Ir al contenido
DictámenesDT
← Buscar en los dictámenes

Dirección del TrabajoOrdinario3 de agosto de 2020

ORD. N°2258

Registro especial asistencia y determinación horas de trabajo;

Dictámenes concordantes

  • dictamen 1140/27, 24.02.2016
  • dictamen 5849/133 de 04.12.2017
  • ordinario 2258, 03.08.2020

Texto

Departamento Jurídico y Fiscalía
Unidad de Pronunciamientos,
Innovación y Estudios Laborales 2258
S/E (783) 2020
E23436 (859) 2020
ORDINARIO N°:
ACTUACIÓN:
Aplica doctrina.
MATERIA:
Sistema de registro y control de asistencia electrónico.
RESUMEN:
El sistema de registro y control de asistencia denominado
"Atempo", presentado por la empresa Respuestas de
Tecnología de la Información S.p.A., se ajusta a todas las
exigencias establecidas por los Dictámenes Nº1140/027
de 24.02.2016 y N°5849/133 de 04.12.2017, por lo que
se autoriza su utilización en el contexto de la relación
laboral.
ANTECEDENTES:
1) Instrucciones 30.06.2020 de Jefa Unidad de
Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales.
2) Presentación de 16.04.2020 de Sr. Andrés Riveros en
representación de empresa Respuestas de Tecnología
de la Información S.p.A.
3) Correo electrónico de 08.04.2020 de Sr. Andrés
Riveros en representación de empresa Respuestas de
Tecnología de la Información S.p.A.
SANTIAGO,
03 A60 2020
DE :. JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
A : SR.
ANDRÉS RIVEROS
EMPRESA RESPUESTAS DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN S.P.A.
AVENIDA PROVIDENCIA N°1650 OFICINA 710
PROVIDENCIA
andres@resit.cl
f
Mediante presentación de antecedentes 2) y 3), ustedes han solicitado. un
pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de
asistencia que presenta, denominado “Atempo", y su respectivo proceso de verificación, se
ajustan a las exigencias que sobre la materia establecen los Dictámenes Nº1140/027, de
24.02.2016 y N°5849/133, de 04.12.2017.
Ahora bien, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, la
solicitante acompañó informe de certificación emitido por la empresa Neosoltec S.p.A., Rut
N°76.131.504-8, suscrito por el Sr. Mirko Drpic González.

En tal contexto, es del caso señalar que, revisados los antecedentes acompañados
con el objeto de determinar el cumplimiento de los requisitos que deben comprender los
sistemas computacionales de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo,
se ha concluido que la plataforma consultada se ajusta a los aspectos técnicos contenidos
en la jurisprudencia administrativa vigente.
En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia
administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que el
sistema de registro y control de asistencia presentado por la empresa Respuestas de
Tecnología de la Información S.p.A, denominado “Atempo", se ajusta a todas las exigencias
establecidas por los Dictámenes N°1140/027, de 24.02.2016 y N°5849/133, de 04.12.2017,
por lo que se autoriza su utilización en el contexto de la relación laboral.
Saluda atentamente a Ud.,
DEL
sonie mee JEFB
SONIA MENA SOTO
ABOGADA
JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
LBP/RCG Distribución:
Partes. Jurídico;

Ver el documento en el sitio del organismo →