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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

Sentencia de reemplazoCorte Suprema · Rol 138207-20206 may 2021

Unificación de jurisprudencia · con Ecobio S.A.(2)

Corte Suprema · 14.688 recursos de unificación de jurisprudencia

  • Acogido8%
  • Rechazado19%
  • Sin pronunciamiento de fondo72%

Sobre el recurso, no sobre quién ganó el juicio.

TribunalCorte Suprema
Corte de origenCorte de Apelaciones de Chillán
Rol138207-2020
Fecha sentencia6 may 2021
RecursoUnificación de jurisprudencia
SalaCuarta (mixta)
ResultadoSentencia de reemplazo
Ver detalleTexto del tribunal: SENTENCIA DE REEMPLAZO (M)Es lo que se resolvió sobre el recurso; no dice quién ganó el juicio.
DescriptoresRequisitos recurso de unificación de jurisprudencia, Tribunal del trabajo declaró el despido injustificado, Terminación de contrato individual de trabajo
+1 descriptorAcogido recurso de unificación de jurisprudencia
MinistrosRicardo Blanco Herrera, Gloria Chevesich Ruiz, Andrea Muñoz Sánchez
+2 ministrosGonzalo Ruz LártigaPedro Águila Yáñez

Resumen

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Dictámenes sobre las normas citadas

Texto de la sentencia

Santiago, seis de mayo de dos mil veintiuno.

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 483-C del Código del Trabajo, se dicta la sentencia de reemplazo que sigue en unificación de jurisprudencia.

Vistos:

Se reproduce la sentencia del grado, previa eliminación de sus motivaciones séptima y octava.

Y se tiene en su lugar y, además, presente:

El razonamiento séptimo de la sentencia de unificación de jurisprudencia, que antecede, que se da por reproducido expresamente.

Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 63 , 67 , 161 , 162 , 168 , 172 , 173 , 446 y siguientes del Código del Trabajo, y la Ley N°19.728, se declara que:

Se mantienen todas las decisiones del fallo de la instancia, de siete de septiembre de dos mil veinte, con la salvedad de su numeral tercero, y en su lugar de decide que se rechaza la solicitud de restitución de la suma de $3.881.901, por concepto de descuento del aporte del empleador al seguro de cesantía.

Acordada con el voto en contra del ministro Sr. Blanco y la ministra Sra. Muñoz, quienes fueron de opinión de no emitir sentencia de reemplazo, dado los argumentos de que da cuenta el voto de la unificación.

Regístrese, notifíquese, comuníquese y devuélvase.

N° 138.207-2020.-

Pronunciado por la Cuarta Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señor Ricardo Blanco H., señoras Gloria Ana Chevesich R., Andrea Muñoz S., y los Abogados Integrantes señores Pedro Águila Y., y Gonzalo Ruz L.
No firma el abogado integrante señor Águila, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo de la causa, por estar ausente. Santiago, seis de mayo de dos mil veintiuno.

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