← Buscar en los dictámenes
ORD. N°107
Sistema de registro y control de asistencia digital;
Dictámenes concordantes
- dictamen 2927/58, 28.12.2021
- ordinario 107, 19.01.2023
Texto
Trabajo Direcciön del
Goblemo de Chile
Departamento Jurídico y Fiscalía
Innovación y Estudios Laborales Unidad de Pronunciamientos,
E199055 (1708) 2022
ORDINARIO N°: 107
duidio ACTUACIÓN:
Aplica doctrina.
MATERIA:
Sistema de registro y control de asistencia digital.
RESUMEN:
El sistema de registro y control de asistencia
denominado "Asispass", consultado por la empresa
Automatismos Lau Ltda., presenta serias
deficiencias que impiden su utilización en el marco
de la relación laboral.
ANTECEDENTES:
1) Correo electrónico de 27.12.2022 de
2)Presentación de 07.09.2022 de
z, en representación de empresa
Automatismos Lau Ltda.
SANTIAGO, 19 ENE 2023
DE : JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
A
EMPRESA AUTOMATISMOS LAU LTDA.
AVENIDA FRANCISCO BILBAO N°2942
PROVIDENCIA
Mediante la presentación del antecedente 2), usted ha solicitado un
pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y
control de asistencia que presenta, denominado "Asispass", y su respectivo proceso
de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establece el
Dictamen N°2927/58 de 28.12 2021.
Ahora bien, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, la
empresa señalada, acompañó informe de certificación de la empresa Veltec
Informática y Cía. Ltda., RUT N°[RUT reservado], suscrito por
En tal contexto, es del caso señalar que los antecedentes acompañados
fueron sometidos al pertinente análisis técnico, a fin de verificar el cumplimiento de
la normativa administrativa precitada.
Como resultado de dicho proceso, es dable informar a usted que se han
efectuado las siguientes observaciones:
1-. Respecto del N°2.9.6, acceso a la plataforma web.
a.2.2) Acceso desde equipos ubicados fuera de la red de la Dirección del Trabajo:
Para aquellos casos en que el acceso remoto se realice desde dispositivos que no
estén en la red de la Dirección del Trabajo -por ejemplo, dispositivos móviles-, el
clave". portal de fiscalización contará, en el banner de fiscalización, con la opción "solicitar
Al seleccionar dicha opción, el portal requerirá solamente del nombre y
correo electrónico institucional del respectivo funcionario. Una vez completados los
datos mencionados se solicitará el password, debiendo el sistema generarlo y
enviarlo automáticamente al respectivo correo electrónico institucional del
funcionario requirente, cuyo dominio siempre será @dt.gob.cl.
Observación: Se solicitó clave en varias oportunidades desde diferentes equipos.
Las que se requirieron a través de un notebook fueron enviadas con casi cinco horas
de desfase.
respondidas. Por su parte, las que se requirieron mediante un teléfono celular no fueron
Lo señalado, evidentemente, incumple lo dispuesto en la norma transcrita.
2-. Respecto del N°2.9.7, reportes: A fin de permitir el adecuado desarrollo de los
procesos de fiscalización, las plataformas deberán contemplar de manera destacada
en su menú inicial un botón exclusivo para la Dirección del Trabajo, denominado
"Reportes DT" el cual, una vez seleccionado, desplegará un submenú que contendrá,
se indica. en el mismo orden y bajo la misma nomenclatura del Dictamen, los informes que allí
b) Reporte de jornada diaria: Debe ser posible consultar la información relativa a la
cantidad de horas ordinarias laboradas respecto de uno o más trabajadores,
incluyendo los descansos que correspondan por el tipo de servicios prestados.
Observación: Dentro de los informes analizados se encuentra el del trabajador Sr.
Diego Soto Moya, de acuerdo con el cual en la semana que medió entre el 05 y 09
de diciembre de 2022, le correspondió laborar una jornada de 50 horas ordinarias
realizando, además 05 horas extraordinarias.
Si bien lo señalado incumple evidentemente la normativa vigente, se estima
que, probablemente, el sistema está añadiendo automáticamente los tiempos de
colación a la jornada producto de lo cual se exceden las 45 horas máximas de
jornada ordinaria, por lo que la situación debe ser revisada.
c) Reporte de días domingo y/o días festivos: Debe ser posible consultar la
información relativa a todos los domingos y/o festivos laborados, por uno o más
trabajadores, durante un periodo de hasta 12 meses anteriores a la fecha de emisión
del informe.
Observación: Dentro de los informes analizados se encuentra
para el periodo que medió entre el 27.12.2021 y el
28.12.2022, de acuerdo con el cual en tal lapso hubo sólo dos feriados, lo cual no se
ajusta a la realidad. Esta información errónea afecta la veracidad del reporte.
2.9.7.2-. Reglas generales de los reportes.
h) Las plataformas que requieran utilizar abreviaturas o siglas deberán utilizar las
que se indican en el citado Dictamen, entre otras la de "A.I.: Ausencia injustificada".
Observación: Se constata en varios reportes de domingos y festivos que, luego de
señalar que el trabajador sí concurrió a prestar servicios, la columna de
observaciones indica A.I., lo cual importa que la concurrencia en tal día fue
injustificada.
Al respecto se debe precisar que la abreviatura A.l. busca comprender si una
inasistencia tuvo o no justificación. Por el contrario, las asistencias siempre debieran
encontrar justificación en la jornada pactada, resultando incompatible el uso de la
referida sigla.
En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la
jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con
informar a usted que el sistema de registro y control de asistencia denominado
"Asispass", consultado por la empresa Automatismos Lau Ltda., presenta serias
deficiencias que impiden su utilización en el marco de la relación laboral. Lo cual no
obsta a que, una vez corregidas las observaciones indicadas en el cuerpo del
presente informe, la solicitud sea reingresada para su revisión y eventual
autorización.
Saluda atentamente a Ud.,
DEL
NATALIA POZOSANHUEZA JEFE
ABOGADA
JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
LBP/RCG Distribución:
Partes; Jurídico;
Goblemo de Chile
Departamento Jurídico y Fiscalía
Innovación y Estudios Laborales Unidad de Pronunciamientos,
E199055 (1708) 2022
ORDINARIO N°: 107
duidio ACTUACIÓN:
Aplica doctrina.
MATERIA:
Sistema de registro y control de asistencia digital.
RESUMEN:
El sistema de registro y control de asistencia
denominado "Asispass", consultado por la empresa
Automatismos Lau Ltda., presenta serias
deficiencias que impiden su utilización en el marco
de la relación laboral.
ANTECEDENTES:
1) Correo electrónico de 27.12.2022 de
2)Presentación de 07.09.2022 de
z, en representación de empresa
Automatismos Lau Ltda.
SANTIAGO, 19 ENE 2023
DE : JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
A
EMPRESA AUTOMATISMOS LAU LTDA.
AVENIDA FRANCISCO BILBAO N°2942
PROVIDENCIA
Mediante la presentación del antecedente 2), usted ha solicitado un
pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y
control de asistencia que presenta, denominado "Asispass", y su respectivo proceso
de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establece el
Dictamen N°2927/58 de 28.12 2021.
Ahora bien, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, la
empresa señalada, acompañó informe de certificación de la empresa Veltec
Informática y Cía. Ltda., RUT N°[RUT reservado], suscrito por
En tal contexto, es del caso señalar que los antecedentes acompañados
fueron sometidos al pertinente análisis técnico, a fin de verificar el cumplimiento de
la normativa administrativa precitada.
Como resultado de dicho proceso, es dable informar a usted que se han
efectuado las siguientes observaciones:
1-. Respecto del N°2.9.6, acceso a la plataforma web.
a.2.2) Acceso desde equipos ubicados fuera de la red de la Dirección del Trabajo:
Para aquellos casos en que el acceso remoto se realice desde dispositivos que no
estén en la red de la Dirección del Trabajo -por ejemplo, dispositivos móviles-, el
clave". portal de fiscalización contará, en el banner de fiscalización, con la opción "solicitar
Al seleccionar dicha opción, el portal requerirá solamente del nombre y
correo electrónico institucional del respectivo funcionario. Una vez completados los
datos mencionados se solicitará el password, debiendo el sistema generarlo y
enviarlo automáticamente al respectivo correo electrónico institucional del
funcionario requirente, cuyo dominio siempre será @dt.gob.cl.
Observación: Se solicitó clave en varias oportunidades desde diferentes equipos.
Las que se requirieron a través de un notebook fueron enviadas con casi cinco horas
de desfase.
respondidas. Por su parte, las que se requirieron mediante un teléfono celular no fueron
Lo señalado, evidentemente, incumple lo dispuesto en la norma transcrita.
2-. Respecto del N°2.9.7, reportes: A fin de permitir el adecuado desarrollo de los
procesos de fiscalización, las plataformas deberán contemplar de manera destacada
en su menú inicial un botón exclusivo para la Dirección del Trabajo, denominado
"Reportes DT" el cual, una vez seleccionado, desplegará un submenú que contendrá,
se indica. en el mismo orden y bajo la misma nomenclatura del Dictamen, los informes que allí
b) Reporte de jornada diaria: Debe ser posible consultar la información relativa a la
cantidad de horas ordinarias laboradas respecto de uno o más trabajadores,
incluyendo los descansos que correspondan por el tipo de servicios prestados.
Observación: Dentro de los informes analizados se encuentra el del trabajador Sr.
Diego Soto Moya, de acuerdo con el cual en la semana que medió entre el 05 y 09
de diciembre de 2022, le correspondió laborar una jornada de 50 horas ordinarias
realizando, además 05 horas extraordinarias.
Si bien lo señalado incumple evidentemente la normativa vigente, se estima
que, probablemente, el sistema está añadiendo automáticamente los tiempos de
colación a la jornada producto de lo cual se exceden las 45 horas máximas de
jornada ordinaria, por lo que la situación debe ser revisada.
c) Reporte de días domingo y/o días festivos: Debe ser posible consultar la
información relativa a todos los domingos y/o festivos laborados, por uno o más
trabajadores, durante un periodo de hasta 12 meses anteriores a la fecha de emisión
del informe.
Observación: Dentro de los informes analizados se encuentra
para el periodo que medió entre el 27.12.2021 y el
28.12.2022, de acuerdo con el cual en tal lapso hubo sólo dos feriados, lo cual no se
ajusta a la realidad. Esta información errónea afecta la veracidad del reporte.
2.9.7.2-. Reglas generales de los reportes.
h) Las plataformas que requieran utilizar abreviaturas o siglas deberán utilizar las
que se indican en el citado Dictamen, entre otras la de "A.I.: Ausencia injustificada".
Observación: Se constata en varios reportes de domingos y festivos que, luego de
señalar que el trabajador sí concurrió a prestar servicios, la columna de
observaciones indica A.I., lo cual importa que la concurrencia en tal día fue
injustificada.
Al respecto se debe precisar que la abreviatura A.l. busca comprender si una
inasistencia tuvo o no justificación. Por el contrario, las asistencias siempre debieran
encontrar justificación en la jornada pactada, resultando incompatible el uso de la
referida sigla.
En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la
jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con
informar a usted que el sistema de registro y control de asistencia denominado
"Asispass", consultado por la empresa Automatismos Lau Ltda., presenta serias
deficiencias que impiden su utilización en el marco de la relación laboral. Lo cual no
obsta a que, una vez corregidas las observaciones indicadas en el cuerpo del
presente informe, la solicitud sea reingresada para su revisión y eventual
autorización.
Saluda atentamente a Ud.,
DEL
NATALIA POZOSANHUEZA JEFE
ABOGADA
JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
LBP/RCG Distribución:
Partes; Jurídico;