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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

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Ordinario · Dirección del Trabajo

N° 2353 de 2017

31 may 2017

Registro especial de asistencia y determinación de horas de trabajo; Certificación; Atiende presentación de 12.04.2017, de Sr. [nombre reservado], en representación de empresa Punto Seguro Ltda., sobre autorización de sistema de registro y control de asistencia.

Registro de asistencia

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Lo que resuelve

Atiende presentación de 12.04.2017, de Sr. [nombre reservado], en representación de empresa Punto Seguro Ltda., sobre autorización de sistema de registro y control de asistencia.

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Texto completo

DEPARTAMENTO JURIDICO

K3317 (793) 2017

ORD.:2353/

MAT.: Registro especial de asistencia y determinación de horas de trabajo; Certificación;

Atiende presentación de 12.04.2017, de Sr. [nombre reservado], en representación de empresa Punto Seguro Ltda., sobre autorización de sistema de registro y control de asistencia.

ANT.: 1) Correo electrónico de 16.05.2017, de Subjefe Departamento de Tecnologías de la Información.

2) Correo electrónico de 15.05.2017, de Sr. [nombre reservado], en representación de empresa Punto Seguro Ltda.

3) Memo N°152 de 11.05.2017, de Subjefe Departamento de Tecnologías de la Información.

4) Memo N°37, de 25.04.2017, de Jefe Departamento Jurídico.

5) Presentación de 12.04.2017, de Sr. [nombre reservado], en representación de empresa Punto Seguro Ltda.

SANTIAGO, 31.05.2017

DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO

A : SR. [nombre reservado]

EMPRESA PUNTO SEGURO LTDA.

[domicilio reservado]

LAS CONDES

Mediante su presentación del antecedente 5), complementada a través de correo electrónico de antecedente 2), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si la solución de registro y control de asistencia que presenta, denominada Sistema de Control y Gestión de asistencia PuntoSeguro, y su respectivo proceso de verificación, se ajusta a las exigencias que sobre la materia establece el dictamen Nº1140/027, de 24.02.2016.

Ahora bien, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, la recurrente ha presentado un informe de certificación emitido por la empresa BlackBird S.p.A., Rut N°76.565.946-9.

En tal contexto, es del caso señalar que los antecedentes acompañados fueron remitidos al Departamento de Tecnologías de la Información de este Servicio, con el objeto de determinar el cumplimiento de los aspectos técnicos que deben comprender los sistemas computacionales de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo de acuerdo al citado dictamen.

Dicho trámite fue evacuado mediante el memorándum de antecedente 3), mediante el cual el citado Departamento informó que, sin perjuicio de dar cumplimiento a la mayoría de los requisitos vigentes, no se logró acceder a la Web indicada en el informe por lo que, al mismo tiempo, tampoco se pudieron verificar otras características de la plataforma relacionadas con los procesos de fiscalización.

En tal contexto, la presentación fue complementada mediante correo electrónico de antecedente 2), aportando la información necesaria para acceder a la Web del sistema.

Ahora bien, a través de correo electrónico de antecedente 1), el Departamento de Tecnologías de la Información ha indicado que la información aportada ha permitido verificar las condiciones exigidas por la normativa vigente, por lo que se estima que la plataforma cumple con la jurisprudencia administrativa precitada.

En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que, de acuerdo a los informes de certificación que se han tenido a la vista, el sistema de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo, denominado Sistema de Control y Gestión de asistencia PuntoSeguro, propuesto por la empresa del mismo nombre, se ajusta a las exigencias que sobre la materia establece el dictamen Nº1140/027, de 24.02.2016, por lo que resulta válida su utilización en el contexto de las relaciones laborales. Lo anterior, no obsta a las observaciones o infracciones que pudieren detectarse por parte de esta Dirección a través de fiscalizaciones en terreno.

Saluda a Ud.,

JOSÉ FRANCISCO CASTRO CASTRO

ABOGADO

JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

LBP/RCG

Distribución:

Jurídico

Partes

Control

registro especial asistencia y determinación horas trabajo, certificación,

Dictámenes concordantes

Otros pronunciamientos sobre registro de asistencia

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Atiende consultas de empres Victoria S.A., sobre sistemas de registro y control de asistencia y determinación de las horas de trabajo, regulados por el dictamen N°1140/027, de 24.02.2016.

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