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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

RechazadaCorte Suprema · Rol 9858-201325 feb 2014

Unificación de jurisprudencia · Ingenieria y Construccion Osarco E.I.R.L.

Corte Suprema · 14.688 recursos de unificación de jurisprudencia

  • Acogido8%
  • Rechazado19%
  • Sin pronunciamiento de fondo72%

Sobre el recurso, no sobre quién ganó el juicio.

TribunalCorte Suprema
Corte de origenCorte de Apelaciones de Antofagasta
Rol9858-2013
Fecha sentencia25 feb 2014
RecursoUnificación de jurisprudencia
SalaDe verano (feriado de febrero)
ResultadoRechazada
Ver detalleTexto del tribunal: RECHAZADA DEMANDAEs lo que se resolvió sobre el recurso; no dice quién ganó el juicio.
DescriptoresResponsabilidad solidaria, Responsabilidad directa, Accidente del trabajo
+4 descriptoresDueño de la obraSentencia de reemplazoIndemnización de perjuicios por accidente del trabajoIndemnizaciones
RedactorRicardo Blanco Herrera
MinistrosRicardo Blanco Herrera, Gloria Chevesich Ruiz, Lamberto Cisternas Rocha
+2 ministrosRosa Egnem SaldiasJorge Lagos Gatica

Resumen

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Texto de la sentencia

Santiago, veinticinco de febrero de dos mil catorce.

Vistos:

Se mantienen la parte expositiva y los motivos primero, segundo, tercero, cuarto, quinto, sexto, séptimo y octavo de la sentencia de la instancia de nueve de mayo de dos mil trece, no afectados por la sentencia invalidatoria que antecede.

Y teniendo, además, presente:

Primero: Los motivos primero, segundo, tercero, cuarto y quinto, del fallo de nulidad que precede, los que deben entenderse transcritos para estos efectos, siendo innecesaria su reproducción.

Segundo: Que, en consecuencia, a la demandada Codelco Chile, División Codelco Norte, no le cabe responsabilidad solidaria en el accidente del trabajo de que se trata, debiendo haberse requerido y demostrado una responsabilidad directa de su parte, lo que no se hizo, motivo por el que no se acogerá la demanda a su respecto.

Y en conformidad con lo dispuesto en los artículos 446 y siguientes del Código del Trabajo, manteniéndose las demás decisiones del fallo impugnado, se declara que se rechaza la demanda interpuesta por don [nombre reservado], sólo en cuanto se dirige en contra de Codelco Chile, División Codelco Norte.

Acordada contra el voto de los Ministros señor Blanco y señora Chevesich, quienes estuvieron por no emitir el pronunciamiento que antecede por las razones ya consignadas en las disidencias anotadas en los fallos que preceden.

Redacción a cargo del Ministro señor Ricardo Blanco Herrera.

Regístrese y devuélvanse.

N° 9.858-2013.

Pronunciado por la Sala de Verano integrada por los Ministros Sra. Rosa Egnem S., Sres. Lamberto Cisternas R., Ricardo Blanco H., Sra. Gloria Ana Chevesich R. y el abogado integrante Sr. Jorge Lagos G.
No firma el abogado integrante Sr. Lagos, no obstante haber estado en la vista de la causa y acuerdo del fallo, por estar con ausente.

Autorizada por la Ministro de Fe de esta Corte Suprema.

En Santiago, a veinticinco de febrero de dos mil catorce, notifiqué en Secretaría por el Estado Diario la resolución precedente.

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