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Dirección del TrabajoOrdinario15 de junio de 2021

ORD. N°1663

Documentación laboral electrónica;

Dictámenes concordantes

  • dictamen 789/15, 16.02.2015
  • ordinario 1663, 15.06.2021
  • ordinario 235, 21.01.2021

Texto

Trabajo Direcciön del
Gobiemo de Chile
Departamento Jurídico y Fiscalía
Unidad de Pronunciamientos, 1663
Innovación y Estudios Laborales
E57821 (650) 2021
ORDINARIO N°:
ACTUACIÓN:
Aplica doctrina.
MATERIA:
Documentación laboral electrónica.
RESUMEN:
Rectifica el Ord. N°235 de 21.01.2021 en el sentido que
indica.
ANTECEDENTES:
1)Instrucciones de 07.06.2021, de Jefa Unidad de
Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales.
2) Presentación de 07.05.2021 de Sr. Nelson Valencia
Vivanco, en representación de empresa Prevsis S.p.A.
SANTIAGO, 1 5 JUN 2021
DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
A : SR.
NELSON VALENCIA VIVANCO
PLAZA VERGARAZ N°172, OFICINA 97, EDIFICIO EL ESCORIAL
VIÑA DEL MAR
Mediante correo electrónico del antecedente 2), usted ha solicitado se
modifique el Ord. N°235 de 21.01.2021, por cuanto en dicho informe se habría
incurrido en un error formal por parte de este Servicio.
A mayor abundamiento indica que, si bien a través de dicho informe se
autoriza la utilización del sistema de creación, firma y gestión de documentación
laboral electrónica que presenta que presenta, la conclusión del mismo
pronunciamiento daría a entender lo contrario.
Ahora bien, precisado lo anterior, es del caso indicar que efectivamente al
analizar el texto del citado informe se incurrió en un error de copia del cual deriva la
ambigüedad de sus conclusiones.
Por lo tanto, se ha estimado procedente rectificar el Ordinario en examen
reemplazando su párrafo final por el siguiente:

En consecuencia, sobre la base de la jurisprudencia administrativa invocada
y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que, con la prevención
realizada en el cuerpo del presente informe, el sistema de generación, gestión y firma
de documentación laboral electrónica, presentado por la empresa Prevsis S.p.A., se
ajusta a las condiciones mínimas de funcionamiento exigidas por el Dictamen
N°0789/15, de 16.02.2015, por lo que se autoriza su utilización en el marco de las
relaciones laborales. Lo cual debe entenderse sin perjuicio de las observaciones que
esta Dirección pueda realizar en uso de sus facultades de fiscalización.
Es todo cuanto puedo informar a usted sobre la materia.
Saluda a Ud.,
DEL
JEFE
JUAN DAVID TERRAZAS PONCE
ABOGADO
JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
LBP/RCG
Distribución:
Jurídico;
Partes;

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