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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

Sentencia de reemplazoCorte Suprema · Rol 6234-201918 jul 2019

Unificación de jurisprudencia · Ilustre Municipalidad de San Rafael (XIII)

Corte Suprema · 14.688 recursos de unificación de jurisprudencia

  • Acogido8%
  • Rechazado19%
  • Sin pronunciamiento de fondo72%

Sobre el recurso, no sobre quién ganó el juicio.

TribunalCorte Suprema
Corte de origenCorte de Apelaciones de Talca
Rol6234-2019
Fecha sentencia18 jul 2019
RecursoUnificación de jurisprudencia
SalaCuarta (mixta)
ResultadoSentencia de reemplazo
Ver detalleTexto del tribunal: SENTENCIA DE REEMPLAZO (M)Es lo que se resolvió sobre el recurso; no dice quién ganó el juicio.
DescriptoresEstablecimiento educacional, Estatuto docente, Profesores
+10 descriptoresRemuneraciónBonoRelación de carácter laboralEstablecimiento educacional subvencionadoDocente dependiente de una corporación municipalDotación docente municipalEstablecimiento educacional particularBonificación proporcionalBonosTrabajadores regidos por el estatuto docente
MinistrosRicardo Blanco Herrera, Gloria Chevesich Ruiz, Lamberto Cisternas Rocha
+2 ministrosJulio Pallavicini MagnereÁlvaro Quintanilla Pérez

Resumen

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Texto de la sentencia

Santiago, dieciocho de julio de dos mil diecinueve.

Dando cumplimiento a lo dispuesto en el inciso 2 ° del artículo 483-C del Código del Trabajo, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo en unificación de jurisprudencia.

Vistos:

De la sentencia dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de Talca con fecha treinta de junio de dos mil dieciocho, se eliminan sus fundamentos sexto en adelante. Asimismo, se reproducen los motivos quinto y sexto de la de unificación de jurisprudencia que antecede.

Y se tiene, además, presente:

Que, conforme su concluyó del análisis de los textos referidos, la Ley N° 19.933 no dispuso el aumento de las remuneraciones en la forma como lo pretenden los demandantes, pues las mejoró contemplando beneficios de orden remunerativo y decretó que los recursos asignados se destinaran al pago de determinados rubros, no al aumento del denominado bono proporcional, razón por la que se debe concluir que la demanda debe ser rechazada Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1 , 3 , 7 y 9 de la Ley N° 19.933; 61, 63 y 71 del Estatuto Docente y 425 y siguientes del Código del Trabajo, se declara que se rechaza la demanda en todas sus partes, sin costas.

Acordada con el voto en contra del ministro señor Blanco, quien fue de opinión de no emitir sentencia de reemplazo, atendido los fundamentos vertidos en su disidencia de la sentencia de unificación.

Regístrese y devuélvase.

Rol 6.234-19 Pronunciado por la Cuarta Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señores Lamberto Cisternas R., Ricardo Blanco H., señora Gloria Ana Chevesich R., y los Abogados Integrantes señores Álvaro Quintanilla P y Julio Pallavicini M.
No firma el Abogado Integrante señor Quintanilla, por estar ausente. Santiago, dieciocho de julio de dos mil diecinueve.

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