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Dirección del TrabajoOrdinario25 de marzo de 2025

ORD.N°177

Sistema de registro y control asistencia digital;

Normas citadas

Dictámenes concordantes

  • ordinario n°177, 25.03.2025

Texto

Jurrdilo
Dirección
del Trabajo
Gobierno de Chile
1924 AÑOS 2024
Departamento Jurídico
Unidad de Dictámenes
e Informes en Derecho
E37788 (252) 2025
ORDINARIO N°:
ACTUACIÓN:
Aplica doctrina.
MATERIA:
Sistema electrónico de registro y control de
asistencia.
RESUMEN:
El sistema de registro y control de asistencia
denominado "Control de Asistencias", consultado
por la empresa RJC Software Ltda., RUT
N°76.425.072-9, no se ajusta a todas las exigencias
establecidas en la Resolución Exenta N°38 de
26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización
en el marco de la relación laboral.
ANTECEDENTES:
1) Instrucciones de 14.03.2025 de Jefa de Unidad de
Dictámenes e Informes en Derecho.
2) Presentación de 07.02.2025 de
en representación de empresa RJC
Software Ltda.
SANTIAGO, 25 MAR 2025
DE : JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO
A
RJC SOFTWARE LTDA.
PROVIDENCIA
Mediante la presentación del antecedente 2), usted ha solicitado un
pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y
control de asistencia que presenta se ajusta a las exigencias que sobre la materia
establece la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024.

En tal contexto, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 3° del artículo 33 del
Código del Trabajo y artículo 68° de la Resolución Exenta N°38, se procedió a
analizar los antecedentes presentados, cuyo resultado es el siguiente:
a) Examen de admisibilidad: Durante esta etapa se analiza el cumplimiento de las
exigencias formales de presentación de los antecedentes, así como la omisión de
información general, las credenciales o accesos al módulo de fiscalización y la falta de documentos.
asociados al artículo 66.2): De la revisión de los antecedentes se desprenden los siguientes reparos
siguientes requisitos formales: 1) Respecto de la letra a), el informe de certificación que deberá cumplir con los
i) Deberán exhibir en su primera página el certificado de cumplimiento, fechado y suscrito por el responsable del proceso.
Observación: El texto inserto en el informe de certificación señala:
Se ingresa por primera vez el proceso de certificación del sistema de control de asistencia denominado Control de horarios.
Es posible apreciar que el texto transcrito no da cuenta del cumplimiento
íntegro de la normativa vigente, además de carecer de fecha y firma del responsable del proceso de certificación.
2) Respecto de la letra c), informe de vulnerabilidades: Para la generación del
reporte se deberán utilizar herramientas de terceros que permitan obtener un
informe detallado de los aspectos de seguridad del sistema, por ejemplo: puertos
TCP abiertos y vulnerabilidades a las que se encuentran sujetos, marcas de los
productos instalados, resultados de pruebas de penetración, entre otros.
El reporte de salida deberá ser incorporado a los antecedentes que se
remitan a este Servicio en el contexto del proceso de autorización de los sistemas.
La herramienta que se utilice debe contar con todas las funcionalidades que
todas las exigencias indicadas en este literal. permitan obtener un reporte exhaustivo de las vulnerabilidades y que cumpla con
En la medida que cumpla con lo señalado en los párrafos precedentes, la
herramienta podrá ser de pago o una versión de prueba.
Observación: No acompaña el análisis de vulnerabilidad.
el análisis de los aspectos informáticos del sistema. De este modo, la solicitud no puede avanzar a la siguiente etapa, es decir,

En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la norma
legal citada, jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas,
cumplo con informar a usted que el sistema de registro y control de asistencia
denominado "Control de Asistencias", consultado por la empresa RJC Software
Ltda., RUT N°76.425.072-9, no se ajusta a todas las exigencias establecidas en la
Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en
el marco de la relación laboral.
Saluda atentamente a Ud.
DEL
NATALIA POZO SANHUEZA
ABOGADA ★ JEFE
JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO
DIRECCIÓN DEL TRABAJO DEPTO. JURÍDICO
MGC/RCG
Distribución:
Jurídico;
Partes;
Control;

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