Unificación de jurisprudencia · Empresa Nacional de Telecomunicaciones S a Entel
Corte Suprema · 14.688 recursos de unificación de jurisprudencia
- Acogido8%
- Rechazado19%
- Sin pronunciamiento de fondo72%
Sobre el recurso, no sobre quién ganó el juicio.
| Tribunal | Corte Suprema |
|---|---|
| Corte de origen | Corte de Apelaciones de Santiago |
| Rol | 61572-2024 |
| Fecha sentencia | 19 mar 2025 |
| Recurso | Unificación de jurisprudencia |
| Sala | Cuarta (mixta) |
| Resultado | InadmisibleVer detalleTexto del tribunal: ACOGE REPOSICIÓN E INADMISIBLE,UNIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIAEs lo que se resolvió sobre el recurso; no dice quién ganó el juicio. |
| Descriptores | Admisibilidad del recurso de unificación de jurisprudencia, Cobro de prestaciones laborales, Acoge recurso de reposición |
| Ministros | Gloria Chevesich Ruiz, Andrea Muñoz Sánchez, Mario Carroza Espinosa+2 ministrosFabiola Lathrop GómezMireya López Miranda |
Resumen
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Texto de la sentencia
Santiago, diecinueve de marzo de dos mil veinticinco.
Vistos:
Atendido el mérito de los antecedentes, se acoge la reposición deducida en escrito folio 11, en consecuencia, se deja sin efecto la resolución de cuatro de marzo del año en curso, y, en su lugar, se decreta:
No habiéndose dado cumplimiento a lo ordenado dentro del plazo otorgado por resolución de 4 de febrero del año en curso, y lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 483-A del Código del Trabajo, hágase efectivo el apercibimiento decretado y, en consecuencia, se declara inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia deducido contra la sentencia de veintiuno de noviembre de dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago.
Regístrese y devuélvase.
N°61.572-24
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