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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

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Ordinario · Dirección del Trabajo

N° 1128 de 2019

27 mar 2019

Sistema electrónico de registro y control de asistencia; Autoriza sistema de registro de asistencia

Registro de asistencia

Hay 2 documentos con el Ord. N° 1128. Ver todos.

Lo que resuelve

Sistema electrónico de registro y control de asistencia de la empresa Safetech SpA, no cumple los requisitos mínimos.

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Texto completo

DEPARTAMENTO JURÍDICO

UNIDAD DE DICTÁMENES E

INFORMES EN DERECHO

E 516 (54) 2019

ORD.:1128

MAT.: Sistema electrónico de registro y control de asistencia; Autoriza sistema de registro de asistencia;

RORD.: Sistema electrónico de registro y control de asistencia de la empresa Safetech SpA, no cumple los requisitos mínimos.

ANT.: 1) Email de 06.02.2009, de Subjefe Departamento de Tecnologías de la Información

2) Presentación de 07.01.2019, de don [nombre reservado] en representación de Safetech SpA

SANTIAGO, 27.03.2019

DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO

A : [nombre reservado]

SAFETECH SPA

[domicilio reservado], LAMPA

Mediante presentación del antecedente 2), solicitó un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia denominado "Safetech", y su respectivo proceso de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establecen los dictámenes Nº1140/027, de 24.02.2016 y N°5849/133, de 04.12.2017, para lo cual acompañan informe de certificación emitido por la empresa Opensoftware.cl S.A.

Al respecto, se informa que los antecedentes fueron evaluados por el Departamento de Tecnologías de la Información de este Servicio, cuyo informe observó los siguientes aspectos:

1) No se aprecian documentos que evidencien el cumplimiento del registro de los marcajes fallidos

2) No se aprecian documentos que evidencien que la plataforma permita la generación de reporte de la jornada de trabajo en domingo y festivos

3) No se adjunta algoritmo del cálculo de HASH

En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que la documentación tenida a la vista, relativa al sistema de registro y control de asistencia denominado "Safetech", propuesto por la empresa Safetech S.p.A., no cumple los requisitos mínimos necesarios para emitir el pronunciamiento solicitado. Lo señalado, no obsta a que una vez corregidas las deficiencias indicadas en el cuerpo del presente informe la solicitud sea reingresada para su revisión y eventual autorización.

Saluda a Ud.,

DAVID ODDÓ BEAS

ABOGADO

JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

MBA/PRC

Distribución:

- Jurídico, Partes, Control

Sistema electrónico de registro y control de asistencia; Autoriza sistema de registro de asistencia;

Dictámenes concordantes

Otros pronunciamientos sobre registro de asistencia

Dictamen N° 1140/27, de 24.02.2016

Sistema computacional de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo; Dispositivos móviles; Actualiza doctrina contenida en dictamen Nº696/27, de 24.01.1996

Establece requisitos para sistemas computacionales de registro de asistencia y determinación de las horas de trabajo.

Dictamen N° 5849/133, de 04.12.2017

Atiende consultas de empresa Victoria S.A., sobre sistemas de registro y control de asistencia y determinación de las horas de trabajo, regulados por el dictamen N°1140/027, de 24.02.2016.

Atiende consultas de empres Victoria S.A., sobre sistemas de registro y control de asistencia y determinación de las horas de trabajo, regulados por el dictamen N°1140/027, de 24.02.2016.

Dictamen N° 2927/58, de 28.12.2021

Sistemas digitales de registro y control de asistencia, descansos y determinación de las horas de trabajo

Establece requisitos para sistemas digitales de registro y control de asistencia, descansos y determinación de las horas de trabajo.

Ord. N° 4890, de 17.12.2013

Sistema de registro y control de asistencia digital; Documentación laboral electrónica

1.- Los parámetros biométricos -como la huella digital- constituyen firmas electrónicas simples compatibles con la definición que al respecto contiene la letra f), del artículo 2° de la Ley N°19.799 y, por ende, su utilización en contratos de trabajo y sus anexos ese encuentra ajustada a Derecho. 2.- Partiendo del…

Dictamen N° 696/27, de 24.01.1996

Registro de asistencia; Sistema computacional; Características

Fija características o modalidades básicas que debe reunir un sistema de tipo electrónico-computacional de registro de asistencia y determinación de las horas de trabajo.