Ordinario · Dirección del Trabajo
N° 2630 de 2021
18 nov 2021
Texto completo
Departamento Jurídico y Fiscalía Innovación y Estudios Laborales Unidad de Pronunciamientos, 2630 E 44286 (2328) 2019
ORDINARIO N°: fui dico ACTUACIÓN:
Aplica doctrina.
MATERIA:
Remuneraciones Docentes en SDP.
RESUMEN:
Remite enlace de dictamen que indica.
ANTECEDENTES:
1) Dictamen N°2.093/36 de 23.08.2021, de la Dirección del Trabajo.
2) Ordinario N°1.127 de 17.10.20219, del Inspector
Provincial del Trabajo Maipo.
SANTIAGO, 18 NOV 2021
DE: JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL
A: INSPECTOR PROVINCIAL DEL TRABAJO MAIPO (S)
Mediante Ordinario del antecedente 2), usted ha solicitado un pronunciamiento en el marco de comisión N°1313.2019.1635, que corresponde a una denuncia interpuesta ante el cambio de sistema remuneratorio de los profesionales de la educación, al ingresar a la carrera docente. Al respecto, cumplo con informar a usted que la materia consultada se encuentra contenida en el Dictamen N°2.093/36 de 23.08.2021, disponible en: https://www.dt.gob.cl/legislacion/1624/articles-120746 recurso pdf.pdf Cumple hacer presente que, por tratarse de un establecimiento particular subvencionado corresponde aplicar los criterios contenidos en el acápite 2, denominado "Sector particular. Establecimientos educacionales particulares subvencionados conforme al D.F.L. N°2 de 28.11.1998, del Ministerio de Educación y técnicos profesionales regidos por el D.L. N°3.166 de 06.02.1980, del Ministerio de Educación Pública.
Saluda atentamente a Ud., DEL JUAN DAVID TERRAZAS PONCE
ABOGADO JEFE
JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICOY FISCAI
KR DIRECCIÓN DEL TRABAJOTO. JURIDIC
LBP/KRF
Distribución
Jurídico, Partes, Control
Dictámenes concordantes
- Dictamen N° 2093/36, de 23.08.2021 · Remuneraciones docentes.
Otros pronunciamientos sobre estatuto docente
Dictamen N° 1920/32, de 20.04.2015
Estatuto Docente. Corporación Municipal. Beneficio de Titularidad de la ley Nº20.804, de 31.01.15. Profesores de educación diferencial vinculados al proyecto de integración escolar. Docentes vinculados al Plan de Mejoramiento de la educación. Carga mínima de 20 horas semanales para acceder a la titularidad.
1) Procede el beneficio de la titularidad establecido en la Ley N°19.648, en su nuevo texto fijado por la Ley N°20.804, publicada en el diario oficial de 31.01.2015, de concurrir los requisitos previstos al efecto, respecto de los profesores de educación diferencial de los establecimientos dependientes de las…
Dictamen N° 152/2, de 11.01.2016
Estatuto Docente; Bonificación de reconocimiento profesional; Profesional que cumple función docente en calidad de autorizada
A la trabajadora Sra. [nombre reservado], quien tiene el título de Psicopedagoga, y está cursando estudios de Educadora Diferencial, cargo éste último que desempeña en el Colegio Las Américas en virtud de la autorización para el ejercicio de la función docente otorgada por la Secretaría Regional Ministerial de…
Dictamen N° 4127/69, de 16.09.2010
Estatuto Docente. Subvención Escolar Preferencial. "SEP". Contrato de Trabajo. Existencia. Estatuto Docente. Subvención Escolar Preferencial. "SEP". Contrato de Trabajo. Normativa aplicable. Estatuto Docente. Subvención Escolar Preferencial. "SEP". Remuneraciones. Financiamiento.
1) El personal que desempeña funciones vinculadas al Plan de Mejoramiento de la Educación, financiado con cargo a los recursos de la Subvención Escolar Preferencial "SEP" debe suscribir con su empleador contrato de trabajo, de concurrir vinculo de subordinación y dependencia y demás elementos que determinan su…
Estatuto Docente; Corporación Municipal. Beneficio de la titularidad de la ley Nº20.804. Profesionales habilitados para el ejercicio de la función docente; Período desde el que se extiende la antigüedad; Computo de las 20 horas cronológicas semanales; Actividades curriculares no lectivas.
1) Tiene derecho al beneficio de la titularidad establecido en la Ley Nº19.648, en su nuevo texto fijado por la Ley N°20.804, el personal contratado en un establecimiento educacional administrado por una Corporación Municipal que, cumpliendo los demás requisitos previstos en el referido cuerpo legal y no teniendo…
Dictamen N° 1911/45, de 05.05.2017
Estatuto Docente, Establecimiento técnico profesional. Disminución de jornada ordinaria, Efectos, Remuneraciones, Modificación unilateral de contratos, Imperativo legal, Horas de docencia de aula, Nueva proporcionalidad;Horas de actividades curriculares no lectivas
1) A contar de la entrada en vigencia de la Ley N°20.971, los docentes de los establecimientos educacionales técnico profesionales del Decreto Ley N°3.166, de 1980, han quedado regidos por la jornada ordinaria máxima de 44 horas cronológicas semanales prevista en el inciso 1° del artículo 80 del Estatuto Docente 2)…