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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

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Ordinario · Dirección del Trabajo

N° 2503 de 2017

7 jun 2017

Ley N°20.940; Grupos negociadores; Procedimiento de negociación; Facultades Dirección del Trabajo

Negociación e instrumentos colectivos

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Lo que resuelve

Informa respecto de pronunciamiento sobre grupos negociadores, en el contexto de la entrada en vigencia de la Ley N° 20.940.

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Texto completo

DEPARTAMENTO JURÍDICO

UNIDAD DE DICTAMENES E

INFORMES EN DERECHO

K 406 (108) 2017

S/K (392) 2017

ORD.:2503/

MAT.: Ley N°20.940; Grupos negociadores; Procedimiento de negociación; Facultades Dirección del Trabajo;

RORD.: Informa respecto de pronunciamiento sobre grupos negociadores, en el contexto de la entrada en vigencia de la Ley N° 20.940.

ANT.: 1) Dictamen N° 1163/29, de 14.03.2017

2) Pase N°56, de 17.02.2017 de Departamento de Relaciones Laborales

3) Pase N° 174, de 10.02.2017, de Jefe de Gabinete del Director del Trabajo.

4) Presentación de fecha 01.02.2017, de Sindicato de Isapre Consalud y Otros Sindicatos.

5) Presentación de fecha 13.01.2017, de Agrupación de Trabajadores por una Mejor Reforma Laboral.

SANTIAGO, 07.06.2017

DE : DIRECTOR NACIONAL DEL TRABAJO

A : AGRUPACIÓN DE TRABAJADORES POR UNA MEJOR REFORMA LABORAL

[correo reservado]

SINDICATO N° 3 ISAPRE CONSALUD

[domicilio reservado], SANTIAGO

SINDICATO LIBERTY SEGUROS

[correo reservado]

SINDICATO 1 RHEEM

[domicilio reservado], VILLA PATRICIO LINCH, MAIPÚ

FEDERACIÓN NACIONAL DE TRABAJADORES DEL GAS

[domicilio reservado], ESTACION CENTRAL

SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES BICEVIDA

[domicilio reservado], CURAUMA, VALPARAISO

SINDICATO EMPRESA CORPORACION CULTURAL DE LA REINA

[correo reservado]

CONFEDERACION SINDICATOS DEL COMERCIO Y FEDERACION WALLMART

[domicilio reservado], PUENTE ALTO

SINDICATO HDI MAGALLANES

[domicilio reservado], PUDAHUEL

SINDICATO HUECHURABA N° 1 STORE S.A.

[domicilio reservado], RECOLETA

SINDICATO NACIONAL DE VENDEDORES N° 2 ISAPRE CONSALUD

[domicilio reservado], PAINE

SINDICATO N° 1 ISAPRE CONSALUD,

[domicilio reservado], QUILPUE

Por medio de los antecedentes 4 y 5, los solicitantes han expresado a este Servicio sus consideraciones y argumentos respecto al tratamiento normativo de los grupos negociadores, en el contexto de la entrada en vigencia de la Ley N° 20.940, como de la interpretación jurídica que efectuaría esta Dirección sobre la materia, en virtud de la solicitud de pronunciamiento realizada con fecha 26.10.2016.

Sobre el particular, cabe informar a Uds. que con fecha 13.03.2017, este Servicio procedió a emitir el Dictamen N° 1163/29, el cual se adjunta, a través del cual atiende consultas sobre grupos negociadores y en virtud del cual concluye que:

"En consecuencia, considerando todos los antecedentes expuestos, especialmente y de manera imperativa el principio de reserva legal, excede las facultades de esta Dirección del Trabajo el determinar a qué tipo de procedimiento de negociación colectiva y en qué forma podrían acceder los grupos negociadores o de trabajadores que se unen para el solo efecto de negociar. Si esta autoridad se atribuyera estas facultades estaría infringiendo normas constitucionales contenidas en los artículos 6, 7, 19 N° 16 y 63 N°s 2 y 4, y, por ende, incurriendo en un acto susceptible de sancionarse con nulidad, originando las responsabilidades y sanciones para la autoridad que incurriera en esta infracción.

Asimismo, como se señaló, si bien los grupos negociadores pueden formular y acordar condiciones comunes de trabajo con su empleador, dichos instrumentos no tienen los efectos jurídicos regulados en el Libro IV del Código del Trabajo."

Por consiguiente, téngaseles por informados, respecto del pronunciamiento jurídico emitido por este Servicio sobre las facultades que le competen en la determinación del procedimiento de negociación colectiva de los grupos negociadores.

Saluda atentamente a Ud.

CHRISTIÁN MELIS VALENCIA

ABOGADO

DIRECTOR DEL TRABAJO

JFCC/LBP/NPS

Distribución:

- Jefe Gabinete Dirección del Trabajo

- Jefe Departamento de Inspección

- Jefe Departamento de Relaciones Laborales

- Jurídico

- Partes

- Control

ley n°20.940, grupos negociadores, procedimiento negociación, facultades dirección trabajo,

Dictámenes concordantes

Otros pronunciamientos sobre negociación e instrumentos colectivos

Dictamen N° 303/1, de 18.01.2017

Informa respecto al sentido y alcance de la Ley Nº 20.940 publicada en el Diario Oficial del 08.09.2016, en particular, en lo referido a la vinculación de los trabajadores con el instrumento colectivo y la extensión de beneficios.

Informa respecto al sentido y alcance de la Ley Nº 20.940 publicada en el Diario Oficial del 08.09.2016, en particular, en lo referido a la vinculación de los trabajadores con el instrumento colectivo y la extensión de beneficios.

Dictamen N° 5781/93, de 01.12.2016

Informa respecto al sentido y alcance de la ley N°20.940, publicada en el Diario Oficial de 08.09.2016, en lo referido a las reglas generales y procedimiento de negociación colectiva reglada.

Informa respecto al sentido y alcance de la ley N°20.940, publicada en el Diario Oficial de 08.09.2016, en lo referido a las reglas generales y procedimiento de negociación colectiva reglada.

Dictamen N° 2858/79, de 27.06.2017

Ley 20.940; Oportunidad para negociar; Improcedencia de iniciar nuevas negociaciones; Organización con más de un instrumento colectivo vigente; Oportunidad para negociar

Negociación colectiva reglada. Representación de los trabajadores. Oportunidad para negociar. Vinculación del trabajador con el contrato colectivo. Extensión de beneficios.

Dictamen N° 5337/91, de 28.10.2016

Ley N°20.940; Moderniza Sistema de Relaciones Laborales; Vigencia de la normativa

Informa respecto al contenido y entrada en vigencia de la Ley Nº 20.940 publicada en el Diario Oficial del 08.09.2016.

Dictamen N° 5346/92, de 28.10.2016

Ley N°20.940; Moderniza Sistema de Relaciones Laborales; Servicios Mínimos

Informa respecto al sentido y alcance de la Ley Nº 20.940 publicada en el Diario Oficial del 08.09.2016, en particular, en lo referido a la calificación y conformación de Servicios Mínimos y Equipos de Emergencia