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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

Sentencia de reemplazoCorte Suprema · Rol 134639-20208 feb 2022

Unificación de jurisprudencia · Ilustre Municipalidad de Talca(61)

Corte Suprema · 14.688 recursos de unificación de jurisprudencia

  • Acogido8%
  • Rechazado19%
  • Sin pronunciamiento de fondo72%

Sobre el recurso, no sobre quién ganó el juicio.

TribunalCorte Suprema
Corte de origenCorte de Apelaciones de Talca
Rol134639-2020
Fecha sentencia8 feb 2022
RecursoUnificación de jurisprudencia
SalaCuarta (mixta)
ResultadoSentencia de reemplazo
Ver detalleTexto del tribunal: SENTENCIA DE REEMPLAZO (M)Es lo que se resolvió sobre el recurso; no dice quién ganó el juicio.
DescriptoresBono, Bonificación proporcional, Bono sae
+5 descriptoresRemuneracionesPeritoSentencia de reemplazoDocentes del sector municipalizadoBeneficios de orden remuneratorio
RedactorGloria Chevesich Ruiz
MinistrosGloria Chevesich Ruiz, Leonor Etcheberry Court, Andrea Muñoz Sánchez
+2 ministrosRoberto Contreras OlivaresMaría Gajardo Harboe

Resumen

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Texto de la sentencia

Santiago, ocho de febrero de dos mil veintidós.

Dando cumplimiento a lo dispuesto en el inciso 2 ° del artículo 483-C del Código del Trabajo, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo en unificación de jurisprudencia.

Vistos:

De la sentencia de base se reproducen su parte expositiva y sus motivos primero a quinto.

Asimismo, se da por reproducido el considerando sexto de la sentencia de unificación que antecede.

Y se tiene, en su lugar, y, además, presente:

Primero: Que, conforme se concluyó del análisis de los textos referidos, la Ley N° 19.933 no dispuso el aumento de las remuneraciones en la forma como lo pretenden los demandantes, pues las mejoró contemplando beneficios de orden remunerativo y decretó que los recursos asignados se destinaran al pago de determinados rubros, no al aumento del denominado bono proporcional.

Segundo: Que del examen de los antecedentes referidos por la propia sentencia de primera instancia, en particular, la prueba documental e informe evacuado por la perito contable doña [nombre reservado], es posible concluir que los recursos municipales que la demandada obtuvo por la vía de la Ley N° 19.993 fueron destinados en su totalidad a mejorar, por la vía del aumento del valor hora cronológica y otros capítulos, las remuneraciones de los docentes demandantes, razón por la que se debe concluir que la demanda debe ser rechazada.

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1 , 3 , 7 y 9 de la Ley N° 19.933; 61, 63 y 71 del Estatuto Docente y 425 y siguientes del Código del Trabajo, se declara que se rechaza la demanda en todas sus partes, sin costas.

Regístrese y devuélvase.

Rol 134.639-2020.

Pronunciado por la Cuarta Sala de la Corte Suprema integrada por las Ministras señoras Gloria Ana Chevesich R., Andrea Muñoz S., ministro suplente señor Roberto Contreras O., y las Abogadas Integrantes señoras María Cristina Gajardo H., y Leonor Etcheberry C.
No firma la Abogada Integrante señora Etcheberry, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo de la causa, por no estar disponible su dispositivo al momento de la firma. Santiago, ocho de febrero de dos mil veintidós.

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