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Dirección del TrabajoOrdinario12 de enero de 2026

ORD.N°20

Documentación laboral electrónica;

Dictámenes concordantes

  • dictamen 0789/015, 16.02.2015
  • ordinario 5463, 25.11.2019
  • ordinario n°20, 12.01.2026

Texto

del Trabajo Dirección
Gobierno de Chile

Departamento Jurídico
Unidad de Dictámenes
e Informes en Derecho E188006 / 2025 20
ORDINARIO N°:
ACTUACIÓN:
Aplica doctrina.
MATERIA:
Documentación laboral electrónica.
RESUMEN:
Si bien la solución de generación, gestión y firma de
documentación laboral electrónica provista por la
empresa BUK S.p.A., se encuentra autorizada por esta
Dirección, la forma de implementación planteada por el
recurrente no se ajusta a las exigencias contenidas en
el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015, por lo que se
rechaza la solicitud.
ANTECEDENTES:
1) Instrucciones de 06.01.2026 de Jefa de Unidad de
Dictámenes e Informes en Derecho.
2) Presentación de 04.07.2025
SANTIAGO,
12 ENE 2026
DE : JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO
A
Mediante presentación del antecedente 2), usted ha solicitado un
pronunciamiento de este Servicio, respecto de la posibilidad de que las empresas
Renta Equipos Leasing S.A. (Rut N°85.208.700-5), Arval Relsa S.p.A. (Rut
N°76.532.539-0 y Comercializadora de Vehículos S.A. (Rut N°76.057.558-5), utilicen
una solución tecnológica provista por la empresa BUK S.p.A., la cual permitiría
generar, firmar, gestionar y notificar la documentación derivada de las relaciones
laborales a través de medios electrónicos.
Aclarado lo anterior, resulta necesario señalar que este Servicio, a través de
Ord N°5463 de 25.11.2019, se pronunció respecto de la solución de gestión y firma
de documentación electrónica de la compañía BUK S.p.A. concluyendo, en lo
pertinente, que el sistema consultado se ajusta a las exigencias contenidas en el
Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015 que regula la materia por lo que, en principio, no
existiría inconveniente para su utilización.

No obstante, si bien la solución de la empresa BUK fue autorizada por esta
Dirección, su implementación y utilización sólo serán válidas en la medida que ellas
se ajusten estrictamente a lo señalado en el aludido Dictamen N°0789/15 y demás
jurisprudencia administrativa complementaria. Por lo tanto, se deben realizar las
siguientes precisiones respecto de la información proporcionada por el solicitante:
1-. Dado que la solución se implementaría como una intranet no daría cumplimiento
a la exigencia de la letra a) del citado Dictamen N°0789/15 ya que no permitiría una
consulta, ni de trabajadores ni de fiscalizadores, desde fuera de la red de la
empleadora.
2-. Respecto de la gestión de las comunicaciones, el citado Dictamen N°0789/15,
indica:
ll-. Una vez finalizada su confección, el sistema debe enviar automáticamente el
documento por correo electrónico al e-mail particular que previamente el trabajador
haya indicado a su empleador. No se autoriza el envío a cuentas institucionales, toda
vez que no resultaría razonable que, ante su desvinculación de la empresa, los
dependientes quedaran impedidos -al mismo tiempo- de acceder a sus cuentas de
correo corporativo y a su documentación laboral electrónica allí almacenada.
Si embargo, las presentaciones que nos ocupan señala en su página 2, que:
"Los trabajadores, podrán ingresar al sistema mediante una clave personal de
acceso asociada a su correo electrónico institucional...", lo cual, evidentemente, no
se ajusta a la exigencia arriba transcrita.
En consecuencia, sobre la base de la jurisprudencia administrativa invocada
y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que si bien la solución
de generación, gestión y firma de documentación laboral electrónica provista por la
empresa BUK S.p.A., se encuentra autorizada por esta Dirección, la forma de
implementación planteada por el recurrente no se ajusta a las exigencias contenidas
en el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015, por lo que se rechaza la solicitud.
Saluda a Ud.,
DEL
NATALIA POZOSANHUEZA ABOGADA ★
JEFA (S) DEPARTAMENTO JURIDICO
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
9.4 DIRECCIÓN DEL TRABAJO
MGC/RCG Distribución: 12 ENE 2026
-Jurídico; Partes;
Control; OFICINA DE PARTES

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