Ordinario · Dirección del Trabajo
N° 2472 de 2021
2 nov 2021
Sistema de registro y control de asistencia digital
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Lo que resuelve
La documentación acompañada a la solicitud de autorización del sistema de registro y control de asistencia, denominado "Marcram", consultado por la empresa Puente Digital S.p.A., no cumple los requisitos mínimos de admisibilidad necesarios para proceder a su análisis por parte de este Servicio.
Texto completo
Gobiemo do Chile
Departamento Jurídico y Fiscalia Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales E147602 (1215) 2021
ORDINARIO N°: 2472
ACTUACIÓN:
Aplica doctrina.
MATERIA:
Sistema de registro y control de asistencia electrónico.
RESUMEN:
La documentación acompañada a la solicitud de autorización del sistema de registro y control de asistencia, denominado “Marcram", consultado por la empresa Puente Digital S.p.A., no cumple los requisitos mínimos de admisibilidad necesarios para proceder a su análisis por parte de este Servicio.
ANTECEDENTES:
1) Instrucciones de 12.10.2021 de Jefa Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales.
2) Presentación de 06.09.2021, de Sr. [nombre reservado], en representación de empresa Puente Digital S.p.A.
SANTIAGO, 0. 2 NOV 2021
DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
A : SR. [nombre reservado]
EMPRESA PUENTE DIGITAL S.P.A.
[domicilio reservado]
PROVIDENCIA
[correo reservado]
Mediante presentación del antecedente 2), usted ha solicitado a este Servicio autorización para implementar un sistema de registro y control de asistencia digital denominado “Marcram".
Precisado lo anterior, es necesario indicar que la materia se encuentra regulada por los Dictámenes N°1140/027 de 24.02.2016 y N°5849/133 de 04.12.2017, los cuales establecen los requisitos formales de las solicitudes de la especie y, además, las condiciones técnicas mínimas exigidas a dichas soluciones.
Ahora bien, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, la solicitante acompañó informe de emitido por la empresa 4Talent S.p.A., no indica Rut, suscrito por el Sr. Gonzalo Torrealba Beyer.
No obstante, analizada la documentación acompañada, es dable apreciar que ella no dice relación con lo solicitado por la citada jurisprudencia administrativa lo que, a su vez, impide a este Servicio emitir el pronunciamiento solicitado.
En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que la documentación que respalda el sistema de registro y control de asistencia denominado Marcram, presentado por la empresa Puente Digital S.p.A., no cumple los requisitos mínimos de admisibilidad necesarios para proceder a su análisis por parte de este Servicio. Lo señalado, no obsta a que una vez certificado el sistema éste sea reingresado para su revisión y eventual autorización.
Saluda a Ud., JUAN DAVIDTERRAZAS PONCI DEL ABOGADO
JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO YFISCAL
DIRECCION DEL TRABAJO
LBP/RCG
Distribución:
Jurídico
Partes
Dictámenes concordantes
- Dictamen N° 1140/27, de 24.02.2016 · Sistema computacional de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo;…
- Dictamen N° 5849/133, de 04.12.2017 · Atiende consultas de empresa Victoria S.A., sobre sistemas de registro y control de…
Otros pronunciamientos sobre registro de asistencia
Dictamen N° 1140/27, de 24.02.2016
Sistema computacional de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo; Dispositivos móviles; Actualiza doctrina contenida en dictamen Nº696/27, de 24.01.1996
Establece requisitos para sistemas computacionales de registro de asistencia y determinación de las horas de trabajo.
Dictamen N° 5849/133, de 04.12.2017
Atiende consultas de empresa Victoria S.A., sobre sistemas de registro y control de asistencia y determinación de las horas de trabajo, regulados por el dictamen N°1140/027, de 24.02.2016.
Atiende consultas de empres Victoria S.A., sobre sistemas de registro y control de asistencia y determinación de las horas de trabajo, regulados por el dictamen N°1140/027, de 24.02.2016.
Dictamen N° 2927/58, de 28.12.2021
Sistemas digitales de registro y control de asistencia, descansos y determinación de las horas de trabajo
Establece requisitos para sistemas digitales de registro y control de asistencia, descansos y determinación de las horas de trabajo.
Sistema de registro y control de asistencia digital; Documentación laboral electrónica
1.- Los parámetros biométricos -como la huella digital- constituyen firmas electrónicas simples compatibles con la definición que al respecto contiene la letra f), del artículo 2° de la Ley N°19.799 y, por ende, su utilización en contratos de trabajo y sus anexos ese encuentra ajustada a Derecho. 2.- Partiendo del…
Dictamen N° 696/27, de 24.01.1996
Registro de asistencia; Sistema computacional; Características
Fija características o modalidades básicas que debe reunir un sistema de tipo electrónico-computacional de registro de asistencia y determinación de las horas de trabajo.