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ORD. N°2365
Sistema de registro y control de asistencia digital;
Dictámenes concordantes
- dictamen 1140/27, 24.02.2016
- dictamen 5849/133 de 04.12.2017
- ordinario 2365, 12.10.2021
Texto
Departamento Jurídico y Fiscalía Unidad de Pronunciamientos,
Innovación y Estudios Laborales 2365
E126944 (1087) 2021
ORDINARIO N°:
ACTUACIÓN:
Aplica doctrina.
MATERIA:
Sistema de registro y control de asistencia electrónico.
RESUMEN:
El sistema de registro y control de asistencia
denominado "fullCAS", presentado por la empresa
Mobius S.A., se ajusta a todas las exigencias que
sobre la materia establecen los Dictámenes
N°1140/027 de 24.02.2016 y N°5849/133 de
04.12.2017, por lo que se autoriza su utilización en el
contexto de la relación laboral.
ANTECEDENTES:
1) Correo electrónico de 07.10.2021 de Sr. Carlos
Moreno Hinojosa, en representación de empresa
Mobius S.A.
2) Presentación de 11.08.2021, de Sr. Luis
Montecinos A., en representación de empresa
Mobius S.A.
SANTIAGO,
DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL 12 OCT 2021
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
A : SR. LUIS MONTECINOS A.
EMPRESA MOBIUS S.A.
LIRA N°278
SANTIAGO
mauricio.montecinos@mobius.cl
Mediante presentación del antecedente 2), complementada a través de
correo electrónico de antecedente 1), ustedes han solicitado un pronunciamiento
de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de
asistencia que presenta, denominado "fullCAS", y su respectivo proceso de
verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establecen los
Dictámenes N°1140/027 de 24.02.2016 y N°5849/133 de 04.12.2017.
Ahora bien, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, la
empresa señalada, acompañó informe de certificación de la empresa
Opensoftware.cl S.A., Rut N°76.095.771-2, firmado por el Sr. Carlos Moreno
Hinojosa.
En tal contexto, es del caso señalar que, revisados los antecedentes
acompañados con el objeto de determinar el cumplimiento de los requisitos que
deben comprender los sistemas computacionales de control de asistencia y
determinación de las horas de trabajo, se ha concluido que la plataforma
consultada se ajusta a los aspectos técnicos contenidos en la jurisprudencia
administrativa vigente.
En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la
jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con
informar a usted que el sistema de registro y control de asistencia denominado
"fullCAS", presentado por la empresa Mobius S.A., se ajusta a todas las
exigencias que sobre la materia establecen los Dictámenes N°1140/027 de
24.02.2016 y N°5849/133 de 04.12.2017, por lo que se autoriza su utilización en el
contexto de la relación laboral.
Saluda a Ud.,
ABOGADO
JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL
LBP/RCG
Distribución:
Jurídico
Partes
Innovación y Estudios Laborales 2365
E126944 (1087) 2021
ORDINARIO N°:
ACTUACIÓN:
Aplica doctrina.
MATERIA:
Sistema de registro y control de asistencia electrónico.
RESUMEN:
El sistema de registro y control de asistencia
denominado "fullCAS", presentado por la empresa
Mobius S.A., se ajusta a todas las exigencias que
sobre la materia establecen los Dictámenes
N°1140/027 de 24.02.2016 y N°5849/133 de
04.12.2017, por lo que se autoriza su utilización en el
contexto de la relación laboral.
ANTECEDENTES:
1) Correo electrónico de 07.10.2021 de Sr. Carlos
Moreno Hinojosa, en representación de empresa
Mobius S.A.
2) Presentación de 11.08.2021, de Sr. Luis
Montecinos A., en representación de empresa
Mobius S.A.
SANTIAGO,
DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL 12 OCT 2021
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
A : SR. LUIS MONTECINOS A.
EMPRESA MOBIUS S.A.
LIRA N°278
SANTIAGO
mauricio.montecinos@mobius.cl
Mediante presentación del antecedente 2), complementada a través de
correo electrónico de antecedente 1), ustedes han solicitado un pronunciamiento
de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de
asistencia que presenta, denominado "fullCAS", y su respectivo proceso de
verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establecen los
Dictámenes N°1140/027 de 24.02.2016 y N°5849/133 de 04.12.2017.
Ahora bien, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, la
empresa señalada, acompañó informe de certificación de la empresa
Opensoftware.cl S.A., Rut N°76.095.771-2, firmado por el Sr. Carlos Moreno
Hinojosa.
En tal contexto, es del caso señalar que, revisados los antecedentes
acompañados con el objeto de determinar el cumplimiento de los requisitos que
deben comprender los sistemas computacionales de control de asistencia y
determinación de las horas de trabajo, se ha concluido que la plataforma
consultada se ajusta a los aspectos técnicos contenidos en la jurisprudencia
administrativa vigente.
En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la
jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con
informar a usted que el sistema de registro y control de asistencia denominado
"fullCAS", presentado por la empresa Mobius S.A., se ajusta a todas las
exigencias que sobre la materia establecen los Dictámenes N°1140/027 de
24.02.2016 y N°5849/133 de 04.12.2017, por lo que se autoriza su utilización en el
contexto de la relación laboral.
Saluda a Ud.,
ABOGADO
JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL
LBP/RCG
Distribución:
Jurídico
Partes