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SUSESOCircular16 de octubre de 2024

Circular 3838

Seguro laboral (Ley 16.744)

Lo que resuelve

Vigencia: 1 de diciembre de 2024. Cuenta con una excepcion a esta vigencia.

Destinatario

ORGANISMOS ADMINISTRADORES DEL SEGURO DE LA LEY Nº 16.744 Y EMPRESAS CON ADMINISTRACIÓN DELEGADA

Normas citadas

  • Ley N° 16.395, Ley N° 16.744

Texto

CIRCULAR N° 3838
Santiago, 16 / 10 / 2024
Correlativo Interno N° O-153482-2024

MATERIA:

IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE VIGILANCIA AMBIENTAL Y DE LA SALUD POR
EXPOSICIÓN OCUPACIONAL A METALES Y METALOIDES
MODIFICA EL TÍTULO II. RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DE LOS ORGANISMOS
ADMINISTRADORES Y DE LOS ADMINISTRADORES DELEGADOS, DEL LIBRO IV.
PRESTACIONES PREVENTIVAS, Y EL TÍTULO I. SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN
DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SISESAT), DEL LIBRO IX. SISTEMAS DE
INFORMACIÓN. INFORMES Y REPORTES, AMBOS DEL COMPENDIO DE NORMAS DEL
SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES
DE LA LEY N°16.744

FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE
ANA PATRICIA SOTO ALTAMIRANO
SUPERINTENDENTA DE SEGURIDAD SOCIAL (S)
SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL
VNC/ CCR/ ECS/ MFR/ JCC/ GOP/
DISTRIBUCIÓN:
ORGANISMOS ADMINISTRADORES DEL SEGURO DE LA LEY Nº 16.744 Y EMPRESAS CON
ADMINISTRACIÓN DELEGADA

Notificado Electrónicamente
COPIA INFORMATIVA:
FISCALÍA

Notificado Electrónicamente

Código QR
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 19.799
Verifique el documento en www.suseso.cl utilizando el siguiente código de verificación: 55e4fc49-887a-4484-1022186 o mediante el
Código QR plasmado en el costado inferior izquierdo de este dictamen.

O-153482-2024

IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE VIGILANCIA AMBIENTAL Y DE LA SALUD
POR EXPOSICIÓN OCUPACIONAL A METALES Y METALOIDES
MODIFICA EL TÍTULO II. RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DE LOS
ORGANISMOS ADMINISTRADORES Y DE LOS ADMINISTRADORES
DELEGADOS, DEL LIBRO IV. PRESTACIONES PREVENTIVAS, Y EL TÍTULO I.
SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJO (SISESAT), DEL LIBRO IX. SISTEMAS DE INFORMACIÓN. INFORMES
Y REPORTES, AMBOS DEL COMPENDIO DE NORMAS DEL SEGURO SOCIAL DE
ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY
N°16.744.

La Superintendencia de Seguridad Social, en el uso de las atribuciones que le confieren los artículos 2°, 3°,
30 y 38 letra d) de la Ley N°16.395 y los artículos 12 y 74 de la Ley N°16.744, ha estimado pertinente
modificar las instrucciones contenidas en el Título II. Responsabilidades y obligaciones de los organismos
administradores y de los administradores delegados, del Libro IV. Prestaciones Preventivas, y el Título I.
Sistema Nacional de Información de Seguridad y Salud en el Trabajo (SISESAT) del Libro IX. Sistemas de
información. Informes y reportes, del Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo
y Enfermedades Profesionales de la Ley N°16.744, con la finalidad de incorporar normas sobre la vigilancia
por exposición ocupacional a metales y metaloides.

I.

MODIFÍCASE EL TÍTULO II. RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DE LOS ORGANISMOS
ADMINISTRADORES Y DE LOS ADMINISTRADORES DELEGADOS, DEL LIBRO IV.
PRESTACIONES PREVENTIVAS, EN LOS SIGUIENTES TÉRMINOS:
1. Incorpórase en la Letra F el siguiente Capítulo XIII nuevo:
“CAPÍTULO XIII. Programa de vigilancia ambiental y de la salud por exposición a metales y
metaloides
El protocolo de vigilancia ocupacional por exposición a metales y metaloides, aprobado por la
Resolución Exenta N°606, de 2023, del Ministerio de Salud, en adelante el Protocolo, establece el
rol que le compete, entre otros, a los organismos administradores y la administración delegada;
los lineamientos para la implementación de la vigilancia ambiental y de la salud de las personas
trabajadores expuestas a metales y metaloides (cadmio, cromo VI, mercurio, manganeso, arsénico
y plomo inorgánico) y los compuestos a base de ellos, así como, las competencias y formación
específica que debe poseer cada profesional que ejecuta actividades asociadas.
1. Registro de las entidades empleadoras con exposición o potencial exposición laboral
metales y metaloides
Los organismos administradores deberán elaborar y mantener actualizado un registro que
permita identificar los centros de trabajo de las entidades empleadoras, con trabajadores que
se exponen a metales y metaloides, como línea base para la implementación y gestión del
programa de vigilancia ambiental y de la salud en sus entidades empleadoras adheridas o
afiliadas.
El mencionado registro deberá contener la siguiente información:
a) Entidades empleadoras en que se identifica la presencia de metales y metaloides, es decir,
aquellas en que se presenta una de las circunstancias señaladas en el segundo párrafo del
Capítulo IV. Trabajador y trabajadora expuesta, del Protocolo. Lo anterior, en base la
identificación de peligro informada por la entidad empleadora al organismo administrador
o realizada por éste;
b) Entidades empleadoras que hayan requerido previamente asistencia técnica al organismo
administrador, para la identificación el peligro, evaluaciones cualitativas o cuantitativas,
implementación de medidas preventivas o de mitigación de la exposición a metales y
metaloides, evaluación de la salud por exposición ocupacional a metales y metaloides,
entre otros, y
c) Entidades empleadoras con denuncias de enfermedades profesionales o de
intoxicaciones, por exposición a metales y metaloides, ya sea que se califiquen
posteriormente como de origen laboral o común.
Los centros de trabajo en los que se identifique la presencia de metales y metaloides, de las
entidades empleadoras señaladas en las letras a), b) y c) del párrafo precedente, deberán ser
registrados por los organismos administradores y administradores delegados en el módulo
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EVAST/Estándar mínimo de SISESAT, de acuerdo con lo instruido en el Capítulo X.
EVAST/Metales y metaloides, Letra D, Título I, Libro IX. Por lo señalado, los organismos
administradores y administradores delegados deberán revisar que sus registros contengan la
información con el detalle requerido para la completitud de los documentos electrónicos del
módulo EVAST/Estándar mínimo, así como para informar aquella solicitada en la circular del
Plan anual de Prevención de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
2. Vigilancia Ambiental
Esta vigilancia se realiza cuando existan personas trabajadoras que se desempeñan en
ambientes de trabajo con la presencia de los agentes considerados en el Protocolo y de
acuerdo con los criterios ahí establecidos. Cabe precisar que esta vigilancia incluye a las
personas trabajadoras de las empresas contratistas o subcontratistas que laboren en lugares
con presencia de metales, aunque el proceso productivo no sea de dicha empresa, sino de
una mandante.
El organismo administrador deberá prescribir a la entidad empleadora que incluya estos
agentes en la matriz de identificación de peligros y evaluación de riesgos (MIPER),
identificándolos por su nombre químico, en caso que no lo haya realizado.
Además, el organismo administrador deberá prescribir a la entidad empleadora con centros
de trabajo en los que exista la presencia de metales o metaloides, que incorporen estos
agentes en su sistema de gestión de riesgos laborales. Así como, otorgarles asistencia técnica
en esta materia, si lo requieren.
a) Evaluación Cualitativa
La evaluación cualitativa es una herramienta estandarizada, aplicada por personal
adecuadamente calificado, basada en la caracterización del riesgo en el ambiente de trabajo
y la exposición de los trabajadores. Al respecto, la Subsecretaria de Salud Pública, mediante
Ordinario B33/N°4371, de 26 de octubre de 2023, recomendó el uso de la metodología
“Control Banding” para realizar la evaluación cualitativa, considerando como base de trabajo
la Nota Técnica N° 64 “Agentes Químicos: Criterios Básicos para la Aplicación de Medidas de
Control a través de la Evaluación Cualitativa Simplificada por exposición Inhalatoria
Metodología Control Banding”, del Instituto de Salud Pública de Chile, o la que la reemplace.
Los organismos administradores y las empresas con administración delegada deberán realizar
la evaluación cualitativa considerando los aspectos mínimos del documento contenido en el
Anexo N°60: Evaluación cualitativa de exposición ocupacional a metales/metaloides, Letra K,
Titulo II, de este Libro, elaborado en base a las propuestas presentadas por dichas entidades.
En esta evaluación se identifican los grupos de exposición similar expuestos a metales y
metaloides, se verifica el cumplimiento de exigencias del Protocolo y se prescriben las
medidas de control aplicables de acuerdo con lo establecido en la mencionada Nota Técnica
N° 64, las señaladas en las fichas COSHH Essentials: easy steps to control chemicals del HSE y
en otros documentos técnicos en caso de ser necesario. Este documento debe completarse
en base a los antecedentes proporcionados por la empresa, herramienta de identificación de
metales y/u observaciones efectuadas al momento de visitar el centro de trabajo a evaluar.
Para efectuar la evaluación cualitativa, el organismo administrador deberá solicitar a la
entidad empleadora los siguientes antecedentes mínimos:
 Actividad económica, código CIIU
 Descripción de la actividad asociada a la presencia de metales, metaloides o sus

compuestos
 Tamaño de la empresa, según el número de trabajadores

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 Ubicación del centro de trabajo a evaluar
 Altura geográfica donde están ubicados los sitios o puestos de trabajo a evaluar
 Número de trabajadores(as) distribuidos en las áreas de producción y/u otras áreas en las

que se identifique la presencia de metales o metaloides, turnos y horas de trabajo a la
semana
 Identificación de las áreas y etapas críticas de los diferentes procesos realizados

(productivos, limpieza, manejo de materiales, entre otros) que generan contaminación por
metales, metaloide o sus compuestos
Con la información previamente señalada, el organismo administrador o el administrador
delegado, según corresponda, deberá evaluar en terreno en conjunto con el experto en
prevención de riesgos o en su defecto con el encargado de prevención de riesgos y/o el
profesional del área de los procesos productivos de la entidad empleadora, la información
para la correcta elaboración de la evaluación cualitativa.
Ahora bien, se deberá implementar una nueva evaluación cualitativa, si posterior a la
evaluación los procesos han sido modificados o se han incorporado nuevos Grupos de
Exposición Similar (G.E.S.) en los procesos productivos, con el objetivo de evaluar las nuevas
condiciones de exposición y actualizar la información asociada.
Una vez concluida la evaluación cualitativa el organismo administrador o administrador
delegado, deberá:
 Entregar el informe de la evaluación cualitativa a la entidad empleadora, en un plazo de

30 días corridos, a partir de la fecha de la evaluación, en el que se incluyan, cuando
corresponda, las medidas prescritas de control y/o de prevención de riesgos; la solicitud
de un cronograma de implementación de las medidas técnicas o ingenieriles, que el
empleador le debe entregar en el plazo máximo de dos meses, y se indique la fecha en
que corresponde la evaluación cuantitativa.
 Prescribir a la entidad empleadora que debe informar los resultados de la evaluación

cualitativa y las medidas de prevención y/o de control prescritas, a las personas
trabajadoras expuestas, así como, al Comité Paritario de Higiene y Seguridad, al
Departamento de Prevención de Riesgos Profesionales y a las empresas contratistas y
subcontratistas involucradas, según corresponda.
Los organismos administradores deberán verificar el cumplimiento de las medidas prescritas
producto de la evaluación cualitativa, en el plazo señalado en el número 8, Capítulo I, Letra
G, Titulo II, Libro IV, y en el caso de incumplimiento de medidas prescritas, se debe considerar
el riesgo en Categoría N°1, y recargar la tasa de cotización adicional diferenciada de la entidad
empleadora, de acuerdo con lo instruido en el Capítulo IV, Letra B, Título II, del Libro II.
El informe de verificación de las medidas deberá contener, al menos, los datos establecidos
en el Anexo N°9 "Elementos mínimos versión impresa. Verificación de medidas" de la Letra K
del Título II del Libro IV y deberá ser notificado a la entidad empleadora, en la forma y
condiciones establecidas en el número 6, Capítulo I, Letra G, Titulo II, Libro IV.
Además, el organismo administrador y el administrador delegado deberán generar y enviar
los documentos electrónicos correspondientes del módulo EVAST/Mínimo, con toda la
información requerida, en un plazo máximo de 30 días corridos, contado desde la fecha de la
entrega del informe de evaluación cualitativa a la entidad empleadora, así como, la remisión
al SISESAT de la información del recargo de la tasa de cotización, cuando corresponda.
b) Evaluación Cuantitativa

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Los organismos administradores y las empresas con administración delegada deberán realizar
las evaluaciones ambientales cuantitativas dentro de los 6 meses siguientes, a contar de la
fecha en que se efectuó la evaluación cualitativa, y con la periodicidad indicada en la tabla
N°1. Periodicidad de la vigilancia ambiental cuantitativa según nivel de riesgo, del Protocolo.
Asimismo, deberán efectuar las acciones que se indican en el punto 5.2.2 Acciones y medidas
según nivel de riesgo, del mismo Protocolo.
En todo caso, los organismos administradores deberán prescribir a las entidades empleadoras
las medidas de prevención y/o de control, fijando los plazos para su implementación de
acuerdo con lo señalado en el Protocolo. Para la prescripción de las medidas y la verificación
de su cumplimiento deberán considerar las instrucciones contenidas en el Capítulo I, Letra G,
Título II, Libro IV.
Las y los profesionales que realicen la evaluación ambiental cuantitativa deberán contar con
formación o experiencia demostrable en higiene ocupacional o industrial, y los laboratorios
de análisis de muestras ambientales deberán estar adscritos a los Programas de Ensayo
Interlaboratorio ambiental, del Instituto de Salud Pública. Las tomas de muestras
ambientales, las estrategias de muestreo y los criterios de muestreo a utilizar (tiempos de
muestreo, instrumentos, equipos e implementos para toma de muestras), se deberán realizar
según lo establecido en los capítulos VII y IX, del “Manual Básico sobre Mediciones y Toma de
Muestras Ambientales y Biológicas en Salud Ocupacional” y de manera complementaria el
“Protocolo para la toma de muestra de metales en aire con filtro MEC”, ambos del Instituto
de Salud Pública de Chile.
3. Vigilancia de la salud
Las personas trabajadoras expuestas a metales y metaloides, sujetas a vigilancia de la salud
son aquellas que se desempeñen en un ambiente de trabajo cuya concentración promedio
ponderada, producto de un muestreo de tipo personal y representativo de una jornada de
trabajo habitual, es igual o superior al 50% del Límite Permisible Ponderado del agente
evaluado, corregido si corresponde.
Asimismo, las personas trabajadoras que se exponen a agentes de riesgo que se clasifique en
los grupos A1 y A2 del D.S. N°594, de 1999, del Ministerio de Salud (grupo “A1”
comprobadamente cancerígenas para el ser humano y grupo “A2” sospechosas de ser
cancerígenas), deben ingresar a vigilancia de la salud, independiente de las concentraciones
ambientales alcanzadas en el lugar de trabajo. Para estos efectos, el organismo administrador
deberá prescribir a la entidad empleadora que le remita la nómina de estas personas
trabajadoras, en el plazo de 10 días corridos, contado desde la fecha de la identificación de la
presencia del agente.
El Protocolo contempla las siguientes evaluaciones de la salud:
a) Evaluación ocupacional
b) Vigilancia de exposición
c) Vigilancia de efectos
d) Egreso del programa de vigilancia
Estas evaluaciones de la salud deben ser realizadas por los organismos administradores y las
empresas con administración delegada, según corresponda, con la periodicidad que se indica
en la siguiente tabla.
Tipo de evaluación

Periodicidad

Exámenes y evaluación

Evaluación ocupacional

Cada 3 años

Evaluación médica orientada al daño
hepático y renal, hemograma completo,

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creatininemia,
perfil
evaluación neurológica.
Vigilancia
exposición

de

hepático,

Cada 6 meses

Medición del metal o metaloide en
sangre u orina, según corresponda.
Considerar el momento de la toma de la
muestra de cromo y arsénico inorgánico
y sus metabolitos metilados, según lo
señalado en el Protocolo.

Vigilancia de efectos

Se realiza si ante la
existencia de una muestra
de vigilancia de exposición
alterada, se toma una
segunda muestra que
también está alterada,
luego del periodo de retiro
de exposición. Inicio de la
vigilancia dentro de los
siguientes 5 días hábiles.

Evaluación según pauta de evaluación
médica señalada en el Protocolo.

Egreso del programa de
vigilancia

Se realiza al término de la
exposición,
por
desvinculación, renuncia
voluntaria, cambio de
puesto de trabajo u otro, y
hasta 30 días corridos
posteriores a ella.

Evaluación según pauta de evaluación
médica señalada en el Protocolo.

Para estas evaluaciones se deberá informar a las personas trabajadoras el objetivo y la
metodología de los exámenes a realizar, debiendo firmar previamente un Consentimiento
Informado. Además, durante la toma de exámenes o la entrega de resultados, el organismo
administrador y la empresa con administración delegada deberán realizar una Consejería de
Salud a las personas trabajadoras, la que debe considerar pertinencia cultural, educacional,
de género y migrante y podrá ser realizada de manera individual o grupal, en charlas
presenciales o virtuales (videos, presentaciones u otros), en las cuales se aborden los
contenidos mínimos señalados en el Protocolo.
Cabe señalar que, en la vigilancia de exposición se mide la concentración de la sustancia
peligrosa o sus metabolitos en la sangre o en la orina de los trabajadores, según corresponda,
la que se compara con el Límite de Tolerancia Biológica (LTB) establecido en el D.S. N°594,
para determinar si examen está alterado (mayor LTB) o no (menor o igual LTB).
Los organismos administradores y administradores delegados deben realizar el o los análisis
de los indicadores biológicos del presente Protocolo, en laboratorios que presten servicios de
análisis de dichos analitos, los cuales deben participar en el Programa de Evaluación Externa
de la Calidad - Ensayos de Aptitud (PEEC-EA) del Instituto de Salud Pública.
Cuando el resultado del examen se encuentre alterado, el organismo administrador deberá
prescribir a la entidad empleadora el retiro transitorio de la persona trabajadora de la fuente
de exposición, por los días señalados en el Protocolo, lo que deberá ser cumplido por la
entidad empleadora en el plazo de 24 horas desde que es notificada por el organismo
administrador. Además, el organismo administrador deberá prescribir a la entidad
empleadora que le confirme la realización de esta actividad, mediante un medio electrónico
que permita mantener respaldo de la información. Igualmente, la empresa con
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administración delegada, en esta situación deberá retirar a las o los trabajadores de la fuente
de exposición en el plazo antes señalado y por los días indicados en el Protocolo.
Luego de cumplido el periodo de retiro antes señalado, el organismo administrador o la
empresa con administración delegada, según corresponda, deberá tomar una nueva muestra
y verificar en terreno la implementación de las medidas preventivas prescritas. Se evaluarán
además las conductas de la persona trabajadora (adherencia a las pautas del proceso de
trabajo, uso de elementos de protección, hábitos de higiene en el ambiente de trabajo, tales
como no fumar, ni consumir alimentos en zonas y/o áreas con exposición, entre otros), para
determinar las condiciones que determinaron la alteración del indicador biológico. La
verificación en terreno deberá ser realizada por una dupla formada por un profesional de
seguridad y uno de la salud, específicamente enfermería con formación en salud ocupacional,
según lo establecido en el Protocolo.
El organismo administrador o el administrador delegado, según corresponda, en base al
resultado de la muestra y la implementación de las medidas preventivas y/o de control
prescritas por parte de la entidad empleadora, determinará: si el trabajador puede
reintegrarse a sus tareas habituales; la aplicación de sanciones por no implementar las
medidas prescritas y la presentación de un plan de acción al organismo administrador (plazo
de 5 días hábiles), o la derivación del trabajador a la vigilancia de efectos dentro de los
siguientes 5 días hábiles a la recepción del resultado del examen.
En relación con la evaluación de la vigilancia de efectos, el organismo administrador o el
administrador delegado, según corresponda, deberán concluirla en un plazo de 15 días
hábiles, contado desde fecha del resultado alterado del examen, y elaborar un informe con
el resultado de esta evaluación de salud, entregando copia de este informe a la persona
trabajadora evaluada.
Por otra parte, en caso de término de la exposición de la persona trabajadora, la entidad
empleadora es la responsable de dar aviso oportuno de esta situación al organismo
administrador, para que realice la evaluación de egreso. Para estos efectos, el organismo
administrador deberá informar sobre esta evaluación a la entidad empleadora, a lo menos
una vez en el año.
La evaluación de egreso se realizará hasta 30 días corridos posterior al término de la
exposición. No obstante, si pasados los 30 días corridos, posterior al término de la exposición,
el trabajador solicita la evaluación de su estado de salud por exposición a los agentes de riesgo
de este Protocolo, el organismo administrador o empresa con administración delegado
deberán efectuar la evaluación de salud de egreso considerando que el trabajador no hubiere
sido informado oportunamente de esta prestación, por parte de su empleador, siempre y
cuando esta no supere los 2 meses desde el término de la exposición.
Si los exámenes de vigilancia ocupacional se encuentran vigentes, es decir, dentro del periodo
de los seis meses inmediatamente anteriores a la fecha de término de exposición, el
organismo administrador y el administrador delegado los podrá utilizar como insumo para la
evaluación de egreso.
Por su parte, cabe señalar que cuando se trate de una persona trabajadora que ingresa a
vigilancia de la salud por la presencia de un metal o metaloide carcinógeno, y el resultado de
la evaluación cuantitativa de dicho metal o metaloide sea inferior al límite de cuantificación,
se deben mantener en vigilancia de la salud hasta que dejen de trabajar en presencia de
dichos agentes. En estos casos la evaluación de egreso se realizará conforme lo indica el
Protocolo.
El organismo administrador o el administrador delegado, según corresponda, deberá
entregar al trabajador o la trabajadora el resultado de los exámenes de la vigilancia de salud,
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por medio físico o electrónico resguardando su confidencialidad, en un plazo máximo de 48
horas desde que dispone de ellos, dejando constancia de su entrega o de la información
proporcionada para acceder a sus resultados, según corresponda.
Los resultados de las evaluaciones de la vigilancia de la salud realizadas a los trabajadores
durante el mes, deberán ser entregados a la entidad empleadora de manera agrupada y no
individualizada, dentro de los primeros 10 días hábiles del mes siguiente, dejando constancia
de su recepción o manteniendo evidencia de su entrega.
Dicho informe deberá contener lo siguiente:
i. Número de personas trabajadoras expuestas (sujetas a vigilancia de la salud, incluidas
aquellas que trabajan en presencia de agentes del grupo A1 y A2), desagregada según
agente de riesgo, cuando corresponda.
ii. Número de personas trabajadoras evaluadas
iii. Número de personas trabajadoras pendientes de evaluación, desagregado según:
 Persona Trabajadora citado No asiste
 Persona Trabajadora rechaza evaluación
iv. Número total de personas trabajadoras con alteración
v. Número total de personas trabajadoras sin alteración
vi. Número total de personas trabajadoras derivadas para la calificación del origen de la
enfermedad/sale de vigilancia de la salud
Las personas trabajadoras que se deben informar en los numerales iv) y v), corresponden
aquellos con o sin alteración, respectivamente, de la evaluación de la vigilancia de efectos, de
egreso o del examen de la vigilancia de exposición a metales, metaloides o sus compuestos.
Adicionalmente, el organismo administrador deberá informar a la entidad empleadora la
nómina de las personas trabajadoras evaluados con sus fechas de evaluación y la nómina de
las personas trabajadoras pendientes de evaluación.
Los organismos administradores y las empresas con administración delegada deberán tomar
todos los resguardos destinados a la protección de los datos sensibles de las personas
trabajadoras, conforme a la normativa vigente sobre la materia.
4. Derivación para la calificación de la enfermedad
Cuando en la evaluación de la vigilancia de efectos se detecte al menos un elemento clínico
de los señalados en la pauta de evaluación médica, el organismo administrador o la empresa
con administración delegada, según corresponda, deberá derivar a la persona trabajadora al
proceso de calificación del origen de la enfermedad e informar a la entidad empleadora que
debe elaborar la DIEP por sospecha de enfermedad profesional. Dicha derivación se deberá
realizar en un plazo máximo de 24 horas hábiles, contado desde la fecha del informe de la
evaluación médica de la vigilancia de efectos.
La información de la resolución de la calificación de origen de la enfermedad se deberá remitir
al Sistema Nacional de Información de Seguridad y Salud en el Trabajo (SISESAT), en los plazos
establecidos para estos efectos. Además, para el ingreso de datos de la vigilancia del
ambiente y de salud en el SISESAT, se debe tener presente hacer la apertura de un e-doc 51,
de acuerdo a lo señalado en el CAPÍTULO X. EVAST/Metales y Metaloides, de la Letra D, Título
I, Libro IX.
5. Notificación a la Autoridad Sanitaria
Los organismos administradores y los administradores delegados deberán:
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 Notificar el Informe de la evaluación cualitativa con las medidas prescritas, en el plazo de
5 días corridos, cuando la respectiva SEREMI de Salud lo requiera.
 Notificar las empresas o centros de trabajo con nivel de riesgo 4 y 3, dentro de los primeros
5 y 10 días hábiles del mes siguiente al que se recibieron los resultados del laboratorio,
respectivamente.
 Informar los indicadores biológicos sobre el LTB, en un plazo de 10 días hábiles, contados
desde la fecha del resultado del análisis de la muestra biológica, por la vía y a la persona
que le haya informado la respectiva SEREMI de Salud.
6. Capacitación y difusión
Los organismos administradores deberán mantener a disposición de las entidades
empleadoras, cursos sobre los riesgos por exposición ocupacional a metales y metaloides, los
que podrán ser realizados desagregados según agente de riesgo.
Dichos cursos deberán incluir los siguientes contenidos mínimos:
 Presencia de metales y metaloides de riesgo para la salud y formas de exposición
 Vías de ingreso al cuerpo humano, efectos agudos y crónicos en la salud
 Aspectos generales de las evaluaciones ambientales cualitativas y cuantitativas, que

permita a las personas trabajadoras comprender los resultados de las evaluaciones
ambientales
 Medidas de prevención y de control del riesgo de acuerdo con la jerarquía de control
 Uso correcto y cuidados de los equipos de protección personal (EPP)
 Hábitos saludables y de buenas prácticas en el trabajo que contribuyan en la prevención

de los riesgos (evitar comer o fumar en lugares de exposición, no trasladar ropa
contaminada al hogar, entre otras)
La capacitación podrá ser realizada a través de la modalidad presencial, e-learning u otra que
asegure la entrega y comprensión de los contenidos a los trabajadores/as expuestos a
metales y/o metaloides. La capacitación deberá ser de a lo menos 1 hora de duración.
Asimismo, la empresa con administración delegada, que corresponda implemente la
vigilancia ocupacional por exposición a metales, metaloides o sus compuestos, deberá
informar y capacitar a sus trabajadores/as sobre los riesgos de dicha exposición y las medidas
de prevención o de control adoptadas, realizando anualmente el curso antes señalado, el que
deberá incluir una parte práctica sobre el manejo y uso de los EPP.
El organismo administrador y el administrador delegado deberán registrar dichos cursos en
el sistema de capacitación de SISESAT, mediante documento electrónico 23 o 26, según
corresponda, de acuerdo con las instrucciones de la Letra F. Capacitación. Sistema de
Capacitación, del Título I, Libro IX.
Por su parte, los organismos administradores deberán, como medida de difusión, elaborar
folletos con información relativa a la prevención de los riesgos por exposición a cada metal o
metaloide a que se refiere el Protocolo, los que deben mantener disponible en formato
electrónico.
7. Informe de evaluación de protocolo
Los organismos administradores y administradores delegados deberán realizar una
evaluación anual de la implementación y eficacia del programa de vigilancia por exposición
ocupacional por exposición a metales y metaloides, en base al menos los indicadores que se
señalan en el Protocolo.

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Una copia del informe de la mencionada evaluación anual deberá ser remitido a la
evast@suseso.cl, los primeros 10 días del mes de febrero de cada año. Lo anterior, sin
perjuicio de los requerimientos que realice la Autoridad Sanitaria.
Los organismos administradores y administradores delegados, considerando los resultados
de la evaluación del programa, deberán incluir en su plan anual de prevención, los nuevos
mecanismos y estrategias definidas, que permitan incorporar mejoras.”.
2. Incorpórase en la Letra K. Anexos, el Anexo N°60 “Evaluación cualitativa de exposición
ocupacional a metales/metaloides”, que se adjunta a esta circular.

II. INTRODÚCENSE LAS SIGUIENTES MODIFICACIONES EN EL TÍTULO I. SISTEMA NACIONAL DE
INFORMACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SISESAT), DEL LIBRO IX. SISTEMAS
DE INFORMACIÓN. INFORMES Y REPORTES:
1. Incorpórase en la Letra D. Evaluación y vigilancia ambiental y de la salud de los trabajadores
(EVAST), el siguiente capítulo nuevo:
“CAPÍTULO X. EVAST/Metales y Metaloides
1. Implementación EVAST/Metales y Metaloides

El programa de vigilancia por exposición a metales y metaloides deberá ser implementado por
los organismos administradores y administradores delegados, considerando lo señalado en el
Capítulo XIII. Programa de vigilancia ambiental y de la salud por exposición a metales y
metaloides, Letra F, Título II, del Libro IV.
Los organismos administradores y administradores delegados deberán remitir, al Sistema de
Evaluación y Vigilancia Ambiental y de la Salud de los Trabajadores (EVAST), la información de
los centros de trabajo y de las personas trabajadoras en vigilancia ambiental y de la salud, de
las entidades empleadoras en los que se identifique la presencia del agente metales y
metaloides y de sus compuestos.
La información de esta vigilancia se deberá remitir al módulo EVAST/Mínimo de SISESAT, de
acuerdo a lo instruido en el Capítulo V. EVAST/Mínimo, de la Letra D. Evaluación y vigilancia
ambiental y de la salud de los trabajadores (EVAST), del Título I, del Libro IX. No obstante, el
registro de la información a través de EVAST/Mínimo, se debe realizar considerando las
particularidades de la información asociada al programa de vigilancia ocupación por exposición
a metales y metaloides.
2. Modelo lógico operativo específico de EVAST/Metales y Metaloides

Documentos electrónicos del modelo operativo EVAST/Metales y Metaloides:
a) 50 edición de CUV
b) 51 Identificación de Peligro
c) 56 Eliminación del Peligro
d) 59 Cierre de Centro de Trabajo
e) 61 Evaluación Cualitativa
f) 62 Evaluación Cuantitativa
g) 64 Listado de Trabajadores
h) 66 Prescripción de Medidas
i) 67 Verificación de Medidas
j) 68 Notificación a la Autoridad
k) 69 Eliminación de GES
l) 70 Reapertura de GES
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m) 71 Vigilancia Efecto
n) 72 Vigilancia de Exposición
o) 79 Trabajador No Evaluado
Los documentos mencionados son estándares y se encuentran habilitados en el modelo
EVAST/Mínimo para todos los agentes de riesgo.
3. Modelo operativo específico de EVAST/Metales y Metaloides

El modelo operativo para EVAST/Metales y Metaloides contempla los documentos electrónicos
para informar las acciones de la vigilancia que se deben efectuar para estos agentes de riesgos,
cuya secuencia se presenta a continuación.

Modelo EVAST/Metales y metaloides

4. Estructura de los documentos electrónicos

Los documentos electrónicos y sus zonas se detallan en el Anexo N°25 "Descripción general de
zonas de documentos EVAST/Estándar”, Letra H, Título I de este Libro. Por su parte, los campos
que conforman cada zona y sus respectivas validaciones se encuentran en el Anexo N°41
"Planilla de definición y tablas EVAST/Estándar", de la misma Letra H.
Información que se debe completar para estos agentes de riesgo se especifica en el Anexo N°66
“Planilla de definición y tablas EVAST/Metales y Metaloides”.
5. Definiciones conceptuales y operativas que contempla la implementación del módulo

EVAST/Metales y Metaloides
Los documentos electrónicos señalados son estándares, sin embargo, contempla parámetros
que se utilizan específicamente para EVAST/Metales y Metaloides, los cuales se deben agregar
o ajustar al EVAST/Estándar Mínimo. No deben implicar ajustes a los documentos electrónicos
11

propiamente tales, dado que son nuevos parámetros, los cuales se deben considerar para
poblar la información de cada documento electrónico a remitir a la plataforma EVAST de la
Superintendencia de Seguridad Social.
Consideraciones para los Documentos electrónicos y sus zonas
i. E-doc 51 Identificación de Peligro
Zona Identificación de Documento:
 La Vigilancia EVAST/Metales y Metaloides considerará los códigos de agentes de riesgos
indicados en Protocolo, según el listado europeo, los que agregan a la lista disponible en
EVAST/Estándar mínimo.
 Para cada uno de los agentes de riesgo mencionados se debe:
Cuando no exista CUV, iniciar la secuencia en EVAST con un Edoc 51, origen=1. Este e-doc
genera la secuencia de vigilancia del ambiente y de la salud.
Si el CUV ya existe para el Centro de Trabajo a evaluar, entonces la información de la
vigilancia del ambiente de salud se registra en la secuencia de ese Edoc 51, origen = 1, en
ese CUV existente para este agente de riesgo.
Cuando exista un CUV origen = 2 al 6 para ese agente de riesgo, entonces se debe enviar
un e-doc 51 origen 1 a ese CUV y registrar la información en la secuencia para la vigilancia
de ambiente y de la salud.
Zona Presencia de Peligro:
 En Campo “Fecha Detección Peligro”
Si campo "Origen" = 1, poner fecha detección de peligro.
Si campo "Origen" = 2 o 3, poner la fecha de la declaración individual de accidente o
enfermedad (DIAT-DIEP
Si campo "Origen" = 6, registrar la fecha del inicio del proceso para la identificación de
peligros y evaluación de riesgos IPER
 En Campo “Origen”
Origen= 1, En implementación del protocolo Metales y Metaloides en EVAST
Origen= 2, Enfermedad Profesional por Metales Y Metaloides
Origen= 3, En caso de accidente fatal por Agente Riesgos Metales Y Metaloides
Origen= 6, Inicio del proceso de identificación de peligros y evaluación de riesgos IPER
 En campo: “Código Causa Accidente”
El que corresponda según Lista de Códigos de Causa Accidente utilizada en SIATEP de
SISESAT
 En campo: “Código Causa Enfermedad”
El que corresponda según Lista de Código Causa Enfermedad utilizada en SIATEP de
SISESAT
ii. E-doc 61, Evaluación Cualitativa:
Zona Evaluación Ambiental Cualitativa
 Campo “Nivel de Riesgo GES”, no se debe poblar este campo.
 Campo “Grado de Exposición/ Categorización del Riesgo.
Para metales y metaloides en este campo se deben considerar las siguientes categorías de
riesgo estimado:
12

1=CR 1 Sólido
2=CR 2 Sólido
3=CR 3 Sólido
4=CR 4 Sólido
5=CR 1 Líquido
6=CR 2 Líquido
7=CR 3 Líquido
8=CR 4 Líquido
 Campo: “Ingreso Vigilancia de Salud”.
Cuando los agentes de riesgos tienen clasificación IARC= A1 y A2 ingresan siempre a
Vigilancia de Salud.
Los otros Metales y Metaloides y derivados están sujetos a la Evaluación Cuantitativa. Por
esta razón se debe indicar, en este caso, opción 3=En espera Evaluación Cuantitativa
o 1=Si
o 2=No
o 3= En esperan de Evaluación Cuantitativa
iii. E-doc 62, Evaluación Cuantitativa
Zona Evaluación Ambiental
 Campo “Nivel de Riesgo GES”
0=Nivel de Riesgo 0 (aplica para sílice u otro agente que lo requiera)
1=Nivel de Riesgo 1
2=Nivel de Riesgo 2
3=Nivel de Riesgo 3
4=Nivel de Riesgo 4
 Campo “Grado de Exposición” no se debe poblar este campo.
 Campo “'Ingreso Vigilancia Salud”: Para Metales y Metaloides y derivados, se debe
considerar los criterios establecidos en el Protocolo e indicar si el Grupo de Exposición
evaluado ingresa a programa de vigilancia de salud:
1=Si
2=No
iv. E-doc 64, Listado de Trabajadores
 Fecha Listado: corresponde a la fecha en la que el empleador notifica al organismo
administrador la nómina de personas trabajadoras sujetas a vigilancia de la salud, y cuando
actualice dicha nómina.
v. E-doc 66, Prescripción de Medidas
 Campo “Tipo Medida Prescrita”: En EVAST, el tipo de medida prescrita corresponde a una
clasificación de medidas:
1=Medida de control Ingenieril
2=Medida de control Administrativo
3=Medida de control Protección Personal
 Campo “Código de Aspecto Prescripción Medida” para Metales y Metaloides: Campo
opcional, el organismo administrador o la empresa con administración delegada podrá
Ingresar un código que se asocie a la medida prescrita.
13

vi. E-doc 71, Vigilancia de Efecto
Zona Vigilancia de efecto
 Campo “Examen”
Se realizan al menos los siguientes tipos de exámenes o evaluaciones: ver lista actualizada.
Además, según evaluación médica se podría requerir la evaluación de un médico especialista,
campo que se incorpora a la lista.
Exámenes y evaluaciones para la Vigilancia de Efectos por Familias de Agentes de Riesgos:
Arsénico:
o Evaluación médica, y cuando se requiera, evaluación por médico especialista
o Hemograma
Cadmio:
o Microalbuminuria de bajo peso molecular
o Espirometría
o Radiografía de tórax
o Calcemia
o Fosfemia
o Vitamina D
o Antígeno prostático
o Evaluación médica, y cuando se requiera, evaluación por médico especialista
Cromo:
o Espirometría
o Radiografía de tórax
o Evaluación médica, y cuando se requiera, evaluación por médico especialista
Manganeso:
o Evaluación médica, y cuando se requiera, evaluación por médico especialista
Mercurio:
o Evaluación médica, y cuando se requiera, evaluación por médico especialista
o Evaluación de la función renal en búsqueda de un síndrome nefrótico, utilizando el índice
de proteína/creatinina en orina, y según su resultado y la evaluación clínica complementar
estudio.
Plomo:
o Evaluación médica, y cuando se requiera, evaluación por médico especialista
o Hemograma
Exámenes a realizar por Egreso del Programa de Vigilancia:
Arsénico:
o Evaluación médica, y cuando se requiera, evaluación por médico especialista
o Hemograma
o Arsénico inorgánico y sus metabolitos metilados en orina
Cadmio:
o Microalbuminuria de bajo peso molecular
14

o Espirometría
o Radiografía de tórax
o Calcemia
o Fosfemia
o Vitamina D
o Antígeno prostático
o Evaluación médica, y cuando se requiera, evaluación por médico especialista
o Cadmio en orina
Cromo:
o Espirometría
o Radiografía de tórax
o Cromo en orina
o Evaluación médica, y cuando se requiera, evaluación por médico especialista
Manganeso:
o Evaluación médica, y cuando se requiera, evaluación por médico especialista
o Manganeso en orina
Mercurio:
o Evaluación médica, y cuando se requiera, evaluación de médico especialista
o Evaluación de la función renal (síndrome nefrótico)
o Mercurio en orina
Plomo:
o Evaluación médica, y cuando se requiera, evaluación por médico especialista
o Hemograma
o Plomo en sangre
Se actualizó la lista de examen y parámetro examen para el registro asociado al Protocolo. En
el caso de requerir otros exámenes y parámetros de exámenes, el registro queda sujeto a la
disponibilidad en EVAST.
vii. E-doc 72, Vigilancia de Exposición
Zona Vigilancia de Exposición
 Campo “Examen”
Se realizan al menos los siguientes exámenes:
6=Examen de Sangre
7=Examen de Orina
 Campo “Parámetro Examen”
o Arsénico inorgánico y sus metabolitos metilados en orina
o Cromo en orina
o Mercurio en orina
o Manganeso en orina
o Cadmio en orina
o Plomo en sangre
15

Se actualizó la lista de examen y parámetro examen para el registro asociado al Protocolo. En
el caso de requerir otros exámenes y parámetros de exámenes el registro queda sujeto a la
disponibilidad en EVAST.”.
2. Incorpórase en la Letra H. Anexos, el Anexo N°66: Planilla de definición de EVAST/Metales y
metaloides, que se adjunta a esta circular.

III. VIGENCIA
Las modificaciones introducidas por esta circular entrarán en vigencia a partir del 1° de diciembre de
2024.
Lo anterior, con excepción de la remisión de la información de la vigilancia por exposición ocupacional
a metales y metaloides, al módulo EVAST/Mínimo del Sistema Nacional de Información de Seguridad
y Salud en el Trabajo (SISESAT), la que se deberá enviar a contar del 1° de septiembre de 2025.

PATRICIA SOTO ALTAMIRANO
SUPERINTENDENTA DE SEGURIDAD SOCIAL (S)

16

ANEXO N°60
EVALUACIÓN CUALITATIVA DE EXPOSICIÓN OCUPACIONAL A METALES/METALOIDES

EVALUACIÓN CUALITATIVA DE EXPOSICIÓN OCUPACIONAL A METALES/METALOIDES
En el presente informe de evaluación cualitativa se identifican los grupos de exposición similar expuestos a Metales y Metaloides, se verifica el cumplimiento de exigencias del Protocolo
de Vigilancia Ocupacional por Exposición a Metales y Metaloides del MINSAL, Resolución Exenta Nº606 del 3 de junio de 2023 y se prescriben las medidas de control aplicables de acuerdo
con lo establecido en la nota técnica N° 64 del ISPCh, "Agentes Químicos: Criterios Básicos para la Aplicación de Medidas de Control a través de la Evaluación Cualitativa Simplificada por
Exposición Inhalatoria. Método de Control Banding". Este documento debe completarse en base a los antecedentes proporcionados por la empresa, herramienta de identificación de
metales y/u observaciones efectuadas al momento de visitar el centro de trabajo a evaluar.

N° de informe

I.- ANTECEDENTES DE EMPRESA EVALUADA*
Razón social de empresa
RUT empresa
Gerente o representante legal

Nombres

Tipo de calle en que se ubica casa matriz: (1) Avenida; (2) Calle; (3) Pasaje
Nombre de calle casa matriz
Resto de dirección de casa matriz
Localidad de casa matriz
Código CIIU SII

Teléfono

Número Adherente

Holding

Organización (1) Pública; (2) Privada :
Segundo apellido

Primer apellido

Número
Comuna casa matriz
Descripción del
Cotización Adicional Diferenciada
CIIU SII
CAD
Total de trabajadores hombres de empresa evaluada

Total de trabajadoras mujeres de empresa evaluada
Empresa tiene Dpto. de Prevención de Riesgos: (1) Sí; (2) No; (3) No aplica
Empresa tiene Sistema de Gestión que incorpora el riesgo por metales / metaloides: (1) Sí; (2) No; (3) No aplica

1

Existe reglamento interno de Higiene y Seguridad:
(1) Si; (2) No; (3) No corresponde
Existe reglamento interno de Orden, Higiene y Seguridad:
(1) Si;(2) No;(3) No corresponde

Está incorporado el riesgo por metales / metaloides:
(1) Si;(2) No; (3) No corresponde
Está incorporado el riesgo por metales / metaloides:
(1) Si;(2) No; (3) No corresponde

II.- ANTECEDENTES DEL CENTRO DE TRABAJO EVALUADO (CT)
Nombre del centro evaluado
Estado del centro de trabajo:
(1) Activo; (2) Caduco
Nombre de la empresa principal
N° contrato con empresa principal

ID Centro de
Altura Sobre Nivel del Mar (m)
Trabajo
Función de la empresa evaluada en el centro de trabajo
(1) Principal; (2) Contratista; (3) Subcontratista; (4) Servicios transitorios
RUT de empresa principal
Nombre del
contrato

Cuando empresa es subcontratista, nombre de la empresa que la subcontrata
RUT de la empresa contratista que subcontrata a empresa evaluada
Fecha inicio del CT
Se conoce fecha de cierre del CT: (1)Si; (2)No
Fecha de cierre del CT
Tipo de calle en que se ubica centro de trabajo: (1) Avenida; (2) Calle; (3) Pasaje
Nombre de calle en que se ubica CT
Número
Resto de dirección de CT
Localidad de centro de trabajo
Comuna centro de trabajo
Geolocalización del CT - Latitud (7 decimales)
Geolocalización del CT - Longitud (7 decimales)
Descripción de la actividad efectivamente realizada por la empresa en
el centro de trabajo evaluado.
Total trabajadoras mujeres en CT, de empresa evaluada

Total trabajadores hombres en CT, de empresa evaluada

Existe Comité Paritario de la empresa en el CT o, se está representado en CPHS de faena: (1) Si; (2) No; (3) No corresponde
Se cuenta con experto en prevención de riesgos en el CT : (1) Si (propio o facilitado por mandante); (2) No
Nombre Encargado de Prevención de Riesgos
RUT

E-mail

N° Celular

Dedicación semanal en horas del experto en prevención de riesgos, para asesoría en el CT

III.- IDENTIFICACIÓN DE GRUPOS DE EXPOSICIÓN SIMILAR

2

Considerar la información proporcionada por la empresa, las actividades que se realizan regularmente en las áreas de trabajo, el contacto con materias primas, suministros, productos o emisiones que
contengan metales o metaloides y sus compuestos (en forma de aerosoles sólidos/líquidos, vapores u otras formas físicas), que pueden generar exposición ocupacional a dichos elementos.
En Tipo de Exposición, Indicar si la tarea especificada que genera exposición a el o los agentes químicos es de ejecución habitual (recurrente o permanente durante parte importante de la jornada de
trabajo), periódica (de corta duración, realizada normalmente algunas veces durante la jornada diaria) u ocasional (realizada excepcionalmente, generalmente de manera no planificada).


Área de Trabajo
Folio

Grupo de Exposición Similar (GES)

Tareas Realizadas

Tipo de
Tarea

Hombres

Mujeres

Total

Categoriz
ación del
Riesgo

Metales y metaloides identificados
(Marque con una x)

Total de Trabajadores GES

As

Cr+6

Cd

Mn

Pb

Hg

CR

1
2
3
4
5

IV.- VERIFICACIÓN DEL CONTROL DEL RIESGO POR EXPOSICIÓN A METALES Y METALOIDES EN INSTALACIÓN
Según lo dispuesto en el Protocolo de Metales, los GES que presenten exposición ocupacional a metales cancerígenos (As, Cr +6 y Cd) deberán ingresar a programa de vigilancia de salud.
Los riesgos asociados a exposiciones poco frecuentes y de corta duración, a metales no cancerígenos (Hg, Mn y Pb) pueden ser controlados con medidas descritas en la presente evaluación cualitativa, por
lo que no ameritan la ejecución posterior de evaluaciones cuantitativas.
A continuación, se presenta lista de verificación con prescripciones que surgen del no cumplimiento de requisitos jerarquizadas en técnicas o ingenieriles, administrativas y de protección personal,
aplicables a los metales considerados en el protocolo e identificados por la empresa. Respecto de la implementación de las medidas de control técnicas e ingenieriles la empresa deberá presentar un
cronograma de implementación en un plazo de dos meses a partir de la fecha de recepción del informe.

3

Medidas Técnicas o Ingenieriles/Pirometalúrgia Gran Minería del Cobre
N° REQUISITO

CUMPLE
SI/NO/NA

En los procesos de Fundición o Tostación de minerales sulfurados,
¿se cuenta con encerramiento o sistemas de extracción para captar
las descargas de gases generados en los hornos? (Obs).

NO

1

En las tareas de llenado de maxisacos o tolva cerrada con polvos
que contienen metales o metaloides en su forma fisicoquímica
peligrosa, ¿Se cuenta con un sistema de control en la zona de
carguío del saco o tolva?.

2

NO

PRESCRIPCIÓN

Observación del
Especialista

GES Aplicable
(Registrar N° de Folio)

Dada la complejidad de factores que influyen en la captura de los gases
producidos en los hornos y su tratamiento posterior (Temperatura,
volumen de gases, composición, limitantes del proceso, sistemas de
limpieza de gases, etc.), para el diseño de una medida de control, se
deberá activar un estudio de perfil (ingeniería conceptual) que
considere, por ejemplo, la incorporación de un encerramiento o
sistemas de extracción del tipo campana lo más cercano posible a las
descargas de gases generados por los hornos para capturar los gases y
conducirlos hacia los procesos de enfriamiento y limpieza.
Ver Ficha FCAQ 200.
https://www.insst.es/documents/94886/123995/FCAQ%20200%20Ventil
a ci%C3%B3n%20por%20extracci%C3%B3n%20localizada.pdf
Esta medida por si sola no asegura el control de la exposición, debiendo
ser complementada con medidas administrativas y de protección personal
que se señalan a continuación en este documento.
Se deberá implementar un control que minimice el riesgo de
exposición; por ejemplo: Un encerramiento total en la zona de carga de
Maxisacos o, si esto no es posible, realizar un estudio de ventilación
para implementar un encerramiento parcial de la zona de carga, dotado
de extracción localizada y contar con un sistema de filtración y
retención del particulado capturado.
En el caso de carguío de tolvas cerradas, asegurar que la tolva o
granelero se ha diseñado y construido para el material que contendrá,
asegurar que el aire desplazado durante el llenado se ventila a un lugar
seguro, colocar precintos o juntas en las escotillas de acceso, controlar
el ritmo de llenado y comprobar que las conexiones no tengan fugas.
Para la implementación de estas medidas se deberá contar con
asesoría de empresa especializada en Higiene y Ventilación Industrial.
Complementario a esta medida, para el movimiento de los maxisacos,
se deberá utilizar grúa de horquillas hermética con inyección de aire
filtrado.
Ver Ficha FCAQ 207 y FCAQ 211.
https://www.insst.es/documents/94886/123995/FCAQ%20207%20Lle

4

nado%20de%20sacos%20Big-bag.pdf
https://www.insst.es/documents/94886/123995/FCAQ%20211%20Lle
nado%20y%20vaciado%20de%20graneleros%20IBC%20%28Internation
al%20bulk%20carrier%29.pdf
Esta medida por si sola no asegura el control de la exposición, debiendo
ser complementada con medidas administrativas y de protección
personal que se señalan a continuación en este documento.
En los procesos de transporte de fundido o de polvos metalúrgicos,
mediante canaletas, correas, rastras, elevadores de capacho, etc.
¿Los dispositivos de transporte se encuentran encerrados o las zonas
de carga, descarga y traspasos dotadas de extracción localizada?

3

NO

Se deberá activar un estudio de perfil (ingeniería conceptual) que
considere, por ejemplo, el encerramiento de las cintas u otros
dispositivos de transporte, tanto como sea posible, o encerramiento
parcial en las zonas de carga, traspaso y descarga con sistemas de
extracción localizada que induzca una velocidad de sello de 1 m/s como
mínimo en las áreas abiertas. Si fuese posible y donde aplique,
humectar el material para reducir la pulverulencia. El sistema de
extracción debe contar con un sistema de filtración y retención del
particulado capturado. Para la implementación de esta medida se
deberá contar con asesoría de empresa especializada en Higiene y
Ventilación Industrial.
Ver Ficha FCAQ 205.
https://www.insst.es/documents/94886/123995/FCAQ%20205%20Cinta
% 20transportadora.pdf
Esta medida por si sola no asegura el control de la exposición,
debiendo ser complementada con medidas administrativas y de
protección personal que se señalan a continuación en este documento.

5

Medidas Técnicas o Ingenieriles/Otros Procesos Pirometalúrgicos
Los puestos y/o áreas de trabajo donde se realizan procesos
pirometalúrgicos que generan emisiones de vapores y/o humos
metálicos,¿cuentan con algún sistema de control de emisiones?

4

NO

Observación del
Especialista

GES Aplicable
(Registrar N° de
Folio)

Observación del
Especialista

GES Aplicable
(Registrar N° de
Folio)

En los hornos o similares, se deberá contar con un encerramiento (de
ser posible) o sistemas de extracción del tipo campana ubicados lo más
cercano posible a las descargas de humos y gases generados para
impedir la dispersión de contaminantes hacia el área de trabajo. Por
otra parte, implementar encerramiento de las cintas u otros
dispositivos de transporte, tanto como sea posible, o encerramiento
parcial en las zonas de carga, traspaso y descarga con sistemas de
extracción localizada que induzca una velocidad de sello de 1 m/s como
mínimo en las áreas abiertas. Si fuese posible y donde aplique,
humectar el material para reducir la pulverulencia.
Para la implementación de esta medida se deberá contar con asesoría
de empresa especializada en Higiene y Ventilación Industrial.
Ver Ficha FCAQ 200.
https://www.insst.es/documents/94886/123995/FCAQ%20200%20Ventil
a ci%C3%B3n%20por%20extracci%C3%B3n%20localizada.pdf
Esta medida por si sola no asegura el control de la exposición, debiendo
ser complementada con medidas administrativas y de protección personal
que se señalan a continuación en este documento.

Medidas Técnicas o Ingenieriles/Soldaduras, ranurado por arco, oxicorte, plasma, torchado

6

Instalar ventilación general y uso de protección
respiratoria. En caso de soldadura TIG es suficiente
ventilación general.
La ventilación general debe ser de tipo mecánica y diluir o extraer
rápidamente los humos que se generan.
Para la implementación de esta medida se deberá contar con asesoría
de empresa especializada en Higiene y Ventilación Industrial.

Si realiza tareas de soldadura o similares en puestos de
trabajo fijo y en recintos cerrados, máximo una vez por
semana laboral y con una duración menor a una hora
por día ¿tiene sistema de ventilación general mecánica
y el trabajador cuenta, además, con protección
respiratoria?
NO

5

Ver Ficha COSHH WL3: https://www.hse.gov.uk/pubns/guidance/wl3.pdf
Esta medida por si sola no asegura el control de la exposición,
debiendo ser complementada con medidas administrativas y de
protección personal que se señalan a continuación en este documento.

Si realiza tareas de soldadura o similares en puestos de
trabajo fijo y en recintos cerrados, todos los días de la
semana laboral, independiente de su duración o se
realizan trabajos por más de una hora, uno o más días
de la semana laboral ¿tiene sistema de extracción
localizada y el trabajador cuenta, además, con
protección respiratoria?
6

NO

Debe contar con sistema de extracción localizada y complementarlo con
uso de protección respiratoria, de ser necesario.
Para piezas pequeñas y de tamaño intermedio se puede utilizar una
cabina con extracción forzada.
Para piezas de gran tamaño con soladura de tipo MIG se puede utilizar
una extracción incorporada en la antorcha. En los casos que no sea
posible una extracción en la antorcha se deberá utilizar un sistema de
extracción con captación móvil.
Para la implementación de esta medida se deberá contar con asesoría
de empresa especializada en Higiene y Ventilación Industrial.
Ver Ficha COSHH WL3: https://www.hse.gov.uk/pubns/guidance/wl3.pdf
Esta medida por si sola no asegura el control de la exposición,
debiendo ser complementada con medidas administrativas y de
protección personal que se señalan a continuación en este documento.

7

Si realiza tareas de soldadura o similares al aire libre o en terreno
¿el trabajador utiliza equipo de protección respiratoria?

7

NO

Uso de equipo de protección respiratoria que cumpla con:
- Cuando exista exposición a humos conjuntamente con gases o
vapores, los filtros deberán ser mixtos; es decir, contra ambos
estados de los agentes.
- Los filtros deberán ser de alta eficiencia, por ejemplo, N100 o P100.
- La protección respiratoria deberá tener el factor de protección que
se requiera según los niveles de concentración de los agentes
químicos presentes en el ambiente de trabajo y deberá
determinarse según lo establecido en la Guía Técnica de Selección y
Control de la Protección Respiratoria del Instituto de Salud Pública
(www.ispch.cl).
- Tener certificación validada por ISPCh.

Medidas Técnicas o Ingenieriles/Tareas de Pintado

Observación del
Especialista

GES Aplicable
(Registrar N° de
Folio)

8

Si realiza pintado por aspersión en forma
permanente ¿utiliza una cabina o cámara con
extracción forzada?

8

NO

- "Para pintar piezas de tamaños pequeños se debe utilizar un
encerramiento tipo cabina con extracción. La velocidad mínima del
aire en el frente abierto debe ser de 0,5 m/s.
- Para pintar piezas medianas, la pieza se debe disponer en una
cabina lo suficientemente grande para contener todas las máquinas y
equipos necesarios para el proceso. La velocidad del aire en la
posición de la pieza deberá ser como mínimo de 0,5 m/s.
- En lo posible disponer la pieza sobre una plataforma giratoria para
que se pueda girar y el operador pulverice la pintura siempre en la
misma dirección que el aire extraído.
- Para pintar piezas grandes, se debe utilizar una cámara de pintura,
donde el pintor se ubique en el interior, el flujo podrá ser
descendente o horizontal, en cuyo caso el pintor se debe ubicar en la
zona de aire limpio, proyectando la pintura siempre a favor de la
corriente.
- En ambos casos se debe contar con un filtro de aerosoles que
retenga la pintura sobrante arrastrada por el aire.
- Para la implementación de esta medida se deberá contar con
asesoría de empresa especializada en Higiene y Ventilación Industrial
- Ver Ficha HSE 220 y HSE 221.
https://www.insst.es/documents/94886/123995/FCAQ%20220%20Pi
ntado%20con%20pistola%20(peque%C3%B1a%20escala).pdf
https://www.insst.es/documents/94886/123995/FCAQ%20221%20Pi
ntado%20con%20pistola%20%28mediana%20escala%29.pdf
- Esta medida por si sola no asegura el control de la exposición,
debiendo ser complementada con medidas administrativas y de
protección personal que se señalan a continuación en este
documento.

9

Si realiza pintado por aspersión mediante un
sistema robotizado ¿mantiene las piezas al
interior de un encerramiento con extracción?

NO

9

Si realiza pintado por aspersión en forma
esporádica o en terreno ¿el pintor utiliza equipo
de protección respiratoria?

10

NO

Las piezas se deben mantener al interior de un encerramiento con
extracción.
Las áreas abiertas del encerramiento deben ser tan pequeñas como sea
posible.
El caudal de extracción debe ser tal que la velocidad del aire en las
aberturas sea mínimo de 0,5 m/s.
Utilizar filtros para retener la pintura arrastrada por el aire de
extracción. Para la implementación de esta medida se deberá contar
con asesoría de empresa especializada en Higiene y Ventilación
Industrial.
Ver Ficha HSE 319.
https://www.insst.es/documents/94886/123995/FCAQ%20G319%20Cabi
n a%20de%20pintura%20robotizada.pdf
Esta medida por si sola no asegura el control de la exposición,
debiendo ser complementada con medidas administrativas y de
protección personal que se señalan a continuación en este documento.

El pintor debe usar equipo de protección respiratoria que cumpla
con:
- Cuando exista exposición a partículas conjuntamente con
gases o vapores, los filtros deberán ser mixtos; es decir, contra
ambos estados de los agentes.
- Los filtros deberán ser de alta eficiencia, por ejemplo, N100 o
P100.
-La protección respiratoria deberá tener el factor de protección
que se requiera según los niveles de concentración de los
agentes químicos presentes en el ambiente de trabajo y deberá
determinarse según lo establecido en la Guía Técnica de Selección
y Control de la Protección Respiratoria del Instituto de Salud
Pública (www.ispch.cl).
- Tener certificación validada por ISPCh.

10

Medidas Técnicas o Ingenieriles/Electrodeposición
Si realiza proceso de electrodeposición (cromado o cadmiado) en un
estanque o cuba ¿este tiene sistema de extracción localizado?

11

NO

Observación del
Especialista

GES Aplicable
(Registrar N° de
Folio)

Las cubas deben tener un sistema de extracción localizado. Uno de los
más recomendados es una captación mediante ranuras laterales que se
instalan en los bordes de ambos costados de la cuba sobre la superficie
del líquido. El caudal de extracción debe ser tal que en la superficie de la
cuba, la velocidad del aire sea del orden de 0,7 m/s.
(Ref.:https://www.solerpalau.com/es-es/blog/extraccion-vaporescromo/). También se puede utilizar un plenum lateral ranurado,
instalado en uno de los costados, con un caudal de extracción de 0,64
m3/s por metro cuadrado de superficie de la cuba. Además, se
recomienda que adosado a la cuba exista un sector de escurrido de las
piezas, consistente en una bandeja, la cual también debe estar cubierta
por el plenum lateral. En el caso de contar con esta bandeja, en el
cálculo del caudal de extracción se debe incluir la superficie de esta.
Para la implementación de esta medida se deberá contar con asesoría
de empresa especializada en Higiene y Ventilación Industrial
(Ref.: Manual de ventilación industrial ACGIH).

11

Medidas Técnicas o Ingenieriles/Tareas de Manipulación de Sacos/Bolsas/Barriles
Los puestos de trabajo donde se realiza llenado de
sacos/bolsas ¿cuentan con sistemas de control de
emisiones?

12

NO

Observación del
Especialista

GES Aplicable
(Registrar N° de
Folio)

Se debe instalar una captación con extracción que encierre el cabezal de
llenado tanto como sea posible.
El caudal de extracción debe ser tal que alrededor de la sección de
llenado la velocidad del aire sea de 1 m/s.
Asegurarse de que la captación es suficientemente grande para permitir
cerrar el saco/bolsa antes de sacarlo.
Ver Ficha HSE 206.
https://www.insst.es/documents/94886/123995/FCAQ+206+Llenado+de
+s acos/71effed7-f805-4dab-be4b-68f31af01425
El sistema debe contar con un filtro para retener el polvo antes de
descargar el aire extraído al ambiente.
Para la implementación de esta medida se deberá contar con asesoría
de empresa especializada en Higiene y Ventilación Industrial
Esta medida por si sola no asegura el control de la exposición,
debiendo ser complementada con medidas administrativas y de
protección personal que se señalan a continuación en este documento.

12

Los puestos de trabajo donde se realizan operaciones de
dosificación y pesaje ¿cuentan con sistemas de control
de emisiones?

NO

13

Disponer el saco/bolsa e instrumental necesario al interior de un
encerramiento o cabina.
La velocidad del aire en la sección libre de la cabina de ser minimo de 0,5
m/s.
En el saco/bolsa se debe disponer una extracción localizada que induzca
una velocidad de 1 m/s en la zona de emisión de polvo.
Ver Ficha HSE 214.
https://www.insst.es/documents/94886/123995/FCAQ%20208%20Vaciad
o%20de%20sacos.pdf
El sistema debe contar con un filtro para retener el polvo antes de
descargar el aire extraído al ambiente.
Para la implementación de esta medida se deberá contar con asesoría
de empresa especializada en Higiene y Ventilación Industrial
Esta medida por si sola no asegura el control de la exposición,
debiendo ser complementada con medidas administrativas y de
protección personal que se señalan a continuación en este documento.

Los puestos de trabajo donde se realizan operaciones de mezcla de
sólidos metálicos con otros materiales ¿cuentan con sistemas de
control de emisiones?

14

NO

Usar tapas en la mezcladora para contener la emisión de polvo y vapores
donde la técnica y la tarea lo permita.
Instalar una captación cuya extracción sea tal que la velocidad mínima
del aire sea de 1 m/s en el punto de emisión.
Ver Ficha HSE 215 y H216.
https://www.insst.es/documents/94886/123995/FCAQ%20215%20Mezcl
a
%20de%20s%C3%B3lidos%20con%20otros%20materiales%20s%C3%B3lid
o s%20o%20l%C3%ADquidos.pdf
https://www.insst.es/documents/94886/123995/FCAQ%20216%20Mezcl
a
%20de%20s%C3%B3lidos.pdf
El sistema debe contar con un filtro para retener el polvo antes de
descargar el aire extraído al ambiente.
Para la implementación de esta medida se deberá contar con asesoría
de empresa especializada en Higiene y Ventilación Industrial

13

Los puestos de trabajo donde se realizan operaciones de tamizado o
cribado (harneado) ¿cuentan con sistemas de control de emisiones?

NO

15

Encerrar el punto de alimentación y descarga de estos equipos (tamiz y
criba o harnero)
Asegurar una velocidad de captura de 1 m/s en el punto de llenado.
Ver Ficha HSE 218 y HSE219.
https://www.insst.es/documents/94886/123995/FCAQ%20218%20Tamiz
a do.pdf
https://www.insst.es/documents/94886/123995/FCAQ%20219%20Cribad
o.pdf
Los sistemas deben contar con un filtro para retener el polvo antes de
descargar el aire extraído al ambiente.
Para la implementación de esta medida se deberá contar con asesoría
de empresa especializada en Higiene y Ventilación Industrial
Esta medida por si sola no asegura el control de la exposición,
debiendo ser complementada con medidas administrativas y de
protección personal que se señalan a continuación en este documento.

Los puestos de trabajo donde se realizan operaciones de llenado de
tambores o contenedores ¿cuentan con sistemas de control de
emisiones?

16

NO

Disponer de uniones adecuadas entre el barril o tambor y el cabezal de
llenado.
Disponer de una campana extractora en el punto de descarga con un
caudal tal que en el punto de emisión induzca una velocidad del aire de
1 m/s como mínimo.
Ver ficha 209 HSE.
https://www.insst.es/documents/94886/123995/FCAQ%20209%20Llenad
o%20de%20barriles.pdf
El sistema debe contar con un filtro para retener el polvo antes de
descargar el aire extraído al ambiente.
Para la implementación de esta medida se deberá contar con asesoría
de empresa especializada en Higiene y Ventilación Industrial.
Esta medida por si sola no asegura el control de la exposición,
debiendo ser complementada con medidas administrativas y de
protección personal que se señalan a continuación en este documento.

14

Los puestos de trabajo donde se realizan operaciones de carga de
mezcladores o reactores ¿cuentan con sistemas de control de
emisiones?

NO

17

Disponer de una campana extractora en el punto de carga con un
caudal tal que en el punto de emisión induzca una velocidad de captura
de 1 m/s como mínimo.
Ver ficha 210 HSE.
https://www.insst.es/documents/94886/123995/FCAQ%20210%20Carga
%
20de%20reactores%20o%20mezcladoras%20con%20sacos%20o%20barril
e s.pdf
Todos los sistemas deben contar con un filtro para retener el polvo
antes de descargar el aire extraído al ambiente.
Para la implementación de esta medida se deberá contar con asesoría
de empresa especializada en Higiene y Ventilación Industrial.
Esta medida por si sola no asegura el control de la exposición,
debiendo ser complementada con medidas administrativas y de
protección personal que se señalan a continuación en este documento.

Medidas Técnicas o Ingenieriles/ Tareas de limpieza
La limpieza o aseo industrial ¿se realiza mediante métodos que
minimicen la contaminación en el lugar de trabajo?

18

NO

Observación del
Especialista

GES Aplicable
(Registrar N° de
Folio)

Deben usarse preferentemente métodos húmedos o de aspiración
localizada, con el objetivo de captar el polvo depositado en superficies
minimizando su dispersión aérea. No limpiar con chorros de aire
comprimido o cualquier método que suspenda polvo. Art. 11 D.S. 594.
Esta medida por si sola no asegura el control de la exposición,
debiendo ser complementada con medidas administrativas y de
protección personal que se señalan a continuación en este documento.

15

Medidas Técnicas o Ingenieriles/ Otros procesos no considerados
Si tiene tareas con emisión de aerosoles (humos, polvo, neblinas)
y/o gases y/o vapores ¿tiene instalado un sistema de extracción
localizada sobre el foco de emisión?

19

NO

Observación del
Especialista

GES Aplicable
(Registrar N° de
Folio)

Si la operación o técnica de la tarea lo permite, se debe utilizar
encerramientos tipo cabina o cámaras que dejen la fuente de emisión
en su interior.
Si no es posible encerrar el proceso se pueden utilizar captaciones a
distancia que se ubiquen lo más cerca posible del punto de emisión.
En el caso de herramientas manuales la captación en lo posible debe
venir incorporada de fábrica.
En forma alternativa o complementaria a la extracción localizada, el
operador puede mantenerse en una cabina o sala presurizada con aire
filtrado.
En general las velocidades del aire en las zonas abiertas de los
encerramientos o velocidades de control de las captaciones a distancia
deben estar entre 0,5 a 1 m/s, según el contaminante se encuentre
como vapor, humo o polvo.
Se debe tener presente que cualquier sistema de extracción por si solo
no es suficiente para controlar la exposición del trabajador, siempre
debe ser complementado con medidas adicionales de buenas prácticas
y, en algunos casos, con el uso de equipos de protección respiratoria.
En general la extracción debe considerar un sistema de control de
emisiones antes de descargar el aire al ambiente.
Para la implementación de estas medidas se deberá contar con asesoría
de empresa especializada en Higiene y Ventilación Industrial.

16

Medidas Administrativas
¿Se difundió el protocolo entre los trabajadores expuestos, el
comité paritario de higiene y seguridad y los sindicatos, según
corresponda, dejándose los registros correspondientes?

NO

20

Los trabajadores expuestos ¿han sido capacitados en los riesgos de la
exposición a los metales y metaloides?

NO

21

22

¿Ha entregado al OAL/AD los datos requeridos en la caracterización
del riesgo?

NO

Las entidades empleadoras deben hacer la difusión de este Protocolo a
los trabajadores y trabajadoras expuestos, sindicatos y comités
paritarios.
Esta actividad debe quedar respaldada mediante un acta firmada por los
trabajadores participantes, donde declaren haber recibido información
sobre el Protocolo de Vigilancia Ocupacional por Exposición a Metales y
Metaloides. Se debe considerar en dicho documento, al menos:
- Nombre protocolo, contenidos difundidos y nombre de encargado
de difusión.
- Nombre, RUT y firma de los trabajadores y trabajadoras de la
entidad empleadora que participaron en la difusión.
- Fecha de la difusión.

La entidad empleadora debe de informar y capacitar a los trabajadores y
trabajadoras expuestas acerca de los riesgos por exposición
ocupacional a los metales y metaloides presentes en el centro de
trabajo. Los contenidos y detalles respecto de la capacitación se indican
en el Capítulo VIII del Protocolo.
Este requisito se debe acreditar con registro que indique:
- Contenidos señalados en Capítulo VIII del protocolo.
- Nombre y RUT de los trabajadores y trabajadoras de la
entidad empleadora que participaron en la capacitación
- Fecha de la capacitación.
- Datos encargado(s) de la capacitación.
- Modalidad de la capacitación (presencial, e.learning, mixta).

La entidad empleadora debe entregar al OAL/AD toda la información
requerida para caracterizar la exposición completando documento en el
formato que este organismo le facilite.

Plazo

GES Aplicable
(Registrar N° de
Folio)

1 mes

1 mes

1 mes

17

23

¿Existen casilleros individuales separados en zonas independientes
para guardar la ropa contaminada separada de la ropa de
vestimenta habitual?

NO

¿Existen duchas con agua caliente y fría para el baño de los
trabajadores después de cada turno?

24

26

27

28

29

¿Se ha instruido al trabajador sobre medidas de higiene como el
lavado de manos antes de ingerir alimentos, solo fumar en lugares
autorizados y ducharse al final del turno?

¿Los metales y metaloides incluidos en el protocolo de metales
MINSAL que la empresa ha identificado, están incorporados a la
gestión de riesgo en el SGSST ?
¿Los metales y metaloides incluidos en el Protocolo de Metales
MINSAL que la empresa ha identificado, están incluidos en la matriz
de riesgos y en el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
?

En áreas con exposición a metales o metaloides donde se tengan
contratistas o subcontratistas ¿se les informó esta condición para
que gestionen el riesgo?

1 mes

NO

Se deberá disponer de duchas con agua fría y caliente para que los
trabajadores se bañen. Si se emplea un calentador de agua a gas para
las duchas, éste deberá estar siempre provisto de la chimenea de
descarga de los gases de combustión al exterior y será instalado fuera
del recinto de los servicios higiénicos en un lugar adecuadamente
ventilado.

1 mes

NO

El empleador debe hacerse cargo del lavado de la ropa de trabajo y
adoptar las medidas que impidan que el trabajador la saque del lugar
de trabajo.

1 mes

NO

Se debe instruir y controlar que el trabajador adquiera hábitos de
higiene mínimos tales como el lavado de manos y cara antes de ingerir
alimentos, ducharse al final del turno, mantención de uñas cortas y
limpias, retiro controlado de EPP y ropa de trabajo y, fumar solo en
lugares autorizados.

1 mes

NO

Incluir en el sistema de gestión las estrategias de control del riesgo por
exposición a metales/metaloides y mantener respaldo verificable de
estas acciones.

1 mes

NO

La matriz de riesgos y el Reglamento Interno debe incorporar los
metales y metaloides considerados en el Protocolo de Metales MINSAL
identificados, indicando sus riesgos, consecuencias para la salud y
medidas preventivas en los lugares de trabajo donde exista exposición a
ellos.

1 mes

¿El empleador se hace cargo del lavado de la ropa de trabajo?

25

Los trabajadores expuestos deberán tener 2 casilleros individuales,
separados e independientes, uno destinado a la ropa de trabajo y el
otro a la vestimenta habitual. Art.27 D.S. N°594

NO

Informar a las empresas contratistas y subcontratistas respecto a las
condiciones de exposición a metales en todas sus áreas de trabajo. Para
ello deberá basarse en las evaluaciones de exposición ocupacional
realizadas por el OAL, en caso de existir, y/o la caracterización del riesgo.

1 mes

18

¿El polvo y residuos producidos en los procesos y recuperado de
los sistemas de captación se realiza mediante procedimientos que
consideran la protección del trabajador?

NO

30

31

¿Existen señalizaciones sobre los riesgos y medidas preventivas por
exposición a metales y metaloides incluidos en el protocolo?

32

Si existen trabajadores expuestos a metales cancerígenos como As,
Cr+6 y/o Cd, ¿se encuentran incorporados en programa de
vigilancia de la salud?

NO

NO

Se debe elaborar un procedimiento que, al menos, contemple lo siguiente:
- Uso de elementos de protección personal de acuerdo a los riesgos de
los metales y metaloides como: Protección respiratoria, protección de la
piel y de los ojos.
- Medidas higiénicas y sanitarias de carácter personal como: cambio
de ropa, baño después de la intervención
- Medidas para evitar la dispersión como: humectación, aspiración,
recipientes o contenedores resistentes y herméticos que eviten
derrames o fugas.
- Los implementos utilizados (herramientas manuales, contenedores,
etc.) deberán ser exclusivas para las tareas con exposición o contar con
un procedimiento de limpieza seguro, para evitar la contaminación
cruzada.
En las áreas donde exista exposición a metales/metaloides se deben
instalar señalizaciones preventivas sobre el uso de elementos de
protección personal y advertencia de peligro.
Hacer el listado de trabajadores expuestos a arsénico, cromo+6 y/o
cadmio y solicitar a su organismo administrador el ingreso a programa de
vigilancia de salud.

1 mes

1 mes

Inmediata

19

Medidas de Protección Personal
¿En la realización de tareas con exposición directa a polvos y/o
humos metálicos, se dispone y se usan equipos de protección
respiratoria?.

NO

33

Se debe entregar protección respiratoria a los trabajadores
considerando, al menos, lo siguiente:
- Cuando exista exposición a metales/metaloides cancerígenos deberá
ser de uso permanente e independiente del nivel de riesgo.
- Cuando exista exposición humos y/o polvo conjuntamente con gases
o vapores, los filtros deberán ser mixtos; es decir, contra ambos
estados de los agentes.
- Cuando la exposición sea a polvos o humos los filtros deberán ser de
alta eficiencia, por ejemplo, N100 o P100.
- La protección respiratoria deberá tener el factor de protección que
se requiera según los niveles de concentración de los agentes
químicos presentes en el ambiente de trabajo y deberá
determinarse según lo establecido en la Guía Técnica de Selección y
Control de la Protección Respiratoria del Instituto de Salud Pública
(www.ispch.cl).

Plazo

GES Aplicable
(Registrar N° de
Folio)

Inmediata

¿Cuenta con un programa de protección respiratoria?

NO

34

¿Los trabajadores que utilizan protección respiratoria han sido
capacitados en su correcto uso, almacenamiento, mantención y
pruebas de ajuste?

NO

35

36

En caso de tener trabajadores expuestos a metales que tengan
efectos sobre la piel y/o los ojos, como el As, Mn y Hg, ¿Se les
entregan elementos de protección personal para la piel y ojos?

NO

Se debe elaborar un programa de protección respiratoria según lo
indicado en la Guía Técnica de Selección y Control de la Protección
Respiratoria del Instituto de Salud Pública (www.ispch.cl). Este programa
debe abarcar todos los agentes químicos de exposición ocupacional
presentes en el centro de trabajo.
El empleador deberá capacitar en forma teórica y práctica a sus
trabajadores en el correcto uso de los elementos de protección
personal (Art. 53 del D.S. N°594). En el caso particular de la protección
respiratoria deberá considerar en la capacitación instrucciones sobre el
correcto uso, limpieza y verificación de estado de hermeticidad en base
a lo indicado en la “Guía de Selección y Control de Protección
Respiratoria” del ISP.
Los trabajadores expuestos a metales que afectan la piel y/o los ojos,
además de la protección respiratoria correspondiente, deben utilizar
guantes, ropa que le cubra el cuerpo y cabeza y protección ocular. Art.
53 D.S.N°594.

Inmediata

Inmediata

Inmediata

20

V.- PRESCRIPCIONES COMPLEMENTARIAS

Plazo

Se debe Informar los resultados de esta evaluación a los trabajadores expuestos y si corresponde, al Comité Paritario, y Departamento de prevención de riesgos en un

37 plazo máximo de 10 días corridos, a contar de la fecha de recepción del informe.

Conforme al artículo 68° de la Ley N° 16.744, la implementación de las medidas prescritas por este organismo administrador es obligatoria, por lo que su

38 incumplimiento podrá ser sancionado con el recargo de su cotización adicional diferenciada, sin perjuicio de las demás sanciones que correspondan.

Porcentaje de Complimiento de medidas Técnica o Ingenieriles, Administrativas y de Protección
Personal:

Inmediata
Según lo indicado en prescripciones

0%

V.- CONCLUSIÓN
Existe exposición a <indicar que agentes>, en < nombre de áreas>, para los GES: <nombres de GES>.

Asesor OAL/ED

Representante Empresa

Primer apellido
Segundo apellido
RUT
E-mail
Fono
Firma

Primer apellido
Segundo apellido
RUT
E-mail
Fono
Firma
Fecha de la actividad

Fecha del informe

21

VI.- ANEXO 1: DETERMINACIÓN DE MEDIDAS DE CONTROL EN BASE AL MÉTODO CONTROL DE BANDA
La metodología utilizada para categorizar el riesgo y estimar el tipo de medidas de control que son aplicables está basada en la Nota Técnica N° 64 "Agentes Químicos:
Criterios Básicos para la Aplicación de Medidas de Control a través de la Evaluación Cualitativa Simplificada por Exposición Inhalatoria. Método de Control Banding" del ISPCh.
Esta metodología busca aplicar medidas de control para proteger en forma temprana la salud del trabajador.
La evaluación contempla los siguientes parámetros: Peligrosidad, Volatilidad o Pulverulencia y Cantidad. A continuación, se entrega una serie de tablas donde se les define
de acuerdo a lo indicado en la Nota Técnica N° 64 antes citada.
1.- Peligrocidad.
La peligrosidad de los agentes se clasifica en 5 categorías en función de las frases H, información que en general se encuentra en las Hojas de Datos de Seguridad de los
productos peligrosos. En la Tabla 1 se presentan las distintas categorías de peligros y sus correspondientes frases H.
Tabla 1.- Grupo de peligro en función de frase H
Rango de
Grupo de Peligro Tipo
Unidad
Concentración
Polvo

>1 a 10

mg/m3

Vapor

>50 a 500

ppm

Polvo

>0,1 a 1

Vapor

>5 a 50

mg/m3
ppm

Polvo

>0,01 a 0,1

mg/m3

Vapor

>0,5 a 5

ppm

Polvo

<0,01

mg/m3

Vapor
Polvo
Vapor

<0,5
---

ppm
mg/m3
ppm

A

B
C
D
E

Frase H
H303, H304, H305, H313,
H315, H316, H318, H319,
H320, H333, H336 y sin
frase H.

H302, H312, H332, H371
H301, H311, H314, H317,
H318, H331, H335, 370,
H373
H300, H310, H330, H351,
H360, H361, H362, H372

H334, H340, H341, H350

22

En la Tabla 2, para un grupo de compuestos que en su fórmula química incluyen los metales o el metaloide considerados en el Protocolo y que tienen definido un límite
permisible en el Decreto N° 594, se presentan el grupo de peligro que le corresponde al considerar, con criterio preventivo, la frase H
Tabla 2: Grupo de peligro de compuestos de metales/metaloides con limite permisible en DS 594
Compuesto
Frase H
Grupo peligro
Acido Crómico y Cromatos (expresado
como Cromo)

Cromato de potasio

Cromato de sodio

Oxido de cromo(VI)

H314 - Provoca quemaduras graves en la piel y lesiones oculares
graves
H350i - Puede provocar cáncer por inhalación
H412 - Nocivo para los organismos acuáticos, con efectos
nocivos duraderos
EUH208 - Contiene Cromo. Puede provocar una reacción
H315 - Provoca irritación cutánea
H317 - Puede provocar una reacción alérgica en la piel
H319 - Provoca irritación ocular grave
H335 - Puede irritar las vías respiratorias
H340 - Puede provocar defectos genéticos
H350i - Puede provocar cáncer por inhalación
H410 - Muy tóxico para los organismos acuáticos, con efectos
nocivos duraderos
H315 - Provoca irritación cutánea
H317 - Puede provocar una reacción alérgica en la piel
H319 - Provoca irritación ocular grave
H335 - Puede irritar las vías respiratorias
H340 - Puede provocar defectos genéticos
H350i - Puede provocar cáncer por inhalación
H410 - Muy tóxico para los organismos acuáticos, con efectos
nocivos duraderos
H330 Toxicidad aguda por inhalación - Polvos y nieblas Categoría
2
H334 Sensibilización respiratoria Categoría 1
H340 Mutagenicidad en células germinales Categoría 1B
H350 Carcinogenicidad Categoría 1A
H361f Toxicidad para la reproducción Categoría 2
H335 Toxicidad específica del órgano blanco - (única exposición)
Categoría 3
H372 Toxicidad específica del órgano blanco - (exposición

E

E

E

E

23

Manganeso Polvo y Compuestos de
manganeso
Cloruro de manganeso

Arsénico y Comp. Sol. (expresado como
As)

Cadmio (expresado como cadmio)

Cloruro de cadmio

Mercurio Vapor y Compuestos
Inorgánicos (expresado como Hg)

Acetato de fenil mercúrico

H302 + H332 - Nocivo en caso de ingestión o inhalación
H373 - Puede provocar daños en los órganos tras exposiciones
prolongadas o repetidas en caso de inhalación
H301 - Tóxico en caso de ingestión
H318 - Provoca lesiones oculares graves
H373 - Puede provocar daños en los órganos tras exposiciones
H350 - Puede provocar cáncer
H410 - Muy tóxico para los organismos acuáticos, con efectos
nocivos duraderos
H301 + H331 - Tóxico en caso de ingestión o inhalación
H333 Puede ser nocivo si se inhala.
H315 Provoca irritación cutánea.
H319 Provoca irritación ocular grave.
H350 Puede provocar cáncer.
H331 - Tóxico en caso de inhalación
H410 - Muy tóxico para los organismos acuáticos, con efectos
nocivos duraderos
H300 + H310 - Mortal en caso de ingestión o en contacto con la
piel
H330 - Mortal en caso de inhalación
H360D - Puede dañar al feto
H372 - Provoca daños en los órganos tras exposiciones
prolongadas o repetidas
H301 Tóxico en caso de ingestión
H314 Provoca quemaduras graves en la piel y lesiones oculares
graves
H372 Provoca daños en los órganos tras exposiciones
prolongadas o repetidas

Plomo - Polvo y Humos Inorgánicos (exp. H362 - Puede perjudicar a los niños alimentados con leche
materna
como Pb)
H372 - Provoca daños en los órganos tras exposiciones
prolongadas o repetidas
H360FD - Puede perjudicar a la fertilidad. Puede dañar al feto

C
C
E

E

E

D

D

D

24

Plomo, Cromato de (expresado como Cr) H350 Puede provocar cáncer.
H360Df Puede dañar al feto. Se sospecha que perjudica a la
fertilidad.
H373 Puede provocar daños en los órganos (Sangre, Sistema
nervioso central, Sistema inmunitario, Riñón) tras exposiciones
prolongadas o repetidas.

D

Como se observa en la Tabla 3 los compuestos se pueden representar, en cuanto a su grupo de peligro, por su metal o metaloide más tóxico, que forma parte de
su composición como se muestra en la Tabla 3.
Tabla 3: Grupos de peligros de los metales (metaloide)
Frase H
Metal/Metaloide
Grupo Peligro
Crítica
Arsénico
H350
E
Cromo+6

H350i

E

Cadmio

H350

E

Mercurio

H372

D

Manganeso

H373

C

Plomo

H372

D

2.- Volatilidad Peligrocidad o Pulverulencia.
La volatilidad o pulverulencia se clasifica en "Baja", "Media" o "Ata".
- Para determinar la volatilidad de los agentes líquidos, se utiliza el siguiente gráfico.

25

- Para los sólidos se tiene la clasificación en Tabla N° 4.
Tabla 4: Clasificación de la Pulverulencia de los sólidos
Media
Baja
Alta
Sólidos en forma de
Solidos granulares o cristalinos. Polvos finos y de baja densidad.
pellets que no tiene
Si bien se produce polvo
Durante su manipulación se
tendencia a romperse. durante su manipulación, este puede generar nubes de polvo que
Por ejemplo: Granzas sedimenta rápidamente,
permanecen en suspensión varios
o Pellets de PVC.
pudiéndose observar en las
minutos.
superficies colindantes.
Por ejemplo: polvo de cemento, polvo de
Por ejemplo: polvo de
harina, cal.
detergente.

Como en el caso de los sólidos la pulverulencia es una característica que no depende de la composición del compuesto si no que del tamaño de las partículas (humos, polvo o
pellet), con un análisis análogo al que se hizo para asignar los grupos de peligro, se pueden representar los compuestos en base al metal o metaloide crítico que está en su
fórmula, como se presenta en la Tabla 5.

26

Tabla 5: Volatilidad/Pulverulencia de los metales (metaloide)
Metal/Metaloide Volatilidad/Pulverulencia
Observación
Alta
Emisión de humos/polvo
Arsénico
Alta
Humos o neblina
Cromo+6
Alta
Emisión de humos/polvo
Cadmio
Mercurio

Baja

Temperatura de ebullición 356,7 °C

Manganeso
Plomo

Alta
Alta

Emisión de humos/polvo
Emisión de humos/polvo

3.- Cantidad
La cantidad de sustancia empleada se clasifica cualitativamente en pequeña, mediana o grande, de acuerdo a lo indicado en la Tabla 6.
Tabla 6: Clasificación de la Pulverulencia de los sólidos
Clasificación Cantidad
Cantidad Emitida
Pequeña
Gramos o mililitros
Mediana
Kilogramos o litros
Grande
Toneladas o metros cúbicos
Categoría de Riesgo.
La categoría de riesgo se clasifica en 4 grados en función de la Volatilidad o Pulverulencia y la Cantidad Emitida de acuerdo a lo presentado en Tabla 7.
Tabla 7: Volatilidad/Pulverulencia de los metales (metaloide)
Baja Pulverulencia

Media Pulverulencia

Alta Pulverulencia

Categoría de Riesgo

Gramos

Gramos

--

CR1 Sólido

Kilogramos y Toneladas

--

Gramos

CR2 Sólido

--

Kilogramos

Kilogramos

CR3 Sólido

-Baja Volatilidad

Toneladas
Media Volatilidad

Toneladas
Alta Volatilidad

Categoría de Riesgo

Mililitros

--

--

CR1 Líquido

CR4 Sólido

27

Litros y Metros Cúbicos
---

Mililitros
Litros y Metros
Cúbicos
--

Mililitros

CR2 Líquido

Litros

CR3 Líquido

Metros Cúbicos

CR4 Líquido

Tipo de control estimado.
En función del Grupo de Peligro en el cual está clasificado el Agente y la Categoría de Riesgo el método entrega una estimación del tipo de control requerido, .
Tabla 8: Estimación del tipo de control requerido
Categorías de Riesgo Estimado
Grupo de Peligro
A Sólido
A Líquido
B Sólido
B Líquido
C Sólido
C Líquido
D Sólido
D Líquido
E Sólido
E Líquido

CR1
MC1
MC1
MC1
MC1
MC1
MC1
MC2
MC2
MC4
MC4

CR2
MC1
MC1
MC1
MC1
MC2
MC2
MC3

MC3
MC4
MC4

CR3
MC1
MC1
MC2
MC2
MC3

MC3
MC4
MC4
MC4
MC4

CR4
MC2
MC2
MC3
MC2
MC4
MC3
MC4
MC4
MC4
MC4

En la Tabla 9 se entrega una descripción de los tipos de control considerados.



Tabla 9: Tipo de Medidas de Control
Tipo de Medida Eficacia Relativa
Medida de Control

1

Ventilación General

2

1

Control de Ingeniería Reducción 10 veces

Extracción localizada (y
gradualmente otras
medidas hasta encerramiento
parcial).

28

3

Encerramiento

Reducción 100
veces

Encerramiento del proceso

4

Especial

--

Se requiere el asesoramiento de
un experto

En la Tabla 10 se presenta el tipo de control estimado para los metales y el metaloide contemplados en el protocolo, en función de la peligrosidad y categorías de riesgo.

Metal
Metaloide
Arsénico
Cromo +6
Cadmio
Mercurio
Mercurio
Manganeso
Plomo
Plomo

Tabla 10: Tipo control para los metales y el metaloide
Grupo de
Categoría
Pulverulencia
Cantidad
Volatilidad
Peligro
Riesgo
E
E
E
D
D
C
D
D

No relevante
No relevante
No relevante
Baja
Baja
Alta
Alta
Alta

No relevante
No relevante
No relevante
Mililitros
Lts y m3
Gramos
Gramos
Kilogramos

No relevante
No relevante
No relevante
CR1
CR2
CR2
CR2
CR3

Tipo de Control
Especial
Especial
Especial
Control de Ingeniería
Encerramiento
Control de Ingeniería
Encerramiento
Especial

En los casos del arsénico, cromo+6 y cadmio, que están clasificados en el grupo de peligro E, por ser cancerígenos, no es importante la pulverulencia o cantidad de la emisión
porque en todos los casos el método indica que el tipo de control es especial y se requiere el asesoramiento de un experto.
En el caso del mercurio, grupo de peligro D, que además tiene una baja volatilidad, si la cantidad emitida es del orden de mililitros, como debe ocurrir en la mayoría de los
casos se requiere control de ingeniería basado en extracción localizada y encerramiento parcial del proceso. Si las cantidades emitidas son del orden de litros o metros
cúbicos el tipo de control que el método indica es encerramiento.
Para el manganeso, grupo de peligro C, pulverulencia alta y emisión del orden de gramos, condiciones que es razonable suponer se da en la mayoría de las exposiciones
laborales a este metal, el método indica control de ingeniería basado en extracción localizada y encerramiento parcial.
Para el Plomo, grupo de peligro D y pulverulencia alta, para emisiones del orden de gramos, como ocurre en la mayoría de los casos el tipo de control indicado es
encerramiento, pero si se da el caso de emisión en el orden de kilos el tipo de control debería ser especial y siendo necesaria la asesoría de un experto.

29

En resumen, el método de "Control Banding" aplicado a los metales y metaloides considerados en este Protocolo, indica que es necesario controlar las emisiones
mediante sistemas de extracción complementados con otras metodologías que deben ser definidas por especialistas de higiene. Las medidas de control ingenieril
entregadas en la presente evaluación, se han realizado tomando como referencia las fichas técnicas que publican el INSST en la página web https://www.insst.es/fcaqfichas-de-control-de-agentes-quimicos y de COSSH Essentials https://www.hse.gov.uk/coshh/essentials/index.htm

30

ANEXO N°66: Planilla de definición de EVAST/Metales y metaloides (y sus derivados)
ZONA IDENTIFICACION DE DOCUMENTO (zid)

NOMBRE DE CAMPO
CUV

DESCRIPCION
Código único de vigilancia para EVAST,
caracterizado por, Rut de la empresa evaluada, el
Rut del empleador principal donde se encuentra el
centro de trabajo y coordenadas georreferénciales.
Las coordenadas se deben obtener de la dirección
completa en caso de que esta exista, de lo
contrario de no existir ésta, utilizar la medición en
terreno desde la entrada del centro de trabajo.
Para abrir un CUV, este siempre se apertura solo
con un e-doc 51.

TAG
CUV

TIPO DE DATO
STCUV

Codigo del Organismo Administrador Código SISESAT del Organismo Administrador
Emisor
Emisor

Organismo

STOrganismo

Fecha Emision Documento
Electronico

Fecha_Emision

DateTime

Folio

Código Agente Riesgo

Fecha Emisión del Documento Electrónico enviado
por el Organismo Administrador

Valor que asigna OA al documento enviado, para su Folio
control interno. Dicho folio debe ser único para
cada documento y no replicables dentro del mismo
CUV.
Corresponde al agente de riesgo según el listado
Codigo_Agente_Riesgo
Europeo de Agentes de Riesgo:
Ver hoja Agentes R. Metales y Metaloides

STTexto

STCodigo_agente_enfermedad

VALIDACIONES/OBSERVACIONES

OPCIONALIDAD

Se genera para el mismo CUV, tantos e-doc s 51, como
Agentes de Riesgo se encuentren presente en el
Centro de Trabajo. Por cada Tipo Agente Riesgo nuevo
se generará un Tipo Documento =51 y se iniciará con
un ID =1 .
Se podra generar un nuevo e-doc 51 (ID=2), para un
riesgo determinado, si hubiere ocurrido alguno de los
siguientes casos:
a) Si el e-doc 51 existente tiene en campo "Presencia
peligro"= 2 (No)
b) Si en el CUV ya existe e-doc 51 para un Riesgo
especifico y posteriormente han remitido cualquiera
de los siguientes e-docs: 56, y 59 para ese mismo
riesgo.
c) Se exceptua de a) y b) cuando Origen= 2 o 3

I

1

IE

1

I

1

I

1

IE

2

Validación de Fecha
Fecha_Emision<= FechaRecepcionPlataformaEVAST
(esta fecha recepción, es manjeada internamente por
la plataforma SUSESO)
Los Folios de los documento electrónicos deben ser
únicos dentro de cada CUV y Agente de Riesgo.

Chequeo de Lista de Agentes de Riesgo de Metales y
Metaloides serán considerados en hoja: "Agentes R.
Metales y Meta"

1

Tipo Documento

Corresponde al tipo de documento que se envía,
según el Modelo Operativo Estándar de EVAST.

Tipo_Documento

STTipoDocto

50 Edición de CUV
51 Identificación de Peligro
56 Eliminación de Peligro
59 Cierre Centro Trabajo
61 Evaluación Cualitativa
62 Evaluación Cuantitativa
64 Listado Trabajadores GES
66 Prescripción de medidas
67 Verificación de medidas
68 Notificación Autoridad
69 Eliminación GES
70 Reapertura de GES
71 Vigilancia de Efecto
72 Vigilancia de Exposición
79 Trabajador No Evaluado
ID Documento

Tipo Documento Asociado

Código de identificación asignado por OA,
perteneciente a un tipo documento enviado a
SUSESO. Se deberá asignar un numero correlativo,
incremental para cada documento, por tipo de
documento, partiendo en 1, al interior de un
expediente CUV.

ID_Documento

Corresponde al tipo de documento (STTipoDocto)
que genera o da origen al documento que se está
enviando, de acuerdo a reglas definidas por el flujo
de documentos del Modelo Operativo Estándar de
EVAST, pero al mismo tiempo considerando la
activación de e-doc de acuerdo a cada Vigilancia en
particular.

Tipo_Documento_Asociado

IE

2

I

1

IE

2

I

2

PositiveInteger

STTipoDocto

Como regla de asociación y validación entre
documentos, se debe considerar que un e-doc enviado
siempre debe estar asociado a un tipo documento
asociado, el último remitido que corresponda.
Es de responsabilidad del OA colocar el "Tipo
documento asociado" y el "ID documento asociado".
El sistema validará, la existencia, dentro del CUV, de
tal e-doc, para dicho Agente de Riesgo; esto es, la
existencia de: CUV+ARiesgo+FGes+ Tipo Docto Asoc+
ID Tipo Docto asociado .

ID Documento Asociado

Es el número (ID_Documento) asignado al
documento que genera o da origen al documento
que se está enviando y relacionado al tipo de
documento asociado(Numero asignado por el
OAL).

ID_Documento_Asociada

Corresponde a campo obligatorio excepto cuando
tipo_documento = 51 y abre CUV.
El ID Documento asociado debe existir, debe ser
válido, para ese Tipo Documento.

2

CT RESPONSABLE OA

Rut Responsable
Apellido Paterno Responsable
Apellido Materno Responsable
Nombres Responsable
Responsable Correo Profesional

Corresponde al profesional responsable del OAL
que realiza el levantamiento de información de
cada documento.(prevencionista, higienista,
medico, etc..).
Complex Type que incluye Rut, Nombres, Apellido
paterno, Apellidos materno, Correo Electrónico
Corresponde al RUT del responsable del OA

CTResponsableOA

Rut_Profesional_OA

Corresponde al apellido paterno del responsable
del OA

Apellidopat_Profesional_OA

Corresponde al apellido materno del responsable
del OA

Apellidomat_Profesional_OA

Corresponde a los nombres del responsable del OA

Nombres_Profesional_OA

PositiveInteger

CTResponsableOA

Expresion regular "[0-9]{1,8}-([0-9]|K)"
Modulo 11

I

1

I

1

I

1

I

1

I

1

I

1

STRut
STTexto
STTexto

Corresponde al correo electrónico del responsable
del OA

Correo_Profesional_OA

STTexto

NOMBRE DE CAMPO

DESCRIPCION

TAG

TIPO DE DATO

Rut Empleador

Corresponde a Rut empresa evaluada por el
Organismo Administrador

Rut_Empleador

STRut

Corresponde a nombre de la razón social, empresa
evaluada (No al nombre de fantasía).

Razon_Social

Segun expresion regular

ZONA EMPLEADOR (zem)

Razón Social

CT DIRECCION EMPLEADOR
Tipo Calle

Nombre Calle

Numero

DireccionEmpleador
Se refiere al tipo de calle correspondiente a la
dirección de la casa matriz.
1=Avenida
2=Calle
3=Pasaje

Tipo_Calle

Corresponde al nombre de la calle correspondiente
a la dirección de la casa matriz.

Nombre_calle

Corresponde al número correspondiente a la
dirección de la casa matriz. Si la calle, avenida o
pasaje no tiene número, debe ponerse "0".

Numero

VALIDACIONES/OBSERVACIONES
Expresion regular "[0-9]{1,8}-([0-9]|K)"
Modulo 11

OPCIONALIDAD

I

1

I

1

I

1

I

1

I

1

I

1

STTexto

CTDireccionEmpleador
STTipoCalle

STTexto

STTexto

3

Resto Dirección

Corresponde otros datos que orienten a la
dirección de la casa matriz. Si no hay mas datos,
puede dejarse en blanco.
Corresponde a la localidad correspondiente a la
dirección de la casa matriz. Si no se ubica en una
localidad, este campo puede dejarse en blanco.
Corresponde al código de la comuna
correspondiente a la dirección de la casa matriz.

Resto_Direccion

Corresponde al código CIIU de Empleador evaluado
de acuerdo a CIIU.CL

CIIU_Empleador_Evaluado

CIIU Texto o Giro Empleador
evaluado

Descripción CIIU coloquial Texto o Giro del
Empleador Evaluado

CIIU_Giro_Empleador_Evaluado

Carácter Organización

Naturaleza publica privada de la empresa
1 = Publica
2= Privada
3= Independiente
Total trabajadores propios empresa evaluada

Caracter Organización

Localidad

Comuna

Código CIIU Empleador Evaluado

N° Total Trabajadores Propios

Numero Trabajadores Hombres

Numero Trabajadores Mujer

Reglamento de Higiene y Seguridad

Reglamento de Higiene y Seguridad
incorpora agente de riesgo

Reglamento de Orden Higiene y
Seguridad

Total trabajadores hombres empresa evaluada

Total trabajadores mujer empresa evaluada

Existe Reglamento interno de Higiene y Seguridad
1=si
2=no
3= no corresponde
Reglamento de Higiene y Seguridad incorpora
Agente de Riesgo
1=si
2=no
3= no corresponde
Reglamento de Orden Higiene y Seguridad
1=si
2=no
3= no corresponde

Localidad

Comuna

n_Trabajadores_Propios

n_Trabajadores_Hombre

n_Trabajadores_Mujer

Reglam_Hig_Seg

Reglam_Hig_Seg _Agen_Ries

Reglam_Ord_Seg

String
I

3

I

3

I

1

IE

1

I

1

IE

1

I

1

I

1

I

1

IE

3

IE

3

IE

3

String

STCodigo_comuna

STCIIU

CIIU.CL

STTexto

STPropiedad_empresa

positiveInteger

nonegativeInteger

nonegativeInteger

>=1,
n_trabajadores_propios = n_trabajadores_hombre +
n_trabajadores_mujer
>=0

>=0

STSiNoNc

STSiNoNc

Si campo ="Reglam_Hig_Seg "=1, este campo es
obligatorio

STSiNoNc

4

Reglamento de Orden Higiene y
Seguridad incorpora Agente de
riesgo

Depto. Prevención Riesgos

Reglamento de Orden Higiene y Seguridad
incorpora Agente de riesgo
1=si
2=no
3= no corresponde
Depto. Prevención Riesgos. Para las empresas
según el tamaño y actividad económica que
establece la normativa. No corresponde (Nc) se
utiliza cuando la norma no es aplicable a la
empresa. En el caso que no le sea exigible a la
empresa y esta lo presenta, entonces respuesta es
1=SI.
1=Si
2=No
3=Nc

Reglam_Ord_Seg _Agen_Ries

DESCRIPCION

TAG

Depto_Prev_Riesgos

STSiNoNc

Si campo ="Reglam_Ord_Seg "=1, este campo es
obligatorio
IE

3

IE

3

STSiNoNc

ZONA CENTRO DE TRABAJO (zct)
NOMBRE DE CAMPO

TIPO DE DATO

OPCIONALIDAD
VALIDACIONES/OBSERVACIONES

Estado Centro Trabajo

1= Activo
2= Caduco

Estado_Centro_ Trabajo

STEstadoCentroTrabajo

Cuando este campo “Estado Centro Trabajo” presenta
opción 2= Caduco, los siguientes campos no son
obligatorios:
Zona datos cierre: Fecha Cierre;
Zona Empleador: Resto Dirección, Localidad, Carácter
Organización, Numero Trabajadores Hombres,
Numero Trabajadores Mujer, Reglamento de Higiene y
Seguridad, Reglamento de Higiene y Seguridad
incorpora agente de riesgo, Reglamento de Orden
Higiene y Seguridad, Reglamento de Orden Higiene y
Seguridad incorpora Agente de riesgo, Depto.
Prevención Riesgos; Zona Centro de trabajo: Tipo
Empresa, Resto dirección, Localidad, Descripción
Actividad Centro Trabajo, N° Total Trabajadores CT, N°
Trabajadores Hombres CT, N° Trabajadores Mujer CT,
Comité Paritario Constituido, Experto Prevención
Riesgos, Experto Prevención Riesgos-Horas Semana
dedicación al CT, Fecha Inicio Centro Trabajo, Centro
de trabajo con fecha de cierre conocida, Fecha
Término Centro Trabajo.

I

1

5

Rut Empleador Principal

Nombre Empleador Principal

Correlativo Proyecto/contrato

Nombre Centro de Trabajo

Tipo Empresa

CTCentro Trabajo geolocalizacion

Rut Empleador Principal (el que Contrata,
Subcontrata, etc.). Puede corresponder a la misma
empresa evaluada o bien a una mandante que
contrata o subcontrata. Se considera a rut
empleador principal a la empresa dueña del lugar
donde está prestando servicios el empleador
evaluado.
Corresponde al nombre asociado al Rut del campo
anterior, empresa dueña del lugar donde está
prestando servicios el empleador evaluado.
Corresponde al número correlativo que se le asigna
a un contrato/proyecto que se encuentran en un
mismo centro de trabajo. sirve para diferenciar los
proyectos existentes en un mismo centro de
trabajo.
Este campo será de responsabilidad de uso de los
organismos administradores. Dado que la
plataforma SUSESO/EVAST no generará CUV
diferentes para proyectos diferentes que se
encuentren en el mismo centro de trabajo y
coincidan con los cuatro criterios, el organismo
administrador o empresas con administración
delegada deberán indicar con un correlativo
secuencial ascendente en el campo “Correlativo
Proyecto/contrato” cada proyecto existente dentro
de ese mismo CUV.
Nombre que le asigna la empresa evaluada, al
centro de trabajo donde se desempeñan los
trabajadores evaluados
Rol que ejerce la empresa evaluada en el centro de
trabajo:
1=Principal
2=Contratista
3=SubContratista
4= Servicios Transitorios

Rut_Empleador_Principal

CT Geolocalizacion se refiere a la ubicación
geográfica del CT (coordenadas: Latitud, Longitud).
Su obtención corresponde a la referencia gmaps de
acuerdo a la dirección. En caso de no contar con
dirección, medida en el acceso principal del centro
de trabajo. Ej. latitud: -33.4404190, longitud: 70.6564402

Geolocalizacion

Nombre_Empleador_ Principal

Correlativo_Proyecto_contrato

Nombre_Centro_Trabajo

Tipo_Empresa

STRut

Expresion regular "[0-9]{1,8}-([0-9]|K)"
Modulo 11
I

1

I

1

I

3

I

1

IE

2

I

1

STTexto

PositiveInteger

STTexto

STTipo_empresa

CTGeolocalizacion

Si campo "estado centro trabajo" es = 1, campo
obligatorio

N° decimal, positivo o negativo, compuesto por 2
enteros y 7 decimales
Ej. latitud: -33.4404190
longitud: -70.6564402
Para efecto de la creación del CUV, considera hasta 6
decimales, tanto en la Latitud como en la Longitud.

6

X (Latitud)

Y (Longitud)

CT DIRECCION CENTRO TRABAJO

Tipo calle

Nombre calle

Numero

Resto dirección

Localidad

Comuna

Se refiere a la coordenada de latitud
correspondiente a la geolocalización o ubicación
geográfica del CT. Su obtención corresponde a la
referencia gmaps de acuerdo a la dirección de
dicho CT. En caso de no contar con dirección, esta
se debe obtener en la ubicación del acceso
principal del centro de trabajo. Ej. latitud: 33.4404192
Con detalle de 7 decimales.

Geo_Latitud

Se refiere a la coordenada de longitud
correspondiente a la geolocalización o ubicación
geográfica del CT. Su obtención corresponde a la
referencia gmaps de acuerdo a la dirección de
dicho CT. En caso de no contar con dirección, esta
se debe obtener en la ubicación del acceso
principal del centro de trabajo. Ej. longitud: 70.6564402 Con detalle de 7 decimales.
La dirección del CT, corresponderá a al lugar donde
se encuentran los trabajadores evaluados. Dicho
lugar es la dirección de la empresa dueña de las
dependencias.
Complex Type que incluye Tipo Calle, nombre calle,
numero, resto dirección, localidad, comuna y resto
dirección y que se detallan a continuación

Geo_Longitud

Se refiere al tipo de calle correspondiente a la
dirección del centro de trabajo evaluado
1=Avenida
2=Calle
3=Pasaje
Corresponde al nombre de la calle de la dirección
del centro de trabajo evaluado

Tipo_Calle_ct

Corresponde al número de la dirección del CT
evaluado. Si la calle, avenida o pasaje no tiene
número, debe ponerse "0".
Corresponde otros datos que orienten a la
dirección del centro de trabajo evaluado. Si no hay
más datos, puede dejarse en blanco.
Corresponde a la localidad de la dirección del
centro de trabajo evaluado. Si no se ubica en una
localidad, este campo puede dejarse en blanco.
Corresponde al código de la comuna de la
dirección del centro de trabajo evaluado.

Numero_ct

DireccionCentroTrabajo

Nombre_Calle_ct

Resto_Direccion_ct

Localidad_ct

Comuna_ct

STCoordenada

STCoordenada

N° decimal, positivo o negativo, compuesto por 2
enteros y 7 decimales
Ej. latitud: -33.4404192
Por expresion regular.
Para efecto de la creación del CUV, considera hasta 6
decimales, tanto en la Latitud como en la Longitud.

N° decimal, positivo o negativo, compuesto por 3
(tres) enteros y 7 decimales
Ej. longitud: -70.6564402.
Por expresion regular.
Para efecto de la creación del CUV, considera hasta 6
decimales, tanto en la Latitud como en la Longitud.

I

1

I

1

I

1

I

1

I

1

I

1

I

3

I

3

IE

1

CTDireccionCentroTrabajo

STTipoCalle

STTexto

STTexto

String

String

STCodigo_comuna

7

CIIU

CIIU

CIIU

STCIIU

N° Total Trabajadores CT

Número Total Trabajadores en el Centro de
Trabajo del Empleador Evaluado.

n_Trabajadores_Propios_ct

PositiveInteger

N° Trabajadores Hombres CT

N° Trabajadores Mujer CT

Comité Paritario Constituido

Experto Prevencion Riesgos

Experto Prevención Riesgos-Horas
Semana dedicacion al CT

Fecha Inicio Centro Trabajo

Centro de trabajo con fecha de
cierre conocida

Número de Trabajadores Hombres en el Centro de
Trabajo del Empleador Evaluado.

n_Trabajadores_Hombre_ct

Número de Trabajadores Mujeres en el Centro de
Trabaja de la Empresa Evaluada

n_Trabajadores_Mujer_ct

nonegativeInteger

nonegativeInteger

¿La empresa evaluada cuenta con un Comité
Com_Par_Constituido
paritario constituido en el centro de trabajo o está
representada en un comité constituido en la faena?
1=SI
2=NO
3=No Corresponde

STSiNoNc

¿Cuenta con Experto en Prevención Riesgos en el
centro de trabajo?
Experto en Prevención Riesgos
1=SI (propio o facilitado por mandante)
2= No

Experto_Prevencion_Riesgos

STSiNo

Dedicación del experto en prevención de riesgos al
centro de trabajo medida en horas/semana.

Horas_Semana_Dedica_CT

Fecha de Inicio de actividades en el CT o fecha de
inicio de faena (la más reciente de ellas). Si se
desconoce el día y el mes debe registrar al menos
el año de inicio faena.

Fecha_Inicio_CT

Tiene fecha termino de cierre del CT o de contrato,
actividad o faena.
1=SI
2=NO

Tiene_Fech_Term

PositiveInteger

Date

I

1

I

2

I

2

I

2

IE

3

IE

3

Obligatorio, cuando el campo:"Experto Prevencion
Riesgos" =1
Si campo "estado centro trabajo" es = 1, campo
obligatorio

I

3

Validaciones de Fecha
Fecha_Inicio_CT<=Fecha_Termino
Fecha_Inicio_CT<=FechaRecepcionPlataformaEVAST
Formato Fecha: 2016-01-01
Si campo "estado centro trabajo" es = 1, campo
obligatorio

I

3

IE

3

>=1,
n_trabajadores_propios_ct =
n_trabajadores_hombre_ct +
n_trabajadores_mujer_ct
Si campo "estado centro trabajo" es = 1, campo
obligatorio
>=0
Si campo "estado centro trabajo" es = 1, campo
obligatorio
>=0
Si campo "estado centro trabajo" es = 1, campo
obligatorio
Si campo "estado centro trabajo" es = 1, campo
obligatorio

Si campo "estado centro trabajo" es = 1, campo
obligatorio

STSiNo

8

Fecha Término Centro Trabajo

Fecha termino de cierre del CT, o de contrato,
actividad o faena. Si se desconoce el día y el mes
debe registrar al menos el año de término de
faena.

Fecha_Termino_CT

DESCRIPCION

TAG

Date

Obligatorio si campo "Tiene_Fech_Term" =1
Validaciones de Fecha
Fecha_Inicio_CT<=Fecha_Termino
Formato Fecha: 2016-01-01

I

3

ZONA PRESENCIA PELIGRO (zpp)
NOMBRE DE CAMPO

TIPO DE DATO

OPCIONALIDAD
VALIDACIONES/OBSERVACIONES

CTPresencia Peligro

Corresponde a un complex type que contiene:
"Presencia peligro", "Fecha detección riesgo"

Presencia_Peligro

CTPresenciaPeligro

Presencia peligro

Identifica si el peligro se encuentra presente
1=Si
2=No

Presencia_Peligro

STSiNo

"La fecha de detección, corresponde a la de la
identificación inicial del agente de riesgo evaluado.
Si campo ""Origen"" = 1 colocar ""Fecha detección
de Peligro""
Si campo ""Origen"" = 2 o 3, colocar la fecha de la
declaración de accidente o enfermedad
Si campo ""Origen"" = 6, ""Fecha del IPER"", Fecha
de inicio del proceso de IPER"

Fecha_Deteccion_Peligro

Fecha Detección Peligro

Date

Si campo, estado centro trabajo 2=caduco, campo
presencia peligro =2

IE

1

I

1

Validaciones de Fecha,
FechaRecepcionPlataformaEVAST>=Fecha_Deteccion_
Peligro
Formato Fecha: 2016-01-01
Cuando este campo registre fecha 2017, los siguientes
campos son opcionales:
Zona datos cierre: Fecha Cierre; Zona Empleador:
Resto Dirección, Localidad, Carácter Organización,
Numero Trabajadores Hombres, Numero Trabajadores
Mujer, Reglamento de Higiene y Seguridad,
Reglamento de Higiene y Seguridad incorpora agente
de riesgo, Reglamento de Orden Higiene y Seguridad,
Reglamento de Orden Higiene y Seguridad incorpora
Agente de riesgo, Depto. Prevención Riesgos; Zona
Centro de trabajo: Tipo Empresa, Resto dirección,
Localidad, Descripción Actividad Centro Trabajo, N°
Total Trabajadores CT, N° Trabajadores Hombres CT,
N° Trabajadores Mujer CT, Comité Paritario
Constituido, Experto Prevención Riesgos, Experto
Prevención Riesgos-Horas Semana dedicación al CT,
Fecha Inicio Centro Trabajo, Centro de trabajo con
fecha de cierre conocida, Fecha Término Centro
Trabajo.

9

Origen

Origen. Considerar:
Origen= 1 En implementación del protocolo
Metales y Metaloides en EVAST
Origen= 2, Enfermedad Profesional por Metales Y
Metaloides
Origen= 3, En caso de fatal por Agente Riesgos
Metales Y Metaloides
Origen= 6, en caso de haber identificado alguno de
los agentes de metales y metaloides en IPER
1= EVAST
2= SIATEP
3= RALF
6= IPER

Presencia_Peligro

Código Causa Accidente

Código de Causa asociado al accidente grave o fatal
que utiliza SISESAT-RALF.

Codigo_Causa_Accidente

STCodigo_causa_accidente

Si campo "Origen"=3 (se llena este campo)

Código Causa Enfermedad

Código de causa enfermedad que utiliza SISESATSIATEP.

Codigo_causa_enfermedad

STCodigo_causa_enfermedad

Si campo "Origen"=2 (se llena este campo)

CUN de expediente del Caso

CUN

STCUN

TAG

TIPO DE DATO

CUN

STSiNo

Si campo "Origen"<>1 llenar campos siguientes de esta
zona
Si en campo "Origen” <>1, se dejaran opcionales de
completitud los siguientes campos:
a. Zona centro trabajo:
Reglamento de Higiene y Seguridad, Reglamento de
Higiene y Seguridad incorpora agente de riesgo,
Reglamento de Orden Higiene y Seguridad,
Reglamento de Orden Higiene y Seguridad incorpora
Agente de riesgo, Depto. Prevención Riesgos, Fecha
Inicio Centro Trabajo.

Si campo "Origen"=2 o 3 (se llena este campo)

IE

1

IE

2

IE

2

I

2

ZONA GRUPO EXPOSICION SIMILAR (zges)
NOMBRE DE CAMPO

DESCRIPCION

VALIDACIONES/OBSERVACIONES
Folio GES

CTDefinicionGES

Nombre GES

Numero secuencial, incremental, asignado por el
Organismo Administrador del Seguro de la Ley
16.744, que designa al GES y el que se debe
mantener cada vez que se referencia a ese GES en
los distintos documentos.

Corresponde a la caracterización del GES,
compuesta por: Nombre GES, Área Trabajo GES,
Proceso GES, Tarea GES, Cargos (s) GES y número
de trabajadores GES.
Nombre asignado por el organismo administrador
al Grupo de Exposición Similar. Este nombre GES
tiene que estar en conocimiento del empleador.

Folio_GES

Definicion_GES

Nombre_GES

PositiveInteger

La secuencia de e-doc definida por el documento de
interacción cuyas validaciones están descritas en esta
Planilla, en Tipo Docto+Id Docto y Tipo Docto+Id Docto
asociados, son aplicables por GES. Considerar que cada
GES se identifica de manera única con el campo “Folio
GES”. Dicho de otra manera, al llegar un nuevo e-doc,
CUV+Agente Riesgo+Tipo Documento+ID Documento+
Folio GES, su e-doc asociado deberá ser el último
recepcionado y que le corresponda por secuencia,
manteniendo dicho “Folio GES”. Entiendase ultimo
recepcionado aquel cuya fecha
"FechaRecepcionPlataformaEVAST" sea la mas
reciente.

OPCIONALID
AD

I

1

I

1

I

1

CTDefinicionGES

STtexto

10

Area Trabajo GES

Proceso GES

Tarea GES

Cargos Empresa GES

El área de trabajo es un atributo del grupo de
exposición similar, da cuenta del lugar y de una
referencia espacial del área en la cual se
desempeña el GES.
El proceso es un atributo del grupo de exposición
similar, asignado por el organismo administrador
en concordancia con la designación que la empresa
le atribuye al proceso operacional evaluado. Se
debe registrar además maquinaria o equipo
utilizado, según corresponda.
La tarea es un atributo del grupo de exposición
similar que nombra la (s) actividad (es) que ejecuta
el grupo de exposición similar y se deben registrar
separados por coma",".
Cargo (s) contractual (es) u operativo denominado
por la empresa.

Número Trabajadores GES

Area_Trabajo_GES

Proceso_GES

Tarea_GES

Cargo_Empresa_GES

N° de total trabajadores expuestos al agente
evaluado, en el momento de la evaluación
ambiental
ZONA CARACTERIZACION CUALITATIVA (zcq)

Numero_Trabajadores_GES

NOMBRE DE CAMPO

TAG

DESCRIPCION

STtexto
I

1

I

1

I

1

I

1

I

1

STtexto

STtexto

STtexto

nonegativeInteger

>=1

TIPO DE DATO

OPCIONALIDAD
VALIDACIONES/OBSERVACIONES

Fecha Evaluacion_Q

Representativo GES

Valor Representativo GES

Unidad Medida

Fecha Evaluación

Fecha_Evaluacion_Cualitativa_Q

Representativo GES
1= SI
2= No

Representativo_GES

Corresponde a valor numérico representativo del
GES cualificado, si este valor existe. (Generalmente
corresponde al respectivo valor más alto, para el
GES, bien pudiera ser otro dependiendo de Agente
de Riesgo de que se trate.

Valor_Representativo_GES

Corresponde a la Unidad en la que se expresa el
valor representativo GES.
Lista de Unidad de medida de valoración de
ambiente. Ver Anexo.

Unidad_Medida

Date

Validaciones de Fecha
Ultima_Evaluacion_Q<=
FechaRecepcionPlataformaEVAST
Formato Fecha: 2016-01-01

I

1

I

1

I

2

I

2

STSiNo

STtexto

STUnidadMedida

Si Representativo GES =1
Llenar este campo
Sino
No llenar este campo

Si Representativo GES =1
Lenar este campo
Sino
No llenar este campo

11

Fecha Entrega Informe Empresa_Q

Fecha entrega de informe resultado a empresa
evaluada

Fecha_Entrega_Informe_Empresa_
Q

Date

Validaciones de Fecha
Fecha_Entrega_Informe_Empresa_Q<=
FechaRecepcionPlataformaEVAST
Formato Fecha: 2016-01-01

I

1

Fecha Entrega Informe Empresa_Q>=Fecha
Evaluacion_Q
ZONA EVALUACION AMBIENTAL (zea) ( Cualitativa)
NOMBRE DE CAMPO

DESCRIPCION

TAG

TIPO DE DATO

OPCIONALIDAD
VALIDACIONES/OBSERVACIONES

Nivel Riesgo GES

Nivel Riesgo GES

Nivel_Riesgo_GES

CTNivel_Riesgo_Q
CTNivel_Riesgo_C

Para Metales y Metaloides no llenar este campo
Grado de exposición GES
/Categorización del riesgo

Ingreso Vigilancia Salud

Grado Exposición GES/ categorización
Para EVAST/Metales y Metaloides: Los resultados
de la aplicación de la metodología control banding,
registrar:
1=CR 1 Solido
2=CR 2 Solido
3=CR 3 Solido
4=CR 4 Solido
5=CR 1 Liquido
6=CR 2 Liquido
7=CR 3 Liquido
8=CR 4 Liquido

Grado_Exposicion_GES

Establece si el Grupo de Exposición evaluado
ingresa a programa de vigilancia de salud.
Cuando los agentes de riesgos tienen clasificación
IARC= A1 y A2 ingresan a vigilancia de salud por la
sola presencia del agente de riesgo
Los otros Metales y Metaloides y derivados están
sujetos a la Evaluación Cuantitativa.
1=Si
2=No
3= En esperan de Evaluación Cuantitativa

Ingreso_Vigilancia_Salud_GES

CTGrado_Exposicion_Q
CTGrado_Exposicion_C

STSiNo

I

3

I

3

I

1

Se debe ajustar en EVAST/Mínimo el nombre del
campo agregando "/Categorización del Riesgo"

La opción 3 se debe actualizar en EVAST/Mínimo

12

ZONA MEDICION CUANTITATIVA (zmc)
NOMBRE DE CAMPO

DESCRIPCION

TAG

TIPO DE DATO

VALIDACIONES

Fecha Evaluacion_C

Fecha Evaluación

Fecha_Evaluacion_C

Date

Validaciones de Fecha
Ultima_Evaluacion_C<=
FechaRecepcionPlataformaEVAST
Formato Fecha: 2016-01-01

Fecha Entrega Informe Empresa_C

Fecha entrega de informe resultado a empresa

Fecha_Entrega_Informe_Empresa_
C

Date

OPCIONALIDAD

I

1

I

1

I

1

I

3

I

3

I

3

Validaciones de Fecha
Fecha_Entrega_Informe_Empresa_Q<=
FechaRecepcionPlataformaEVAST
Formato Fecha: 2016-01-01
Fecha Entrega Informe Empresa_C>=Fecha
Evaluacion_C

CT MUESTREO

Valor Bajo Limite Detección

Valor resultado muestra

Unidad Medida

En este complex se colocan las n veces que
representan la cantidad de las muestras realizadas
para determinar concentración del Agente de
Riesgo de un GES. Contempla los campos:
Valor bajo límite de detección, valor resultado
muestra, Unidad Medida, Código Muestreo

Muestreo

Si: corresponde a resultado bajo el límite de
detección analítica
No: corresponde a resultado detectado sobre el
límite de detección analítica:
1=Si
2=No

Muestreo_Bajo_Limite_Deteccion

Corresponde al valor numérico Decimal, que
resulta de la evaluación de un puesto de trabajo
(con uno o más filtros, por ejemplo), según
corresponda, debe registrarse como mínimo de 1
entero y 2 decimales con aproximación.

Muestreo _Resultado_Medicion

Corresponde a la Unidad de medida en la que se
expresa el Valor resultado de la muestra, de la
medición ambiental.
Lista de Unidad de medida de la Evaluación
Ambiental Cuantitativa

Unidad_Medida

CTMuestreo

STSiNo

Decimal

Si campo: "Muestreo_BajoLimite_Deteccion"=2, este
campo es obligatorio
Este valor se debe registrar con un minimo de 2
decimales con aproximación.

STUnidadMedida

Si campo: "Muestreo_BajoLimite_Deteccion"=2, este
campo es obligatorio
Este valor se debe registrar con un mínimo de 2
decimales con aproximación.

13

Codigo Muestreo

Valor Representativo GES

Unidad Medida

Limite Permisible Ponderado

Unidad Medida

Corresponde al número de serie de el o los
Códigos, elementos utilizados para muestreo
(filtros) (n) utilizados para evaluación de
concentración de un agente de riesgo para un
determinado GES. En caso de ser más de 1 se
separan con (-) ej: codigo1-codigo2 - codigo3…

Codigo_Muestreo

Corresponde al valor numérico de la muestra que
resulta representativo del GES evaluado.
(Generalmente corresponde al respectivo
resultado más alto, de las mediciones de muestreo
para el GES, bien pudiera ser otro dependiendo de
Agente de Riesgo de que se trate)

Valor_Resultado_Representativo_G
ES

Corresponde a la Unidad Medida del Valor
Representativo GES
Lista de Unidad de medida de la Evaluación
Ambiental Cuantitativa

Unidad_Medida

Valor del límite permisible utilizado según D.S.
N°594. Si es un valor ajustado distinto al del valor
estándar (en Sílice, por ejemplo: 0,08 mg/m3),
debe registrarse el LPP ajustado según tiempo de
exposición y altura.

Limite _permisible_Ponderado

Corresponde a la Unidad de medida en la que se
expresa el Limite Permisible Ponderado
Lista de Unidad de medida de la Evaluación
Ambiental Cuantitativa

Unidad_Medida

STTexto

Decimal

I

3

I

3

I

3

I

3

I

3

Este valor se debe registrar con un mínimo de 2
decimales con aproximación.

STUnidadMedida

Decimal

Este valor se debe registrarse con un mínimo de 2
decimales con aproximación.

STUnidadMedida

ZONA EVALUACION AMBIENTAL (zea) (Cuantitativa)
NOMBRE DE CAMPO

DESCRIPCION

TAG

TIPO DE DATO

Nivel Riesgo GES

Nivel Riesgo GES
0=Nivel de Riesgo 0
1=Nivel de Riesgo 1
2=Nivel de Riesgo 2
3=Nivel de Riesgo 3
4=Nivel de Riesgo 4

Nivel_Riesgo_GES

CTNivel_Riesgo_C

Grado Exposición GES

Grado_Exposicion_GES

Grado Exposición GES

Para Metales y Metaloides no llenar este campo

VALIDACIONES/OBSERVACIONES

OPCIONALIDAD
Estos niveles de Riesgo se deben ajustar en
EVAST/Minimo, quedando así:
0=Nivel de Riesgo 0
1=Nivel de Riesgo 1
2=Nivel de Riesgo 2
3=Nivel de Riesgo 3
4=Nivel de Riesgo 4

I

3

I

3

CTGrado_Exposicion_C

14

Ingreso Vigilancia Salud

ZONA LISTADO TRABAJADORES
(zlt)
NOMBRE DE CAMPO

Establece si el Grupo de Exposición evaluado
ingresa a programa de vigilancia de salud
1=Si
2=No

Ingreso_Vigilancia_Salud_GES

DESCRIPCION

TAG

STSiNo
I

TIPO DE DATO

1

OPCIONALIDAD
VALIDACIONES/OBSERVACIONES

Fecha Listado

Fecha Listado
Corresponde a la fecha en la que el empleador
notifica al organismo administrador la nómina de
personas trabajadoras con exposición sujeta a
vigilancia de salud y cuando actualice dicha nómina
de personas trabajadoras.

Fecha_Listado

Date

Fecha_Listado<= FechaRecepcionPlataformaEVAST de
Zona ZID
(Se trata en este caso del Tipo Documento =71)
Validaciones de Fecha
Formato Fecha: 2016-01-01

I

1

I

1

I

1

I

1

I

1

I

1

I

1

Fecha Listado>=Fecha emisión e-doc 61 o 62 que esté
asociado, para el mismo CUV, Agente de Riesgo y Folio
GES
CTLISTADOPERSONAEVAST

Cargo Empresa GES

Rut Listado

Corresponde a n repeticiones de CTPersonaEVAST
que pertenecen al GES evaluado

ListadoPpersonaEVAST

Cargo (s) contractual (es) u operativo denominado
por la empresa. Se deben registrar todos los cargos
que constituyen en el GES.

Cargo_Empresa_Ges

Corresponde al RUT del trabajador expuesto
Sin punto con guion y digito verificador.

Rut_Listado

CTListadoPersonaEVAST

STTexto

STTRut

Expresion regular "[0-9]{1,8}-([0-9]|K)"
Modulo 11
Si en campo "Pais Nacionalidad" =2 (Extranjero), tipo
dato en este campo es del tipo texto.
Validar que dentro del Listado de Trabajadores no se
repita un RUT

Apellido Paterno
Apellido Materno
Nombres

Corresponde al apellido paterno del trabajador
expuesto

Apellido_Paterno _EVAST

Corresponde al apellido materno del trabajador
expuesto

Apellido_Materno_EVAST

Corresponde a los nombres del trabajador
expuesto

Nombres_EVAST

STTexto
STTexto
STTexto

15

Sexo

País Nacionalidad

Pais

ZONA PRESCRIPCION MEDIDAS
(zpm)
NOMBRE DE CAMPO

Corresponde al sexo del trabajador expuesto
1=hombre;
2=mujer
999= Otro

Sexo_EVAST

Corresponde:
1: Chileno
2: Extranjero
Listado de Países

STSexo

I

1

País Naciónalidad _EVAST

STPaisNacionalidadEvast

I

1

Pais

Pais Nacionalidad_EVAST"=2

IE

2

Si campo: "'País Naciónalidad" = 2
Elegir opción

ZPM_EVAST
DESCRIPCION

TAG

TIPO DE DATO

OPCIONALIDAD
VALIDACIONES/OBSERVACIONES

Fecha Prescripcion Medida

CT PRESCRIPCION MEDIDA

Folio Medida Prescrita

Tipo Medida Prescrita

Fecha Prescripción Medida

Corresponde a 1 conjunto de datos que definen 1
prescripción de medida.
Complex type contiene: Numero de Medida, tipo
medida, código medida prescrita, descripción de
medida, medida inmediata y fecha de
cumplimiento. Que se detallan a continuación.

fecha_prescripcion_medida

PrescripcionMedida

Date

PositiveInteger

El tipo de medida prescrita corresponde a una
Clasificación de medidas:
Para Metales y Metaloides:

STTipoMedidaPrescrita

1=Medida de control Ingenieril
2=Medida de control Administrativo
3=Medida de control Protección Personal

I

1

I

1

I

1

I

1

CTPrescripcionMedida

Numero incremental que asigna cada OAL a cada
Folio_medida_Prescrita
medida prescrita, asociada al GES evaluado. La
prescripción de medidas puede generarse posterior
a la encuesta, una evaluación
cualitativa/cuantitativa, así como también después
de la vigilancia de salud.
Tipo_Medida_Prescrita

Validaciones de Fecha
fecha_prescripcion_medida <=
FechaRecepcionPlataformaEVAST
Formato Fecha: 2016-01-01
Fecha Prescripcion Medida>=Fecha_evaluacion e-doc
61 o 62, asociado, para ese GES, para el mismo CUV y
Agente de Riesgo

16

Código Medida Prescrita

Código Medida Prescrita
Código de la medida contenido en las tablas de
prescripción de medidas específicas; si hubieras
tablas de especificación.

Código Medida Prescrita

MCI
MCA
MCPP
I

1

I

2

IE

1

fecha_plazo_cumplimiento_medi Validaciones de Fecha
da
Formato Fecha: 2016-01-01

I

1

IE

3

Para Metales y Metaloides deben ser registradas
con código 9999= "otros" y llenar campo
"Descripción Medida Prescrita"
Descripción Medida Prescrita

Medida Inmediata

Plazo Cumplimiento Medida
Código de Aspecto Prescripción
Medida

Observación/descripción de la medida prescrita

Descripción Medida Prescrita

Descripcion_Medida_Prescrita

Medida prescrita a cumplir de forma inmediata:
1=Si
2=No

Medida Inmediata

Corresponde a la fecha de vencimiento para
implementar medida prescrita

Plazo Cumplimiento Medida

Código de Aspecto Prescripción Medida
El OA y AD podrá ingresar un código que se asocie
a la medida prescrita.

Código de Aspecto Prescripción
Medida

Código_Aspecto_PM

DESCRIPCION

TAG

TIPO DE DATO

Obligatorio siempre que se registre una medida 999,
se debe describir en este campo

Medida_Inmediata

ZONA VERIFICACION MEDIDAS (zvm)
NOMBRE DE CAMPO

OPCIONALIDAD
VALIDACIONES/OBSERVACIONES

Fecha Verificacion

Folio Medida Prescrita

CT DATOS VERIFICACION

Fecha de Verificación de Medida Prescrita

Fecha_Verificacion

Corresponde al folio medida prescrita incremental
otorgado por el organismo administrador, que se
encuentra asociada a un GES y que fue registrada
en el documento prescripción de medida. Se
registra este campo como indicador de medida que
se va a verificar de manera individualizada en
virtud de las diferentes fechas de cumplimiento y
por ende verificaciones que el organismo
administrador debe ejecutar.

Folio_medida_Prescrita

Corresponde a 1 conjunto de datos que definen
una verificación de medida
Complex type contiene: cumplimiento medida,

DatosVerificacion

Date

Validaciones de Fecha
Fecha Verificacion <=
FechaRecepcionPlataformaEVAST
Fecha Prescripcion<= Fecha_Verificacion
Formato Fecha: 2016-01-01

I

1

I

1

I

1

PositiveInteger

CTDatosVerificacion

17

observación seguimiento, Fecha cumple medida
Empleador, que se detallan a continuación.

Cumplimiento Medida

Observacion Verificacion

Fecha Cumple Medida Empleador

Cumplió Medida
1= Cumple medida prescrita por el OA.
2= Cumple implementando medida equivalente o
superior, distinta a la prescrita por el OA.
3= No cumple, no implementando o
implementando deficientemente medida prescrita
por el OA.
4= No cumple, implementando medida deficiente
distinta a la prescrita por el OA.

Cumplimiento_Medida

STCumplimientoMedida

Observaciones, referir con elemento de verificación Observacion_Verificacion
para cumplimiento de medida.
Obligatorio si no cumplió con medidas prescritas o
si implemento una medida equivalente o mejor a la
medida prescrita inicial

STTexto

Corresponde a la fecha en la que el empleador
implementa la medida. Esta fecha puede o no
diferir con la visita de verificación del OAL

Date

Fecha_Cumple_Medida_Empleador

IE

1

I

2

I

1

Obligatorio si campo: "Cumplimiento Medida"=2

Validaciones de Fecha
Fecha_Cumple_Medida_Empleador <=
FechaRecepcionPlataformaEVAST
Formato Fecha: 2016-01-01
Fecha Cumple Medida Empleador>=Fecha
Prescripcion Medida (de zona Prescripción medida del
e-doc 67), para ese GES, para ese Agente riesgo dentro
del mismo CUV

ZONA NOTIFICACION AUTORIDAD (zna)
NOMBRE DE CAMPO

DESCRIPCION

TAG

TIPO DE DATO

OPCIONALIDAD
VALIDACIONES/OBSERVACIONES

Fecha Notificacion Autoridad

Causa Notificacion

Corresponde a la fecha en que se realiza la
Notificación a la Autoridad

Causales de notificación a la Autoridad
1= Se identifica peligro o agente de riesgo que
requiere notificación a la Autoridad
2= Nivel de riesgo sobre el límite establecido en la
norma/Nivel de riesgo que requiere notificación
Autoridad
3= cualitativa o cuantitativa con incumplimiento

Fecha_Notificacion_Autoridad

Causa_Notificacion

Date

STCausaNotificacion

Validaciones de Fecha
Fecha_Notificacion_Autoridad <=
FechaRecepcionPlataformaEVAST
Formato Fecha: 2016-01-01

I

1

IE

1

Hacer ajuste a la descripción de la opción 2 en
EVAST/Minimo

18

4= Incumplimiento de medidas prescritas por el OA
5= Entidad Empleadora, no entrega nómina de
trabajadores expuestos en plazo establecido
Identificacion Autoridad Receptora

Identificación de Autoridad receptora de la
notificación:
Para Metales y Metaloides, considerar la
notificación a las SEREMI de salud cuando los
resultados de las evaluaciones cualitativas y
cuantitativas resultan no aceptables.
Además, considerar la notificación a SEREMI de
salud y SUSESO cuando existe incumplimiento de
medidas prescritas.

Autoridad_Receptora

STAutoridad

IE

1

IE

1

I

1

I

3

1= Dirección del Trabajo
2= SEREMI de Salud
3= SUSESO
Region Autoridad Receptora
CT RECEPTOR AUTORIDAD

Corresponde a la región de la autoridad notificada

Region_Autoridad_Receptora

STCodigoRegion

Corresponde a los datos del profesional de la
autoridad notificada
Complex Type que incluye Rut, Nombres, Apellido
paterno, Apellido materno, Correo Electrónico.

Receptor_Autoridad

Corresponde al Rut del profesional de la Autoridad

Rut_Profesional_Autoridad

STRut

Apellido Paterno Autoridad

Corresponde al apellido paterno del profesional de
la Autoridad

Apellido_Paterno_Autoridad

STTexto

I

1

Apellido Materno Autoridad

Corresponde al apellido materno del profesional de
Apellido_Materno_Autoridad
la Autoridad

STTexto

I

1

Nombres Autoridad

Corresponde a los nombres del profesional de la
Autoridad

Nombres_Autoridad

STTexto

I

1

Corresponde al correo electrónico del profesional
de la Autoridad

Correo_Elect_ Resp_Autoridad

STEmail

I

1

IE

3

Rut Profesional Autoridad

Correo Electronico Responsable
Autoridad

Tipo Notificacion

Tipo de Notificacion:
1= notificacion sin multa
2= notificacion con multa
No llenar este campo

Tipo_ Notificacion

CTReceptorAutoridad

STTipoNotificacion

Si se ingresa Rut, validar:
Expresion regular "[0-9]{1,8}-([0-9]|K)"
Modulo 11

Segun expresion regular

19

CT aplicación Multa

aplicacion_multa
Contiene los siguientes campos:
aplicacion_multa
fecha_inicio_multa
fecha_fin_multa
monto_multa
recargo
No llenar este campo

aplicacion_multa

CTAplicacionMulta

Aplicación de Multa

Aplicación de Multa
1= Aplicación de Art. 80
2 = Recargo por D.S. 67 art. 5
3 = Recargo por D.S. 67 art. 1
No llenar este campo

tipo_multa

STMulta

Fecha de inicio de la Multa

Fecha en que se determina el pago según Art. 80 o
comienza el recargo por Art. 15 o Art.5
No llenar este campo

fecha_inicio_multa

Date

Fecha de fin de la Multa

Fecha en que termina el recargo por D.S. 67 Art. 15
o Art.5. En el caso de pago según Art. 80 se debe
colocar la fecha de inicio de la multa.
No llenar este campo

fecha_fin_multa

Date

Monto de la multa

Debe ser llenado en caso que tipo_multa = 1
(aplicación del Art. 80)
No llenar este campo

monto_multa

Numeric

Recargo

Debe ser llenado caso que tipo_multa = 2 o 3.
(Aplicación por D.S. 67 Art. 15 o Art.5.).
No llenar este campo

recargo

Decimal

Si campo "Tipo Notificacion"=2, se puebla
CTAplicacionMulta y sus campos son obligatorios,
excepto campo="Recargo" que es condicional.

I

3

IE

3

Validaciones de Fecha
Formato Fecha: 2016-01-01
fecha_inicio_multa<=FechaRecepcionPlataformaEVAST

I

3

Validaciones de Fecha
Formato Fecha: 2016-01-01
fecha_fin_multa<=FechaRecepcionPlataformaEVAST
fecha_inicio_multa<=fecha_fin_multa

I

3

I

3

I

3

Debe ser llenado caso que tipo_multa = 2 o 3.
(Aplicación por D.S. 67 Art. 15 o Art.5.).
Y si es que campo "Tipo Notificacion"=2

ZONA IDENTIFICACION TRABAJADOR
(zit)
NOMBRE DE CAMPO

Examenes previos

Asistencia a examinación

DESCRIPCION
Se cuenta con exámenes previos que puedan ser
utilizados en la evaluación
1=SI
2=No
Corresponde registrar si el trabajador asistió a la
citación de examinación:
1=SI
2=No

TAG

Examenes_previos

Asistencia_a_examinacion

TIPO DE DATO

VALIDACIONES/OBSERVACIONES

STSiNo

STSiNo

Si Campo "Examenes previos"=2 y campo "Asiste a
examinación"=2 entonces se envia e-doc 79 y no un edoc 71
Si Campo "Examenes previos"=1 y campo "Asiste a

OPCIONALID
AD

IE

1

IE

1

20

examinación"=1 entonces se envia un e-doc 71 y no un
e-doc 79

CT PERSONA EVAST

La identificación de un trabajador está compuesto
por un CTpersonaEVAST
Complex type que contiene Rut, Apellido Paterno,
Apellido materno, nombres, fecha nacimiento,
edad, sexo, país nacionalidad, cargo denominado
por la empresa (cargos que conforman el GES)

Rut Trabajador

PersonaEVAST

Rut_Trabajador

CTpersonaEVAST

STRut

Dentro de un CUV, Agente Riesgo y GES
Rut_Trabajador indicado en zona zit de un e-doc 71
debe existir en el e-doc asociado sea este un e-doc 64,
La búsqueda del asociado se realiza considerando el
último e-doc ( el de fecha más reciente)

I

1

I

1

Rut_Trabajador indicado en zona zit de un e-doc 79
debe existir en el e-doc asociado sea este un e-doc 64,
. La búsqueda del asociado se realiza considerando el
último e-doc ( el de fecha más reciente)
Edad

Fecha de nacimiento

Apellido Paterno
Apellido Materno
Nombres

Corresponde a la edad del trabajador expuesto

Corresponde a la fecha de nacimiento del
trabajador expuesto
Corresponde al apellido paterno del trabajador
expuesto
Corresponde al apellido materno del trabajador
expuesto
Corresponde a los nombres del trabajador
expuesto

Edad_EVAST

PositiveInteger

15<= Edad <=120

I

3

Fecha_Nac_EVAST

Date

La fecha de nacimiento debe ser acorde a la edad
registrada en campo anterior. No se está realizando
esta validación.
Validaciones de Fecha
Formato Fecha: 2016-01-01

I

3

Apellido_Paterno _EVAST

STTexto

I

1

Apellido_Materno_EVAST

STTexto

I

1

Nombres_EVAST

STTexto

I

1

Sexo

Corresponde al sexo del trabajador expuesto
1=hombre; 2=mujer

Sexo_EVAST

STSexo

I

1

País Naciónalidad

1: Chileno
2: Extranjero

País Nacionalidad _EVAST

STPaisNacionalidadEvast

I

1

Listado de Países

Pais

STPaises

IE

2

Cargo (s) contractual (es) u operativo denominado
por la empresa. Se deben registrar todos los cargos
que constituyen en el GES.

Cargo_Empresa_GES

STTexto
I

1

Pais
Cargo Empresa GES

Si campo: "País Naciónalidad _EVAST" = 2 este campo
es obligatorio.

21

ZONA VIGILANCIA DE EFECTO (zve)
NOMBRE DE CAMPO

ZVM_EVAST
DESCRIPCION

TAG

TIPO DE DATO

OPCIONALIDAD
VALIDACIONES/OBSERVACIONES

Tipo Vigilancia Efecto

Origen Examen Evaluacion

Fecha Evaluacion Vigilancia Efecto

Tipo Vigilancia Efecto
Corresponde al momento en que se realiza la
evaluación con respecto a la exposición:
1= Inmediata al inicio de la exposición.
2= Durante la exposición
3=Inmediata al término de exposición
4=Posterior al fin de la exposición

Tipo_Vigilancia_Efecto

Corresponde al origen del examen
Origen_Examen_evaluacion
1= Nueva toma de exámenes para evaluación
2= revalidación Exámenes de evaluación
Preocupacional
3= revalidación Exámenes de evaluación
Ocupacional
4= Revalidación Examen de Vigilancia desde otro
Organismo Administrador
5= revalidación Examen Vigilancia Efecto del mismo
organismo administrador (por cambio de
empresa/cambio de GES dentro de la misma
empresa)
Corresponde a la fecha en la que el trabajador es
evaluado o examinado

STTipoevaluacionvigilanciaefecto

IE

1

IE

1

I

1

I

1

STOrigenExamenEvaluacion

Fecha_Evaluacion_Vigilancia_Efecto Date

Validaciones de Fecha
Formato Fecha: 2016-01-01
FechaRecepcionPlataformaEVAST>=Fecha Evaluacion
Vigilancia Efecto
Fecha Evaluacion Vigilancia Efecto>= Fecha emision
del e-doc asociado 64

CT RESULTADO EVALUACION

Corresponde al set de datos donde se reportan los
resultados de la evaluación. Complex Type que
contiene CTResultadoEvaluacion
= CT Resultado Examen( STExamen), CTResultado
parametro =( STParametroExamen,
STResultadoparametro), Resultado examen,
comentario examen, CTConducta
Evaluación=(STConclusion, STConductaAdicional,
STIndicacion, STPeriodicidadControl), CTMedico=
(Rut_Me, Aplleido Paterno_Me, Apellido
Materno_Me, Nombres_Me), Fecha Entrega
Resultado Trabajador.

ResultadosEvaluación

CTResultadoEvaluacion
= CT Resultado Examen(
STExamen), CTResultado
parametro =(
STParametroExamen,
STResultadoparametro)
Resultado examen, comentario
examen, CTConducta
Evaluación=(STConclusion,
STConductaAdicional,
STIndicacion,
STPeriodicidadControl),
CTMedico= (Rut_Me, Aplleido
Paterno_Me, Apellido

22

Materno_Me, Nombres_Me),
Fecha Entrega Resultado
Trabajador.
CT Resultado Examen

Examen

Corresponde al tipo de examen (es) de salud que
se utiliza para evaluar al trabajador

CTResultadoExamen

Corresponde al examen realizado

Examen

CTResultado Examen (n veces)

STExamen

I

1

IE

1

I

3

IE

1

IE

1

IE

1

I

3

I

3

Se agregan a la Lista General de Parámetros de
EVAST/Mínimo

Ver Lista actualizada de Exámenes
9999= No Aplica
CT resultado parametro (n veces)

Parametro Examen

Corresponde al set de datos incluyendo los
campos "parámetros" que compone un examen
utilizado en la evaluación de vigilancia de efecto y
el "resultado de cada parámetro".
Este CT puede ser enviado n veces según los
campos de parámetros y resultados de
parámetros que conformen el examen de
evaluación de vigilancia de efecto

ResultadoParametro

Tipo Parámetro Examen:

Parametro_Examen

CTResultado parametro
=STParametroExamen,
STResultadoparametro

STParametroExamen

Se agregan a la Lista General de Parámetros de
EVAST/Mínimo

Ver Lista de Exámenes actualizada para Metales y
Metaloides
9999= No Aplica
Resultado Parametro
Unidad del resultado

Resultado Parámetro
Unidad del Resultado

Resultado_Parametro

STTexto

Unidad_Resultado

STUnidadResultado

1=Normal
2= Alterado

Resultado_Examen

STResultadoExamen

En caso de pesquisar hallazgos clínicamente
significativos, que no estén dentro de los
parámetros especificados, que sean de probable
origen común y que posteriormente generen
cambio de conducta en la conclusión de la
evaluación.

Comentario_Exámen

Se agregan a la Lista General de Parámetros de
EVAST/Mínimo

Ver Lista actualizada
99= No aplica
Resultado Examen
Comentario alteración común en
examen

STTexto

23

CT Conducta Evaluación

Conclusion

Hallazgos origen común.

Prescripción empresa

Complex Type que contiene:
"Conclusion " del analisis (normal o alterado) y
cual ha sido la "Conducta adicional", "Indicacion",
"Periodicidad control" expresado en meses.

ConductaEvaluación

1=Evaluación no presenta alteración asociada al
agente en vigilancia.
2=Evaluación presenta alteración asociada al
agente en vigilancia.

Conclusion

1=No presenta hallazgos que deben ser evaluada
por su previsión
2= Presenta hallazgos que deben ser evaluada por
su previsión.

HallazgosOrigenComun

Prescripción Empresa
Prescripción empresa
1= Se mantiene en programa de vigilancia.
2= Derivación por sospecha de enfermedad laboral.
3= Debe realizar retiro transitorio de exposición.
4= Se puede reintegrar a su puesto de trabajo y
continuar en programa de vigilancia.
5= Debe ser retirado de exposición por no
presentar aptitud médica para el cargo, hasta
completar evaluación por salud común que defina
conducta.
6= Debe ser retirado permanentemente por no
presentar aptitud médica para el cargo, debido a
condición de salud común.

CTConducta
Evaluación=STConclusion,
STConductaAdicional,
STIndicacion,
STPeriodicidadControl
STConclusion

I

1

IE

1

IE

1

I

1

I

2

STHallazgosOrigenComun

STPrescripciónempresa

Si conclusión = 2, entonces se debe derivar a
sospecha de enfermedad profesional = 2."
Periodicidad Control

Periodicidad Control
Corresponde a la periodicidad de evaluación de
salud del trabajador incluido en un Protocolo o
Programa de Vigilancia, usar la lista.

Periodicidad_Control

STPeriodicidadControl

Se registra, si campo "Prescripcion a empresa" = 1 o 4

24

CT Medico

Corresponde a la identificación del profesional de
salud que interpreta el examen, el cual es complex
type de apellido paterno, apellido materno,
nombres y RUT.

Medico

CTMedico= Rut_Me, Aplleido
Paterno_Me, Apellido
Materno_Me, Nombres_Me

Para Metales y Metaloides:
en reemplazo del médico, se deben registrar los
datos del enfermero/a, terapeuta ocupacional,
kinesiólogo o técnico superior en enfermería que
realice las evaluaciones de vigilancia de salud.

1

I

1

Rut_Me

Corresponde al RUT del médico evaluador
Sin punto con guion y digito verificador

Rut_Me

STRut

Apellido Paterno_Me

Corresponde al apellido paterno del profesional
medico

Apellido Paterno_Me

STtexto

I

1

Apellido Materno_Me

Corresponde al apellido materno del profesional
medico

Apellido Materno_Me

STtexto

I

1

Nombres _Me

Corresponde a los nombres del profesional medico

Nombres _Me

STtexto

I

1

Corresponde a la fecha en la cual el trabajador es
notificado de los resultados de su evaluación de
vigilancia de efecto, ejemplo según protocolo de
sílice es obligatorio en un plazo de 30 días.

Fecha_Entrega_Trabajador

Date

I

1

Fecha Entrega Resultado Trabajador

Expresion regular "[0-9]{1,8}-([0-9]|K)"
Modulo 11

I

Si campo "asistencia" = Sí, obligatorio
Validaciones de Fecha
Fecha_Entrega_Trabajador <=
FechaRecepcionPlataformaEVAST
Fecha_Entrega_Trabajador >=
Fecha_Evaluacion_vigilancia_Efecto
Formato Fecha: 2016-01-01
Si en campo examenes previos =2 y asistencia a
examinacion = 2, este campo debe estar vacío.

ZONA VIGILANCIA DE EXPOSICIÓN (zvep)
NOMBRE DE CAMPO

DESCRIPCION

TAG

TIPO DE DATO

VALIDACIONES
OPCIONALIDAD

Tipo Vigilancia Exposición

Corresponde al momento en que se realiza la
evaluación con respecto a la exposición:
1= Inmediata al inicio de la exposición.
2= Durante la exposición
3= Inmediata al término de exposición
4= Posterior al fin de la exposición

Tipo_Vigilancia_Exposición

STTipoevaluacionvigilanciaExposi
ción

IE

1

25

Origen Examen Exposición

Fecha Evaluacion Vigilancia
Exposición

Corresponde al origen del examen
1= Nueva toma de Exámenes para evaluación
2= revalidación Exámenes de evaluación
Preocupacional
3= revalidación Exámenes de evaluación
Ocupacional
4= revalidación Examen de Vigilancia desde otro
Organismo Administrador
5= revalidación Examen Vigilancia Exposición del
mismo organismo administrador (por cambio de
empresa/cambio de GES dentro de la misma
empresa)

Origen_Examen_evaluacion

STOrigenExamenEvaluacion

Corresponde a la fecha en la que se realiza el
examen al trabajador.

Fecha_Evaluacion_Vigilancia_Exposi Date
ción

Para revalidar un examen, su fecha de realización
debe ser la instruida en el respectivo Protocolo.

Validaciones de Fecha
Formato Fecha: 2016-01-01
FechaRecepcionPlataformaEVAST>=Fecha Evaluacion
Vigilancia Exposición

IE

1

I

1

I

1

I

1

IE

1

Fecha Evaluacion Vigilancia Exposición>= Fecha
emision del e-doc asociado 64
CT RESULTADO EVALUACION

CT Resultado Examen

Examen

Corresponde al set de datos donde se reportan los
resultados de la evaluación. Complex Type que
contiene CTResultadoEvaluacion
= CT Resultado Examen ( STExamen), CTResultado
parametro = (STParametroExamen,
STResultadoparametro), Resultado examen,
comentario examen, CTConducta
Evaluación=(STConclusion, STConductaAdicional,
STIndicacion, STPeriodicidadControl), CTMedico=
(Rut_Me, Aplleido Paterno_Me, Apellido
Materno_Me, Nombres_Me), Fecha Entrega
Resultado Trabajador.

ResultadosEvaluación

Corresponde al tipo de examen (es) de salud que se CTResultadoExamen
utiliza para evaluar la salud del trabajador.
Corresponde al examen realizado
Para Metales y Metaloides:
Ver Lista actualizada

Examen

CTResultadoEvaluacion
= CT Resultado Examen (
STExamen), CTResultado
parametro =(
STParametroExamen,
STResultadoparametro)
Resultado examen, comentario
examen, CTConducta
Evaluación=(STConclusion,
STConductaAdicional,
STIndicacion,
STPeriodicidadControl),
CTMedico= (Rut_Me, Aplleido
Paterno_Me, Apellido
Materno_Me, Nombres_Me),
Fecha Entrega Resultado
Trabajador.
CTResultado Examen (n veces)

STExamen

Se agregan a la Lista General de Parámetros de
EVAST/Mínimo

9999= No Aplica

26

CT resultado parametro (n veces)

Corresponde al set de datos incluyendo los campos
"parámetros" que compone un examen utilizado
en la evaluación de vigilancia de exposición y el
"resultado de cada parámetro".

ResultadoParametro

CTResultado parametro
=STParametroExamen,
STResultadoparametro

Este CT puede ser enviado n veces según los
campos de parámetros y resultados de parámetros
que conformen el examen de evaluación de
vigilancia de Exposición
Parametro Examen

Tipo Parámetro Examen:

Parametro_Examen

STParametroExamen

Se agregan a la Lista General de Parámetros de
EVAST/Mínimo

I

1

IE

2

IE

1

IE

1

I

3

I

3

I

1

IE

1

Ver Lista actualizada de Exámenes para Metales y
Metaloides
9999= No aplica
Resultado Parametro

Resultado Parámetro

Resultado_Parametro

STTexto

Unidad del resultado

Unidad del Resultado

Unidad_Resultado

STUnidadResultado

1=Normal
2= Alterado

Resultado_Examen

STResultadoExamen

En caso de pesquisar hallazgos clínicamente
significativos, que no estén dentro de los
parámetros especificados, que sean de probable
origen común y que posteriormente generen
cambio de conducta en la conclusión de la
evaluación.

Comentario_Exámen

Complex Type que contiene:
"Conclusión " del análisis (normal o alterado) y cual
ha sido la "Conducta adicional", "Indicación",
"Periodicidad control" expresado en meses.

ConductaEvaluación

1=Evaluación no presenta alteración asociada al
agente en vigilancia.
2=Evaluación presenta alteración asociada al
agente en vigilancia.

Conclusion

Se agregan a la Lista General de Parámetros de
EVAST/Mínimo

Ver Lista actualizada
99= No aplica
Resultado Examen
Comentario alteración común en
examen

CT Conducta Evaluación

Conclusion

STTexto

CTConducta
Evaluación=STConclusion,
STConductaAdicional,
STIndicacion,
STPeriodicidadControl
STConclusion

27

Hallazgos origen común.

Prescripción empresa

Periodicidad Control

1=No presenta hallazgos que deben ser evaluada
por su previsión
2= Presenta hallazgos que deben ser evaluada por
su previsión.

HallazgosOrigenComun

STHallazgosOrigenComun

1= Se mantiene en programa de vigilancia.
Prescripción empresa
2= Derivación por sospecha de enfermedad laboral.
3= Debe realizar retiro transitorio de exposición.
4= Se puede reintegrar a su puesto de trabajo y
continuar en programa de vigilancia.
5= Debe ser retirado de exposición por no
presentar aptitud médica para el cargo, hasta
completar evaluación por salud común que defina
conducta.
6= Debe ser retirado permanentemente por no
presentar aptitud médica para el cargo, debido a
condición de salud común.

STPrescripciónempresa

Periodicidad Control
Corresponde a una Lista de periodicidades de
Evaluación de Salud del Trabajador, de acuerdo
a los distintos Protocolos o Programas de
Vigilancia

STPeriodicidadControl

Periodicidad_Control

IE

1

I

1

I

2

I

1

I

1

Se registra, si campo "Prescripcion a empresa" = 1 o 4

Ver Lista de parámetros en Anexo.
Para Metales y Metaloides considerar: 6 meses
CT Medico

Corresponde a la identificación del profesional de
salud que interpreta el examen, el cual es complex
type de apellido paterno, apellido materno,
nombres y RUT.

Medico

CTMedico= Rut_Me, Apellido
Paterno_Me, Apellido
Materno_Me, Nombres_Me

Rut_Me

Corresponde al RUT del médico evaluador
Sin punto con guion y dígito verificador

Rut_Me

Apellido Paterno_Me

Corresponde al apellido paterno del profesional
médico

Apellido Paterno_Me

STtexto

I

1

Apellido Materno_Me

Corresponde al apellido materno del profesional
médico

Apellido Materno_Me

STtexto

I

1

Nombres _Me

Corresponde a los nombres del profesional médico

Nombres _Me

STtexto

I

1

STRut

Expresion regular "[0-9]{1,8}-([0-9]|K)"
Modulo 11

28

Fecha Entrega Resultado Trabajador

Corresponde a la fecha en la cual el trabajador es
notificado de los resultados de su evaluación de
vigilancia de Exposición (Ejemplo: protocolo de
sílice es obligatorio en un plazo de 30 días)

Fecha_Entrega_Trabajador

Date

Si campo "asistencia" = Sí, obligatorio.
Formato Fecha: 2016-01-01.
Validaciones de Fecha.
Fecha_Entrega_Trabajador <=
FechaRecepcionPlataformaEVAST
Fecha_Entrega_Trabajador >=
Fecha_Evaluacion_vigilancia_Efecto

I

1

Si en campo examenes previos =2 y asistencia a
examinacion = 2, este campo debe estar vacio.
ZONA DATOS CIERRE (zdc)
NOMBRE DE CAMPO

DESCRIPCION

TAG

TIPO DE DATO

CTDatos Cierre

Corresponde a un complex type que contiene:
"Fecha Cierre", "Motivo Cierre", y "CTCausas
Cierre".

Datos_Cierre

CTDatosCierre

Fecha Cierre

La fecha de Cierre

Fecha_Cierre

Date

VALIDACIONES/OBSERVACIONES

Validaciones de Fecha,
Formato Fecha: 2016-01-01
Para un CUV y Agente de Riesgo:

OPCIONALID
AD

I

1

Para un e-doc 56: Fecha Cierre> "Fecha_Emision" edoc 51 asociado
Para un e-doc 59: Fecha Cierre> "Fecha_Emision" edoc 51 asociado
Para un e-doc 69: Fecha Cierre> "Fecha Evaluacion_Q"
o "Fecha Evaluacion_C", del e-doc 61 o 62 asociado,
Para un e-doc 79: Fecha Cierre> "Fecha Listado" del edoc 64 asociado.

29

CTCausas Cierre

Causa Eliminación del Peligro
1= Eliminación del Peligro
99= Otros, obligatorio motivo Eliminación de
Peligro

Causas_Cierre

CTCausa_Cierre

Causa de Eliminación GES
1 = No existe trabajadores en el proceso donde
está el agente de riesgo
2= Eliminación del Peligro/Eliminación GES
99= Otros, obligatorio motivo Eliminación GES

Para Eliminacion Peligro , debe estar asociado a un edoc 51 y respectivo ID, relacionado al Codigo Agente
Riesgo
Para registrar causas de "Eliminación de Peligro",debe
ser en un e-doc 56

I

2

I

2

Para registrar causa de "Cierre Centro de Trabajo"
debe ser en un e-doc 59
Para registrar causa de "Eliminacion GES" debe ser en
un e-doc 69

Causa Cierre del Centro de Trabajo
1= Fin de Faena
2= Clausura de centro
3= Cambio de Rut dueño (mandante)
4= Al momento de visita centro trabajo no existe
99= Otros, obligatoria motivo cierre centro de
trabajo
Motivo Cierre

Nota explicativa de las razones por las cuales se
considera el cierre.

Motivo_Cierre

STTexto

Si en "causa de trabajador no evaluado" opcion= 99,
entonces en "motivo cierre" tiene registro obligatorio.
Si en "Causa de eliminacion GES" opcion=99, entonces
en "motivo cierre" tiene registro obligatorio
Si en "Causa cierre del centro de trabajo"= 99,
entonces en "motivo de cierre" tiene registro
obligatorio.

ZONA TRABAJADOR NO EVALUADO (ztne)
NOMBRE DE CAMPO
CTTrabajadorNoEvaluado

Fecha No asistencia

DESCRIPCION

TAG

Corresponde a un complex type que contiene:
"Fecha No asistencia", STTipoVigilanciaSalud y
STCausasTrabajadorNoEvaluado y "Motivo No
Asistencia".

CTTrabajadorNoEvaluado

Fecha No asistencia

Fecha No asistencia

TIPO DE DATO

VALIDACIONES/OBSERVACIONES

OPCIONALID
AD

CTTrabajadorNoEvaluado

Date

Validaciones de Fecha
Formato Fecha: 2016-01-01
Para un CUV y Agente de Riesgo:

I

1

I

1

I

1

Para un e-doc 79: Fecha No asistencia> "Fecha Listado"
del e-doc 64 asociado.
Tipo Vigilancia Salud

Tipo Vigilancia Salud
1= Efecto (71)
2= Exposición (72)

Tipo_Vigilancia_Salud

STTipoVigilanciaSalud

30

Causas de Trabajador no
evaluado

Motivo No Asistencia

ZONA DATOS REAPERTURA GES
(zdr)
NOMBRE DE CAMPO
CTDatos Reapertura

Causas de Trabajador no evaluado:
Causas_Trabajador_No _Evaluado
1= Calificado con enfermedad profesional por el
agente en vigilancia. Una vez CALIFICADO (RECA),
no los denunciados.
Todo fallecido por la exposición en vigilancia y los
reubicados por RECA
2= Completo periodo de seguimiento posterior a la
exposición.
3= Fallecimiento causa no relacionada con
exposición. Corresponde a cualquier causa, incluido
el fallecimiento por AT y otras EP.
4= Cesación de exposición. Control del riesgo,
cambio a puesto sin exposición (no a consecuencia
de EP), retiro permanente por patología común y
por desvinculación, renuncia o retiro de
empresa/servicio. Genera vigilancia
post_exposicion.
5= Se descartó exposición. Trabajador que
inicialmente se determinó exposición (cualitativa)
pero fue descartada (cuantitativa), no genera
vigilancia post_exposicion.
6= Cambio a otro GES con exposición. Trabajador
expuesto en un GES, es cambiado a otro GES que
presenta exposición, independiente de mantener el
mismo o diferente grado. (mismo OA)
7= No asiste. Corresponde a la acción final del
proceso de citación sin respuesta o con respuesta
de negación a la evaluación.
99= Otros. Obligatorio motivo no evaluación.

STCausasTrabajadorNoEvaluado

Nota explicativa de las razones por las cuales se
considera el cierre.

Motivo_No Asistencia

STTexto

DESCRIPCION

TAG

TIPO DE DATO

Corresponde a un complex type que contiene:
"Fecha Reapertura", "Motivo Reapertura", y
"CTCausas Reapertura".

Datos_Reapertura

CTDatosReapertura

En Edoc 79, para registrar causas de "Trabajador no
evaluado",debe estar asociado a un e-doc 64 o Edoc
71 o Edoc 72

Si en "causa de trabajador no evaluado" opcion= 99,
entonces en "Motivo No Asistencia" tiene registro
obligatorio.

VALIDACIONES/OBSERVACIONES

I

2

I

2

OPCIONALIDAD

31

Fecha Apertuta

CTCausas Reapertura

La fecha de Reapertura

Causas de Reapertura de Folio GES
1= GES ya existía en el centro de trabajo
previamente con contrato temporal y es
contratado

Fecha_Reapertura

Causas_Reapertura

Date

Validaciones de Fecha,
Formato Fecha: 2016-01-01

I

1

I

2

I

2

CTCausa_Reapertura

99= texto abierto y que el OA declare argumento
Otros.
Motivo Reapertura

Nota explicativa de las razones por las cuales se
considera la reapertura.

Motivo_Reapertura

STTexto

Si causas_Reapertura=99 este campo es de llenado
obligatorio.

32

Apéndice
Información sobre exámenes y parámetros de exámenes que se incorporan al listado ya existente
Listado de Exámenes

Listado Parámetro de Exámenes

8

52

Hemograma/hemograma con formula leucocitaria

Listado Parámetro de Exámenes
190 Oncólogo

65

Calcio en sangre/calcemia

191

Internista

68

Creatinina en sangre/creatininemia

192

Urólogo

69

Creatinina/creatinina en orina

193

Proctólogo

76

Fosforo (fosfatos) en sangre/fosfemia

194

Reumatólogo

174 Intensidad

195

Traumatólogo

175 Limitación funcional

196

Fisiatra

176 Plomo

197

Endocrino

177 Radiografía de tórax

198

Cardiólogo

178 vitamina D

199

Otorrinolaringólogo

179 Antígeno prostático

200

Gastroenterólogo

180 Arsénico inorgánico
(arsenico+3;arsenico+5;DMA+MMA)
181 microalbumina de bajo peso molecular

201

Inmunólogo

202

Toxicólogo

182 Psiquiatra

203

Broncopulmonar

Lista Unidad del Resultado
61 Puntos (para encuestas con puntajes)
62 %
63 ug/gr creatinina
64 ug/100ml
65 mg/mmol creatinina

183 Neurólogo

204

Fonoaudiólogo

184 Psicóloga

205

Enfermería Salud Ocupacional

185 Nefrólogo

206

Tomografía axial computarizada

186 Dermatólogo

207

Ultrasonografía

187 Ginecólogo

208

Resonancia Magnética

188 Hematólogo

999

No aplica

999 No aplica

189 Hepatólogo

50
51
52
53
54
55
56
57
58
59

Examen Médico (Clínico) /Médico de medicina del
trabajo
Cuestionario Nórdico
Quick DASH
Escala Owestry
examen sangre/hemograma
examen sangre/perfil hepático
examen sangre/Lipídico
Examen de sangre/Función renal
Examen sangre/Perfil Bioquímico
Evaluación médico /especialista
Evaluación otro profesional de salud

999 No aplic

33

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