Ordinario · Dirección del Trabajo
N° 3617 de 2016
8 jul 2016
Registro de asistencia y determinación de las horas de trabajo; aplicación de GPS
Hay 2 documentos con el Ord. N° 3617. Ver todos.
Lo que resuelve
Atiende presentación de Sr. [nombre reservado], en representación de empresa Servicios Generales Ltda., sobre autorización de sistema de registro y control de asistencia.
Texto completo
DEPARTAMENTO JURIDICO
K12599 (2490) 2013
ORD.: 3617 /
MAT.: Registro de asistencia y determinación de las horas de trabajo; aplicación de GPS;
RORD.: Atiende presentación de Sr. [nombre reservado], en representación de empresa Servicios Generales Ltda., sobre autorización de sistema de registro y control de asistencia.
ANT.: 1) Correo electrónico de 06.06.2016, de Sra. [nombre reservado]
2) Instrucciones de 26.05.2016, de Jefa Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.
3) Dictamen N°1140/027, de 24.02.2016.
4) Ord. N°2388, de 25.10.2013, de Director Regional Metropolitano del Trabajo, Santiago Poniente.
5) Presentación de 09.10.2013, de Sr. [nombre reservado], en representación de empresa Servicios Generales Ltda., Sergen.
SANTIAGO, 08.07.2016
DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO
A : SR. [nombre reservado]
EMPRESA SERVICIOS GENERALES LTDA. (SERGEN)
[domicilio reservado]
TALCA
Mediante su presentación del antecedente 5), complementada a través de correo electrónico de antecedente 1), solicita que este Servicio autorice la utilización de un sistema de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo para dependientes que prestan servicios de reposición en supermercados, basado en geoposicionamiento satelital (GPS).
Sobre el particular, cumplo con informar a Ud. que el referido artículo 33 del Código del Trabajo, en su inciso primero, dispone:
"Para los efectos de controlar la asistencia y determinar las horas de trabajo, sean ordinarias o extraordinarias, el empleador llevará un registro que consistirá en un libro de asistencia del personal o en un reloj control con tarjetas de registro".
Del precepto legal transcrito se desprende que la asistencia y las horas de trabajo, ordinarias o extraordinarias, se controlan y determinan mediante un registro que puede asumir una de las siguientes formas:
a) Un libro de asistencia del personal, o
b) Un reloj con tarjetas de registro.
Por su parte, el inciso 2° del citado artículo 33, prescribe:
"Cuando no fuere posible aplicar las normas previstas en el inciso precedente, o cuando su aplicación importare una difícil fiscalización, la Dirección del Trabajo, de oficio o a petición de parte, podrá establecer y regular, mediante resolución fundada, un sistema especial de control de las horas de trabajo y de la determinación de las remuneraciones correspondientes al servicio prestado. Este sistema será uniforme para una misma actividad."
Ahora bien, en ejercicio de la facultad contenida en la norma transcrita, este Servicio ha dictado para el personal que se desempeña como reponedores de supermercados, una alternativa especial de registro y control de asistencia regulada en la Resolución Exenta N°300 de 1990, que fija requisitos y regula procedimiento para establecer un sistema opcional de control de asistencia y determinación de horas de trabajo para los trabajadores que laboran en empresas de servicios de promoción, demostración y reposición de productos o mercaderías, cuyo artículo 1° dispone:
"En las empresas de servicios promocionales, de demostración y reposición de productos en que no sea posible aplicar adecuadamente los sistemas de registro previstos en el inciso 1° del artículo 32 del Código del Trabajo, los empleadores podrán implantar el sistema especial establecido en los artículos siguientes."
Como puede apreciarse del texto citado, la utilización de este sistema es opcional, quedando a discreción de los respectivos empleadores la utilización de un mecanismo que se ajuste a la norma general.
En tal contexto, es del caso señalar que esta Dirección, con fecha 24.02.2016, ha emitido el dictamen N°1140/027, el cual establece nuevas normas respecto de los sistemas de registro y control de asistencia y horas de trabajo electrónicos, incorporando una serie de tecnologías ajenas hasta esa fecha en este tipo de sistemas.
Precisamente, el punto 6.4 del citado pronunciamiento, establece la posibilidad de utilizar el geoposicionamiento satelital (GPS) como mecanismo de ubicación del trabajador, ajustándose a lo solicitado por usted.
De esta manera, es dable estimar que resulta hoy posible incorporar el GPS en las condiciones planteadas en su presentación como parte de un sistema de registro y control de asistencia, en la medida que dicho mecanismo sea verificado por un laboratorio, en los términos planteados en el punto 6 del dictamen en comento, y luego sea remitido a este Servicio.
Es todo cuanto puedo informar a usted sobre la materia.
Saluda a Ud.,
JOSÉ FRANCISCO CASTRO CASTRO
ABOGADO
JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
LBP/RCG
Distribución:
Jurídico
Partes
Control
registro asistencia y determinación horas trabajo, aplicación gps,
Dictámenes concordantes
- Dictamen N° 1140/27, de 24.02.2016 · Sistema computacional de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo;…
Otros pronunciamientos sobre registro de asistencia
Dictamen N° 1140/27, de 24.02.2016
Sistema computacional de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo; Dispositivos móviles; Actualiza doctrina contenida en dictamen Nº696/27, de 24.01.1996
Establece requisitos para sistemas computacionales de registro de asistencia y determinación de las horas de trabajo.
Dictamen N° 5849/133, de 04.12.2017
Atiende consultas de empresa Victoria S.A., sobre sistemas de registro y control de asistencia y determinación de las horas de trabajo, regulados por el dictamen N°1140/027, de 24.02.2016.
Atiende consultas de empres Victoria S.A., sobre sistemas de registro y control de asistencia y determinación de las horas de trabajo, regulados por el dictamen N°1140/027, de 24.02.2016.
Dictamen N° 2927/58, de 28.12.2021
Sistemas digitales de registro y control de asistencia, descansos y determinación de las horas de trabajo
Establece requisitos para sistemas digitales de registro y control de asistencia, descansos y determinación de las horas de trabajo.
Sistema de registro y control de asistencia digital; Documentación laboral electrónica
1.- Los parámetros biométricos -como la huella digital- constituyen firmas electrónicas simples compatibles con la definición que al respecto contiene la letra f), del artículo 2° de la Ley N°19.799 y, por ende, su utilización en contratos de trabajo y sus anexos ese encuentra ajustada a Derecho. 2.- Partiendo del…
Dictamen N° 696/27, de 24.01.1996
Registro de asistencia; Sistema computacional; Características
Fija características o modalidades básicas que debe reunir un sistema de tipo electrónico-computacional de registro de asistencia y determinación de las horas de trabajo.