← Buscar en los dictámenes
ORD. N°1271
Registro especial asistencia y determinación horas de trabajo;
Dictámenes concordantes
- dictamen 1140/27, 24.02.2016
- dictamen 5849/133 de 04.12.2017
- ordinario 1271, 19.04.2021
Texto
Dirección del
Trabajo
Gobierno de Chile
Departamento Jurídico y Fiscalía
Unidad de Pronunciamientos,
Innovación y Estudios Laborales
E22951(327) 2021
1271
ORDINARIO N°:
ACTUACIÓN:
Aplica doctrina.
MATERIA:
Sistema de registro y control de asistencia electrónico.
RESUMEN:
El sistema de registro y control de asistencia
denominado “QuickPass”, presentado por la empresa
Lantec S.A., da cumplimiento a todas las exigencias
contempladas en los Dictámenes N°1140/027, de
24.02.2016 y N°5849/133, de 04.12.2017, por lo que
se autoriza su utilización en el contexto de la relación
laboral.
ANTECEDENTES:
1)Instrucciones de 14.04.2021 de Jefa Unidad de
Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales.
2) Presentación de 03.03.2021, de Sr. Pablo
Laniado, en representación de empresa Lantec S.A.
SANTIAGO, 19 ABR 2021
DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
A : SR. PABLO LANIADO
EMPRESA LANTEC S.A.
CENTELLAS ORIENTE N°2720
LA REINA
Mediante presentación del antecedente 2), usted ha solicitado un
pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y
control de asistencia que presenta, denominado “QuickPass”, y su respectivo
proceso de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia
establecen los Dictámenes N°1140/027, de 24.02.2016 y N°5849/133, de
04.12.2017.
Ahora bien, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, la
empresa señalada, acompañó informe de certificación de la empresa
Opensoftware.cl S.A., Rut N°76.095.771-2, firmado por el Sr. Carlos Moreno
Hinojosa.
En tal contexto, es del caso señalar que, revisados los antecedentes
acompañados con el objeto de determinar el cumplimiento de los requisitos que
deben comprender los sistemas computacionales de control de asistencia y
determinación de las horas de trabajo, se ha concluido que la plataforma
consultada se ajusta a los aspectos técnicos contenidos en la jurisprudencia
administrativa vigente.
En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la
jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con
informar a usted que el sistema de registro y control de asistencia denominado
“QuickPass”, presentado por la empresa “Lantec S.A.”, da cumplimiento a todas
las exigencias contempladas en los Dictámenes Nº1140/027, de 24.02.2016 y
N°5849/133, de 04.12.2017, por lo que se autoriza su utilización en el contexto de
la relación laboral.
Saluda a Ud.,
JUAN DAVIDTÉRRAZAS PONCE CCION DEL
ÁBOGADO
JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL JEFE
DIRECCIONDEL TRABAJO
LBP/RCG
Distribución:
Jurídico
Partes
Trabajo
Gobierno de Chile
Departamento Jurídico y Fiscalía
Unidad de Pronunciamientos,
Innovación y Estudios Laborales
E22951(327) 2021
1271
ORDINARIO N°:
ACTUACIÓN:
Aplica doctrina.
MATERIA:
Sistema de registro y control de asistencia electrónico.
RESUMEN:
El sistema de registro y control de asistencia
denominado “QuickPass”, presentado por la empresa
Lantec S.A., da cumplimiento a todas las exigencias
contempladas en los Dictámenes N°1140/027, de
24.02.2016 y N°5849/133, de 04.12.2017, por lo que
se autoriza su utilización en el contexto de la relación
laboral.
ANTECEDENTES:
1)Instrucciones de 14.04.2021 de Jefa Unidad de
Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales.
2) Presentación de 03.03.2021, de Sr. Pablo
Laniado, en representación de empresa Lantec S.A.
SANTIAGO, 19 ABR 2021
DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
A : SR. PABLO LANIADO
EMPRESA LANTEC S.A.
CENTELLAS ORIENTE N°2720
LA REINA
Mediante presentación del antecedente 2), usted ha solicitado un
pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y
control de asistencia que presenta, denominado “QuickPass”, y su respectivo
proceso de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia
establecen los Dictámenes N°1140/027, de 24.02.2016 y N°5849/133, de
04.12.2017.
Ahora bien, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, la
empresa señalada, acompañó informe de certificación de la empresa
Opensoftware.cl S.A., Rut N°76.095.771-2, firmado por el Sr. Carlos Moreno
Hinojosa.
En tal contexto, es del caso señalar que, revisados los antecedentes
acompañados con el objeto de determinar el cumplimiento de los requisitos que
deben comprender los sistemas computacionales de control de asistencia y
determinación de las horas de trabajo, se ha concluido que la plataforma
consultada se ajusta a los aspectos técnicos contenidos en la jurisprudencia
administrativa vigente.
En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la
jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con
informar a usted que el sistema de registro y control de asistencia denominado
“QuickPass”, presentado por la empresa “Lantec S.A.”, da cumplimiento a todas
las exigencias contempladas en los Dictámenes Nº1140/027, de 24.02.2016 y
N°5849/133, de 04.12.2017, por lo que se autoriza su utilización en el contexto de
la relación laboral.
Saluda a Ud.,
JUAN DAVIDTÉRRAZAS PONCE CCION DEL
ÁBOGADO
JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL JEFE
DIRECCIONDEL TRABAJO
LBP/RCG
Distribución:
Jurídico
Partes