Ir al contenido

Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

← Buscar en los dictámenes

Ordinario · Dirección del Trabajo

N° 5486 de 2016

10 nov 2016

Estatuto Docente; Actividades curriculares no lectivas; Improcedencia de imponer la planificación de clases

Estatuto docente

Lo que resuelve

Da respuesta a solicitud que indica.

Descargar PDFRecibir novedades por correo

Texto completo

Direcrön del Tralaažo Gobiemo de Chile

DIRECCIÓN DEL TRABAJO 5486

DEPARTAMENTO JURIDICO

K:3928(1999)2016

ORD.:

MAT.: Da respuesta a solicitud que indica.

ANT.: 1)Reunión de 07.11.2016, de abogados de División Jurídica, Ministerio de Educación.

2) Pase N°344 de 24.08.2016 de Jefe

Departamento de Inspección. 3)Ordinario N°469 de 11.04.2016 de Inspectora Comunal del Trabajo Norte

Chacabuco. 4))Presentación de 31.03.2016, de Sr.

[nombre reservado], Vicepresidente

Provincial Chacabuco del Colegio de Profesores de Chile A.G. 5)Ordinario N°02/000174 de 02.03.2016, de Subsecretaria de Educación. 1 0 NOV 2016

SANTIAGO, DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO

A : SR. [nombre reservado]

VICEPRESIDENTE PROVINCIAL CHACABUCO

COLEGIO DE PROFESORES DE CHILE A.G.

[domicilio reservado]

VILLA CORDILLERA

COLINA

En relación con su presentación del antecedente 4), cumplo en informar a Ud. que de acuerdo a lo dispuesto en el Ordinario N°02/000174 de 02.03.2016, de la Subsecretaria de Educación, dicha entidad ha dispuesto que sean las respectivas Secretarias Regionales Ministeriales quienes difundan y trabajen, en conjunto con los establecimientos educacionales, lo resuelto en la Mesa sobre Condiciones para la Docencia y el Agobio Laboral que sesionó el año 2015, en orden a que no resulta legalmente procedente exigir a los docentes la planificación clase a clase, coartándoles la autonomía profesional, no siendo procedente, por tanto, que tal labor de difusión sea asumida por este Servicio.

Lo anterior, ha de entenderse sin perjuicio de la facultad que le asiste a los docentes de recurrir ante las Inspecciones del Trabajo respectivas a fin de denunciar a sus empleadores en el evento que estos los obliguen, sin su consentimiento, a realizar dicha actividad curricular no lectiva de planificación clase a clase, como asimismo, denunciar una posible práctica de acoso laboral como consecuencia de lo mismo.

Es todo cuanto puedo informar.

Saluda a Ud., DEL JEFE

JOSÉ FRANCISCO CASTRO CASTK

ABOGADO

JEFE DÉPARTAMENTO JURIDICO

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

LED/BDE

Distribución:

-Jurídico

-Partes

-Control

- I.C.T. Norte Chacabuco

Otros pronunciamientos sobre estatuto docente

Dictamen N° 1920/32, de 20.04.2015

Estatuto Docente. Corporación Municipal. Beneficio de Titularidad de la ley Nº20.804, de 31.01.15. Profesores de educación diferencial vinculados al proyecto de integración escolar. Docentes vinculados al Plan de Mejoramiento de la educación. Carga mínima de 20 horas semanales para acceder a la titularidad.

1) Procede el beneficio de la titularidad establecido en la Ley N°19.648, en su nuevo texto fijado por la Ley N°20.804, publicada en el diario oficial de 31.01.2015, de concurrir los requisitos previstos al efecto, respecto de los profesores de educación diferencial de los establecimientos dependientes de las…

Dictamen N° 152/2, de 11.01.2016

Estatuto Docente; Bonificación de reconocimiento profesional; Profesional que cumple función docente en calidad de autorizada

A la trabajadora Sra. [nombre reservado], quien tiene el título de Psicopedagoga, y está cursando estudios de Educadora Diferencial, cargo éste último que desempeña en el Colegio Las Américas en virtud de la autorización para el ejercicio de la función docente otorgada por la Secretaría Regional Ministerial de…

Dictamen N° 4127/69, de 16.09.2010

Estatuto Docente. Subvención Escolar Preferencial. "SEP". Contrato de Trabajo. Existencia. Estatuto Docente. Subvención Escolar Preferencial. "SEP". Contrato de Trabajo. Normativa aplicable. Estatuto Docente. Subvención Escolar Preferencial. "SEP". Remuneraciones. Financiamiento.

1) El personal que desempeña funciones vinculadas al Plan de Mejoramiento de la Educación, financiado con cargo a los recursos de la Subvención Escolar Preferencial "SEP" debe suscribir con su empleador contrato de trabajo, de concurrir vinculo de subordinación y dependencia y demás elementos que determinan su…

Ord. N° 2741, de 04.06.2015

Estatuto Docente; Corporación Municipal. Beneficio de la titularidad de la ley Nº20.804. Profesionales habilitados para el ejercicio de la función docente; Período desde el que se extiende la antigüedad; Computo de las 20 horas cronológicas semanales; Actividades curriculares no lectivas.

1) Tiene derecho al beneficio de la titularidad establecido en la Ley Nº19.648, en su nuevo texto fijado por la Ley N°20.804, el personal contratado en un establecimiento educacional administrado por una Corporación Municipal que, cumpliendo los demás requisitos previstos en el referido cuerpo legal y no teniendo…

Dictamen N° 1911/45, de 05.05.2017

Estatuto Docente, Establecimiento técnico profesional. Disminución de jornada ordinaria, Efectos, Remuneraciones, Modificación unilateral de contratos, Imperativo legal, Horas de docencia de aula, Nueva proporcionalidad;Horas de actividades curriculares no lectivas

1) A contar de la entrada en vigencia de la Ley N°20.971, los docentes de los establecimientos educacionales técnico profesionales del Decreto Ley N°3.166, de 1980, han quedado regidos por la jornada ordinaria máxima de 44 horas cronológicas semanales prevista en el inciso 1° del artículo 80 del Estatuto Docente 2)…