberá privilegiar la indicación de medidas que tengan por finalidad modificar las condiciones de riesgo causantes de la enfermedad profesional.

5. Establecer protocolo de vigilancia a los trabajadores

Todo trabajador diagnosticado con enfermedad profesional por patología de salud mental, será considerado un “caso centinela" para los fines del “Protocolo de vigilancia de riesgos psicosociales en el trabajo”, del Ministerio de Salud. VIGENCIA

Esta circular entrará en vigencia a partir de su publicación.

Dentro de los 30 días siguientes a su publicación, los organismos administradores y las empresas con administración delegada deberán elaborar y remitir a esta Superintendencia, para su conocimiento, un plan de implementación. Las Mutualidades de Empleadores previo a su envío, deberán informar dicho plan a su Directorio. La implementación del plan deberá efectuarse en un plazo no superior a 90 días corridos, contado desde su presentación ante esta Superintendencia, plazo que en ningún caso podrá exceder del 28 de febrero de 2016. La aplicación de los protocolos regulados en esta circular, será obligatoria para la calificación de las patologías denunciadas como de origen laboral, a contar del 1° de marzo de 2016. A contar de esta última fecha se deroga la Circular N° 2.838, de 2012, que instruye a los organismos administradores de la Ley N° 16.744, acerca de elementos mínimos a considerar mentales. en la elaboración de estudios de puestos de trabajo para la calificación de enfermedades VI. DISPOSICIONES TRANSITORIAS

El proceso de calificación de las enfermedades denunciadas entre el 1º de marzo de 2016 y el corridos. 31 de diciembre del mismo año, deberá concluir dentro de un plazo máximo de 45 días Consecuentemente, la información relacionada con las resoluciones de calificación de estas enfermedades, deberá remitirse al Sistema de Información de Seguridad y Salud en el dicho efecto el N° 3.7, de la Circular N° 2.806, de esta Superintendencia. Trabajo (SISESAT), dentro del plazo de 45 días, en lugar de los 30 días que establece para A contar del 1º de enero de 2017, regirá el plazo de 30 días corridos establecido el Título II de esta circular.

SUPERINTENIENT

CLAUDIO BÊYéS-bARRIENTOS

SUPERINTENDENTE

¿/GOP

DISTRIBUCIÓN

Se adjuntan 11 anexos

Mutualidades de Empleadores

Instituto de Seguridad Laboral

Empresas con Administración Delegada

Subsecretaria de Salud Pública

Secretarias Regionales Ministeriales de Salud

Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez

Servicios de Salud

ISAPRES

SUSESO

Fiscalia

Departamento de Regulación

Departamento de Supervisión y Control

Departamento de Contencioso Administrativo

Unidad de Medicina del Trabajo

Oficina de Partes

Archivo Central.

ANEXO PGE1

Anexo PGE1. Proceso de calificación.

Denuncie de Atención en TAOR endermedad profesional Entrega RECA, sistema de Reincooporacion

Epicritis, satud Comvún al tuabajo

Fundamentadony

Examenes

UGENCAS Atención de Ungendia

Evaluadión

EVALNCA Clinica

Protocolos de evalusdiony cúmenes

Evaluadón de condiciones 華

A D laborales

Protoçolos de taluacion de PR OoN Puesto de trabajo yotros

No

Común ounoas Coite de Catificación Calficación

Antecedentes suficientes (aboral

AA

Tratarciento

Cumple

PRLVON

Prescripaón a Verificoón de empress prescripción

No

En caso que emprese no Informar s 01 o acceda a evatuedón informar a DT o Serami de Salud. Seremí de Salad bizagi

AS (prrs)

PVIR ITRIA) FEC M

RUT:

UU m C AIO EAI OATUD GAR R M

ÉN " FIiv ISNA ARGO

TIEMPO EN EES

IUDAD

ANODE ADA

ANO NGRESO IR O) C MA

U ES RUT:

NOMBRE RUT ÉDAD OECANTO DOMICLIO FONO MPS

AA 00

Anexo PGE3: Informe sobre los fundamentos de la calificación de la patología Elementos mínimos del informe sobre los fundamentos de la calificación de patología. (Carácter privado. Solo entregar al trabajador)

Identificación del trabajador.

• Identificación de la empresa.

Diagnostico definido por el proceso de calificación

• Calificación (Según Glosa Circular N°2806 SUSESO)

Fundamento de calificación. o Sumario de la documentación considerada

Justificación frente a la no realización de alguna evaluación. 0 Principales hallazgos.

Calificación realizada.

Elementos que sustentan la decisión

• Identificación y firma responsable comité de calificación.

ANEXO PGE4

Formulario - A SUSESO

Logo

Organismo

Administrador

Fecha:

INFORME A ENTIDADES FISCALIZADORAS

PROCESO DE CALIFICACIÓN DEL ORIGEN DE LAS ENFERMEDADES DENUNCIADAS COMO PROFESIONALES, CONFORME A LA LEY N° 16.744 DEL SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES

DE: ORGANISMO ADMINISTRADOR

A: DIRECCIÓN DEL TRABAJO (DT); Y SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE SALUD (SEREMI).

Por disposición de la Superintendencia de Seguridad Social, CIRCULAR N° cumplo con informar a usted que la Empresa singularizada se ha negado a facilitar información y/o impedido el ingreso a sus dependencias de este organismo administrador, actividad que tiene por objeto evaluar las condiciones de trabajoi, del trabajador individualizado, quien se encuentra en proceso de calificación del origen de una enfermedad presuntamente laboral.

I. Datos del Trabajador 1. Nombre:

2. Rut 3. Edad: 4. Sexo (F/M): (Calle, N°) 5 Dirección:

Conmuna Región 6. Correo electrónico: 7, N° de celular;

8. N° teléfono fijo

II. Identificación del Empleador 9. Nombre o Razón

Social:

10. Rut Empresa:

11. Representante Legal (Calle, N°) 12. Dirección Casa Matriz:

Comuna/ Región Coeo electrónico 13. Teléfono Casa Matriz: Código Area | Nómero 14. Dirección de la Sucursal u (Calie, N°)

Oficina Comma/ Región Correo electrónica:

15. Teléfono Sucursal u Oficina Cóogo Area Nimero

Evaluación de las condiciones de trabajo, determinar si existe exposición a agentes de riesgo en el lugar de trabajo: estudio del puesto de trabajo (EPT), evaluación riesgos fisicos, químicos, biológicos, ergonómicos y psicosociales.

ANEXO PGE4

Formulario - B

Logo

Organismo

Administrador

Fecha:

INFORME A ENTIDADES FISCALIZADORAS

PROCESO DE CALIFICACIÓN DEL ORIGEN DE LAS ENFERMEDADES DENUNCIADAS COMO PROFESIONALES, CONFORME A LA LEY N° 16.744 DEL SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES

DE: ORGANISMO ADMINISTRADOR

A: DIRECCIÓN DEL TRABAJO (DT): Y SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE SALUD (SEREMI)

Por disposición de la Superintendencia de Seguridad Social, CIRCULAR N° cumplo con informar a usted que la Empresa individualizada, no ha implementado las medidas correctivas instruidas (*) por este organismo administrador, dentro del plazo fijado para dicho efecto. I. Datos del Trabajador 1. Nombre:

2. Rut 3. Edad: 4. Sexo (F/M): 5 Dirección: (Calle. N°)

Cotuna Región 6. Correo electrónico: 7, N° de celular:

8. N° teléfono fijo

Il. Identificación del Empleador 9. Nombre o Razón Social 10. Rut Empresa:

11. Representante Legal (Calle. N°) 12. Dirección Casa Matriz:

Comuna/ Región Coureo electrónico:

13. Teléfono Casa Matriz: Código Area Niimero 14. Dirección de la Sucursal u (Calle, IN")

Oficina

Comuna/ Región Correo electrónico.

15. Teléfono Sucursal u Oficina Código Area Nümero

III. Medidas instruidas e incumplidas (*)

Anexo PME1: Ficha de Evaluación Clinica y Calificación de Origen de Patologia MEES 2.- EXAMEN FÍSICO

Examen físico general (Hallazgos relevantes)

Estado nutricional IMC

Examen fisico del segmento afectado

Inspección Posición antiálgica, asimetrias, Presencia de signos inflamatorios, impotencia funcional Palpación Dolor a la palpación y localización, crépitos tendineos

Movilización Activa, pasiva y contrarresistencia, rangos articulares (grados) del segmento afectado (dísminuido – normal – aumentado)

Fuerza y sensibilidad de extremidad superior, signos de atrapamíento de nervios cubital, Neurológico radial o mediano, luxación de nervio cubital en codo, iradiación radicular braquial al movilizar segmento cervical

Segmento contralateral Describir

Maniobras clinicas Describir: (signos) según segmento afectado de acuerdo al Anexo 2 (Estudio diagnóstico específicas de TME de Extremidad Superior) 3. HIPOTESIS DIAGNÓSTICA

Indicar sospecha diagnóstica que orienta la evaluación 4. EXÁMENES OBLIGATORIOS (Anexo PMEES2)

Examen Fecha Solicitud Fecha Realización Hallazgos 5. ESTUDIO DE PUESTO DE TRABAJO

Fecha solicitud Fecha informe

Descripción hallazgos relevantes 6. DIAGNÓSTICO CLÍNICO

Diagnostico confirmado.

Anexo PME1: Ficha de Evaluación Clínica y Calificación de Origen de Patología MEES 1.- ANAMNESIS

Descripción del Motivo de consulta:

Describir

Segmento afectado

Hombro (Izquierdo – Derecho – Ambos)

Codo (Izquierdo – Derecho – Ambos)

Antebrazo (Izquierdo – Derecho – Ambos)

Muñeca (Izquierdo – Derecho – Ambos)

Mano (Izquierdo – Derecho – Ambos)

Presencia de mecanismo traumático agudo (No - Si)

Describir:

Dolor y sus caracteristicas:

Tiempo de evolución (semanas - meses – años)

Inicio (súbito – gradual)

Descripción de supuesto Describir: mecanismo de lesión

Intensidad (EVA) (Escala 0-10)

Irradiación Describir:

Factores agravantes Describir: (actividades y movimientos)

Factores atenuantes Describir: (reposo y medicamentos)

Impotencia funcional (leve – moderada – severa)

Sintomas neurológicos (parestesías - hiperestesias - hipoestesia)

Otros síntomas: (Fiebre, compromiso de estado general, cambios en peso, trastomos del sueño y del ánimo)

Relación de sintomas con el trabajo

¿Relaciona su dolor con el trabajo? (No – Si)

Describir:

Tareas que el paciente relaciona con el origen de su molestia (uso de fuerza, carga de peso, uso de herramíentas, postura inadecuada, repetitividad, vibración, etc.). En lo posible cuantifique los fiempos, cargas y frecuencias. Indique desde cuando realiza esta farea, con qué frecuencia, si esta es ciclica, si debe cumplir metas, si éstas aumentaron en el último tiempo, etc. Sintomatología en los periodos de descanso y/o vacaciones.

Antecedentes Laborales

Antigüedad en puesto actual (semanas – meses – años)

Antigüedad en la misma tarea (semanas - meses — años)

Puesto de trabajo actual Descnibir: (titulo del cargo y descripción general de tareas que realiza en el contexto del proceso productivo)

Ocupación(es) previa(s) Describir:

Indicar presencia o no de los siguientes elementos:

Alternancia o rotación de diferentes tareas (No - Si)

Pausas de descanso (No - Si)

Fuerza sostenida con extremidad (No - Si)

Posición forzada/ Posición mantenida (No - Si)

Exposición a vibraciones mano/brazo (No − Si)

Remuneración por producción (No - Si)

Movimientos repetitivos de segmento afectado (No - Si)

Uso de herramienta(s) manual(es) (No - Si)

Descripción (frecuencia de uso, peso aproximado, accesorios de apoyo mecánico, etc.) Anamnesis remota (Registrar lo relevante)

Antecedentes médicos Patología reumatológica, endocrina, antecedente de cirugía o trauma en el segmento estudiado, fámacos en uso, antecedentes de fibromialgia o síndrome dolor miofascíal. Licencias médicas Relacionadas con este motivo (fechas y diagnósticos)

Actividades extralaborales Hobbies y deportes.

Alergias

Anexo PME2: Exámenes obligatorios para el estudio de patologías MEES

Segmento Patologías Clínica Exámenes

Sintoma

Consultar por dolor de hombro con irradiación hacia tercio medio 1.-Rx hombro AP Verdadera y Tendinitis de del brazo. Outlet manguito Signos Observar el fipo de acromion y cambios

Hombro rotador (MR) MR: test de pinzamiento humerales artrósicos acromio clavicufares o gleno Tendinitis subacromial, test O'Brien, Apley bicipital (TB) TB: dolor a la palpación de la 2.-Ecografía hombro

Bursitis (B) corredera bicipital, que aumenta Observar liguido en bursa subacromial, con la flexión de codo. desgarro de tendones, presencía de B: dolor subacromial que tendinosis y/o tendinitis cálcica. aumenta con la abducción del hombro

Síntoma:

Consultar por dolor en cara lateral 1.-Rx codo AP y LAT de codo que se írradia hacía Observar fracturas antiguas, región dorsal de antebrazo y defomidades angulares, artrosis o Epicondilitis muñeca. calcificaciones.

Signos: 2.-Ecografía de codo

Dolor en epicóndilo lateral que Observar rotura tendinosa aguda, aumenta con la extensión de aumento del flujo vascular al doppler, muñeca contra rersistencía. tendinosis y/o calcificaciones.

Codo Sintoma:

Consultar por olor en cara medial 1.-Rx codo AP y LAT de codo que se irradía hacía cara Observar fracturas antiguas, anterior de antebrazo y borde deformidades angulares, artrosis o cubital de muñeca. calcificaciones.

Signos 2.-Ecografía de codo

Dolor a la palpación del epicóndilo Observar rotura tendinosa aguda, medial que aumenta con la flexión aumento del flujo vascular al doppler, contra resistencia tendinosis y/o calcificaciones.Evaluar grosor y ubicación del nervio cubital. 1.-Rx muñeca AP - LAT y túnel carpiano

Observar lesión traumática antigua u otras enfemedades degenerativas. 2.-Ecografia de muñeca

Síntoma: Realizada por Médico Radiólogo

Consulfar pos acroparestesia Con ecógrafo de alta resolución evaluar dedos puígar, indice y medio. sección transversal del nervio mediano

Sindrome del ( + > a 11 mm2). Descartar otra

Tunel Signos: patología compresiva en el túnel

Carpiano Tinel y Phalen. (quistes, TU).

En etapas avanzadas se puede observar atrofía de la eminencia Adicionalmente en caso contar con tenar. Ecografía negativa y presentar sintomas evidentes.

Muñeca 3. EMG+VC:

Positivo si velocidad de conducción « de 40 m/seg sensiliva y/o motora.

Latencia sensitivo-motora > a 4 mseg.

Sintoma:

Consultar por dolor radíal de Rx muñeca AP - LAT: muñeca a la flexo-extensión de Observar artrosis trapeciopulgar. metacarpiana, triescafoidea, radio Tendinitis de Signos: carpiana y tumores.

D'Quervain Aumento de volumen del prímer Ecografía de muñeca (1er comp.) compartimento extensor. Dolor a Observar aumento de grosor de las la palpación de la vaina del primer vaínas y aumento de liquido sinovíal, compartimento extensor. aumento de la vascularización al Signos de finkelstein doppler.

Anexo PME2: Exámenes obligatorios para el estudio de patologias MEES

Sintoma:

Tendinitis de Consultar por dolor en región Rx mano: flexores y volar o dorsal de muñeca Observar lesión traumática antigua, Signos: degenerativas o inflamatorias. extensores a Aumento de volumen y dolor a la Ecografia muñeca. nivel de palpación de los compartimento II, Observar aumento de volumen de los muñeca IV, VI y flexores de muñeca y tendones y/o vainas sínoviales con dedos aumento de liquído sinovias yo aumento del flujo al doppler.

Síntomas Rx mano

Consultar por dolor y bloqueo a la flexión y/o extensión del dedo Observar lesión traumática antigua, Mano Dedos en comprometido. Ecografía mano degenerativas o inflamatorias. gatillo Signos: Observar engrosamiento de la polea

Resalte a la extensión. Palpación comprometida, bloqueo dinámico de la de nódulo en tendón flexor a nivel flexo-extensión del tendón. Aumento de la polea A1 y anular del pulgar. del flujo doppter.

Anexo PME3 "Formato de estudio de puesto de trabajo por sospecha de patología MEES" Hombro

Tendinitis Manguito Rotador. (Tendinitis Bicipital, Tendinopatía del Supraespinoso, Bursitis Subacromial) Razón Social

Contacto empresa Nº Adherente Fecha EPT

Dirección (Calle, N°)

Ciudad

Comuna

Trabajador Sr. (a) Región

Cargo actual Rut

Antigüedad en puesto de trabajo

Otras labores que ha realizado anteriormente en la misma empresa

Periodos en que las ha realizado en la misma empresa

Otras labores que ha realizado anteriormente en otras empresas

Períodos en que las ha realizado en otras empresas 1.

Tumos Hora de Hora de Total Horas Total de Ingreso Salida Horas Extras horas M D

Horad rabao Dia efectivas

Tarde Dlasrbales

Noche

Especial

Producció

Rotación de puestos de trabajo No Tipo de Rotación Díaria

Actividades extra-programáticas

DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD 1 Descripción de tareas y operaciones

FIP

Tiempo de trabajo efectivo (minutos) Tiempo total de la jomada Horas extra (minutos) Pausas no programadas Pausas inherentes al {minutos) (minutos) proceso (minutos) Operaciones sin riesgo (minutos) tet1

Tiampo total tarea 1 (t1):

Distribuya el tiempo en que está y no está presente el factor de riesgo

O peraciones Tiempo Postura Fuerza operaciónes ón Borg N° de cicios tarea, tiempo total tarea1 /tlempo ciclo Tiempo Exposición Efectivo Posturat Tiempo Exposición Efectivo Fuerza t Tiempo total de taree (Etiemoo ooerariónes con postura X bC cicdos (1) tiempo de operacidnes con factor de [2] tiempo operaciónes con fuerza X Nº cicios riesgo postura tareal (2) tiempo de operaciónes con factor de Tiempo del ciclo riesgo fuerza tarea Nº ciclos tarea N° ciclos tarea

Tiompo total tarea 2 (t2):

Distribuya el tiempó en que está y no está presente el factor de riesgo opereciónes %

Presente Ausente Exposid Presente Ausente % Exposición Purtaje on Borg N° de ciclos tarea 2

Diempo total tareal /tiempo cicio Tiempo Exposición Efectivo Postura t2 Tiempo Exposición Efectivo Fuerza t2 Tiempo total de tarea [Z] tiemco coeraciónes con postura X I" cicios (2) Bempo de operaciónes con factor de (E) tiemeo oocraciónes con, faerza X Nº cicios riesgo postura tareat (E) tiempo de operaciónes con factor de Tiempo del cicio riesgo fuerza tarea N° ciclos tarea N° ciclos tarea

Tarea aiacha

Tiempo total tarea 3 ptar

Distribuya el tiempo en que està y no está presente el factor de riesgo

Operaciones Tiempo Postura Fuerzs

Borg N° de cicios tarea Tiempo Exposición Efectivo Postura t3

Itempo total tareat / tiempo ciclo (E) tiemoo operaciónes con postura X Nº cicios Tiempo Exposición Efectivo Fuerza t3 Tiempo total de tarea tiempo de operaciónes con factor de CThtiemco ocerecdocsaon teer _ N" ciclos (I) tiempo de operaciónes con factor de Tiempo del ciclo riesgo postura tarea1 nesgo fuerza tarea N° ciclos tarea o" ciclos tarea

TILMPO EXPOSICION EFECTIVO POSTURAITEEPT-ITITTE1-TTELTTET

TIEMPO EXPOSICIONEFECTIVO FUERZA[TEEF)-(E)TIETITTEL TIET 0 b) Puesto proplamente tal.

Tarea 1

Trabajo (Marca la más similar Califique para Estático (>4 Frecuencia Movimientos Asociados Fuerza Borg Tiempo de exposición a la postura cada segundos) Mov/Min) (Puede marcar más de {0 a 10} efectivo(*) (observada) movimiento una)

Abducción

Levantar, alcanzar con o <2 hrs/día

> 90°

Flexión

Si <2 hrs/dia

>45° y <=90° (6) Fuerte +

Trabajo con codos por 2 a 4 hrs/día

>4 hrs/día

No (especifique

Rotación Ext

Levantar Carga (_Kg.) <2 hrs/dia

Flexión > 90° (7) Muy Fuerte

>4 hrs/día

(especifique

Otros

Marçar de acuerdo a la presencía del factor

Tarea 1

Trabajo (Marca la más similar Califique para Estático (>4 Frecuencia Movimientos Asociados Fuerza Borg Tiempo de exposición a la postura cada segundos) Mov/Min) (Puede marcar más de {0 a 10} efectivo(*) observada) movimiento una)

Abducción

Levantar, alcanzar con o <2 hrs/día (4) Moderado')

> 90 No 2 a 4 hrs/dia

Flexión

<2 hrs/día (1) Muy ligero

>45° y <=90° Trabajo con codos por 2 a 4 hrs/dia >4 hrs/día

(especifique

Rotación Ext

Levantar Carga (_ Kg.) 2 hrs/dia (7) Muy Fuerte

Flexión > 90° No

>4 hrs/dia

(especifique

Otros

Tarea 1

Trabajo (Marca la más similar Califique para cada Estático (>4 Frecuencia Movimientos Asociados Fuerza Borg Tiempo de exposición Abducción

Levantar, alcanzar con o <2 hrs/dia Si

> 90° (4) Moderado +

Flexión

<2 hrs/dia

>45° y <=90°

Trabajo con codos por 2 a 4 hrs/día 51

>4 hrs/día

No (especifique__)

Rotación Ext

Levantar Carga (_Kg.) <2 hrs/dia (7) Muy Fuerte

Flexión > 90° Si 2 a 4 hrs/día

>4 hrs/dia

Si

Uso de guantes inadeçuados

Otros

Escala Extraída del Método OCRA Checklist

Moderade

Moderada

Fuerte

Fuerte +

Muy Fuerte

Muy Fuerte 6. PERIODO DE NO EXPOSICiÓN (vacaciónes, licencia, permiso, trabajo con otras exigencias, etc.) Duración

Descripción 7.OBSERVACIONES

Nombre

Fecha

CODO

ANTECEDENTES GENERALES Epicondilitis - Epitrocleitis

Razón Social

Contacto empresa N9 Adherente Fecha EPT

Dirección (Calle, Nº)

Ciudad

Comuna

Trabajador Sr. (a) Región

Cargo actual Rut

Otras labores que ha realizado anteriormente en la misma empresa 1.- Períodos en que las ha realizado en la misma empresa

Otras labores que ha realizado anteriormente en otras empresas 1. Periódos en que las ha realizado en otras empresas

Ingreso Salida Horas Extras horas M M 5

Hora bajo Dia efectivas

Tarde Dilas labales

Noche

Especial

Horas extras NO Nº de horas semanales

Pausas programadas S1 Cantidad y Duración

Pausas no programadas si Cantidad y Duración

Producció

Rotación de puestos de trabajo 51 Tipo de Rotación Otra

Actividades extra-programáticas 51 Cuales?

THE MEA HE PP PlP

Tiempo de trabajo efectivo (minutos) Tiempo total de la jonada Pausas no programadas OSR (minutos) Horas extra (minutos) Pausas inherentes al 0 (mnutos) proceso (minutos) Operaciones sin riesgo (minutos)

Tarea 1:

Tiempo total tarea 1 (11):

Distribuya el tiempo en que está y no está presente el éactor de riesgo operaciones ón Borg

Tiempo del cicio (Z del tiempo de cade operación) Nº de ciclos tarea Tiempo Exposición Efectivo Postura t ticmoo total tareal / tiempo cicio Tiempo Exposición Efectivo Fuerza

Tiempo total de tarea 12) tlemeo oseraciónes con postura X. N" cicios (2) tiempo de operaciónes con factor de (Eltiemeo opetaciónes con fuerza X N" ciclos riesgo postura tarea1 (I) tiempo de operaciónes con Tiempo del cicio factor de riesgo fuerza tarea N° ciclos tarea N" cicdos tarea

Tarea 2

Tiempo total tarea 2(tz):

Operaciones Tiempo Postura Fuerra operaciónes

Presente Ausente [Exposid Presente Ausente % Exposición Puntaje dn Borg Nº de ciclos tarea 2 Tiempo Exposición Efectivo Postura 12 tiempo total tareal /tiempo cicio (2) tiempo poeraciónes con postura X INº ciclos. Tiempo Exposición Efectivo Fuerza t2 Tiempo total de tarea (2) tiempo de operaciónes con fector de (E) tiempo operaciónes con fuerza X N° cicios (E) tiempo de operaciónes con riesgo postura tárea1 factor de riesgo fuerza tare a Tiempo del ciclo N" cicles tarea Nº ciclos tarea

Tiempo total tares 3(t3):

Operaciones Tiempó Postura Fuerza operaciónes % 6n Borg Nº de cicios tarea 3 Tiempo Exposición Efectivo Postura t3 Tiempo Exposición Efectivo Fuerza t3 tiempo total tareat / tiempo cicio (2) tiempo operaciónes con postura X N" cicios [[Z] tiempe opereciónes con fuerca X N° cicios Tiempo total de tarea (E) tienmpo de operaciónes con factor de [z)tiempo de operaciónes con riesgo postura tareal factor de riesgo fuerza tarea

Tiempo del cicio N° cicios tarea N° ciclos tarea

TIEMPO EXPOSICION EFECTIVO POSTURA (TEEP) = (E) TTE L, I TTE, TTE T, TIEMPO EXPOSICION EFECTIVO FUERZA (TEEF) = (2) TTE + TTET, TTE1, a) Su puesto de trabajo dentro de un contexto, enfoque más amplio

Nota: incluir videos que contemplen la visualización de 3 cicios completos. información de la foto: Información de la foto: i

Tarea 3

Trabajo

<2 hrs/día Si

Si No si forzada >30*

No

No No >4 hrs/dia

<2 hrs/dia si

Con manejo de carga (6) Fuerte + si

No Con aplicación de fuerza

Flexión de muñeca Asociado a impacto

Si

No Si (6) Fuerte + >4 hrs/dia

Tarea 3

Trabajo a la postura movimiento segundos) Mov/Min) (Puede marcar más de (0 a 10} efectivo(*) observada) unal

<2 hrs/dia

Si No (5) Fuerte forzada >30°

No

No No (2) Ligero >4 hrs/dia

<2 hrs/dia Si

No No Con aplicación de fuerza

Asociado a impacto

Flexión de muñeca

Si 2 No (2) Ligero >4 hrs/dia

Marçar de acuerdo a la presencia del factor

Tarea 3

Trabajo (Marca la más similar Califique para el Estático (>4 Frecuencia Movimientos Asociados Fuerza Borg Tiempo de exposición <2 hrs/día si

No Si

Con aplicación de fuerza (5) Fuerte forzada >30°

No

No (2) Ligero >4 hrs/día Con manejo de carga <2 hrs/dia 5i

No No Si

Flexión de muñeca Asociado a limpacto 5i

No (2) Ligero >4 hrs/día Moderado

Moderado + fuerte

Fuerte+

Muy Fuerte

Muy Fuerte

Muy:Fuerte++

Nombre

Fecha

Firma

Muñeca Mano

Tendinitis de flexores y extensores

Razón Social Nº Adherente Fecha EPT

Dirección (Calle, N°}

Ciudad

Trabajador Sr. (a)

Rut

Cargo actual

Antigiedad en puesto de trabajo

Turmos Hora de Hora de Total Horas Total de Ingreso Salida Horas Extras horas L M M J 5 0

Horai de abao Dia efectivas

Dias laboales

Tarde

Noche

Especial

Rotación de Turnos Si

Pausas no programadas Si Cantidad y Duración

Producció

Rotación de puestos de trabajo si Tipo de Rotación[Otra

Actividades extra-programáticas 51 Cuales?

HE PP FIP 10E0 OSR

Tiempo de trabajo efectivo (minutos) Tiempo total de la jornada Horas extra (minutos) Pausas no programadas Pausas inherentes al (minutos) (minutos) proceso (minutos) Operaciones sin riesgo (minutos)

Tarea 1: Tiempo total tarea 3 (t1)

Distribuya el tiemipo en que està y no està presente el dactor de riesgo operaciónes Presente Ausente Exposici % Presente Ausente % Exposición Puntaje dn Borg

Tiempo del cicio (2 del tiempo de cada operación) N° de cicios tarea Tiempo Exposición Electivo Posturat Tiempo Exposición Efectivo Fuerza t temoo total tarea1 /tiempo cicio (ltiempo pperaciónes con postura X N° cicios CIltiempo cceraciónes con faersa X. Nº cicios Tiempo total de tárea (1) tiempo de operaciónes con factor de (I) tiempo de operaciónes con riesgo postura tareal factor de riesgo fuerca tarea

Themmpo del ciclo N° ciclos tarea N° ciclos taree

Tarea Tiempo total tarea 2 (t2):

Distribiya el tiempo en que está y no està presente el factor de riesgo ón Borg Nº de cicios tarea 2 Tiempo Exposición Efectivo Postura 12 Tiempo Exposición Efectivo Fuerza t2 Itiempe tesal tareal / tiempo cicto. EEltiempo onccaciénes con, poatura X Nº cicios. (Iltiempo ceeraciónes con fuerza X Nº cicios Tiempo total de tarea (1) tiempo de operaciónes con factor de (2) tiempo de operaciónes con riesgo postura tareat factor de riesgo fuerza tarea

Tiempo del ciclo Nº cicios tarea Nº ciclos tarea

Tana Tiampo total tarea 3 (13):

Borg

N* de cicios tarea 3 Tiempo Exposición Efectivo Postura t3 Tiempo Exposición Efectivo Fuerza t3 [tiempo total tarea1 / tiempo ciclo (I) tiempo operaciónes con postura X Nº ciclos () tiempo ogeraciónes con fuerze X Nº ciclos Tiempo total de tarea (I) tiempo de operaciónes con factor de (I) Timpo de operaciónes con riesgo postura tareal factor de riengo fuerza tarea

Tiempo del ciclo Nº ciclos tarea N° ciclos tarea

TEMPO EXPOSICION EFECTVO POSTURA (TEEP) = (2) TTE R + TI, TTET 0

TIEMPO EXPOSICION EFECTIVO FUERZA (TEEFI = (Z) TTE , • TTE, TTE, Tarea 1

Trabajo (Marca la más similar Califique para el Estático (>4 Frecuencia Movimientos Asocíados Fuerza Borg Tiempo de exposición Extensión de muñleca

>45° <2 hrs/día

(4) Moderado

Si Si 2 a 4 hrs/día Si >4 hrs/día (especifique

Flexión de muñeca > 30° Pinza de elementos <2 hrs/día {especifique__}

Desviación cubital de muneca <2 hrs/dia (5) Fuerte

>4 hrs/día

(especifique)

Desviación radial de (7) Muy Fuerte 2 a 4 hrs/día

>4 hrs/dia

(especifique

Movimientos bruscos de los brazos Si

Uso de manós y brazos para dar golpes

Otros

Tarea 1

Trabajo (Marca la más similar Califique para el Estático (>4 Frecuencia Mavimientos Asociados Fuerza Borg Tiempo de exposición ja la postura movimiento segundos) Mov/Min) (Puede marcar más de (0 a 10) efectivo(*) Extensión de muñeca Agarre de Elementos

>45° <2 hrs/dia

Si _5i __No (4) Moderado + 2 a 4 hrs/dia

{especifique

Flexión de Pinza de elementos <2 hrs/dla muñeca > 30"

Kg

No >4 hrs/dia

Desviación cubital de <2 hrs/día muñeca

>4 hrs/dia

(especifique_)

Desviación radial de <2 hrs/día muñeca

Si

>4 hrs/dia

(especifique

Otros

Tarea 1

Trabajo jMarca la más similar Califique para el Estático (>4 Frecuencia Movimientos Asociados Fuerza Borg Tiempo de exposición observada) una]

Extensión de muleca Agarre de Elementos

>45° <2 hrs/día 5i

(4) Moderado • 2 a 4 hrs/día Si 5i

Si >4 hrs/dia (especifique

Flexión de mulleca > 30° Pinza de elementos <2 hrs/dia

Kg. (especifique

Desviación cubital de No No (3) Móderado 2 a 4 hrs/día

>4 hrs/dia

{especifique

Desviación radial de 51 Si (7) Muy Fuerte 2 a 4 hrs/día

>4 hrs/dia

(especifique

Movimientos brustos de los brazos S1

Otros

Moderado

Moderado

Fuerte

Fuerte

Muy Fuertr

MuyFuerte+

Muy Fuerte+++

Extremadamente F

Nombre

Fecha

Firma

Mano Muñeca

Neuropatia por atrapamiento en muñeca- Síndrome del túnel carpiano

Razón Social N° Adherente Fecha EPT

Dirección (Calle, N9) Ciudad

Cargo actual

Otras labores que ha realizado anteriormente en otras empresas Períodos en que las ha realizado en otras empresas 2.

Ingreso Salida Horas Extras horas L M M J V 5 efectivas

Horario e Trabao Dia Dlas llarales

Tarde

Noche

Especial

Rotación de Turnos Si

Horas extras 5i N° de horas semanales

Pausas programadas No Cantidad y Duración

Pausas no programadas No Cantidad y Duración

Pausas inherentes al proceso Cantidad y Duración

Producció

Rotación de puestos de trabajo 51 Tipo de Rotación|Otra

Actividades extra-programáticas Cuales?

HE-TROPHE PP PIP MPO700NEAOSR

Tiempo de trabajo efecthvo (minutos) Tiempo total de la jornada Horas extra (minutos) Pausas no programadas Pausas inherentes al {minutos) (minutos) proceso (minutos) Operaciones sin riesgo (menutos)

Tiempo total tarea 1(t1]:

Distribuya el tiempo en que està y no estiá presente el factor de riesgo

Tiempo Postura Fuerca

Operaciones operaciónes Presente Ausente: [Exposici] Presente Ausente % Exposición Puntaje dn Borg Nº de ciclos tarea1 Tiempo Exposición Efectivo Posturet Tiempo Exposición Efectivo Fuerzat Demeoumet teneatarnneconea ( tiemnnnocncidnes cen ponun XaN ciates (E)tiemeo opecaciónes con fuerza X N" cicios Tiempo total de tarea (E) tiempo de operaciónes con facter de (1) tlempo de operaciónes con riesgo postura tareal factor de riesio fuerza tarea

Tiempo del cicto N° ciclos tarea N° ciclos tarea

Tarea 2: Tiempo total tares 2 (t2):

Distribuya el tiempo en que está y no está presente el factor de riesgo

Operaciones operaciónes Presente Ausente Exposici Presente Ausente% Exposición Puntaje dn Borg Nº de cicios tarea 2 Tiempo Exposición Efectivo Postura 12 Tiempo Exposición Efectivo Fuerza 12 tiemoo total tareal Étiemoo cicio (E)tiempo opsraciónes con postura X Nº cicios IZI tlempo cocraciónes con fuerza X. N" cicios Tempo total de tarea (1) tiempo de operaciónes con factor de (2) tiempo de operaciónes con riesgo postura tareal factor de riesgo fuerza tarea

Tiempo del ciclo N° cicios tarea N* ciclos tarea

Tarea3: MON Tiempo total tarea 3 (t3)

Distribuya el tiemipo en que está y rio está presente el factor de riesgo

Operaciones dn Borg Nº de cicios tarea 3 Tiempo Exposición Efectivo Postura 13 Tiempo Exposición Efectivo Fuerza t3 tiempo total tereat / tiempo cicio (E) tiempo operaciónes con postura X N" ciclos (I) tiempo operaciónes con fuerza X N° cicios Tiempo total de tarea (2) tiempo de operaciónes con factor de (I) tiempo de operaciónes con riesgo postura tarea1 factor de ieszo fuerza tarea

Tiempo del cicio N" ciclos tarea N° cicios tarea

DEMPO EXOPOSICION EFECTIVO POSTURA (TEER) = (E) TTE 1, + TTEL,, TTE, TIEMPO EXPOSICION EFECTIVO FUERZA (TEEF)- (E) TTET,+ TTEL, TTE1, 4ILWI 0 d) Fotos segmento con acercamiento

Información de la foto: información de la foto:

Marcar de acuerdo a la presencla del factor

Tarea 1

Trabajo a la postura movimiento segundos) Mov/Min) (Puede marcar más de (0 a 10) efectivo(°) mulleca > 30°

<2 hrs/dia

No No cara palmar de la mano

No

>4 hrs/dia

Vibración (especifique, 5i

Otros

Tarea 1

S Herramientas de Trabajo (observada) una) muñeca > 30°

<2 hrs/dia

Si

No cara palmar de la máno

No

>4 hrs/día

Vibración {especifique

Si

Exposición avibraciones

Trabajo en ambientes frios (Temperatura menores a 10°c)

Movimientos bruscos de los brazos si

Otros 4, TABLA DE FACTORES DE RIESGO

Tarea 1

Trabajo (Marca la más similar Califique para el Estático (>4 Frecuencia Movimientos Asociados Fuerza Borg Tiempo de exposición muñeca > 30°

<2 hrs/dia

Si (1) Abged 2 à 4 hrs/día No cara palmar de la mano

Vibración >4 hrs/dia (especifique

Movimientos bruscos de los brazos Si

Otros

Escala Extraída del Método OCRA Checklist

Moderado

Moderado

Fuerte

Fuerte

Muy Fuerte

Muy Fuerte

Muy Fuerte tremadamente Fuerte (Máximo

Nombre

Firma

Mano Dedos

Tendinitis Nodular (Dedo en resorte)

Razón Social Nº Adherente Fecha EPT

Dirección (Calle, N°) Ciudad

Cargo actual 1.

Turnos Hora de Hora de Total Horas Total de horas

Ingreso Salida Horas Extras efectivas L M M V 5 D

Hrap ae eo Dia Dis lbborales

Tarde

Noche

Especial

Producció

Rotación de puestos de trabajo 51 Tipo de Rotación Otra

Actividades extra-programáticas si ¿Cuáles?

Extremidad a Evaluar Ambos Trabajador presente No ¿Por qué no està presente?

HE PP PIP 5020 OSR

Tiempo de trabajo efectivo (minutos) Tiempo total de la jomada Horas extra (minutos) Pausas nò programadas Passas inherentes at (minutos) (minutos) proceso (minutos) Operaciones sin riesgo (minutos)

Tw: Tiempa tocal tarea 1 (tt):

Distribuya el tiempo en que está y no está presenta el factor de riesgo

Operaciones operaciónes Prepente Ausence Presente Ausente Exposici Puntaje

Exposición Borg dn

Tiempo del cicio (I del tiempo de cada operación) Nº de ciclos tarea Tiempo Exposición Electivo Posturat Tiempo Exposición Efectivo Fuerza 1 tiempo total tareat / tiempo ciclo coorcnnotra (E) tiempo operaciónes con fuerza X Nº ciclos Tiempo total de tarea (l)tiempo de operaciónes con factor de (E) tiempo de operaciónes cón factor de riesgo postura tarea1 riesgo fuerza tarea

Tiempo del cicio N° ciclos tarea N° cickos tanea

Tarea 2: Tiempo total tareaž(t2):

Distribuya el tiempo en que està y no está presente el factor de riengo

Operaciones operaciónes Puntaje

Presente Ausente Exposición Presente Ausente Exposic Borg

Tiempo del cicio (E del tiempo de cada operación) N° de cicios tarea 2 Tiempo Exposición Efectivo Postura 12 Tiempo Expcaicion Efectivo Fuerea 12 tiempo totaltareal / tiempo cicio (Il tiempo pperacióces con costura X, N" cicios (1) tiempo operaciónes con fuerza X N° ciclos Tiempo total de tarea (1) tiempo de operaciónes con tactor de (E) tiempo de operaciónes con facter de riesgo postura tarea1 riesgo fuerza tarea

Tiempo del ciclo Nº ciclos tarea N° ciclos tarea

T Tiempo total tarea 3 (t3):

Pistribuya el tiempo en que esta y no está presente el factor de riesão Operaciones operaciónes Puntaje

Presente Aujente Exposición Presente Ausente Exposici Borg

Tiempo del cicio (Z del tiempo de cada operación) Nº de ciclos tarea 3 Tiempo Exposición Efectivo Postura t3 Tiempo Exposición Efectivo Fuerza 13 tiempo total tarea1 / tiermpo ciclo (2) tiempo operaciónes con postura X N" cicios (1) tiempo operaciónes con fuerza X N° ciclos (1) tiempo de operaciónes con factor de (1) tiempo de operaciónes con factor de Tiempo total de tarea riesgo postura tarea1 riesão fuerza tarea

Tiempo del ciclo N" ciclos tarea N° ciclos tarea

TIEMPO EXPOSCION EFECTIVO FOSTURAITEEPI-IZITTET-TTETTE, TIEMPO EXPOSICION EFECTIVO FULRZA (TEEF) = (1) TTE 1, + TTE TTE a) Su puesto de trabajo dentro de un contexto, enfoque mãs amplio.

c) Foto segmentolos) involucrados.

Información de la foto: Información de la foto::

Tarea 1

Trabajo a la postura movimiento segundos) Frecuencia Mov/Min) (0 a 10) efectivo(*) observada) pliegue palmar distal <2 hrs/dia 5i asociado a flexión de 5i Si (4) Moderado + 2 a 4 hrs/día

>4 hrs/dia

(especifique

Compresión sobre la base del pulgar <2 hrs/dia

>4 hrs/día

(especifique

Caracteristicas de superficie de agarre o contacto

Si

Movimientos bruscos de los brazos S1

Otres

Tarea 1

Trabajo a la postura movimiento segundos) Frecuencia Mov/Min) (0 a 10) efectivo(*) observada) pliegue palmar distal asociado a flexión de <2 hrs/día Si

Si

>4 hrs/dia

(especifique

Compresión sobre la <2 hrs/dia si base del pulgar

>4 hrs/dia

(especifique

Características de superficie de agarre o contacto

Exposición a vibraciones sí

Movimientos bruscos de los brazos 51

Otros

Tarea 1

Trabajo a la postura movimiento segundos) Frecuencia Mov/Min) (0 a 10) efectivo(") observada) pliegue palmar distal <2 hrs/día asociado a flexión de 5i (4) Moderado 2 a 4 hrs/dia

>4 hrs/dia

(especifique

Compresión sobre la base del pulgar 2 hrs/dia

>4 hrs/día

(especifique

Características de superficie de agarre o contacto

Si

Otros

Moderado

Moderado+

Fuerte

Fuerte +

Muy Fuerte

MuyFuerte++

Fuerte+++

Nombre

Fecha

Firma

Mano Pulgar

Tendinitis de Quervain

Razón Social Nº Adherente Fecha EPT

Dirección (Calle, N9) Ciudad

Cargo actual

Antiguedad en puesto de trabajo

I

Ingreso Salida Horas Extras horas L M M J D efectivas

Horaode rabaã)o Dia Dias labrales

Tarde

Noche

Especial

Rotación de Turnos 5i

Producció

Rotación de puestos de trabajo 51 Tipo de Rotación Otra ¿Cudles?

Actividades extra-programáticas si

TTE TT PIP 058

Tiempo de trabajo efectivo (minutos) Tiemipo tota de la jonnada Horas extra (minutos) Pausas no programadas Passas inherentes al (minutos) (rttinutos) prociso (minutos) Operaciones sin riesgo (minutos)

Tiempo total tacea 1 (t1): pistribuya el tiempo en que està y no està presenté el factor de riesgo

Borg N° de ciclos tarea Tiempo Exposición Efectivo Postura t Tiempo Exposición Efectivo Fuerza t Lemaototaltarrat /tiemoo cido [E’tiemoo coeracidoes coo postura X Nº ciclos (Eltiemno coeracidces con faerca XC cicics Tiempo total de tarea (2) tiempo de operaciónes con factor de (I) tiempo de operaciónes con factor rlesgo postura tareat de riesgo fuerza tarea

Tiempo del ciçlo N° ciclos tarea N° ciclos tarea

Tarea 2 Tie mpo total tarea 2(12):

Distribuya el tiempo en que està y no está presemte el factor de riesgo

Borg Nº de ciclos tarea 2 Tempo Exposición Efectivo Postura t2 Tiempo Exposición Electivo Fuerza t2 tiempo tocal tarea1 / tiempo ciclo dtiemoo coeraciónes con postura X NC ciclos (I) tiempo operaciónes con fuerza X Nº ciclos Tiempo total de tarea (1) tiempo de operaciónes con factor de (I) tietmpo de opéraciónes con factor risgo postura tares1 de riesgo fuerza tarea

Tiempo del ciclo N" ciclos tarea N° cicios tarea

Tarea 3 Dc001061033

Distribuye el tiempo en que está y no està presénté el factor de ciesgo

Operaciones Tiempo Postura Fuerra operacións 5% Puntaje

Presente Ausente Exposici Presente Ausente % Exposición dn Borg

IV" de cicios tarea 3 Tiempo Exposición Efectivo Postura 13 Tempo Exposición Efectivo Fuerza t3 Demoa total terea1 Étiemoo cidio Iztiemco oceraciéces con peatura X Nº cicios (z) tiemoo pperaciónes con fusrza X. N° cicios Tiémpo total de tarea [2] tiempo de operaciónes con factor de (2) tlempo de operaciónes con factor riesgo postura tareal de riesgo fuerra tarea

Tiempo det cicio N° ciclos tarea N° ciclos tarea

TIEMPO EXPOSICION EFECTIVO POSTURA (TEEP) - (I] TTE I + TILH TTE

TIEMPO EXPOSICION EFECTIVO FUERZA (TEEF) = () ITE L + TIC, TTE, Tarea 1

Trabajo contra resistencia asociada a Uso de Joystick, control <2 hrs/día 5i cubitalización de o herramientar, muñeca asociado a desviación cubital de muñeca

Si (4) Moderado + 2 a 4 hrs/día sí >4 hrs/dia

Extensión de pulgar Apertura de contra resistencia herramientas (tijeras) u <2 hrs/dia

No

>4 hrs/día

(especifique

Exposición a vibraciones 5í

Otros

Tarea 1

Trabajo (Marca la más similar Califique para el Estático (>4 Frecuencia Mavimientos Asociados Fuerza Borg Tiempo de exposición a la postura movimiento segundos) Mov/Min) {Puede marcar más de (0 a 10) efectivo(*) contra resistencia Uso de Joystick, control <2 hrs/día asociada a o herramientar, cubitalización de asociado a desviación si muñeca cubital de muñeca (4) Moderado

Si 2 a 4 hrs/día sí >4 hrs/dia (especifique

Extensión de pulgar Apertura de <2 hrs/dia contra resistencia herramientas (tijeras) u No

>4 hrs/día

(especifique

Otros factores relevantes, marque con una X si están presentes en la ectividad:

Movimientos bruscos de los brázos 51

Otros

Tarea 1

Trabajo

Factor Posturall contra resistencia Uso de Joystick, control asociada a o herramientar, <2 hrs/dia cubitalización de asociado a desviación muñeca cubital de muñeca

>4 hrs/dia

Extensión de pulgar Apertura de contra resistencia herramientas (tijeras) u <2 hrs/dia

No

>4 hrs/dia

{especifique)

Exposición a vibraciones sí

Movimientos bruscos de los brazos 51

Uso de manos y brazos pára dar golpes

Otros 3 Moderado

Fuerte

Fuerte+

Muy Fuerte

MuryFuerte++

Fuerte+1+

Extremadamente Fuerte(Maxmo)

B. DATOS DELEVALUADOR

Nombre

Fecha

Firma

Anexo PSM1 "Pauta de evaluación clínica por sospecha de patología mental laboral"

Contenidos minimos del registro de evaluación clinica por sospecha de patología mental.

1. Antecedentes bibliográficos: a. Identificación del paciente: edad, domicilio. Con quién vive. b. Nivel de educación. c. Vida afectiva; familia, padres, hermanos, estado civil, hijos, pérdidas de seres queridos, parejas anteriores.

Historia laboral; edad de inicio. Tipos de trabajo realizados. Tiempos de permanencia en cada empleo. Razones para el cambio de trabajo e. Empleo actual: empresa. Función especifica por contrato. Cambios realizados. Tipo de contrato. Horarios de trabajo. Últimas vacaciones.

Horas extras.

2. Antecedentes mórbidos. a. Patologías comunes relevantes. b. Patologías laborales (accidentes laborales y enfermedades) c. Atenciones de patologia mental; edad, diagnósticos, tipo de tratamiento, licencias médicas y evolución. d. Antecedentes familiares de patología mental. e. Enfermedades actuales y patrón de consumo de drogas/oh.

3. Motivo de consulta: a. Motivo de consulta (en palabras del paciente) b. Identificar posibles factores de riesgo laboral involucrados, según relato del paciente. c. Sintomas: intensidad, caracteristicas, cambios durante el día o través de los dias, duración, asociación con factores externos, especial foco en ciclo sueño-vigilia, manifestaciones de angustia, sintomas fisicos. tiempo de evolución de los sintomas antes de consultar. d. Factores asociados: al desarrollo o inicio de los síntomas; al empeoramiento/alivio, relación con el trabajo, relación con factores extra laborales. e. Tratamientos recibidos: tiempo de uso de tratamiento, licencia médicas recibidas por esta causa, tipo de tratamiento recibido fármacos en uso (dosis, tiempo de uso; efectos adversos) 4. Examen mental.

5. Examen físico (cuando sea necesario)

Hipótesis diagnostica 7. Conclusiones evaluación psicológica 8. Conclusiones evaluación de puesto de trabajo 9. Conclusiones de la evaluación médica a. Diagnóstico de patologia mental. b. Diagnóstico de patologia médica. c. Definir posibles factores de riesgos laborales. d. Definir posibles factores de riesgos extra-laborales. e. Grado de incapacidad o interferencia con la actividad cotidiana. f. Tratamiento indicado.

Anexo PSM2 °Ficha de evaluación psicológica por sospecha de patologia mental laboral" Los siguientes son los elementos minimos que debe contener la evaluación psicológica por sospecha de patología mental de origen laboral.

1. Identificación del paciente, edad.

2. Historia laboral.

3. Descripción del trabajo especifico que realiza.

4. Actitud y motivación hacia este.

5. Actitudes hacia jefatura, pares y subaltemos.

6. Exploración general de elementos de personalidad. (por ejemplo, rasgos obsesivos, histriónicos, narcisistas, evitativos, impulsivos, esquizoides, etc.); puede omitirse si se aplican pruebas proyectivas.

7. Evaluación de factores psicosociales.

8. Evaluación de carga mental de trabajo.

9. Cambios o modificaciones en condiciones o exigencias laborales que haya experimentado.

10. Factores de estrès extra laborales.

11. Conclusiones. a. Hipótesis que unifique los antecedentes recopilados. b. Presencia de factores de riesgo psicosocial en el trabajo.

ANEXO PSM3. Condiciones generales de trabajo y empleo para estudio de patología mental laboral Los siguientes son los datos que deben solicitarse a la empresa o institución donde el/la trabajador(a) presta o prestó servicios durante la época en que surgieron los sintomas, o alli donde ocurrieron los eventos que pudieron dar origen a la sintomatología presentada, en caso de denuncia de enfermedad de carácter mental. Esta puede ser la empresa donde actualmente el trabajador está contratado, pero también puede ser una anterior, dado que el trabajador puede haber sido despedido o puede haber renunciado. Identificación del/la trabajador(a). 2 Antigüedad en la empresa.

3. Cargo y antigüedad en el actual puesto de trabajo.

Definición de funciones 5. Calificación que posee el trabajador para las funciones que desempeña.

6. Capacitaciones realizadas en el último año.

7. Horario en que desempeña sus funciones.

8. Horas extras en los últimos 6 meses.

9. Sobrecarga laboral de los últimos 6 meses.

10. Cambios en las funciones en los últimos 6 meses o reducción en las atribuciones del cargo; si existieron, describir las modificaciones y sus razones.

11. Cambios en el puesto de trabajo en los últimos 6 meses; descripción.

12. Cambios en las remuneraciones en los últimos 6 meses; razones y montos.

13. Cambios o suspensión del acceso a las plataformas electrônicas (intemet, intranet, claves, correos electrónicos, telefonia). Razones.

14. Descripción estructura jerárquica.

15. Relaciones interpersonales con jefaturas y subalternos.

16. Modificaciones de su último contrato.

17. Licencias médicas en los últimos 2 años (fechas y duración).

18. Uso efectivo de los últimos periodos de vacaciones (fecha y duración).

19. Resultados de la evaluación de riesgos psicosociales en el trabajo (aplicación de SUSESO/ISTAS21).

20. Otros antecedentes que la empresa considere de importancia.

Anexo PSM4 “Evaluación de puesto de trabajo por sospecha de patología salud mental laboral" Macro Área Agente de riesgo Criterios de observación

Sobrecarga (ritmo de trabajo agobiante, altos niveles de presión por entrega de trabajo; también puede observarse subcarga, con exigencias muy por debajo de lo habitual para la función).

Ausencia de descansos (diseño de turnos inadecuado, horarios inflexibles, horarios impredecibles, horarios muy extensos o antisociales).

Regulación del ritmo o de la cadencia de trabajo y de la libertad que tiene el Disfunción en el trabajador para alternarlos si lo desea, así como regulación de la cantidad de Dinámica del diseño de la tarea trabajo diario. trabajo y/o puesto de Carencia de utilización de habilidades del trabajador; falta de capacitación; trabajo existencia de mecanismos para opinar respecto a mejoras.

Tareas excesivamente rutinarias (pobre diseño del puesto, falta de variedad o ciclos de trabajo muy cortos, trabajo fragmentado y carente de sentido).

Demandas psicológicas del trabajo exigencias que el trabajo implica para la persona y que hacen referencia a las cargas que los trabajadores deben soportar como la cantidad o volumen de trabajo, esfuerzo, órdenes contradictorias.

Escasa autoridad de decisión: posibilidad que tiene el trabajador de tomar decisiones relacionadas con su trabajo y de controlar sus propias actividades; alude también a la posibilidad de opinar respecto a su quehacer.

Ambigüedad o conflicto de roles; pobre diseño del puesto o condiciones de trabajo.

Escaso apoyo social de la empresa y ausencia de políticas empresariales que concilien trabajo/vida personal.

Incorporación de nuevas tecnologías dentro del proceso productivo sin la Características debida capacitación. organizacionales Conflictos interpersonales recurrentes. disfuncionales Condiciones organizacionales hostiles o cultura organizacional estresante (excesiva competitividad interna, desbalance entre esfuerzo/recompensa, ausencia de sistemas de motivación al personal, cambios o reestructuraciones organizacionales profundos con mínimos cuidados hacia las personas).

Condiciones fisicas o ergonómicas deficientes.

Contexto del Condiciones del ambiente físico de trabajo que puede considerarse una trabajo situación agravante, tales como malos olores, luces deslumbrantes, ruidos fuertes, temperaturas extremas o la conciencia de estar expuesto a un agente contaminante peligroso

Liderazgo disfuncional: Escaso nivel de comunicación y apoyo social directo (estilos autocráticos y/o laissez-faire); jefatura es injusta en la distribución de tareas; jefatura resuelve mal los conflictos entre subalternos; jefatura mantiene relaciones conflictivas con subalternos.

Conductas de acoso laboral: No asignarle trabajo o asignarle una significativa

Liderazgo recarga de trabajo en comparación con el resto de sus compañeros que se disfuncional y/o encuentran en el mismo nivel jerárquico y remuneracional; no asignarle puesto menoscabo. físico de trabajo; obligarlo a realizar trabajos de menor exigencia técnica para la que se encuentra calificado; obligarlo a cumplir tareas denigrantes o en locaciones físicas que lo denigren; prohibirle interacciones con los demás trabajadores; realizar acciones de burla o trato hostil.

Conductas de acoso sexual: Todo acto de requerimientos de carácter sexual no consentidos por quien los recibe, en la forma en que están definidos en el Código del Trabajo

Otros pronunciamientos sobre calificación de origen

Dictamen SUSESO N° O-01-S-04378-2026, de 09.10.2026

Seguro laboral (Ley 16.744)

Ley N° 16.744. Se analizan los criterios y exigencias indispensables para la ejecución remota del Estudio de Puesto de Trabajo (EPT). Se profundiza en las condiciones técnicas, organizativas y metodológicas que garantizan la rigurosidad del proceso a distancia. Asimismo, se examina la pertinencia de esta modalidad…