Ordinario · Dirección del Trabajo
N° 4453 de 2019
13 sep 2019
Paro docente; Corporación municipal; Descuento de remuneraciones
Estatuto docenteSector municipal y públicoDescuentos
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Lo que resuelve
No corresponde que este Departamento emita un nuevo pronunciamiento sobre la materia toda vez que el asunto ha sido resuelto mediante Ordinario N°534 de 05.03.2019, de la Dirección Regional del Trabajo Región Metropolitana Poniente.
Texto completo
Departamento Jurídico y Fiscalía
Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales
E29093(1700)2019
ORD. N°4453
MAT.: Paro docente; Corporación municipal; Descuento de remuneraciones;
RORD.: No corresponde que este Departamento emita un nuevo pronunciamiento sobre la materia toda vez que el asunto ha sido resuelto mediante Ordinario N°534 de 05.03.2019, de la Dirección Regional del Trabajo Región Metropolitana Poniente.
ANT.: Presentación de 09.08.2019 de Presidenta del Colegio de Profesores de Chile A.G. Directorio Provincial Melipilla.
SANTIAGO, 13.09.2019
DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
A : SRA. [nombre reservado]
[correo reservado]
PRESIDENTE DEL COLEGIO DE PROFESORES DE CHILE A.G.
DIRECTORIO PROVINCIAL DE MELIPILLA
[domicilio reservado]
SANTIAGO
Mediante presentación del antecedente solicita a esta Dirección del Trabajo se pronuncie respecto de la situación que afecta a los docentes de la comuna de Melipilla, quienes denunciaron a su empleador, Corporación Municipal de Educación de Melipilla, ante la Inspección del Trabajo, por no haber pagado la remuneración de los días de recuperación de clases, correspondientes a los días 13 y 14 de diciembre de 2018, originados de un paro de actividades efectuado en octubre de 2018.
Agrega que se realizaron dos conciliaciones ante la Inspección del Trabajo de Melipilla con representantes de la Corporación de Educación de Melipilla y el Colegio de Profesores, instancias en las que no se llegó a ningún acuerdo.
De acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista consta que mediante Ordinario N°534 de 05.03.2019 emanado del Director Regional del Trabajo, Región Metropolitana Poniente se dio respuesta a la consulta efectuada en el mes de diciembre de 2018 sobre la misma materia. Dicha respuesta fue remitida al correo electrónico [correo reservado].
En consecuencia, sobre la base de las consideraciones expuestas, no corresponde que este Departamento emita un nuevo pronunciamiento sobre la materia toda vez que el asunto ha sido resuelto mediante Ordinario N°534 de 05.03.2019, de la Dirección Regional del Trabajo Región Metropolitana Poniente, cuya copia se adjunta.
Saluda atentamente a Ud.,
DAVID ODDÓ BEAS
ABOGADO
JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
MBA/CAS
Distribución:
Jurídico
Partes
Incluye:
Ord. N°534, de 05.03.2019
paro docente, corporación municipal, descuento remuneraciones,
Citado por 1 pronunciamiento posterior
- Ord. N° 5657, de 05.12.2019 · Descuento de remuneraciones; Paralización de actividades; Corporación Municipal
Otros pronunciamientos sobre estatuto docente
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1) Tiene derecho al beneficio de la titularidad establecido en la Ley Nº19.648, en su nuevo texto fijado por la Ley N°20.804, el personal contratado en un establecimiento educacional administrado por una Corporación Municipal que, cumpliendo los demás requisitos previstos en el referido cuerpo legal y no teniendo…
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1) A contar de la entrada en vigencia de la Ley N°20.971, los docentes de los establecimientos educacionales técnico profesionales del Decreto Ley N°3.166, de 1980, han quedado regidos por la jornada ordinaria máxima de 44 horas cronológicas semanales prevista en el inciso 1° del artículo 80 del Estatuto Docente 2)…