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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

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Ordinario · Dirección del Trabajo

N° 1829 de 2018

12 abr 2018

Instrumento colectivo; Interpretación; Tribunales de Justicia

Negociación e instrumentos colectivos

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Lo que resuelve

Atiende solicitud de aclaración de Ordinario Nº 1431 de 16.03.2018

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Texto completo

DEPARTAMENTO JURÍDICO

UNIDAD DE DICTÁMENES E INFORMES

EN DERECHO

K 3450 (709) 2018

ORD.:1829/

MAT.: Instrumento colectivo; Interpretación; Tribunales de Justicia;

RORD.: Atiende solicitud de aclaración de Ordinario Nº 1431 de 16.03.2018

ANT.: Presentación de 27.03.2018, de don [nombre reservado].

SANTIAGO, 12.04.2018

DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO

A : [nombre reservado]

SUBGERENTE PERSONAL Y RELACIONES LABORALES

WATT´S SA

[correo reservado]

Mediante presentación del antecedente, ha solicitado aclaración del Ordinario Nº 1431 de 16.03.2018, el que a su juicio contendría conclusiones contradictorias, y no otorgaría precisión a las partes respecto a la forma en que debiera cumplirse el contrato colectivo.

Al respecto cabe señalar en primer término, que este Servicio mediante Ordinario Nº 1431 de 16.03.2018, informó lo siguiente:

“…la sustitución del envase de uno de los productos que componen la canasta familiar solo implicará el reemplazo de la cosa debida, en la medida que se vean alteradas las cualidades esenciales del producto, tales como cantidad, calidad o características alimentarias del producto. Ahora bien, en caso de existir una disminución de la avaluación pecuniaria que las partes al suscribir el contrato colectivo han otorgado al producto, el empleador deberá compensar la diferencia de precio con otro bien acordado con los trabajadores”.

De lo anterior, se advierte que no existe contradicción en las conclusiones informadas, puesto que se analizan dos situaciones hipotéticas de distinta índole, una referida a la modificación de las cualidades alimentarias del bien, y otra, atinente a su cambio de apreciación pecuniaria.

Sin embargo, procede aclarar que no corresponde a este Servicio definir para el caso concreto la manera en que las partes acuerden la sustitución de un bien que compone la canasta familiar, resultando ser una materia que –bajo ciertas circunstancias– recae de manera exclusiva al consentimiento de los contratantes.

Ahora bien, las controversias que pudieran suscitarse respecto al sentido del contrato, y al cumplimiento total y oportuno de las obligaciones que de él derivan, exigen el análisis de elementos probatorios, en una instancia controversial, propia del conocimiento de los Tribunales de Justicia.

En consecuencia, sírvase tener por atendida su petición de aclaración.

Saluda a Ud.,

JOSÉ FRANCISCO CASTRO CASTRO

ABOGADO

JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

LBP/PRC

Distribución:

Jurídico

Inspección del Trabajo Maipo

Partes

Control

instrumento colectivo, interpretación, tribunales justicia,

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