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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

Sentencia de reemplazoCorte Suprema · Rol 150543-20201 mar 2022

Unificación de jurisprudencia · Banco de Chile(58)

Corte Suprema · 14.688 recursos de unificación de jurisprudencia

  • Acogido8%
  • Rechazado19%
  • Sin pronunciamiento de fondo72%

Sobre el recurso, no sobre quién ganó el juicio.

TribunalCorte Suprema
Corte de origenCorte de Apelaciones de Santiago
Rol150543-2020
Fecha sentencia1 mar 2022
RecursoUnificación de jurisprudencia
SalaCuarta (mixta)
ResultadoSentencia de reemplazo
Ver detalleTexto del tribunal: SENTENCIA DE REEMPLAZO (M)Es lo que se resolvió sobre el recurso; no dice quién ganó el juicio.
DescriptoresDespido injustificado, Seguro de cesantía, Cobro de prestaciones laborales
+4 descriptoresDespido injustificado, indebido, improcedente o sin causa legalDescuento procedenteImputación del aporte al seguro de cesantía realizado en la cuenta individual del trabajadorDeclaración judicial del despido no constituye obstáculo para efectuar imputación del aporte al seguro de cesantía
RedactorRoberto Contreras Olivares
MinistrosGloria Chevesich Ruiz, Andrea Muñoz Sánchez, Miguel Vázquez Plaza
+2 ministrosRoberto Contreras OlivaresMaría Gajardo Harboe

Resumen

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Dictámenes sobre las normas citadas

Texto de la sentencia

Santiago, uno de marzo de dos mil veintidós.

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 483-C del Código del Trabajo, se dicta la sentencia de reemplazo que sigue en unificación de jurisprudencia.

Vistos:

Se reproduce la sentencia del grado, previa eliminación de fundamento décimo.

Y se tiene en su lugar y, además, presente:

El razonamiento séptimo de la sentencia de unificación de jurisprudencia, que antecede, que se da por reproducido expresamente.

Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 63 , 67 , 161 , 162 , 168 , 172 , 173 , 446 y siguientes del Código del Trabajo, y la Ley N°19.728, se declara que:

Se mantienen todas las decisiones del fallo de la instancia, de veintisiete de abril de dos mil veintiuno, con la salvedad de su numeral II letra b), y en su lugar de decide que se rechaza la solicitud de restitución de la suma de $2.136.756, por concepto de descuento del aporte del empleador al seguro de cesantía.

Acordada con el voto en contra de la Ministra Sra. Muñoz y del Ministro (s) Sr. Contreras, quienes fueron de opinión de no emitir sentencia de reemplazo, dado los argumentos de que da cuenta el voto de la resolución de unificación.

Regístrese, notifíquese, comuníquese y devuélvase.

N° 150.543-2020.-

Pronunciado por la Cuarta Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señoras Gloria Chevesich R., Andrea Muñoz S., María Cristina Gajardo H., los Ministros Suplentes señores Miguel Vázquez P. y Roberto Contreras O.
No firman los ministros suplentes señores Vásquez y Contreras, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo de la causa, por haber terminado ambos su periodo de suplencia. Santiago, uno de marzo de dos mil veintidós.

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