Unificación de jurisprudencia · Sociedad de Ingenieria y Construccion Incosiv Limitada (23)
Corte Suprema · 14.688 recursos de unificación de jurisprudencia
- Acogido8%
- Rechazado19%
- Sin pronunciamiento de fondo72%
Sobre el recurso, no sobre quién ganó el juicio.
| Tribunal | Corte Suprema |
|---|---|
| Corte de origen | Corte de Apelaciones de Talca |
| Rol | 25171-2022 |
| Fecha sentencia | 22 jun 2023 |
| Recurso | Unificación de jurisprudencia |
| Sala | Cuarta (mixta) |
| Resultado | Sentencia de reemplazoVer detalleTexto del tribunal: SENTENCIA DE REEMPLAZO (M)Es lo que se resolvió sobre el recurso; no dice quién ganó el juicio. |
| Descriptores | Servicio de Vivienda y Urbanización (SERVIU), Subsidio habitacional, Cobro de prestaciones laborales |
| Redactor | Eliana Quezada Muñoz |
| Ministros | Leonor Etcheberry Court, Juan Fuentes Belmar, Juan Muñoz Pardo+2 ministrosEliana Quezada MuñozPía Tavolari Goycoolea |
Resumen
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Texto de la sentencia
Santiago, veintidós de junio de dos mil veintitrés.
En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 483 Código del Trabajo, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo.
Vistos:
Se reproduce la parte expositiva, considerativa y citas legales de la sentencia de instancia, a excepción de los motivos noveno y décimo, los que se suprimen.
Y teniendo, en su lugar, y además, presente:
1° Lo razonado en los motivos sexto a noveno de la sentencia de unificación que antecede, los que se dan por reproducidos para evitar reiteraciones innecesarias, 2° Que establecido que Serviu Región del Maule es mandante en régimen de subcontratación, no se alegó ni acreditó que éste haya hecho uso de los derechos de información y retención en la forma y oportunidad legal, por lo que corresponde sea condenada solidariamente con la contratista a las prestaciones laborales en favor del trabajador demandante.
Por estas consideraciones y manteniendo las decisiones no afectadas por la invalidación, se declara que el Servicio de Vivienda y Urbanización (SERVIU) Región del Maule es solidariamente responsable de las prestaciones ordenadas pagar al demandante.
Regístrese, comuníquese y devuélvase.
N° 25.171-22 Pronunciado por la Cuarta Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señor Juan Fuentes B., Ministros Suplentes señor Juan Manuel Muñoz P., señora Eliana Quezada M., y las abogadas integrantes señoras Pía Tavolari G., y Leonor Etcheberry C.
No firma el ministro señor Fuentes y la ministra suplente señor Quezada, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo de la causa, por estar en comisión de servicios el primero y por haber terminado su periodo de suplencia la segunda. Santiago, veintidós de junio de dos mil veintitrés.
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