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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

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Ordinario · Dirección del Trabajo

N° 6196 de 2016

30 dic 2016

Ley N°20.940; Servicios mínimos; Propuesta de calificación; Información

Negociación e instrumentos colectivosHuelga y servicios mínimos

Lo que resuelve

La comunicación de la propuesta de calificación de servicios mínimos debe ser informada a todos los sindicatos de la empresa.

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Texto completo

K 12744 (2863) 2016

DEPARTAMENTO JURÍDICO

UNIDAD DE DICTÁMENES E

INFORMES EN DERECHO

ORD.:6196/

MAT.: Ley N°20.940; Servicios mínimos; Propuesta de calificación; Información;

RORD.: La comunicación de la propuesta de calificación de servicios mínimos debe ser informada a todos los sindicatos de la empresa.

ANT.: Presentación de 21.12.2016, de doña [nombre reservado], Gerente de Recursos Humanos SGS Minerals S.A.

SANTIAGO, 30.12.2016

DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO

A : [nombre reservado]

GERENTE DE RECURSOS HUMANOS

SGS MINERALS S.A.

[domicilio reservado], PUDAHUEL

Mediante presentación del antecedente, se ha solicitado un pronunciamiento jurídico respecto a si con motivo de la entrada en vigencia de la Ley Nº 20.940, que reforma el Código del Trabajo, y establece un sistema para la calificación de los servicios mínimos y equipos de emergencia, dicha calificación procede sea efectuada mediante una propuesta única dirigida a todos los sindicatos de la empresa, o por el contrario, solo respecto de los sindicatos involucrados en cada faena o establecimiento.

Al respecto, cúmpleme informar que este Servicio, mediante Dictamen Nº 5346/92 de 28.10.2016, ha procedido a fijar el sentido y alcance de los artículos 359 al 361 del Código del Trabajo reformado, referidos a la calificación y conformación de los servicios mínimos y equipos de emergencia.

En el citado pronunciamiento, esta Dirección con base en los antecedentes legales que se invocan, ha fijado la doctrina institucional referida a la materia consultada, al señalar que:

"La propuesta del empleador, de conformidad al texto legal, deberá cumplir con los siguientes requisitos:

b) General: La propuesta debe comprender la calificación de los servicios mínimos para toda la empresa, establecimiento o faena y debe ser informada a todos los sindicatos existentes en la empresa. Se entenderá que el empleador ha cumplido con informar su propuesta a todos los sindicatos existentes en la empresa, si la comunica, a través de carta o correo electrónico, a todos los sindicatos que mantienen un instrumento colectivo vigente y a los que sin mantener un contrato colectivo vigente hubieren cumplido con algunas de las comunicaciones del artículo 225 del Código del Trabajo o hubieren requerido del empleador deducir de las remuneraciones de sus afiliados la cuota sindical de conformidad al artículo 262 de este mismo cuerpo legal".

En consecuencia, conforme a la jurisprudencia administrativa expuesta, la comunicación de la propuesta de calificación de servicios mínimos debe ser informada a todos los sindicatos de la empresa, en los términos expresados en este informe.

Saluda a Ud.

JOSÉ FRANCISCO CASTRO CASTRO

ABOGADO

JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

LBP/PRC

Distribución:

- Jurídico

- Partes

- Control

ley n°20.940, servicios mínimos, propuesta calificación, información,

Dictámenes concordantes

Citado por 2 pronunciamientos posteriores

Otros pronunciamientos sobre negociación e instrumentos colectivos

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Informa respecto al sentido y alcance de la Ley Nº 20.940 publicada en el Diario Oficial del 08.09.2016, en particular, en lo referido a la vinculación de los trabajadores con el instrumento colectivo y la extensión de beneficios.

Informa respecto al sentido y alcance de la Ley Nº 20.940 publicada en el Diario Oficial del 08.09.2016, en particular, en lo referido a la vinculación de los trabajadores con el instrumento colectivo y la extensión de beneficios.

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Informa respecto al sentido y alcance de la ley N°20.940, publicada en el Diario Oficial de 08.09.2016, en lo referido a las reglas generales y procedimiento de negociación colectiva reglada.

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Ley N°20.940; Moderniza Sistema de Relaciones Laborales; Servicios Mínimos

Informa respecto al sentido y alcance de la Ley Nº 20.940 publicada en el Diario Oficial del 08.09.2016, en particular, en lo referido a la calificación y conformación de Servicios Mínimos y Equipos de Emergencia