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Dirección del TrabajoOrdinario22 de marzo de 2023

ORD. N°412

Documentación laboral electrónica;

Dictámenes concordantes

  • dictamen 789/15, 16.02.2015
  • ordinario 2492, 03.11.2021
  • ordinario 412, 22.03.2023

Texto

Trabajo Dtrección del
Gobierno de Chile
Unidad de Dictámenes e Informes Departamento Jurídico
en Derecho
E39144 (463) 2023 412
ORDINARIO N°:
ACTUACIÓN:
Aplica doctrina.
MATERIA:
Documentación laboral electrónica.
RESUMEN:
El sistema de generación, gestión y firma de
documentaciónlaboral electrónica, denominado
"Docusign", fue aprobado por este Servicio mediante
Ord. N°2492de03.11.2021, por lo que no existen
inconvenientes para su utilización en el contexto de las
relaciones laborales.
ANTECEDENTES:
1) Instrucciones de 13.03.2023 de Jefa de Unidad de
Dictámenes e Informes en Derecho.
2) Presentación de 21.02.2023 de
en representación de empresa Carpenter
Marsh Fac Chile Corredores de Reaseguros Ltda.
SANTIAGO,
DE: JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO 22 MAR 2023
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
A : SR.
CARPENTER MARSHFAC CHILECORREDORES DE REASEGUROS
LTDA.
Mediante presentación del antecedente 2), usted ha solicitado un
pronunciamiento de este Servicio respecto de la posibilidad de que su representada
utilice el sistema que presenta, denominado "Docusign", destinado a la generación,
firma y gestión de la documentación derivada de las relaciones laborales a través de
medios electrónicos.
Al respecto, cúmpleme informar a usted que este Servicio, a través del
Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015, ha establecido los requisitos de operación de
dichas plataformas, los cuales son copulativos, no alternativos, por lo que el
incumplimiento de cualquiera de ellos importa que el sistema completo no se ajuste
a la normativa vigente.

Precisado lo anterior, cúmpleme a usted informar que la solución informática
denominada "Docusign", fue aprobada por este Servicio mediante Ord. N°2492 de
03.11.2021, por lo que no existirán inconvenientes para su utilización respecto de
todo tipo de documentos laborales incluyendo, por cierto, aquellos que deban ser
presentados ante esta Dirección.
Lo anterior, debe entenderse supeditado a que la implementación y uso del
sistema consultado se ajuste completamente a las condiciones jurídicas y
tecnológicas bajo las cuales fue autorizado.
Finalmente, cabe hacer presente que, en lo sucesivo, las presentaciones
efectuadas frente a este u otro Órgano de La Administración del Estado deben ser
debidamente rubricadas e indicar los datos de contacto del solicitante.
En consecuencia, sobre la base de la jurisprudencia administrativa invocada
y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que no existen
inconvenientes para que la empresa Carpenter Marsh Fac Chile Corredores de
Reaseguros Ltda., utilice el sistema de generación, gestión y firma de
documentación laboral electrónica, denominado "Docusign", el cual fue aprobado
por este Servicio mediante Ord. N°2492 de 03.11.2021.
Saluda a Ud., DIRECCIÓN DEL TRABAJO
22 MAR 2023
D QFICINA DE PARTES
NATALIA POZO SANHUEZA JEFE
ABOGADO ☆
JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO
DIRECCIÓN DELTRABAJO
KBP/RCG
Distribución:
Jurídico;
Partes;

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