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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

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Ordinario · Dirección del Trabajo

N° 1726 de 2017

21 abr 2017

Atiende presentación sobre permisos sindicales.

Permisos y licencias médicas

Hay 3 documentos con el Ord. N° 1726. Ver todos.

Lo que resuelve

Atiende presentación sobre permisos sindicales.

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Texto completo

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

DEPARTAMENTO JURIDICO

K7643(1761)2016

ORD. N°1726/

MAT.: Atiende presentación sobre permisos sindicales.

ANT.: 1) Instrucciones de Jefa Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho, de 30.03.2017.

2) Oficio Nº 4479, de Jefa de Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho, de 31.08.2016.

3) Presentación de Centro Veterinario y Agrícola Ltda., de 19.07.2016.

21.04.2017

DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO

A : CENTRO VETERINARIO Y AGRÍCOLA LTDA.

[domicilio reservado] PARQUE TITANIUM

LAS CONDES/

Por la presentación de antecedente 3), esa empresa consulta "si el lugar en que se realizan labores sindicales durante un permiso sindical, tiene alguna injerencia en la determinación de quién tiene que cargar con la remuneración de dicho tiempo, según lo establecido en el artículo 249 del Código del Trabajo".

Mediante Oficio de antecedente 2) se pidieron mayores antecedentes a la empleadora, los que no hizo llegar a esta Dirección.

Sobre la materia, cabe tener presente que el inciso 1º del artículo 249 del Código del Trabajo precisa:

"Los empleadores deberán conceder a los directores y delegados sindicales las horas de trabajo sindical necesarias para ausentarse de sus labores con el objeto de cumplir sus funciones fuera del lugar de trabajo, los que no podrán ser inferiores a seis horas semanales por cada director, ni ocho tratándose de directores de organizaciones sindicales con 250 o más trabajadores".

Al respecto, la reiterada y uniforme jurisprudencia de esta Dirección, ha dejado establecido que la intención del legislador ha sido la de permitir que los dirigentes sindicales dejen de efectuar las labores para las que fueron contratados, con la finalidad de cumplir con las diligencias propias de su cargo, tanto dentro como fuera del recinto de la empresa (Dictámenes Nºs 5415/257, de 17.12.2003, 1428/78, de 09.05.2002, y 0706/002, de 07.02.2011).

En estas condiciones, la totalidad de estas horas de trabajo sindical, tanto las otorgadas para desempeñar labores de dirigente al interior como fuera del lugar de trabajo, por regla general son tiempos que debe solventar la organización sindical, a menos que las partes involucradas -empleador y sindicato- hayan acordado una forma distinta de financiar éstas.

En consecuencia, sobre la base de la disposición legal y jurisprudencia administrativa invocada, cúmpleme manifestar que el régimen de financiamiento legal de las horas de trabajo sindical es idéntico, independiente de que las labores del dirigente de la organización se desempeñen al interior o fuera del lugar de trabajo.

Saluda a Ud.

JOSÉ FRANCISCO CASTRO CASTRO

ABOGADO

JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

LBP/RGR/rgr

Distribución:

- Jurídico, Partes y Control

Organizaciones sindicales. Horas de permiso sindical. Financiamiento.

Dictámenes concordantes

Otros pronunciamientos sobre permisos y licencias médicas

Dictamen N° 4052/83, de 17.10.2011

1) Permiso postnatal parental. Beneficiarios. 2) Permiso postnatal parental. Modalidades. 3) Permiso postnatal parental. Avisos. 4) Permiso postnatal parental. Ejercicio por parte del padre. 5) Permiso postnatal parental. Situación de trabajadoras que al 17.10.2011 no habían hecho uso de descanso pre o postnatal. 6) Permiso postnatal parental. Situación de trabajadoras que al 17.10.2011 hayan terminado su descanso postnatal. 7) Permiso postnatal parental. Situación de trabajadoras que al 17.10.2011 se encontraban haciendo uso de permiso pre o postnatal. 8) Permiso postnatal parental. Obligaciones del empleador. 9) Permiso postnatal parental. Nuevas funciones de la Dirección del Trabajo. 10) Descanso postnatal. Incrementos.

Fija sentido y alcance de los artículos 195, 196,197 bis, 198, 200 y 201 del Código del Trabajo en su texto fijado por la ley N° 20.545 y primero, segundo y tercero transitorios de este último cuerpo legal.

Ord. N° 4361, de 27.08.2015

Permisos sindicales. Negociación del tiempo destinado a los permisos. Naturaleza del acuerdo. Cláusula tácita.

Responde consultas relativas a la forma en que la empresa Subus otorga los permisos sindicales al solicitante.

Dictamen N° 4484/61, de 10.11.2009

Licencia Médica. Rechazo. Incidencia Remuneraciones. Personal Atención Primaria.

Resulta jurídicamente procedente exigir a un trabajador de salud primaria municipal, la devolución o reintegro mediante el descuento de remuneraciones, del pago de los días no laborados por licencia médica rechazada por el COMPIN y demás organismos médico previsionales.

Dictamen N° 5845/132, de 04.12.2017

Fija el sentido y alcance de la ley N°21.042; Permiso por matrimonio o acuerdo de unión civil; Otorgamiento; Cómputo; Requisitos; Género

Ley N° 21.042. Permiso laboral por matrimonio y acuerdo de unión civil.

Dictamen N° 886/19, de 08.03.2007

1) Permiso por muerte de hijo o cónyuge. Cómputo. - Permiso por muerte de hijo en gestación, padre o madre. Computo. 2) Permiso por muerte de hijo o cónyuge. Oportunidad. - Permiso por muerte de hijo en gestación, padre o madre. Oportunidad. 3) Muerte de hijo o cónyuge. Fuero Laboral. Procedencia. - Permiso por muerte de hijo o cónyuge. Compensación en dinero. Procedencia. - Permiso por muerte de hijo en gestación, padre o madre. Compensación en dinero. Procedencia.

Fija sentido y alcance de artículo 66 del Código del Trabajo, en su texto fijado por la ley Nº20.137.