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Dirección del TrabajoOrdinario19 de junio de 2025

ORD. N°435

Sistema electrónico de registro y control de asistencia digital;

Normas citadas

  • articulo 68, resolución exenta
  • codigo del trabajo, articulo 33 ver otros del art. 33
  • resolución exenta 38, 26.04.2024

Dictámenes concordantes

  • ordinario n°435, 19.06.2025

Texto

reccion

Departamento Jurídico
Unidad de Dictámenes
e Informes en Derecho E115187/2025 435
ORDINARIO N°:
ACTUACIÓN:
Aplica doctrina.
MATERIA:
Sistema electrónico de registro y control de
asistencia.
RESUMEN:
El sistema de registro y control de asistencia
denominado "Workera", consultado por la empresa
Qwantec Ingeniería S.p.A., se ajusta a todas las
exigencias establecidas en la Resolución Exenta
N°38 de 26.04.2024, por lo que se autoriza su
utilización en el marco de la relación laboral.
ANTECEDENTES:
1) Instrucciones de 17.06.2025 de Jefa de Unidad de
Dictámenes e Informes en Derecho.
2) Presentación de 24.04.2025 de empresa
Qwantec Ingeniería S.p.A.
SANTIAGO, 19 JUN 2075
DE : JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO
A : SRES.
EMPRESA QWANTEC INGENIERÍA S.P.A.
LAS CONDES
Mediante la presentación del antecedente 2), usted ha solicitado un
pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y
control de asistencia que presenta se ajusta a las exigencias que sobre la materia
establece la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, para lo cual acompaña un
informe de certificación emitido por la empresa Neosoltec S.p.A., Rut 76.131.504-8,
fechado el 28.03.2025.
En tal contexto, es del caso señalar que los antecedentes acompañados, de
acuerdo a lo dispuesto en el inciso 3° del artículo 33 del Código del Trabajo, fueron
sometidos al proceso de revisión establecido en el artículo 68° de la Resolución
Exenta N°38, cuyo resultado es el siguiente:

a) Examen de admisibilidad: Durante esta etapa se analiza el cumplimiento
de las exigencias formales de presentación de los antecedentes, así como la omisión
de información general, las credenciales o accesos al módulo de fiscalización y la
falta de documentos.
Conclusión: La solicitud cumple con las normas mínimas de admisibilidad.
b) Análisis de los aspectos informáticos: En esta etapa se examina el
cumplimiento de las condiciones relativas a la arquitectura del software, seguridad,
integridad y respaldo de la información, base de datos, alertas, etc.
Conclusión: La solicitud cumple con las exigencias vigentes.
c) Análisis de los aspectos jurídicos: Si los sistemas aprueban las etapas
anteriores se revisa el cumplimiento de las exigencias jurídicas de los sistemas,
especialmente, aquellas que dicen relación con el portal de fiscalización y la
reportería de la plataforma.
Conclusión: La solicitud cumple con las exigencias vigentes.
En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de las normas
legales y reglamentarias invocadas y consideraciones formuladas, cumplo con
informar a usted que sistema de registro y control de asistencia denominado
"Workera", consultado por la empresa Qwantec Ingeniería S.p.A., se ajusta a todas
las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo que
se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
Saluda atentamente a Ud.,
Iow auWuer
NATALIA POZO SANHUEZA DEL
JEFA (S) DEPARTAMENTO JURIDICO JEFE
DIRECCIÓN DEL TRABAJOO.
e#
Distribución: MGC/RCG
Partes; Jurídico;
Control;

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