Ordinario · Dirección del Trabajo
N° 2390 de 2016
3 may 2016
Sistema especial de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo; Sistema de geolocalizacion satelital
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Lo que resuelve
Atiende presentación de empresa Sociedad Importadora Providencia y Cía. Ltda., sobre autorización de sistema de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo.
Texto completo
DEPARTAMENTO JURIDICO
K8050 (1549) 2015
ORD.: 2390 /
MAT.: Sistema especial de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo; Sistema de geolocalizacion satelital;
RORD.: Atiende presentación de empresa Sociedad Importadora Providencia y Cía. Ltda., sobre autorización de sistema de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo.
ANT.: 1) Instrucciones de 26.04.2016, de Jefa Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.
2) Dictamen N°1140/027, de 24.02.2016.
3) Instrucciones de 02.10.2015, de Jefa Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.
4) Oficio N°1073, de 23.06.2015, de Director Regional del Trabajo, Metropolitano Oriente.
5) Presentación de 11.06.2015, de Sra. [nombre reservado], en representación de empresa Sociedad Importadora Providencia y Cía. Ltda.
SANTIAGO, 03.05.2016
DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO
A : SRA. [nombre reservado]
SOCIEDAD IMPORTADORA PROVIDENCIA Y CÍA. LTDA.
[domicilio reservado]
LAS CONDES/
Mediante su presentación del antecedente 5), Ud., solicita un pronunciamiento de este Servicio en relación a un sistema de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo, a fin de determinar si el mismo se ajustaría a las exigencias que conforme al inciso 1º del artículo 33 del Código del Trabajo y dictamen Nº696/027, de 24.01.96, debe reunir un sistema de tipo electrónico computacional para poder ser considerado un mecanismo válido de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo.
Indica, además, que el sistema consiste en una aplicación para Smartphone, basado en geolocalización de los trabajadores.
Sobre el particular, cumplo con informar a Ud. que el artículo 33 del Código del Trabajo, en su inciso primero, dispone:
" Para los efectos de controlar la asistencia y determinar las horas de trabajo, sean ordinarias o extraordinarias, el empleador llevará un registro que consistirá en un libro de asistencia del personal o en un reloj control con tarjetas de registro ".
Del precepto legal transcrito se desprende que la asistencia y las horas de trabajo, ordinarias o extraordinarias, se controlan y determinan mediante un registro que puede asumir una de las siguientes formas:
a) Un libro de asistencia del personal, o
b) Un reloj con tarjetas de registro.
Precisado lo anterior, cabe señalar que mediante dictamen N°1140/027, de 24.02.2016, la Dirección del Trabajo ha autorizado el uso de sistemas de geo-posicionamiento satelital como parte de un sistema de registro y control de asistencia.
En tal orden de consideraciones, resulta necesario señalar que el citado pronunciamiento contiene las condiciones y requisitos que los sistemas deben cumplir para que su implementación se considere ajustada a la normativa vigente y, además, se establece el plazo máximo que se ha dispuesto para proceder a certificar el registro de asistencia, trámite sin el cual este Servicio no puede emitir una opinión sobre la materia.
Es todo cuanto puedo informar a usted sobre la materia.
Saluda a Ud.,
JOSÉ FRANCISCO CASTRO CASTRO
ABOGADO
JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
LBP/RCG
Distribución:
Jurídico
Partes
Control
sistema especial control asistencia y determinación horas trabajo, sistema geolocalizacion satelital,
Dictámenes concordantes
- Dictamen N° 1140/27, de 24.02.2016 · Sistema computacional de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo;…
- Dictamen N° 696/27, de 24.01.1996 · Registro de asistencia; Sistema computacional; Características
Otros pronunciamientos sobre registro de asistencia
Dictamen N° 1140/27, de 24.02.2016
Sistema computacional de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo; Dispositivos móviles; Actualiza doctrina contenida en dictamen Nº696/27, de 24.01.1996
Establece requisitos para sistemas computacionales de registro de asistencia y determinación de las horas de trabajo.
Dictamen N° 5849/133, de 04.12.2017
Atiende consultas de empresa Victoria S.A., sobre sistemas de registro y control de asistencia y determinación de las horas de trabajo, regulados por el dictamen N°1140/027, de 24.02.2016.
Atiende consultas de empres Victoria S.A., sobre sistemas de registro y control de asistencia y determinación de las horas de trabajo, regulados por el dictamen N°1140/027, de 24.02.2016.
Dictamen N° 2927/58, de 28.12.2021
Sistemas digitales de registro y control de asistencia, descansos y determinación de las horas de trabajo
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1.- Los parámetros biométricos -como la huella digital- constituyen firmas electrónicas simples compatibles con la definición que al respecto contiene la letra f), del artículo 2° de la Ley N°19.799 y, por ende, su utilización en contratos de trabajo y sus anexos ese encuentra ajustada a Derecho. 2.- Partiendo del…
Dictamen N° 696/27, de 24.01.1996
Registro de asistencia; Sistema computacional; Características
Fija características o modalidades básicas que debe reunir un sistema de tipo electrónico-computacional de registro de asistencia y determinación de las horas de trabajo.