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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

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Ordinario · Dirección del Trabajo

N° 57 de 2024

25 ene 2024

Sistema de registro y control de asistencia electrónico.

Registro de asistencia

Hay 3 documentos con el Ord. N° 57. Ver todos.

Lo que resuelve

El sistema de registro y control de asistencia denominado "QuickPass", presentado por la empresa QuickPass Chile S.p.A., no se ajusta a todas las exigencias establecidas en el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021, por lo que no se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales.

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Texto completo

Departamento Jurídico

Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho

E261655 (2370) 2023

ORD. N°57

MAT.: Sistema de registro y control de asistencia electrónico.

RORD.: El sistema de registro y control de asistencia denominado "QuickPass", presentado por la empresa QuickPass Chile S.p.A., no se ajusta a todas las exigencias establecidas en el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021, por lo que no se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales.

ANTS.: 1) Instrucciones de 19.01.2024 de Jefe (S) Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.

2) Presentación de 17.10.2023, de Sr. xxxxxxxxxxx

SANTIAGO, 25.01.2024

DE:JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO

A:SR. xxxxxxxxxxxxxxxx

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xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx

Mediante presentación del antecedente 2), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia que presenta, denominado "QuickPass", y su respectivo proceso de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establece el Dictamen Nº2927/58 de 28.12.2021.

Ahora bien, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, la solicitante acompañó informe de certificación emitido por la empresa Opensoftware.cl S.A., Rut N°76.095.771-2, suscrito por el Sr. xxxxxxxxx

En tal contexto, es del caso señalar que los antecedentes acompañados fueron sometidos al pertinente análisis técnico a fin de verificar el cumplimiento de la normativa administrativa precitada.

Como resultado de dicho proceso, se ha constatado que el portal de fiscalización no se encuentra activo lo cual, evidentemente, impide verificar el cumplimiento de todas las exigencias asociadas a él, tales como; reportería, vigencia del certificado SSL, mantención de Hash o Checksum de las marcaciones, etc.

En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que el sistema de registro y control de asistencia denominado "QuickPass", presentado por la empresa QuickPass Chile S.p.A., no se ajusta a todas las exigencias establecidas en el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021, por lo que no se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales. Lo señalado, no obsta a que, una vez corregidas las observaciones indicadas en el cuerpo del presente informe, la solicitud sea reingresada para su revisión y eventual autorización.

Saluda a Ud.,

NATALIA POZO SANHUEZA

ABOGADA

JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO

DIRECCION DEL TRABAJO

GMS/RCG

Distribución:

Jurídico

Partes

Control

sistema registro y control asistencia digital,

Dictámenes concordantes

Otros pronunciamientos sobre registro de asistencia

Dictamen N° 1140/27, de 24.02.2016

Sistema computacional de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo; Dispositivos móviles; Actualiza doctrina contenida en dictamen Nº696/27, de 24.01.1996

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Dictamen N° 5849/133, de 04.12.2017

Atiende consultas de empresa Victoria S.A., sobre sistemas de registro y control de asistencia y determinación de las horas de trabajo, regulados por el dictamen N°1140/027, de 24.02.2016.

Atiende consultas de empres Victoria S.A., sobre sistemas de registro y control de asistencia y determinación de las horas de trabajo, regulados por el dictamen N°1140/027, de 24.02.2016.

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1.- Los parámetros biométricos -como la huella digital- constituyen firmas electrónicas simples compatibles con la definición que al respecto contiene la letra f), del artículo 2° de la Ley N°19.799 y, por ende, su utilización en contratos de trabajo y sus anexos ese encuentra ajustada a Derecho. 2.- Partiendo del…

Dictamen N° 696/27, de 24.01.1996

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