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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

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Ordinario · Dirección del Trabajo

N° 1978 de 2019

30 may 2019

Registro de asistencia; sistema electrónico computacional de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo

Registro de asistencia

Hay 2 documentos con el Ord. N° 1978. Ver todos.

Lo que resuelve

Atiende solicitud de empresa SCM Consultores S.A., sobre autorización de sistema de registro y control de asistencia.

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Texto completo

Departamento Jurídico y Fiscalía

Unidad de Pronunciamientos,

Innovación y Estudios Laborales

E15507 (2277) 2018

ORD.:1978

MAT.: Registro de asistencia; sistema electrónico computacional de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo;

RORD.: Atiende solicitud de empresa SCM Consultores S.A., sobre autorización de sistema de registro y control de asistencia.

ANT.: 1) Correo electrónico de 13.05.2019 de Departamento de Tecnologías de la Información.

2) Correos electrónicos de 11.04.2019 y 18.04.2019 de Sr. [nombre reservado], en representación de empresa SCM Consultores S.A.

3) Correo electrónico de 08.04.2019 de Departamento Jurídico.

4) Correo electrónico de 12.10.2018 de Departamento Jurídico.

5) Presentación de 09.10.2018 de Sr. [nombre reservado], en representación de empresa SCM Consultores S.A.

SANTIAGO, 30.05.2019

DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL

A : SR. [nombre reservado]

SCM CONSULTORES S.A.

[domicilio reservado]

LAS CONDES

Mediante presentación del antecedente 5), usted ha solicitado un pronunciamiento de este servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia que presenta, denominado "Kronos WFC", y su respectivo proceso de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establecen los dictámenes Nº1140/027 de 24.02.2016 y N°5849/133 de 04.12.2017.

Ahora bien, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, la empresa señalada acompañó informe de certificación emitido por la empresa Tecinf Aplicada D3 S.p.A., no se indica Rut, suscrito por el Sr. [nombre reservado].

En tal contexto, es del caso señalar que los antecedentes acompañados fueron remitidos al Departamento de Tecnologías de la Información de este Servicio, con el objeto de determinar el cumplimiento de los aspectos técnicos que deben comprender los sistemas computacionales de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo de acuerdo a los citados dictámenes.

Dicho trámite fue evacuado mediante correo electrónico de antecedente 1), manifestando las siguientes observaciones:

1) La 'url' declarada por la empresa no considera el uso del protocolo HTTPS y, al forzarla, entrega alertas de seguridad que reenvían a un sitio con protocolo HTTPS en el cual, para poder utilizar el sistema, se debe habilitar un plug-in de flash.

2) No indica el mecanismo utilizado por el sistema para validar que el correo del trabajador sea único.

3) No se adjuntó diagrama de arquitectura que permita determinar la robustez de la solución en términos de aseguramiento de la disponibilidad, integridad y confidencialidad de la plataforma y sus datos.

4) No se pudo revisar los reportes exigidos en el punto 1.7 del citado dictamen N°5849/133.

5) Los reportes citados en el número anterior sólo serían descargables en formatos Excel y PDF, en circunstancias que el párrafo final del punto 1.7 ya citado exige, a lo menos, la disponibilidad en formato Word o XML.

En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que la documentación tenida a la vista, relativa al sistema de registro y control de asistencia denominado "Kronos WFC", propuesto por la empresa SCM Consultores S.A., no cumple los requisitos exigidos por la normativa administrativa vigente, por lo que no se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales. Lo señalado, no obsta a que, una vez corregidas las deficiencias indicadas en el cuerpo del presente informe, la solicitud sea reingresada para su revisión y eventual autorización.

Saluda a Ud.,

DAVID ODDÓ BEAS

ABOGADO

JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

MBA/RCG

Distribución:

Jurídico

Partes

Control

registro asistencia, sistema electrónico computacional control asistencia y determinación horas trabajo,

Dictámenes concordantes

Otros pronunciamientos sobre registro de asistencia

Dictamen N° 1140/27, de 24.02.2016

Sistema computacional de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo; Dispositivos móviles; Actualiza doctrina contenida en dictamen Nº696/27, de 24.01.1996

Establece requisitos para sistemas computacionales de registro de asistencia y determinación de las horas de trabajo.

Dictamen N° 5849/133, de 04.12.2017

Atiende consultas de empresa Victoria S.A., sobre sistemas de registro y control de asistencia y determinación de las horas de trabajo, regulados por el dictamen N°1140/027, de 24.02.2016.

Atiende consultas de empres Victoria S.A., sobre sistemas de registro y control de asistencia y determinación de las horas de trabajo, regulados por el dictamen N°1140/027, de 24.02.2016.

Dictamen N° 2927/58, de 28.12.2021

Sistemas digitales de registro y control de asistencia, descansos y determinación de las horas de trabajo

Establece requisitos para sistemas digitales de registro y control de asistencia, descansos y determinación de las horas de trabajo.

Ord. N° 4890, de 17.12.2013

Sistema de registro y control de asistencia digital; Documentación laboral electrónica

1.- Los parámetros biométricos -como la huella digital- constituyen firmas electrónicas simples compatibles con la definición que al respecto contiene la letra f), del artículo 2° de la Ley N°19.799 y, por ende, su utilización en contratos de trabajo y sus anexos ese encuentra ajustada a Derecho. 2.- Partiendo del…

Dictamen N° 696/27, de 24.01.1996

Registro de asistencia; Sistema computacional; Características

Fija características o modalidades básicas que debe reunir un sistema de tipo electrónico-computacional de registro de asistencia y determinación de las horas de trabajo.