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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

Sentencia de reemplazoCorte Suprema · Rol 28257-201817 ene 2019

Unificación de jurisprudencia · Corporación Municipal de Viña de Mar para el Desarrollo Social (XXVI)

Corte Suprema · 14.688 recursos de unificación de jurisprudencia

  • Acogido8%
  • Rechazado19%
  • Sin pronunciamiento de fondo72%

Sobre el recurso, no sobre quién ganó el juicio.

TribunalCorte Suprema
Corte de origenCorte de Apelaciones de Valparaíso
Rol28257-2018
Fecha sentencia17 ene 2019
RecursoUnificación de jurisprudencia
SalaCuarta (mixta)
ResultadoSentencia de reemplazo
Ver detalleTexto del tribunal: SENTENCIA DE REEMPLAZO (M)Es lo que se resolvió sobre el recurso; no dice quién ganó el juicio.
DescriptoresEstatuto docente, Aumento de remuneraciones, Cobro de prestaciones
+9 descriptoresCorporación MunicipalRecurso de unificación de jurisprudenciaColegio particular subvencionadoBonificación proporcionalBeneficios del estatuto docenteDotación docenteLey 19.933Ley 19.410Establecimiento educacional municipal
MinistrosRicardo Abuauad Dagach, Gloria Chevesich Ruiz, Mario Gómez Montoya
+2 ministrosAndrea Muñoz SánchezÁlvaro Quintanilla Pérez

Resumen

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Texto de la sentencia

Santiago, diecisiete de enero de dos mil diecinueve.

Dando cumplimiento a lo dispuesto en el inciso 2 ° del artículo 483-C del Código del Trabajo, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo en unificación de jurisprudencia.

Vistos:

De la sentencia dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso con fecha veintitrés de julio de dos mil dieciocho, se eliminan sus fundamentos décimo a décimo séptimo. Asimismo, se reproducen los motivos quinto y sexto de la de unificación de jurisprudencia que antecede.

Y se tiene, además, presente:

Que, conforme se concluyó del análisis de los textos referidos, la Ley N° 19.933 no dispuso el aumento de las remuneraciones en la forma como lo pretenden los demandantes, pues las mejoró contemplando beneficios de orden remunerativo y decretó que los recursos asignados se destinaran al pago de determinados rubros, no al aumento del denominado bono proporcional, razón por la que se debe concluir que la demanda debe ser rechazada Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1 , 3 , 7 y 9 de la Ley N° 19.933; 61, 63 y 71 del Estatuto Docente y 425 y siguientes del Código del Trabajo, se declara que se rechaza la demanda en todas sus partes, sin costas.

Regístrese y devuélvase.

Rol 28.257-18 Pronunciado por la Cuarta Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señoras Gloria Ana Chevesich R., Andrea Muñoz S., Ministro Suplente señor Mario Gómez M., y los Abogados Integrantes señores Álvaro Quintanilla P., y Ricardo Abuauad D.
No firman los Abogados Integrantes señores Quintanilla y Abuauad, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo de la causa, por estar ambos ausentes. Santiago, diecisiete de enero de dos mil diecinueve.

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