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Dirección del TrabajoOrdinario25 de marzo de 2025

ORD.N°176

Sistema electrónico de registro y control de asistencia digital;

Normas citadas

Dictámenes concordantes

  • ordinario n°176, 25.03.2025

Texto

Partes
1924 ARos 2024
Departamento Juridico Unidad de Dictámenes
e Informes en Derecho E28238 (248) 2025
ORDINARIO N°: 176
ACTUACIÓN:
Aplica doctrina.
MATERIA:
Sistema electrónico de registro y control de
asistencia digital.
RESUMEN:
El sistema de registro y control de asistencia
denominado "FACEID", consultado por la empresa
Software Empresarial ControlRoll Ltda., RUT
N°76.436.003-6, se ajusta a todas las exigencias
establecidas en la Resolución Exenta N°38 de
26.04.2024, por lo que se autoriza su utilización en
el marco de la relación laboral.
ANTECEDENTES:
1) Instrucciones de 12.03.2025 de Jefa de Unidad de
Dictámenes e Informes en Derecho.
2) Presentación de 29.01.2025 de
en representación de empresa
Software Empresarial ControlRoll Ltda.
SANTIAGO,
25 MAR 2025
DE : JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO
A
SOFTWARE EMPRESARIAL CONTROLROLL LTDA.
LAS CONDES
Mediante la presentación del antecedente 2), usted ha solicitado un
pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y
control de asistencia que presenta, y su respectivo proceso de verificación, se
ajustan a las exigenclas que sobre la materia establece la Resolución Exenta N°38
de 26.04.2024.

Ahora bien, precisado lo anterior, es del caso indicar que, a fin de validar el
cumplimiento de las indicadas exigencias, la solicitante acompañó un informe de
certificación emitido por la empresa Veltec Informática y Cla., Rut 76.201.051-8, y firmado po
En tal contexto, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 3° del articulo 33 del
Código del Trabajo y articulo 68° de la Resolución Exenta N°38, se procedió a
analizar los antecedentes presentados, cuyo resultado es el siguiente:
a) Examen de admisibilidad: Durante esta etapa se analiza el cumplimiento de las
exigencias formales de presentación de los antecedentes, asi como la omisión de
información general, las credenciales o accesos al módulo de fiscalización y la falta de documentos.
b) Análisis de los aspectos informáticos: En esta etapa se examina el
cumplimiento de las condiciones relativas a la arquitectura del software, seguridad,
integridad y respaldo de la información, base de datos, alertas, etc.
asociadas a la emisión de reportes de fiscalización. c) Análisis de los aspectos juridicos: En esta instancia se revisan las exigencias
En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la norma
legal citada, jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas,
cumplo con informar a usted que el sistema de registro y control de asistencia
denominado "FACEID", consultado por la empresa Software Empresarial ControlRoll
Ltda., RUT N°76.436.003-6, se ajusta a todas las exigencias establecidas en la
Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo que se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
Saluda atentamente a Ud.,
070 bou/huers DEL
NATALIA-ROZO SANHUEZ ABOGADA ★ JEFE
et DIRECCIÓN DEL TRABAJO
MGC/RCE Dlattibución:
Partes; Juridico;
Control;

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