Unificación de jurisprudencia · LATAM Airlines Group S.A.((143)
Corte Suprema · 14.688 recursos de unificación de jurisprudencia
- Acogido8%
- Rechazado19%
- Sin pronunciamiento de fondo72%
Sobre el recurso, no sobre quién ganó el juicio.
| Tribunal | Corte Suprema |
|---|---|
| Corte de origen | Corte de Apelaciones de Santiago |
| Rol | 22274-2022 |
| Fecha sentencia | 18 ene 2023 |
| Recurso | Unificación de jurisprudencia |
| Sala | Cuarta (mixta) |
| Resultado | Sentencia de reemplazo Según la regla, favorece a la parte demandanteVer detalleTexto del tribunal: SENTENCIA DE REEMPLAZO (M)Es lo que se resolvió sobre el recurso; no dice quién ganó el juicio. |
| Descriptores | Despido injustificado, Seguro de cesantía, Cobro de prestaciones laborales |
| Redactor | Gonzalo Ruz Lártiga |
| Ministros | Ricardo Blanco Herrera, Gloria Chevesich Ruiz, Andrea Muñoz Sánchez+2 ministrosGonzalo Ruz LártigaMaría Gajardo Harboe |
Resumen
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Texto de la sentencia
Santiago, dieciocho de enero de dos mil veintitrés.
Dando cumplimiento a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 483 C del Código del Trabajo, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo en unificación de jurisprudencia.
Vistos:
Se reproducen los motivos primero a duodécimo de la sentencia impugnada, eliminándose en todo lo demás.
Y se tiene en su lugar, y, además, presente:
1° Que, conforme se concluyó en los razonamientos quinto a séptimo del fallo de unificación de jurisprudencia, procede el rechazo de la causal de nulidad por medio de la cual se acusa la infracción del artículo 13 de la Ley N° 19.728, por cuanto el fallo de instancia no incurrió en vulneración alguna a su respecto.
Por estas consideraciones, visto lo dispuesto en los 13 de la Ley N°19.728 y 477 y siguientes del Código del Trabajo, se declara que se rechaza el recurso de nulidad deducido por la parte demandada contra la sentencia de trece de mayo de dos mil veintiuno, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, la cual, por lo tanto, no es nula.
Regístrese y devuélvase.
N°22.274-2022 Pronunciado por la Cuarta Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señor Ricardo Blanco H., señoras Gloria Ana Chevesich R., Andrea Muñoz S., María Cristina Gajardo H., y el abogado integrante señor Gonzalo Ruz L.
No firma el abogado integrante señor Ruz, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo de la causa, por estar ausente. Santiago, dieciocho de enero de dos mil veintitrés.
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