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ORD. N°1924
Sala cuna; Bono compensatorio;
Dictámenes concordantes
- ordinario 1924, 02.08.2021
Texto
Trabajo Dirección del
Gobierno de Chile
Departamento Jurídico y
Fiscalía
Unidad de Pronunciamientos,
Innovación y Estudios Laborales
Sin K.808.2021
8173.813.21
1924
ORDINARIO Nº
ACTUACIÓN:
Aplica doctrina.
MATERIA:
Bono compensatorio de sala cuna.
RESUMEN:
Para la autorización formal que se requiere, deberá
acompañarse el respectivo contrato de trabajo de la
madre trabajadora, el pacto sobre bono
compensatorioy el certificado de nacimiento del
menor.
Sin perjuicio de lo anterior, el Colegio de Adultos
Fritz Encalada de Viña del Mar, deberá continuar
pagando el bono compensatorio de sala cuna
pactado con la dependiente Camila Castillo Laurie,
ascendente a $100.000 mensual, otorgado y
percibido desde marzo de 2021.
ANTECEDENTES:
1) Instrucciones de Jefa Unidad de
Pronunciamientos,Innovación n y Estudios
Laborales, de 23.06.2021.
2) Ord. N° 506-270, de ICT Viña del Mar, de
09.06.2021.
3) Presentación del Colegio de Adultos de Viña del
Mar Fritz Encalada, de 04.06.2021.
SANTIAGO, 0 2 AGO 2021
DE: JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL
A: COLEGIO DE ADULTOS FRITZ ENCALADA
VIÑA DEL MAR/
fritzencalada@gmail.com
Mediante solicitud del antecedente 3), se pide a esta
Dirección que autorice el otorgamiento de bono compensatorio del beneficio de sala
cuna a la madre trabajadora Camila Castillo Laurie, que desempeña labores de
preparación de material pedagógico para ese establecimiento.
Para la autorización formal que se requiere, ese
establecimiento educacional deberá acompañar a su presentación el contrato de
trabajo suscrito con la dependiente individualizada precedentemente, con las
modificaciones que hubiesen, el pacto sobre bono compensatorio de sala cuna y el
certificado de nacimiento del o la menor, sin perjuicio de observar continuidad en el
pago del referido bono, el que ha debido otorgarse mensualmente desde marzo de
2021.
Es todo cuanto puede informar esta Dirección sobre la
materia.
Saluda atentamente a Ud.,
0 2 AGO 2021
OFICINA DE PARTES
JUAN DAVIDTERRAZAS PONCE JEFE
ABOGADO
LBP/RGR/rgr
Distribución
Jurídico y Partes
ICT Viña del Mar
Gobierno de Chile
Departamento Jurídico y
Fiscalía
Unidad de Pronunciamientos,
Innovación y Estudios Laborales
Sin K.808.2021
8173.813.21
1924
ORDINARIO Nº
ACTUACIÓN:
Aplica doctrina.
MATERIA:
Bono compensatorio de sala cuna.
RESUMEN:
Para la autorización formal que se requiere, deberá
acompañarse el respectivo contrato de trabajo de la
madre trabajadora, el pacto sobre bono
compensatorioy el certificado de nacimiento del
menor.
Sin perjuicio de lo anterior, el Colegio de Adultos
Fritz Encalada de Viña del Mar, deberá continuar
pagando el bono compensatorio de sala cuna
pactado con la dependiente Camila Castillo Laurie,
ascendente a $100.000 mensual, otorgado y
percibido desde marzo de 2021.
ANTECEDENTES:
1) Instrucciones de Jefa Unidad de
Pronunciamientos,Innovación n y Estudios
Laborales, de 23.06.2021.
2) Ord. N° 506-270, de ICT Viña del Mar, de
09.06.2021.
3) Presentación del Colegio de Adultos de Viña del
Mar Fritz Encalada, de 04.06.2021.
SANTIAGO, 0 2 AGO 2021
DE: JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL
A: COLEGIO DE ADULTOS FRITZ ENCALADA
VIÑA DEL MAR/
fritzencalada@gmail.com
Mediante solicitud del antecedente 3), se pide a esta
Dirección que autorice el otorgamiento de bono compensatorio del beneficio de sala
cuna a la madre trabajadora Camila Castillo Laurie, que desempeña labores de
preparación de material pedagógico para ese establecimiento.
Para la autorización formal que se requiere, ese
establecimiento educacional deberá acompañar a su presentación el contrato de
trabajo suscrito con la dependiente individualizada precedentemente, con las
modificaciones que hubiesen, el pacto sobre bono compensatorio de sala cuna y el
certificado de nacimiento del o la menor, sin perjuicio de observar continuidad en el
pago del referido bono, el que ha debido otorgarse mensualmente desde marzo de
2021.
Es todo cuanto puede informar esta Dirección sobre la
materia.
Saluda atentamente a Ud.,
0 2 AGO 2021
OFICINA DE PARTES
JUAN DAVIDTERRAZAS PONCE JEFE
ABOGADO
LBP/RGR/rgr
Distribución
Jurídico y Partes
ICT Viña del Mar