Ordinario · Dirección del Trabajo
N° 2236 de 2018
11 may 2018
Documentación laboral; Digitalización; Traspaso de papel a formato electrónico
Documentación laboral electrónica
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Lo que resuelve
Atiende presentación de empresa E-Partners S.p.A., sobre documentación laboral electrónica.
Texto completo
DEPARTAMENTO JURIDICO
K8341 (1894) 2017
ORD.:2236/
MAT.: Documentación laboral; Digitalización; Traspaso de papel a formato electrónico;
RORD.: Atiende presentación de empresa E-Partners S.p.A., sobre documentación laboral electrónica.
ANT.: 1) Instrucciones de 08.05.2018, de Jefe Departamento Jurídico.
2) Instrucciones de 16.04.2018, de Jefa Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.
3) Instrucciones de 19.12.2017, de Jefa Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.
4) Presentación de 28.08.2017, de Sr. [nombre reservado], en representación de empresa E-Partners S.p.A.
SANTIAGO, 11.05.2018
DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO
A : SR. [nombre reservado]
E-PARTNERS S.P.A.
[domicilio reservado]
PROVIDENCIA
Mediante su presentación del antecedente 4), solicita un pronunciamiento de este Servicio, respecto de la posibilidad de implementar un sistema que permita traspasar la documentación laboral de un formato tradicional de papel a soporte electrónico.
En efecto, de acuerdo a su presentación, el sistema planteado constaría de tres etapas, a saber:
1-. Escanear el documento original firmado holográficamente.
2-. Se incluye en el documento escaneado un disclaimer con la autorización del trabajador para la digitalización y su validación respecto del contenido del instrumento.
3-. Se suscribe el documento escaneado con firma electrónica por ambas partes de la relación laboral.
hora bien precisado lo anterior, cabe indicar que este Servicio, ha autorizado el traspaso de la documentación en formato de papel a un soporte electrónico mediante dictamen N°155/004, de 11.01.2016.
En tal contexto, es del caso indicar que la fórmula propuesta por usted, en opinión de esta Dirección, se ajusta a la normativa vigente y, en particular al dictamen N°155/004, de 11.01.2016, en cuanto incorpora una manifestación de voluntad de ambas partes respecto al proceso de digitalización y, además, en cuanto al contenido del documento, circunstancia del todo relevante para determinar posteriormente el valor probatorio que los fiscalizadores de este Servicio puedan asignar a la documentación en caso de un proceso inspectivo.
Es todo cuanto puedo informar a usted sobre la materia consultada.
Saluda a Ud.,
JOSÉ FRANCISCO CASTRO CASTRO
ABOGADO
JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
LBP/RCG
Distribución:
Jurídico
Partes
Control
documentación laboral, digitalización, traspaso papel formato electrónico,
Dictámenes concordantes
- Dictamen N° 155/4, de 11.01.2016 · Documentación Laboral; Transición de soporte papel a formato electrónico
Otros pronunciamientos sobre documentación laboral electrónica
Dictamen N° 789/15, de 16.02.2015
Documentación laboral. Centralización electrónica.
No existe impedimento para que la Corporación Nacional del Cobre de Chile implemente un sistema de emisión, firma, gestión y envío de la documentación electrónica que deriva de las relaciones laborales, incluida la copia del reglamento interno contemplada en el inciso 2° del artículo 156 del Código del Trabajo, en la…
Dictamen N° 3161/64, de 29.07.2008
1) Documentación laboral. Documentación electrónica. Contrato de Trabajo. Firma electrónica. Procedencia. 2) Documentación laboral. Documentación electrónica. Requisitos. 3) Documentación laboral. Documentación electrónica. Comprobantes de feriado. Firma electrónica. Procedencia.
1) Resulta jurídicamente procedente que conforme al modelo de centralización de documentación electrónico presentado por la empresa E-SIGN S.A., se proceda a suscribir contratos de trabajo haciendo uso de los medios de firma electrónica establecidos en la Ley Nº19.799, en tanto su implementación no impida las labores…
Documentación laboral; Sistema electrónico
El sistema de generación, gestión y firma de documentación laboral electrónica, descrito en la presentación de la empresa BUK S.p.A., se ajustaría a las condiciones mínimas de funcionamiento exigidas por el dictamen N°0789/15, de 16.02.2015, por lo que no existirían inconvenientes jurídicos para su utilización.
Dictamen N° 3170/63, de 05.08.2011
- Documentación Laboral. Documentación Electrónica. Contrato de Trabajo. Firma Electrónica. - Documentación Laboral. Documentación Electrónica. Impedimento físico o geográfico. Firma Electrónica.
1) En caso de negativa del trabajador a firmar su contrato de trabajo por medios electrónicos, el empleador debe recurrir al procedimiento señalado en el inciso 3º del artículo 9 del Código del Trabajo . 2) En caso de existir impedimentos físicos o geográficos para suscribir digitalmente la documentación laboral, el…
Dictamen N° 155/4, de 11.01.2016
Documentación Laboral; Transición de soporte papel a formato electrónico
No existe impedimento para que los empleadores traspasen su plataforma de documentación laboral de formato de papel a electrónico, en la medida que el proceso de transición se realice en los términos indicados en el presente informe.