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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

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Ordinario · Dirección del Trabajo

N° 4453 de 2019

13 sep 2019

Paro docente; Corporación municipal; Descuento de remuneraciones

Estatuto docenteSector municipal y públicoDescuentos

Hay 3 documentos con el Ord. N° 4453. Ver todos.

Lo que resuelve

No corresponde que este Departamento emita un nuevo pronunciamiento sobre la materia toda vez que el asunto ha sido resuelto mediante Ordinario N°534 de 05.03.2019, de la Dirección Regional del Trabajo Región Metropolitana Poniente.

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Texto completo

Departamento Jurídico y Fiscalía

Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales

E29093(1700)2019

ORD. N°4453

MAT.: Paro docente; Corporación municipal; Descuento de remuneraciones;

RORD.: No corresponde que este Departamento emita un nuevo pronunciamiento sobre la materia toda vez que el asunto ha sido resuelto mediante Ordinario N°534 de 05.03.2019, de la Dirección Regional del Trabajo Región Metropolitana Poniente.

ANT.: Presentación de 09.08.2019 de Presidenta del Colegio de Profesores de Chile A.G. Directorio Provincial Melipilla.

SANTIAGO, 13.09.2019

DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

A : SRA. [nombre reservado]

[correo reservado]

PRESIDENTE DEL COLEGIO DE PROFESORES DE CHILE A.G.

DIRECTORIO PROVINCIAL DE MELIPILLA

[domicilio reservado]

SANTIAGO

Mediante presentación del antecedente solicita a esta Dirección del Trabajo se pronuncie respecto de la situación que afecta a los docentes de la comuna de Melipilla, quienes denunciaron a su empleador, Corporación Municipal de Educación de Melipilla, ante la Inspección del Trabajo, por no haber pagado la remuneración de los días de recuperación de clases, correspondientes a los días 13 y 14 de diciembre de 2018, originados de un paro de actividades efectuado en octubre de 2018.

Agrega que se realizaron dos conciliaciones ante la Inspección del Trabajo de Melipilla con representantes de la Corporación de Educación de Melipilla y el Colegio de Profesores, instancias en las que no se llegó a ningún acuerdo.

De acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista consta que mediante Ordinario N°534 de 05.03.2019 emanado del Director Regional del Trabajo, Región Metropolitana Poniente se dio respuesta a la consulta efectuada en el mes de diciembre de 2018 sobre la misma materia. Dicha respuesta fue remitida al correo electrónico [correo reservado].

En consecuencia, sobre la base de las consideraciones expuestas, no corresponde que este Departamento emita un nuevo pronunciamiento sobre la materia toda vez que el asunto ha sido resuelto mediante Ordinario N°534 de 05.03.2019, de la Dirección Regional del Trabajo Región Metropolitana Poniente, cuya copia se adjunta.

Saluda atentamente a Ud.,

DAVID ODDÓ BEAS

ABOGADO

JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

MBA/CAS

Distribución:

Jurídico

Partes

Incluye:

Ord. N°534, de 05.03.2019

paro docente, corporación municipal, descuento remuneraciones,

Citado por 1 pronunciamiento posterior

Otros pronunciamientos sobre estatuto docente

Dictamen N° 1920/32, de 20.04.2015

Estatuto Docente. Corporación Municipal. Beneficio de Titularidad de la ley Nº20.804, de 31.01.15. Profesores de educación diferencial vinculados al proyecto de integración escolar. Docentes vinculados al Plan de Mejoramiento de la educación. Carga mínima de 20 horas semanales para acceder a la titularidad.

1) Procede el beneficio de la titularidad establecido en la Ley N°19.648, en su nuevo texto fijado por la Ley N°20.804, publicada en el diario oficial de 31.01.2015, de concurrir los requisitos previstos al efecto, respecto de los profesores de educación diferencial de los establecimientos dependientes de las…

Dictamen N° 152/2, de 11.01.2016

Estatuto Docente; Bonificación de reconocimiento profesional; Profesional que cumple función docente en calidad de autorizada

A la trabajadora Sra. [nombre reservado], quien tiene el título de Psicopedagoga, y está cursando estudios de Educadora Diferencial, cargo éste último que desempeña en el Colegio Las Américas en virtud de la autorización para el ejercicio de la función docente otorgada por la Secretaría Regional Ministerial de…

Dictamen N° 4127/69, de 16.09.2010

Estatuto Docente. Subvención Escolar Preferencial. "SEP". Contrato de Trabajo. Existencia. Estatuto Docente. Subvención Escolar Preferencial. "SEP". Contrato de Trabajo. Normativa aplicable. Estatuto Docente. Subvención Escolar Preferencial. "SEP". Remuneraciones. Financiamiento.

1) El personal que desempeña funciones vinculadas al Plan de Mejoramiento de la Educación, financiado con cargo a los recursos de la Subvención Escolar Preferencial "SEP" debe suscribir con su empleador contrato de trabajo, de concurrir vinculo de subordinación y dependencia y demás elementos que determinan su…

Ord. N° 2741, de 04.06.2015

Estatuto Docente; Corporación Municipal. Beneficio de la titularidad de la ley Nº20.804. Profesionales habilitados para el ejercicio de la función docente; Período desde el que se extiende la antigüedad; Computo de las 20 horas cronológicas semanales; Actividades curriculares no lectivas.

1) Tiene derecho al beneficio de la titularidad establecido en la Ley Nº19.648, en su nuevo texto fijado por la Ley N°20.804, el personal contratado en un establecimiento educacional administrado por una Corporación Municipal que, cumpliendo los demás requisitos previstos en el referido cuerpo legal y no teniendo…

Dictamen N° 1911/45, de 05.05.2017

Estatuto Docente, Establecimiento técnico profesional. Disminución de jornada ordinaria, Efectos, Remuneraciones, Modificación unilateral de contratos, Imperativo legal, Horas de docencia de aula, Nueva proporcionalidad;Horas de actividades curriculares no lectivas

1) A contar de la entrada en vigencia de la Ley N°20.971, los docentes de los establecimientos educacionales técnico profesionales del Decreto Ley N°3.166, de 1980, han quedado regidos por la jornada ordinaria máxima de 44 horas cronológicas semanales prevista en el inciso 1° del artículo 80 del Estatuto Docente 2)…