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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

Sentencia de reemplazoCorte Suprema · Rol 11493-202117 dic 2021

Unificación de jurisprudencia · Inversiones Enex S.A.(44)

Corte Suprema · 14.688 recursos de unificación de jurisprudencia

  • Acogido8%
  • Rechazado19%
  • Sin pronunciamiento de fondo72%

Sobre el recurso, no sobre quién ganó el juicio.

TribunalCorte Suprema
Corte de origenCorte de Apelaciones de Chillán
Rol11493-2021
Fecha sentencia17 dic 2021
RecursoUnificación de jurisprudencia
SalaCuarta (mixta)
ResultadoSentencia de reemplazo
Ver detalleTexto del tribunal: SENTENCIA DE REEMPLAZO (M)Es lo que se resolvió sobre el recurso; no dice quién ganó el juicio.
DescriptoresCobro de prestaciones laborales, Despido injustificado, indebido, improcedente o sin causa legal, Sentencia de reemplazo
MinistrosLeonor Etcheberry Court, María Gajardo Harboe, Mario Gómez Montoya
+2 ministrosEliana Quezada MuñozMaría Letelier Ramírez

Resumen

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Dictámenes sobre las normas citadas

Texto de la sentencia

Santiago, diecisiete de diciembre de dos mil veintiuno.

Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 483-C del Código del Trabajo, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo en unificación de jurisprudencia.

Vistos:

De la sentencia dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de Chillán con fecha tres de diciembre de dos mil veinte, se mantiene la parte expositiva, y sus fundamentos primero a noveno y décimo primero, eliminándose los demás.

Y se tiene en su lugar y, además, presente:

Los razonamientos sexto a noveno de la sentencia de unificación de jurisprudencia que se dan por reproducidos.

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 63 , 67 , 161 , 162 , 168 , 172 , 173 , 446 y siguientes del Código del Trabajo, y la ley 19.728, se declara que:

I.- Se acoge la demanda deducida por don [nombre reservado] y doña [nombre reservado], sólo en cuanto se declara que el despido de que fueron objeto es injustificado y se condena a la demandada a pagar el incremento de 30% sobre la indemnización por años de servicio del Artículo 163 en relación con la letra a) del Artículo 168 del Código del Trabajo, ascendente a la suma de $195.519.- por el Sr. [nombre reservado] y de $275.490.- por la Sra. [nombre reservado], rechazándose en lo demás.

II.- Las sumas referidas lo serán debidamente reajustadas y con los intereses previstos en el artículo 173 del Código del Trabajo.

III.- No se condena en costas a la demandada por no haber resultado totalmente vencida.

La Ministra (S) Señora Quezada y la Abogada Integrante Sra. Etcheberry fueron de opinión de no dictar sentencia de reemplazo en atención a lo señalado en la sentencia de unificación.

Regístrese y devuélvase.

N°11.493-2021 Pronunciado por la Cuarta Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señora María Teresa de Jesús Letelier R., ministros suplentes señores Mario Gómez M., Eliana Quezada M., y las Abogadas Integrantes señoras María Cristina Gajardo H., y Leonor Etcheberry C.
No firma la Ministra Suplente señora Quezada y la abogada integrante señora Gajardo, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo de la causa, por haber terminado su periodo de suplencia la primera y por estar ausente la segunda. Santiago, diecisiete de diciembre de dos mil veintiuno.

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