Ir al contenido

Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

Sentencia de reemplazoCorte Suprema · Rol 149-202122 dic 2021

Unificación de jurisprudencia · Constructora Espa Limitada. (55)

Corte Suprema · 14.688 recursos de unificación de jurisprudencia

  • Acogido8%
  • Rechazado19%
  • Sin pronunciamiento de fondo72%

Sobre el recurso, no sobre quién ganó el juicio.

TribunalCorte Suprema
Corte de origenCorte de Apelaciones de Iquique
Rol149-2021
Fecha sentencia22 dic 2021
RecursoUnificación de jurisprudencia
SalaCuarta (mixta)
ResultadoSentencia de reemplazo
Ver detalleTexto del tribunal: SENTENCIA DE REEMPLAZO (M)Es lo que se resolvió sobre el recurso; no dice quién ganó el juicio.
DescriptoresNulidad del despido, Cobro de prestaciones laborales, Declaración de existencia régimen de subcontratación
+1 descriptorSentencia de reemplazo
RedactorAndrea Muñoz Sánchez
MinistrosLeonor Etcheberry Court, Mario Gómez Montoya, Andrea Muñoz Sánchez
+2 ministrosRoberto Contreras OlivaresRicardo Alcalde Rodríguez

Resumen

Esta sentencia aún no tiene resumen. Se genera con IA a partir del texto, en unos 20 segundos.

Dictámenes sobre las normas citadas

Texto de la sentencia

Santiago, veintidós de diciembre de dos mil veintiuno.

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 483-C del Código del Trabajo, se dicta la sentencia de reemplazo que sigue en unificación de jurisprudencia.

Vistos:

Se reproduce la sentencia del grado, previa eliminación de su motivo vigésimo primero.

Y se tiene en su lugar y, además, presente:

El razonamiento quinto de la sentencia de unificación de jurisprudencia, que antecede, que se da por reproducido.

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 63 , 67 , 162 , 168 , 172 , 173 , 183-A , 183-B , 446 y siguientes del Código del Trabajo, se declara que, manteniéndose las restantes decisiones no afectadas por el recurso de unificación precedentemente acogido, se hace lugar a la demanda de nulidad de despido también en cuanto la demandada Servicio de Vivienda y Urbanismo (SERVIU) Región de Tarapacá, queda obligada a responder solidariamente de las remuneraciones que se devenguen desde el día del despido y hasta su convalidación, en conformidad con los incisos 5º, 6º y 7º del artículo 162 del Código del Trabajo.

Regístrese, notifíquese, comuníquese y devuélvase.

N° 149-2021.-

Pronunciado por la Cuarta Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señora Andrea Muñoz S., ministro suplente señores Mario Gómez M., Roberto Contreras O., y los Abogados Integrantes señor Enrique Alcalde R., y señora Leonor Etcheberry C. Santiago, veintidós de diciembre de dos mil veintiuno.

1