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ORD. N°271
Sistema de registro y control de asistencia digital;
Dictámenes concordantes
- dictamen 1140/27, 24.02.2016
- dictamen 2927/58, 28.12.2021
- dictamen 5849/133 de 04.12.2017
- ordinario 271, 18.02.2022
Texto
Direcciön del
Trabajo
Gableno do Chile
Departamento Jurídico y Fiscalía Unidad de Pronunciamientos, 271
Innovación y Estudios Laborales
E12373 (83) 2022
ORDINARIO N°:
ACTUACIÓN:
Aplica doctrina.
MATERIA:
Sistema de registro y control de asistencia digital.
RESUMEN:
En virtud de lo dispuesto en el N°6 del Dictamen
N°2927/58 de 28.12.2021, todas las presentaciones
relacionadas con la revisión y/o autorización de
sistemas de registro y control de asistencia
electrónicos ingresadas a partir de dicha data, deben
ajustarse a las condiciones técnicas y jurídicas
indicadas en el referido pronunciamiento, por lo que
se rechaza su solicitud.
ANTECEDENTES:
1) Instrucciones de 21.01.2022 de Jefa Unidad de
Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales.
2) Presentación de 18.01.2022 Sr.
en representación de empresa Servicios
Puelche Fresh Ltda.
SANTIAGO,
DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL 18 FEB 2022
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
A : SR.
SERVICIOS PUELCHE FRESH LTDA.
Mediante presentación del antecedente 2), usted ha solicitado un
pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y
control de asistencia que presenta, y su respectivo proceso de verificación, se
ajustan a las exigencias que sobre la materia establecen los Dictámenes
N°1140/027 de 24.02.2016 y N°5849/133 de 04.12.2017.
En tal contexto, para validar el cumplimiento de las indicadas exigencias,
usted acompañó un informe de certificación emitido por la empresa Soluciones
Informáticas Bio Bio SpA., Rut N°77.465.778-9, firmado por el Sr.
Precisado lo anterior, resulta necesario indicar que, con fecha 28.12.2021,
este Servicio actualizó la normativa que regula los sistemas de registro y control de
asistencia electrónicos con la emisión del Dictamen N°2927/58, el cual establece
las condiciones técnicas y jurídicas de utilización de tales mecanismos.
En efecto, de acuerdo con el N°6 del citado informe, el cual aborda su
vigencia, indica que la normativa contenida en el Dictamen N°2927/58 regirá desde
la fecha de su publicación, vale decir, el 28.12.2021, y reemplazará, para los
sistemas que requieran autorización en lo sucesivo, a las exigencias contenidas en
los Dictámenes N°1140/027 de 24.02.2016 y N°5849/133 de 04.12.2017.
En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la
jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con
informar a usted que, en virtud de lo dispuesto en el N°6 del Dictamen N°2927/58
de 28.12.2021, todas las presentaciones relacionadas con la revisión y/o
autorización de sistemas de registro y control de asistencia electrónicos ingresadas
a partir de dicha data, deben ajustarse a las condiciones técnicas y jurídicas
indicadas en el referido pronunciamiento, por lo que se rechaza su solicitud. Lo cual
no obsta a que una vez realizados los ajustes pertinentes la solicitud sea
reingresada para su revisión y eventual autorización.
Saluda a Ud.,
DEL
JEFE
ABOGADO
JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL
DIRECCION DEL TRABAJO
LBP/GMS
Distribución:
Jurídico
Partes
Trabajo
Gableno do Chile
Departamento Jurídico y Fiscalía Unidad de Pronunciamientos, 271
Innovación y Estudios Laborales
E12373 (83) 2022
ORDINARIO N°:
ACTUACIÓN:
Aplica doctrina.
MATERIA:
Sistema de registro y control de asistencia digital.
RESUMEN:
En virtud de lo dispuesto en el N°6 del Dictamen
N°2927/58 de 28.12.2021, todas las presentaciones
relacionadas con la revisión y/o autorización de
sistemas de registro y control de asistencia
electrónicos ingresadas a partir de dicha data, deben
ajustarse a las condiciones técnicas y jurídicas
indicadas en el referido pronunciamiento, por lo que
se rechaza su solicitud.
ANTECEDENTES:
1) Instrucciones de 21.01.2022 de Jefa Unidad de
Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales.
2) Presentación de 18.01.2022 Sr.
en representación de empresa Servicios
Puelche Fresh Ltda.
SANTIAGO,
DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL 18 FEB 2022
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
A : SR.
SERVICIOS PUELCHE FRESH LTDA.
Mediante presentación del antecedente 2), usted ha solicitado un
pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y
control de asistencia que presenta, y su respectivo proceso de verificación, se
ajustan a las exigencias que sobre la materia establecen los Dictámenes
N°1140/027 de 24.02.2016 y N°5849/133 de 04.12.2017.
En tal contexto, para validar el cumplimiento de las indicadas exigencias,
usted acompañó un informe de certificación emitido por la empresa Soluciones
Informáticas Bio Bio SpA., Rut N°77.465.778-9, firmado por el Sr.
Precisado lo anterior, resulta necesario indicar que, con fecha 28.12.2021,
este Servicio actualizó la normativa que regula los sistemas de registro y control de
asistencia electrónicos con la emisión del Dictamen N°2927/58, el cual establece
las condiciones técnicas y jurídicas de utilización de tales mecanismos.
En efecto, de acuerdo con el N°6 del citado informe, el cual aborda su
vigencia, indica que la normativa contenida en el Dictamen N°2927/58 regirá desde
la fecha de su publicación, vale decir, el 28.12.2021, y reemplazará, para los
sistemas que requieran autorización en lo sucesivo, a las exigencias contenidas en
los Dictámenes N°1140/027 de 24.02.2016 y N°5849/133 de 04.12.2017.
En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la
jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con
informar a usted que, en virtud de lo dispuesto en el N°6 del Dictamen N°2927/58
de 28.12.2021, todas las presentaciones relacionadas con la revisión y/o
autorización de sistemas de registro y control de asistencia electrónicos ingresadas
a partir de dicha data, deben ajustarse a las condiciones técnicas y jurídicas
indicadas en el referido pronunciamiento, por lo que se rechaza su solicitud. Lo cual
no obsta a que una vez realizados los ajustes pertinentes la solicitud sea
reingresada para su revisión y eventual autorización.
Saluda a Ud.,
DEL
JEFE
ABOGADO
JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL
DIRECCION DEL TRABAJO
LBP/GMS
Distribución:
Jurídico
Partes