Ordinario · Dirección del Trabajo
N° 623 de 2024
25 sep 2024
Sistema electrónico de registro y control de asistencia.
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Lo que resuelve
A partir 09.05.2024, los requerimientos asociados con sistemas electrónicos de registro y control de asistencia deben ajustarse a las normas de la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024.
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Texto completo
Departamento Jurídico
Unidad de Dictámenes
e Informes en Derecho
E186635 (1317) 2024
ORD. N°623
MAT.: Sistema electrónico de registro y control de asistencia.
RORD.: A partir 09.05.2024, los requerimientos asociados con sistemas electrónicos de registro y control de asistencia deben ajustarse a las normas de la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024.
ANTECEDENTES:
1) Instrucciones de 30.08.2024 de Jefe (S) de Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.
2) Presentación de 18.07.2024 de Sr. XXXXXXXX XXXXX, en representación de empresa Sentra Software House Sociedad de Profesionales Limitada.
SANTIAGO, 25.09.2024
DE:JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO
A:SR. XXXXXXX XXXXX
SENTRA SOFTWARE HOUSE SOCIEDAD DE PROFESIONALES LTDA.
XXXXXXXX XXXXX, XXXX XX
XXXXXXXXX
XXXXXXXXXX
Mediante la presentación del antecedente 2), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia que presenta, y su respectivo proceso de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establece el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021.
Ahora bien, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, la empresa señalada indica en la carta conductora que el sistema habría sido certificado por la empresa Tecinf Aplicada D3 S.p.A., Rut N°76.909.632-9, cuyo responsable es el Sr. XXXXXXX XXXXXXX.
Precisado lo anterior, cabe indicar que su presentación fue ingresada a este Servicio con fecha 18.07.2024, no obstante, el 09.05.2024 fue publicada en el Diario Oficial la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024 a la cual, desde esa misma data, deben ajustarse los sistemas electrónicos de registro y control de la asistencia.
En conclusión, a la luz de la norma administrativa citada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que, a partir 09.05.2024, los requerimientos asociados con sistemas electrónicos de registro y control de asistencia deben ajustarse a las normas de la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo que se rechaza la solicitud.
Saluda atentamente a Ud.,
NATALIA POZO SANHUEZA
ABOGADA
JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
GMS/RCG
Distribución:
Jurídico;
Partes;
Control;
sistema registro y control asistencia digital,
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