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ORD.N°279
Sistema electrónico de registro y control de asistencia.
Normas citadas
- Código del Trabajo, inciso 3° artículo 33
- articulo 68, resolución exenta
Texto
Dirección
del Trabajo
Gobierno de Chile
Departamento Jurídico
Unidad de Dictámenes
e Informes en Derecho
E5074 / 2026
ORDINARIO N°:
ACTUACIÓN:
Aplica doctrina.
MATERIA:
Sistema de registro y control de asistencia.
RESUMEN:
El sistema de registro y control de asistencia
denominado "Asispass", consultado por la empresa
Automatismos Lau Limitada, RUT N°76.203.475-1, se
ajusta a todas las exigencias establecidas en la
Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo que se
autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
ANTECEDENTES:
1) Instrucciones de 20.05.2026 de Jefe (S) de
Departamento Jurídico.
2) Correo electrónico de 18.02.2026 de Departamento
de Tecnologías de la Información.
3) Presentación de 07.03.2026 de
en representación de empresa Automatismos
Lau Limitada.
SANTIAGO, 27 MAY 2026
DE : JEFE (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO
A : SRES.
AUTOMATISMOS LAU LIMITADA
FRANCISCO BILBAO N°2942
PROVIDENCIA
desarrollo@automatismoslau.cl
Mediante la presentación del antecedente 3), usted ha solicitado un
pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y
control de asistencia que presenta, y su respectivo proceso de verificación, se
ajustan a las exigencias que sobre la materia establece la Resolución Exenta N°38
de 26.04.2024.
Ahora bien, precisado lo anterior, es del caso indicar que, a fin de validar el
cumplimiento de las indicadas exigencias, la solicitante acompañó un informe de
certificación emitido por la empresa Veltec Informática y Cía., Rut 76.201.051-8 y
firmado por
En tal contexto, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 3° del artículo 33 del
Código del Trabajo y artículo 68° de la Resolución Exenta N°38, se procedió a
analizar los antecedentes presentados, cuyo resultado es el siguiente:
a) Examen de admisibilidad: Durante esta etapa se analiza el cumplimiento de las
exigencias formales de presentación de los antecedentes, así como la omisión de
información general, las credenciales o accesos al módulo de fiscalización y la falta
de documentos.
b) Análisis de los aspectos informáticos: En esta etapa se examina el
cumplimiento de las condiciones relativas a la arquitectura del software, seguridad,
integridad y respaldo de la información, base de datos, alertas, etc.
c) Análisis de los aspectos jurídicos: En esta instancia se revisan las exigencias
asociadas a la emisión de reportes de fiscalización.
En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la norma
legal citada, jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas,
cumplo con informar a usted que el sistema de registro y control de asistencia
denominado "Asispass", consultado por la empresa Automatismos Lau Limitada,
RUT N°76.203.475-1, se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución
Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo que se autoriza su utilización en el marco de la
relación laboral.
Saluda atentamente a Ud.,
DEL
JEFE
ABOGADO
JEFE (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO
RCG
Distribución: 27 MAY 2026
Jurídico;
Partes;
Control; OFICINA DE PARTES
del Trabajo
Gobierno de Chile
Departamento Jurídico
Unidad de Dictámenes
e Informes en Derecho
E5074 / 2026
ORDINARIO N°:
ACTUACIÓN:
Aplica doctrina.
MATERIA:
Sistema de registro y control de asistencia.
RESUMEN:
El sistema de registro y control de asistencia
denominado "Asispass", consultado por la empresa
Automatismos Lau Limitada, RUT N°76.203.475-1, se
ajusta a todas las exigencias establecidas en la
Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo que se
autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
ANTECEDENTES:
1) Instrucciones de 20.05.2026 de Jefe (S) de
Departamento Jurídico.
2) Correo electrónico de 18.02.2026 de Departamento
de Tecnologías de la Información.
3) Presentación de 07.03.2026 de
en representación de empresa Automatismos
Lau Limitada.
SANTIAGO, 27 MAY 2026
DE : JEFE (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO
A : SRES.
AUTOMATISMOS LAU LIMITADA
FRANCISCO BILBAO N°2942
PROVIDENCIA
desarrollo@automatismoslau.cl
Mediante la presentación del antecedente 3), usted ha solicitado un
pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y
control de asistencia que presenta, y su respectivo proceso de verificación, se
ajustan a las exigencias que sobre la materia establece la Resolución Exenta N°38
de 26.04.2024.
Ahora bien, precisado lo anterior, es del caso indicar que, a fin de validar el
cumplimiento de las indicadas exigencias, la solicitante acompañó un informe de
certificación emitido por la empresa Veltec Informática y Cía., Rut 76.201.051-8 y
firmado por
En tal contexto, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 3° del artículo 33 del
Código del Trabajo y artículo 68° de la Resolución Exenta N°38, se procedió a
analizar los antecedentes presentados, cuyo resultado es el siguiente:
a) Examen de admisibilidad: Durante esta etapa se analiza el cumplimiento de las
exigencias formales de presentación de los antecedentes, así como la omisión de
información general, las credenciales o accesos al módulo de fiscalización y la falta
de documentos.
b) Análisis de los aspectos informáticos: En esta etapa se examina el
cumplimiento de las condiciones relativas a la arquitectura del software, seguridad,
integridad y respaldo de la información, base de datos, alertas, etc.
c) Análisis de los aspectos jurídicos: En esta instancia se revisan las exigencias
asociadas a la emisión de reportes de fiscalización.
En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la norma
legal citada, jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas,
cumplo con informar a usted que el sistema de registro y control de asistencia
denominado "Asispass", consultado por la empresa Automatismos Lau Limitada,
RUT N°76.203.475-1, se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución
Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo que se autoriza su utilización en el marco de la
relación laboral.
Saluda atentamente a Ud.,
DEL
JEFE
ABOGADO
JEFE (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO
RCG
Distribución: 27 MAY 2026
Jurídico;
Partes;
Control; OFICINA DE PARTES