Ordinario · Dirección del Trabajo
N° 1905 de 2018
18 abr 2018
Registro especial de asistencia y determinación de horas de trabajo; Certificación
Lo que resuelve
Atiende solicitud de empresa Consultores y Asesores en Informática Zeke Ltda., sobre autorización de sistema de registro y control de asistencia.
Texto completo
DEPARTAMENTO JURIDICO
K3566 (731) 2018
ORD.:1905/
MAT.: Registro especial de asistencia y determinación de horas de trabajo; Certificación;
RORD.: Atiende solicitud de empresa Consultores y Asesores en Informática Zeke Ltda., sobre autorización de sistema de registro y control de asistencia.
ANT.: 1) Ord. N°927 de 28.03.2018, de Inspectora Provincial del Trabajo Santiago.
2) Presentación de 26.03.2018, de Sr. [nombre reservado], en representación de empresa Consultores y Asesores en Informática Zeke Ltda.
SANTIAGO, 18.04.2018
DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO
A : SR. [nombre reservado]
EMPRESA CONSULTORES Y ASESORES EN INFORMÁTICA ZEKE LTDA.
[domicilio reservado]
SANTIAGO
Mediante presentación del antecedente, usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia que presenta, denominado “Control ID”, y su respectivo proceso de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establece el dictamen Nº1140/027, de 24.02.2016, para lo cual acompañan informe de certificación emitido por la empresa Asesorías Computacionales Limitada, Rut N°76.003.061-9, suscrito por el Sr. Mirko Drpic González.
Aclarado lo anterior, es dable indicar que esta Dirección, mediante dictamen N°5849/133, de 04.12.2017, complementó la normativa contenida en el citado dictamen Nº1140/027 estableciendo, en su punto 4, diversos aspectos formales obligatorios referidos al proceso e informe de certificación.
Ahora bien, revisada la documentación acompañada, se ha podido constatar que el informe técnico no da cumplimiento a la exigencia formal contenida en el punto 4.4 del precitado dictamen N°5849/133, cuyo texto es el siguiente:
“4.4-. A objeto de facilitar el examen de los antecedentes acompañados a las solicitudes de autorización -el cual involucra a más de un Departamento de este Servicio-, se deberá acompañar a la respectiva carta conductora que detalla el requerimiento, un dispositivo electrónico -pendrive por ejemplo-, el que deberá contener copias en formato electrónico de todos los documentos, imágenes, diagramas, gráficos, videos, etc., que se presenten a revisión. La presentación de la misma documentación en formato papel será opcional, resultando obligatoria sólo la modalidad electrónica.
La responsabilidad por el correcto funcionamiento de los dispositivos electrónicos acompañados será del solicitante.”
En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que la documentación técnica presentada no cumple con un requisito mínimo de admisibilidad necesario para proceder a su análisis por parte de este Servicio, por lo que no resulta posible emitir el pronunciamiento solicitado.
Saluda a Ud.,
JOSÉ FRANCISCO CASTRO CASTRO
ABOGADO
JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
LBP/RCG
Distribución:
Jurídico
Partes
Control
registro especial asistencia y determinación horas trabajo, certificación,
Dictámenes concordantes
- Dictamen N° 1140/27, de 24.02.2016 · Sistema computacional de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo;…
- Dictamen N° 5849/133, de 04.12.2017 · Atiende consultas de empresa Victoria S.A., sobre sistemas de registro y control de…
Otros pronunciamientos sobre registro de asistencia
Dictamen N° 1140/27, de 24.02.2016
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