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Dirección del TrabajoOrdinario31 de mayo de 2021

ORD. N°1568

Registro especial asistencia y determinación horas de trabajo;

Dictámenes concordantes

  • dictamen 1140/27, 24.02.2016
  • dictamen 5849/133 de 04.12.2017
  • ordinario 1568, 31.05.2021

Texto

Juridico
Dirección del Trabajo
Gobierno de Chile
Departamento Jurídico y Fiscalía Unidad de Pronunciamientos, 1568
Innovación y Estudios Laborales
E52125 (609) 2021
ORDINARIO N°:
ACTUACIÓN:
Aplica doctrina.
MATERIA:
Sistema de registro y control de asistencia
electrónico.
RESUMEN:
La nueva aplicación móvil adicionada al sistema de
registro y control de asistencia presentado por la
empresa Gaxu Soluciones S.A., denominada
“Prosago Móvil”, se ajusta a todas las exigencias
establecidas por los Dictámenes Nº1140/027 de
24.02.2016 y N°5849/133 de 04.12.2017, por lo que
se autoriza su utilización en el contexto de la relación
laboral.
ANTECEDENTES:
1) Instrucciones 31.05.2021 de Jefa Unidad de
Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales.
2) Presentación de 28.04.2021 de Sr. Gabriel
Argomedo Galarce, en representación de la
empresa Gaxu Soluciones S.A.
SANTIAGO, 31 MAY 2021
DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
A : SR.
GABRIEL ARGOMEDO GALARCE
EMPRESA GAXU SOLUCIONES S.A.
AVENIDA PROVIDENCIA N°2019, OFICINA 503
PROVIDENCIA
Mediante presentación del antecedente 2), usted ha solicitado un
pronunciamiento de este Servicio, acerca de la posibilidad de incorporar a su sistema
de registro y control de asistencia una aplicación denominada “Prosago Móvil”, la
cual permitiría ser utilizada en el ámbito del teletrabajo.

Para ello, ha acompañado la información de su respectivo proceso de
verificación realizado por la empresa Agencia Certificadora Chile S.p.A., Rut
N°76.900.071-2, suscrito por el Sr. Gabriel Argomedo Galarce.
En tal contexto, es del caso señalar que, revisados los antecedentes
acompañados con el objeto de determinar si la adición de la nueva aplicación móvil
no altera o afecta los parámetros técnicos bajo los cuales fue autorizado el sistema
Prosago, mediante Ord. N°1018 de 19.03.2021, se ha concluido que efectivamente
la aplicación consultada se ajusta a los aspectos técnicos contenidos en la
jurisprudencia administrativa vigente.
En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la
jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con
informar a usted, que la nueva aplicación móvil adicionada al sistema de registro y
control de asistencia presentado por la empresa Gaxu Soluciones S.A., denominada
“Prosago Móvil”, se ajusta a todas las exigencias establecidas por los Dictámenes
Nº1140/027 de 24.02.2016 y N°5849/133 de 04.12.2017, por lo que se autoriza su
utilización en el contexto de la relación laboral.
Saluda atentamente a Ud.,
CION
ABOGADO
JEFE/DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
BP/RCG
Distribución:
Jurídico;
Partes.

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