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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

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Ordinario · Dirección del Trabajo

N° 1546 de 2019

25 abr 2019

Registro de asistencia; sistema electrónico computacional de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo

Registro de asistencia

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Lo que resuelve

Atiende solicitud de empresa TurnoMas S.p.A., sobre autorización de sistema de registro y control de asistencia.

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Texto completo

Departamento Jurídico y Fiscalía

Unidad de Pronunciamientos,

Innovación y Estudios Laborales

E16195 (2322) 2018

ORD.:1546

MAT.: Registro de asistencia; sistema electrónico computacional de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo;

RORD.: Atiende solicitud de empresa TurnoMas S.p.A., sobre autorización de sistema de registro y control de asistencia.

ANT.: 1) Instrucciones de 12.04.2019 de Jefa Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales.

2) Correo electrónico de 26.01.2019 de Subjefe Departamento de Tecnologías de la Información.

3) Correo electrónico de 10.12.2018 de Sr. [nombre reservado] en representación de empresa TurnoMas S.p.A.

4) Correo electrónico de 05.12.2018 de Departamento Jurídico.

5) Correo electrónico de 23.11.2018 de Subjefe Departamento de Tecnologías de la Información.

6) Correo electrónico de 19.10.2018 de Departamento Jurídico.

7) Presentación de 16.10.2018 de Sr. [nombre reservado], en representación de empresa TurnoMas S.p.A.

SANTIAGO, 25.04.2019

DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL

A : SR. [nombre reservado]

EMPRESA TURNOMAS S.P.A.

[domicilio reservado]

PUENTE ALTO

Mediante presentación del antecedente 7), complementada a través de correo electrónico de antecedente 3), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia que presenta, denominado "Allest", y su respectivo proceso de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establecen los dictámenes Nº1140/027, de 24.02.2016 y N°5849/133, de 04.12.2017.

Ahora bien, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, la empresa señalada, acompañó informe de certificación emitido por la empresa OpenSoftware S.A., Rut N°76.095.771-2, suscrito por el Sr. [nombre reservado].

En tal contexto, es del caso señalar que los antecedentes acompañados fueron remitidos al Departamento de Tecnologías de la Información de este Servicio, con el objeto de determinar el cumplimiento de los aspectos técnicos que deben comprender los sistemas computacionales de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo de acuerdo al citado dictamen.

Dicho trámite fue evacuado mediante correo electrónico de antecedente 5), señalando que no se acompañaba el informe de vulnerabilidades del sistema.

Posteriormente, a través de correo electrónico de antecedente 3), la recurrente complementó su presentación acompañando la información faltante, la que fue aprobada por el Departamento de Tecnologías de la Información de este Servicio, mediante correo electrónico de antecedente 2)

En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que el sistema de registro y control de asistencia presentado por la empresa TurnoMas S.p.A., denominado "Allest", se ajusta a las exigencias que sobre la materia establecen los dictámenes Nº1140/027, de 24.02.2016 y N°5849/133, de 04.12.2017, por lo que resulta válida su utilización en el contexto de las relaciones laborales. Lo anterior, no obsta a las observaciones o infracciones que pudieren detectarse y sancionarse por parte de esta Dirección a través de fiscalizaciones en terreno.

Saluda a Ud.,

DAVID ODDÓ BEAS

ABOGADO

JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL

DIRECCION DEL TRABAJO

MBA/RCG

Distribución:

Jurídico

Partes

Control

registro asistencia, sistema electrónico computacional control asistencia y determinación horas trabajo,

Dictámenes concordantes

Otros pronunciamientos sobre registro de asistencia

Dictamen N° 1140/27, de 24.02.2016

Sistema computacional de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo; Dispositivos móviles; Actualiza doctrina contenida en dictamen Nº696/27, de 24.01.1996

Establece requisitos para sistemas computacionales de registro de asistencia y determinación de las horas de trabajo.

Dictamen N° 5849/133, de 04.12.2017

Atiende consultas de empresa Victoria S.A., sobre sistemas de registro y control de asistencia y determinación de las horas de trabajo, regulados por el dictamen N°1140/027, de 24.02.2016.

Atiende consultas de empres Victoria S.A., sobre sistemas de registro y control de asistencia y determinación de las horas de trabajo, regulados por el dictamen N°1140/027, de 24.02.2016.

Dictamen N° 2927/58, de 28.12.2021

Sistemas digitales de registro y control de asistencia, descansos y determinación de las horas de trabajo

Establece requisitos para sistemas digitales de registro y control de asistencia, descansos y determinación de las horas de trabajo.

Ord. N° 4890, de 17.12.2013

Sistema de registro y control de asistencia digital; Documentación laboral electrónica

1.- Los parámetros biométricos -como la huella digital- constituyen firmas electrónicas simples compatibles con la definición que al respecto contiene la letra f), del artículo 2° de la Ley N°19.799 y, por ende, su utilización en contratos de trabajo y sus anexos ese encuentra ajustada a Derecho. 2.- Partiendo del…

Dictamen N° 696/27, de 24.01.1996

Registro de asistencia; Sistema computacional; Características

Fija características o modalidades básicas que debe reunir un sistema de tipo electrónico-computacional de registro de asistencia y determinación de las horas de trabajo.