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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

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Ordinario · Dirección del Trabajo

N° 1669 de 2018

4 abr 2018

Registro especial de asistencia y determinación de horas de trabajo; Certificación

Registro de asistencia

Hay 3 documentos con el Ord. N° 1669. Ver todos.

Lo que resuelve

Atiende solicitud de empresa Future IT S.p.A., sobre autorización de sistema de registro y control de asistencia.

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Texto completo

DEPARTAMENTO JURIDICO

K1563 (334) 2018

ORD.:1669/

MAT.: Registro especial de asistencia y determinación de horas de trabajo; Certificación;

RORD.: Atiende solicitud de empresa Future IT S.p.A., sobre autorización de sistema de registro y control de asistencia.

ANT.: 1) Instrucciones de 19.03.2018, de Jefa Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.

2) Correo electrónico de 23.02.2018, de Subjefe Departamento de Tecnologías de la Información

3) Correo electrónico de 15.02.2018, de Departamento Jurídico.

4) Presentación de 08.02.2018, de Sr. [nombre reservado], en representación de empresa Future IT S.p.A.

SANTIAGO, 04.04.2018

DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO

A : SR. [nombre reservado]

EMPRESA FUTURE IT S.P.A.

[domicilio reservado]

PROVIDENCIA

Mediante presentación del antecedente 4), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia que presenta, denominado “CRTL IT”, y su respectivo proceso de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establecen los dictámenes Nº1140/027 de 24.02.2016 y N°5849/133 de 04.12.2017.

Ahora bien, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, la solicitante sometió su sistema de registro de asistencia a la verificación de la compañía EXE Ingeniería y Software Ltda., Rut N°78.527.970-0, acompañando el respectivo informe, el cual se encuentra rubricado pero sin indicar el responsable del proceso.

En tal contexto, es del caso señalar que los antecedentes acompañados fueron remitidos al Departamento de Tecnologías de la Información de este Servicio, con el objeto de determinar el cumplimiento de los aspectos técnicos que deben comprender los sistemas computacionales de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo de acuerdo a los citados dictámenes.

Dicho trámite fue evacuado mediante correo electrónico de antecedente 2), manifestando las siguientes observaciones:

1-. No se aprecia bien instalado o configurado el certificado digital para garantizar el acceso HTTPS con TLS 1.2. Lo señalado, se constata dado que al ingresar la url "https://app.ctrlit.cl/ctrl" el usuario es re direccionado a la url https://app.ctrlit.cl/ctrl/login/auth , en cuya aplicación se pierde la correcta configuración del certificado, ya que el propio navegador lo alerta.

2-. En las evidencias presentadas, no se aprecian las credenciales de acceso para fiscalizadores lo que, a su vez, impidió verificar el acceso y funcionamiento de la plataforma.

3-. No se aprecian evidencias que permitan validar el correcto almacenaje de los registros de marcaje en la base de datos.

4-. No se aprecia evidencia que permita dar cuenta del perfilamiento y accesos al sistema.

5-. No se aprecia evidencia de las alertas por errores de marcaje.

Además, el mismo documento, con relación a la seguridad, dado que el HASH se está calculando y en el supuesto que se registra en la base de datos, recomienda que en el correo de reporte de la marca se incorpore el código generado.

En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que el informe de certificación acompañado, correspondiente al sistema de registro y control de asistencia consultado por la empresa Future IT S.p.A., presenta serias deficiencias que impiden emitir el pronunciamiento solicitado, por lo que no se autoriza su utilización en el contexto de la relación laboral.

Saluda a Ud.,

JOSÉ FRANCISCO CASTRO CASTRO

ABOGADO

JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

LBP/RCG

Distribución:

Jurídico

Partes

Control

registro especial asistencia y determinación horas trabajo, certificación,

Dictámenes concordantes

Citado por 1 pronunciamiento posterior

Otros pronunciamientos sobre registro de asistencia

Dictamen N° 1140/27, de 24.02.2016

Sistema computacional de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo; Dispositivos móviles; Actualiza doctrina contenida en dictamen Nº696/27, de 24.01.1996

Establece requisitos para sistemas computacionales de registro de asistencia y determinación de las horas de trabajo.

Dictamen N° 5849/133, de 04.12.2017

Atiende consultas de empresa Victoria S.A., sobre sistemas de registro y control de asistencia y determinación de las horas de trabajo, regulados por el dictamen N°1140/027, de 24.02.2016.

Atiende consultas de empres Victoria S.A., sobre sistemas de registro y control de asistencia y determinación de las horas de trabajo, regulados por el dictamen N°1140/027, de 24.02.2016.

Dictamen N° 2927/58, de 28.12.2021

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1.- Los parámetros biométricos -como la huella digital- constituyen firmas electrónicas simples compatibles con la definición que al respecto contiene la letra f), del artículo 2° de la Ley N°19.799 y, por ende, su utilización en contratos de trabajo y sus anexos ese encuentra ajustada a Derecho. 2.- Partiendo del…

Dictamen N° 696/27, de 24.01.1996

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