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Dirección del TrabajoOrdinario21 de enero de 2021

ORD. N°240

Registro asistencia electrónica y determinación horas de trabajo;

Dictámenes concordantes

  • dictamen 1140/27, 24.02.2016
  • dictamen 5849/133 de 04.12.2017
  • ordinario 240, 21.01.2021

Texto

Dirección del
Gabiema de Chile
Departamento Jurídico y Fiscalia
Unidad de Pronunciamientos,
Innovación y Estudios Laborales
E45985 (1586) 2020
ORDINARIO N°:
ACTUACIÓN:
Aplica doctrina.
MATERIA:
Sistema de registro y control de asistencia electrónico.
RESUMEN:
El sistema de registro y control de asistencia denominado
"Vanellix", presentado por la empresa Vanellix Chile S.A.,
no da cumplimiento a todas las exigencias contempladas
en los Dictámenes Nº1140/027, de 24.02.2016 y
N°5849/133, de 04.12.2017, por lo que no se autoriza su
utilización en el contexto de la relación laboral.
ANTECEDENTES:
1) Instrucciones de 02.11.2020 y 13.01.2021, de Jefa
Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios
Laborales.
2) Presentación de 09.09.2020, de
representación de empresa Vanellix Chile S.A.
SANTIAGO, 21 ENE 2021
DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
A
EMPRESA VANELLIX CHILE S.A.
SANTIAGO
Mediante presentación del antecedente 2), usted ha solicitado un
pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de
asistencia que presenta, denominado "Vanellix", y su respectivo proceso de verificación,
se ajustan a las exigencias que sobre la materia establecen los Dictámenes N°1140/027,
de 24.02.2016 y N°5849/133, de 04.12.2017.
Ahora bien, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, la
empresa señalada, acompañó informe de certificación de la empresa Opensoftware.cl
S.A., Rut N°76.095.771-2, firmado por el

En tal contexto, es del caso señalar que los antecedentes acompañados fueron
sometidos al pertinente análisis técnico, verificándose que las evidencias gráficas
acompañadas para acreditar el cumplimiento de las exigencias técnicas que rigen la
materia resultan ilegibles lo cual, a su vez, impide a este Servicio emitir el
pronunciamiento solicitado.
En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia
administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que la
documentación técnica acompañada para respaldar el proceso de certificación del
sistema de registro y control de asistencia denominado "Vanellix", presentado por la
empresa Vanellix Chile S.A., presenta serias deficiencias que impiden emitir el
pronunciamiento solicitado. Lo señalado, no obsta a que, una vez corregidas las
observaciones indicadas en el cuerpo del presente informe, la solicitud sea reingresada
para su revisión y eventual autorización.
Saluda a Ud.,
DEL
JUAN DAVIDTERRAZAS PONCE
ABOGADO
DIRECCION DEL TRABAJO
LBP/RCG
Distribución:
Jurídico
Partes

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