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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

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Ordinario · Dirección del Trabajo

N° 6258 de 2018

12 dic 2018

Documentación Laboral; Centralización electrónica

Documentación laboral electrónica

Lo que resuelve

Atiende presentación de Sr. [nombre reservado], sobre utilización de documentación electrónica en las relaciones laborales.

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Texto completo

DEPARTAMENTO JURIDICO

K7804 (1572) 2018

ORD.:6258

MAT.: Documentación Laboral; Centralización electrónica;

RORD.: Atiende presentación de Sr. [nombre reservado], sobre utilización de documentación electrónica en las relaciones laborales.

ANT.: 1) Instrucciones de 19.11.2018 de Jefa Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.

2) Comparecencia personal de 16.10.2018 de Sra. [nombre reservado].

3) Presentación de 06.07.2018, de Sr. [nombre reservado].

SANTIAGO, 12.12.2018

DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO

A : SR. [nombre reservado]

[domicilio reservado]

LAS CONDES

Mediante su presentación del antecedente 3), complementada a través de comparecencia personal de antecedente 2), solicita un pronunciamiento de este Servicio respecto de la posibilidad de reemplazar la documentación laboral en soporte físico, digitalizándola para mantener copias electrónicas de la misma.

Agrega que la consulta es extensiva para las empresas Viña Errázuriz S.A., Viña Seña S.A., Viña Caliterra S.A. y Viña Las Vertientes S.A.

Al respecto, cúmpleme informar a usted, en primer término, que la operación descrita por usted -digitalización de la documentación- no requiere autorización previa por parte de esta Dirección, por encontrarse dentro de la órbita de atribuciones propias de los empleadores.

Ahora bien, precisado lo anterior, es dable indicar que este Servicio se ha pronunciado en detalle respecto de la materia consultada, entre otros, en dictamen N°0155/004 de 11.01.2016, el cual contiene la doctrina institucional vigente sobre la materia, por lo que el proceso de reemplazo de la documentación que actualmente mantienen las empresas en soporte de papel, debe ajustarse a las condiciones allí señaladas.

Precisado lo anterior, cabe señalar que, si una vez que se haya concretado el proceso de digitalización, la empresa desea implementar una solución para la generación, firma y gestión de documentación laboral electrónica, ésta debe ajustarse a lo dispuesto en el dictamen N°0789/15, de 16.02.2015, el cual establece los requisitos de operación para dichas plataformas.

Es todo cuanto puedo informar a usted sobre la materia consultada.

Saluda a Ud.,

DAVID ODDÓ BEAS

ABOGADO

JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO

DIRECCION DEL TRABAJO

LBP/RCG

Distribución:

Jurídico

Partes

Control

documentación laboral, centralización electrónica,

Dictámenes concordantes

Otros pronunciamientos sobre documentación laboral electrónica

Dictamen N° 789/15, de 16.02.2015

Documentación laboral. Centralización electrónica.

No existe impedimento para que la Corporación Nacional del Cobre de Chile implemente un sistema de emisión, firma, gestión y envío de la documentación electrónica que deriva de las relaciones laborales, incluida la copia del reglamento interno contemplada en el inciso 2° del artículo 156 del Código del Trabajo, en la…

Dictamen N° 3161/64, de 29.07.2008

1) Documentación laboral. Documentación electrónica. Contrato de Trabajo. Firma electrónica. Procedencia. 2) Documentación laboral. Documentación electrónica. Requisitos. 3) Documentación laboral. Documentación electrónica. Comprobantes de feriado. Firma electrónica. Procedencia.

1) Resulta jurídicamente procedente que conforme al modelo de centralización de documentación electrónico presentado por la empresa E-SIGN S.A., se proceda a suscribir contratos de trabajo haciendo uso de los medios de firma electrónica establecidos en la Ley Nº19.799, en tanto su implementación no impida las labores…

Ord. N° 5463, de 25.11.2019

Documentación laboral; Sistema electrónico

El sistema de generación, gestión y firma de documentación laboral electrónica, descrito en la presentación de la empresa BUK S.p.A., se ajustaría a las condiciones mínimas de funcionamiento exigidas por el dictamen N°0789/15, de 16.02.2015, por lo que no existirían inconvenientes jurídicos para su utilización.

Dictamen N° 3170/63, de 05.08.2011

- Documentación Laboral. Documentación Electrónica. Contrato de Trabajo. Firma Electrónica. - Documentación Laboral. Documentación Electrónica. Impedimento físico o geográfico. Firma Electrónica.

1) En caso de negativa del trabajador a firmar su contrato de trabajo por medios electrónicos, el empleador debe recurrir al procedimiento señalado en el inciso 3º del artículo 9 del Código del Trabajo . 2) En caso de existir impedimentos físicos o geográficos para suscribir digitalmente la documentación laboral, el…

Dictamen N° 155/4, de 11.01.2016

Documentación Laboral; Transición de soporte papel a formato electrónico

No existe impedimento para que los empleadores traspasen su plataforma de documentación laboral de formato de papel a electrónico, en la medida que el proceso de transición se realice en los términos indicados en el presente informe.