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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

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Ordinario · Dirección del Trabajo

N° 1709 de 2020

26 may 2020

Docentes; Ley 20.501; Calidad y Equidad de la Educación; Rectifica Ord. N°1468, 21.04.2020

Estatuto docente

Lo que resuelve

Rectifica Ordinario N°1468, de 21.04.2020.

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Texto completo

Trabajo Dirección del

Gobieno de Chile

Departamento Jurídico y Fiscalía

Innovación y Estudios Laborales Unidad de Pronunciamientos, 1709

E 14700(561)2020

E 36179(496)2020

ORDINARIO N°:

lidico MATERIA:

Rectifica Ordinario N° 1468, de 21.04.2020.

ANTECEDENTES:

4) Ordinario N° 1468, de 21.04.2020, de Jefe

Departamento Jurídico y Fiscal (S).

3) Oficio N° 2.391, de 25.02.2020, de Contralora, II

Contraloría Regional Metropolitana de Santiago.

2) Oficio N° 4.435, de 17.02.2020, de Jefe Comité

Municipal de Contraloría General de la República.

1) Necesidades del Servicio.

SANTIAGO,

DE: JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL (S) 2 6 MAY 2020

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

A: SRA. CONTRALORA

II CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO

SR. [nombre reservado]

JEFE COMITÉ MUNICIPAL

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

[domicilio reservado]

SANTIAGO

Mediante Ordinario N° 1468, de 21.04.2020, este Servicio respondió Oficio del

antecedente 2) en que se solicitaba informar sobre la situación laboral de don Héctor

Miranda Núñez, a la luz de lo dispuesto en el artículo tercero transitorio de la ley N° 20.501,

sobre Calidad y Equidad de la Educación.

Que, habiéndose advertido que el informe remitido contiene un error al consignar el

nombre del trabajador, el que corresponde a Héctor y no, Hernán, mediante este acto se

rectifica el Ordinario N° 1468, de 21.04.2020, en el sentido que dicho pronunciamiento se

refiere a la situación laboral de don Héctor Miranda Núñez.

Saluda atentamente a Ud.

SONIA MENA SOTO

ABOGADO JEFE

JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL(S)

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

LBPICAS

Distribución

Jurídico

Partes

Dictámenes concordantes

Otros pronunciamientos sobre estatuto docente

Dictamen N° 1920/32, de 20.04.2015

Estatuto Docente. Corporación Municipal. Beneficio de Titularidad de la ley Nº20.804, de 31.01.15. Profesores de educación diferencial vinculados al proyecto de integración escolar. Docentes vinculados al Plan de Mejoramiento de la educación. Carga mínima de 20 horas semanales para acceder a la titularidad.

1) Procede el beneficio de la titularidad establecido en la Ley N°19.648, en su nuevo texto fijado por la Ley N°20.804, publicada en el diario oficial de 31.01.2015, de concurrir los requisitos previstos al efecto, respecto de los profesores de educación diferencial de los establecimientos dependientes de las…

Dictamen N° 152/2, de 11.01.2016

Estatuto Docente; Bonificación de reconocimiento profesional; Profesional que cumple función docente en calidad de autorizada

A la trabajadora Sra. [nombre reservado], quien tiene el título de Psicopedagoga, y está cursando estudios de Educadora Diferencial, cargo éste último que desempeña en el Colegio Las Américas en virtud de la autorización para el ejercicio de la función docente otorgada por la Secretaría Regional Ministerial de…

Dictamen N° 4127/69, de 16.09.2010

Estatuto Docente. Subvención Escolar Preferencial. "SEP". Contrato de Trabajo. Existencia. Estatuto Docente. Subvención Escolar Preferencial. "SEP". Contrato de Trabajo. Normativa aplicable. Estatuto Docente. Subvención Escolar Preferencial. "SEP". Remuneraciones. Financiamiento.

1) El personal que desempeña funciones vinculadas al Plan de Mejoramiento de la Educación, financiado con cargo a los recursos de la Subvención Escolar Preferencial "SEP" debe suscribir con su empleador contrato de trabajo, de concurrir vinculo de subordinación y dependencia y demás elementos que determinan su…

Ord. N° 2741, de 04.06.2015

Estatuto Docente; Corporación Municipal. Beneficio de la titularidad de la ley Nº20.804. Profesionales habilitados para el ejercicio de la función docente; Período desde el que se extiende la antigüedad; Computo de las 20 horas cronológicas semanales; Actividades curriculares no lectivas.

1) Tiene derecho al beneficio de la titularidad establecido en la Ley Nº19.648, en su nuevo texto fijado por la Ley N°20.804, el personal contratado en un establecimiento educacional administrado por una Corporación Municipal que, cumpliendo los demás requisitos previstos en el referido cuerpo legal y no teniendo…

Dictamen N° 1911/45, de 05.05.2017

Estatuto Docente, Establecimiento técnico profesional. Disminución de jornada ordinaria, Efectos, Remuneraciones, Modificación unilateral de contratos, Imperativo legal, Horas de docencia de aula, Nueva proporcionalidad;Horas de actividades curriculares no lectivas

1) A contar de la entrada en vigencia de la Ley N°20.971, los docentes de los establecimientos educacionales técnico profesionales del Decreto Ley N°3.166, de 1980, han quedado regidos por la jornada ordinaria máxima de 44 horas cronológicas semanales prevista en el inciso 1° del artículo 80 del Estatuto Docente 2)…